MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL

SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD

Resolución 2524/2019

RESOL-2019-2524-APN-SGS#MSYDS

Ciudad de Buenos Aires, 09/10/2019

Visto el EX-2019-76935986-APN-DD#MSYDS; y

CONSIDERANDO

Que el Gobierno Nacional fijó, a través del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, como una de sus políticas sustanciales a partir de 2016, avanzar en el camino hacia la COBERTURA UNIVERSAL DE SALUD -CUS-.

Que mediante Ley N° 27491 se estableció la necesidad de diseñar y proveer un carnet unificado de vacunación -CUV-.

Que por Decreto N° 908 de fecha 2 de agosto de 2016 se aprueban las finalidades para la Estrategia CUS, dentro de las cuales se encuentra la de modernización del Sector Público de Salud.

Que asimismo en el Decreto N° 958/18 se estableció dentro de los objetivos de la SECRETARÍA DE COBERTURAS Y RECURSOS DE SALUD el de entender en el diseño de políticas estratégicas de carácter federal y territorial para la Cobertura Universal de Salud.

Que mediante la Resolución Ministerial N°475 de fecha 4 de abril de 2016 se instruye a todos los programas nacionales dependientes del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, cualquiera sea su fuente de financiamiento, a colaborar y coordinar su accionar con la implementación y el desarrollo de la estrategia para la COBERTURA UNIVERSAL DE SALUD, con el objeto de promover el acceso a la atención sanitaria integral, gratuita y con la adecuada calidad, jerarquizando el primer nivel de atención.

Que por ANEXO I -IF-2018-23176242-APN-DD#MS- de la Resolución del entonces MINISTERIO DE SALUD N° 1013/18 se aprobó la estrategia de implementación de la COBERTURA UNIVERSAL DE SALUD, la cual se desarrolló mediante tres ejes principales, del cual el segundo es el de SISTEMAS DE INFORMACIÓN INTEROPERABLES Y APLICACIONES INFORMÁTICAS.

Que dentro del eje SISTEMAS DE INFORMACIÓN INTEROPERABLES Y APLICACIONES INFORMÁTICAS, mencionado en el párrafo anterior, se establece que esta SECRETARIA DE GOBIERNO propone iniciar, junto con las jurisdicciones, el camino hacia un sistema de salud que cuente con tecnologías que faciliten el registro de la información en forma primaria, durante el contacto con el paciente, en sistemas interoperables que permitan compartir la información entre niveles de atención y jurisdicciones, construyendo para cada paciente una historia clínica nacional, longitudinal y completa, de utilidad clínica, estadística y de gestión.

Que mediante Resolución N° 189 de la SECRETARIA DE GOBIERNO DE SALUD de fecha 25 de octubre de 2018 se aprobó la Estrategia Nacional de Salud Digital la cual encuentra dentro de sus objetivos que los registros y programas nacionales, así como los registros de vacunación, de vigilancia epidemiológica, estadísticas, etc., cuenten con datos oportunos, precisos y completos; que estos datos sean recibidos mediante los estándares de interoperabilidad propuestos, que simplifican y homogenizan los flujos de información, facilitando su implementación en los sistemas jurisdiccionales.

Que asimismo la estrategia mencionada en el párrafo anterior contiene dentro de sus principios que el paciente es el dueño de su información, y por lo tanto debe tener control sobre la misma, debe conocer la información registrada en el sistema de salud, saber para qué se utiliza y quiénes pueden acceder.

Que por Decisión Administrativa N° 307/18 se creó la DIRECCION NACIONAL DE SISTEMAS DE INFORMACION EN SALUD cuya responsabilidad primaria es la de gestionar las condiciones para el desarrollo y coordinación de los sistemas de información en salud a nivel nacional y jurisdiccional.

Que, dentro de las acciones de la mencionada DIRECCION NACIONAL se encuentra la de diseñar la estrategia para el sistema de información federal de salud y coordinar su implementación a nivel nacional, regional y jurisdiccional.

Que, es preciso comenzar a establecer el marco conceptual que permita desarrollar el proceso para la identificación unívoca de pacientes en el ámbito sanitario a nivel nacional a fin de contribuir al desarrollo de información de calidad.

Que para respetar la organización federal de la asistencia sanitaria, se debe mantener la independencia en la generación y mantenimiento de los padrones jurisdiccionales, especificando requisitos mínimos que permitan su integración.

Que la SUBSECRETARÍA DE COBERTURAS Y RECURSOS DE SALUD ha tomado intervención en el ámbito de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha intervenido en la faz de su competencia.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 802/18.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°- Apruébase el documento GUÍA DE IDENTIFICACIÓN UNÍVOCA DE PERSONAS EN SALUD el cual se incorpora como Anexo IF-2019-76852879-APN-DNSIS#MSYDS y es parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2°- Establécese que las jurisdicciones que han adherido a la Estrategia de COBERTURA UNIVERSAL EN SALUD serán beneficiarias de las capacitaciones y la asistencia técnica que se generen con motivo del documento aprobado en el artículo 1° de la presente.

ARTÍCULO 3°- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Adolfo Luis Rubinstein

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 11/10/2019 N° 77474/19 v. 11/10/2019

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)