Que mediante el artículo 11 del
Decreto N° 632/18 se estableció que los Organismos descentralizados y
desconcentrados de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL deberán presentar
a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en un plazo de SESENTA (60)
días contados a partir de la entrada en vigencia del referido decreto,
un proyecto de optimización de su estructura organizativa.
Que el cumplimiento de los objetivos de Gobierno recomienda una
reingeniería organizacional de las estructuras organizativas del ESTADO
NACIONAL, incluyendo sus organismos descentralizados, entre los que se
encuentra el referido Instituto Nacional.
Que, en consecuencia, resulta necesario modificar la estructura
organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO
PESQUERO, organismo descentralizado actuante en la órbita del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, e incorporar, homologar y
reasignar diversos cargos, correspondientes al citado organismo, en el
Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP),
homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y
complementarios.
Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN NACIONAL
DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la
OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE
PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA.
Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN ha tomado intervención en virtud del artículo 5° del Decreto Nº 72/18.
Que los servicios jurídicos permanentes del INSTITUTO NACIONAL DE
INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO y del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por los artículos 100, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL, y 16, inciso 31 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por
Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel
operativo del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO
PESQUERO, organismo descentralizado actuante en la órbita del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, de conformidad con el
Organigrama y las Responsabilidades Primarias y Acciones que, como
Anexos I (IF-2019-84028524-APN-DNDO#JGM) y II
(IF-2019-84030926-APN-DNDO#JGM), forman parte integrante de la presente
decisión administrativa.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel
operativo del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO
PESQUERO, organismo descentralizado actuante en la órbita del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, de conformidad con el
Organigrama y las Acciones que, como Anexos III
(IF-2019-84033438-APN-DNDO#JGM) y IV (IF-2019-84036572-APN-DNDO#JGM),
forman parte integrante de la presente decisión administrativa.
ARTÍCULO 3º.- Incorpóranse, homológanse y reasígnanse en el Nomenclador
de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por
el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, los cargos
pertenecientes al INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO
PESQUERO, organismo descentralizado actuante en la órbita del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, de conformidad con el
detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo
(IF-2019-84040309-APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante de la
presente decisión administrativa.
ARTÍCULO 4º.- Mantiénese la vigencia de las unidades de nivel
departamental, aprobadas por la Resolución del INSTITUTO NACIONAL DE
INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO N° 88/04, que se detallan en la
Planilla Anexa al presente artículo (IF-2019-86350254-APN-DNDO#JGM),
que forma parte integrante de la presente decisión administrativa, las
que mantendrán las acciones y suplementos vigentes a la fecha.
ARTÍCULO 5º.- Suprímense las unidades de nivel departamental, aprobadas
por la Resolución del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO
PESQUERO N° 296/15, que se detallan en la Planilla Anexa al presente
artículo (IF-2019-86354856-APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante de
la presente medida.
ARTÍCULO 6º.- Facúltase al Director del INSTITUTO NACIONAL DE
INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado actuante
en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, a
modificar las aperturas aprobadas por el artículo 2º de la presente
decisión administrativa, previa intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL
DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, sin
que ello implique incremento de las unidades organizativas que la
componen ni de las correspondientes partidas presupuestarias.
ARTÍCULO 7º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con los créditos asignados al MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA - Entidad 607 - INSTITUTO NACIONAL DE
INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO.
ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Luis Miguel Etchevehere
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 03/10/2019 N° 75403/19 v. 03/10/2019