MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Resolución 2983/2019
RESOL-2019-2983-APN-MECCYT
Ciudad de Buenos Aires, 25/09/2019
VISTO la Ley N° 24.521, lo dispuesto por los artículos 43 y 46 inciso
b), el Acuerdo Plenario N° 192 de fecha 19 de junio de 2019 del CONSEJO
DE UNIVERSIDADES y el Expediente N° EX-2017-18026342-APN-SECPU#ME, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 43 de la citada Ley establece que los planes de estudio
de carreras correspondientes a profesiones reguladas por el Estado,
cuyo ejercicio pudiera comprometer el interés público, poniendo en
riesgo de modo directo la salud, la seguridad, los derechos, los bienes
o la formación de los habitantes, deben tener en cuenta – además de la
carga horaria mínima a que refiere el artículo 42 de la misma norma –
los contenidos curriculares básicos y los criterios sobre intensidad de
la formación práctica que establezca el MINISTERIO DE EDUCACIÓN,
CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA en acuerdo con el CONSEJO DE
UNIVERSIDADES.
Que a tal fin, previo acuerdo del CONSEJO DE UNIVERSIDADES y con
criterio restrictivo, este Ministerio determinará la nómina de los
títulos incluidos en el régimen del artículo 43 de la Ley de Educación
Superior.
Que la INGENIERIA MECATRÓNICA surge como un enfoque integrado de las
INGENIERIAS MECÁNICA, ELECTRÓNICA e INFORMÁTICA, todas ellas ya
incluidas en el régimen del artículo 43 de la Ley; y la actuación
individual del profesional egresado de dicha carrera está íntimamente
relacionada con la unión de partes tecnológicas, tratadas como un
conjunto desde la concepción del diseño, en reemplazo del enfoque
secuencial; su actividad está orientada a lograr una mayor
automatización y sistematización posible de los productos y procesos de
característica mecatrónica.
Que por lo tanto la formación de los INGENIEROS MECATRÓNICOS debe ser
garantizada por el Estado, toda vez que su ejercicio profesional puede
comprometer el interés público, poniendo en riesgo de modo directo la
seguridad y los bienes de los habitantes.
Que en tal sentido, mediante Acuerdo Plenario N° 192 de fecha 19 de
junio de 2019 cuyos fundamentos se comparten, el CONSEJO DE
UNIVERSIDADES prestó su conformidad a la inclusión en el régimen del
artículo 43 de la Ley N° 24.521 al título de INGENIERO MECATRÓNICO.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS ha tomado la debida intervención.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 43 de la Ley N° 24.521.
Por ello,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declarar incluido en la nómina del artículo 43 de la Ley N° 24.521 al título de INGENIERO MECATRÓNICO.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. Alejandro Finocchiaro
e. 01/10/2019 N° 74088/19 v. 01/10/2019