Resolución 570/2019
RESOL-2019-570-APN-SECT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 07/05/2019
VISTO el Expediente N° 1.789.451/18 del Registro del entonces
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la Ley Nº 14.250 (t.o.
2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/3 del Expediente N° 1.789.451/18 obra el acuerdo
celebrado entre la FEDERACION DE ORGANIZACIONES DE LOS MANDOS MEDIOS DE
LAS TELECOMUNICACIONES - F.O.M.M.T.R.A. (antes FEDERACIÓN DE
ORGANIZACION DEL PERSONAL DE SUPERVISION Y TECNICOS TELEFONICOS
ARGENTINOS - F.O.P.S.T.T.A.), por la parte sindical, y la empresa
TELEFÓNICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora,
conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
Que bajo dicho acuerdo las partes convienen la promoción y cambios de
sub nivel de categoría a los supervisores pertenecientes al grupo Móvil
de Asistencia Técnica.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la
actividad principal de la representación empleadora signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes poseen acreditada la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el
mentado acuerdo.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO – 2019 –
35 – APN – PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo obrante a fojas 2/3 del
Expediente 1.789.451/18 celebrado entre la FEDERACION DE ORGANIZACIONES
DE LOS MANDOS MEDIOS DE LAS TELECOMUNICACIONES - F.O.M.M.T.R.A. (antes
FEDERACIÓN DE ORGANIZACION DEL PERSONAL DE SUPERVISION Y TECNICOS
TELEFONICOS ARGENTINOS - F.O.P.S.T.T.A.), por la parte sindical, y la
empresa TELEFÓNICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte
empleadora, conforme lo previsto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones
y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del acuerdo obrante
a fojas 2/3 del Expediente N° 1.789.451/18.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
PRODUCCION Y TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuito del
acuerdo homologado y de esta Resolución, resultará aplicable lo
establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley Nº 14.250
(t.o.2004).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lucas Fernandez Aparicio
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 24/09/2019 N° 59404/19 v. 24/09/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)