Resolución 307/2018
RESOL-2018-307-APN-SECT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 22/11/2018
VISTO el Expediente Nº 1.714.312/16 del Registro del entonces
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250
(t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 y 32 del Expediente N° 1.714.312/16 obran el acuerdo y la
escala salarial celebrados entre la UNIÓN PERSONAL AERONAVEGACIÓN DE
ENTES PRIVADOS, por la parte sindical, y la empresa GROUP OF PRIVATE
SECURITY SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por la parte empleadora,
ratificados a foja 35, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que en el mentado acuerdo los agentes negociadores convienen
modificaciones salariales, en el marco del Convenio Colectivo de
Trabajo N° 271/75, conforme surge de los términos y condiciones del
texto pactado.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo y la escala salarial
se circunscribe a la correspondencia entre la actividad de la empresa
signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante,
emergente de su personería gremial.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el
mentado acuerdo y la escala salarial.
Que la Asesoría Técnico Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones
y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se
remitirán las presentes actuaciones a la Dirección de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el
promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio
establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus
modificatorias.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
676/17.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Decláranse homologados el acuerdo y la escala salarial
celebrados entre la UNIÓN PERSONAL AERONAVEGACIÓN DE ENTES PRIVADOS,
por la parte sindical, y la empresa GROUP OF PRIVATE SECURITY SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por la parte empleadora, que lucen a fojas
2 y 32 del Expediente N° 1.714.312/16, ratificados a foja 35, conforme
a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del
acuerdo y la escala salarial obrantes a fojas 2 y 32 del Expediente N°
1.714.312/16 conjuntamente con el acta de ratificación de foja 35 del
mismo Expediente.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase
a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de
evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del
cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias.
Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, no efectúe la publicación gratuita del acuerdo
homologado, resultara aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del
artículo 5° de la Ley N° 14.250 (to. 2004).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 24/09/2019 N° 59752/19 v. 24/09/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)