MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 425/2018
RESOL-2018-425-APN-SECT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 26/11/2018
VISTO el Expediente Nº 1.734.741/16 del Registro del entonces
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250
(t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/10 del Expediente N° 1.734.741/16, obra el acuerdo
celebrado entre el SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE LOS PEAJES Y
AFINES (S.U.T.P.A.), por la parte sindical y la empresa AUTOVÍA DEL MAR
SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la
Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo dicho acuerdo se establece un incremento de los salarios
básicos y demás rubros allí detallados, conforme los términos y
lineamientos que surgen del mismo.
Que a su vez, es dable indicar en relación a lo pactado que, tanto el
ámbito personal como el territorial de aplicación, quedan estrictamente
circunscriptos a la coincidencia de la representatividad del empleador
firmante con la de la asociación sindical signataria, emergente de su
personería gremial.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se
remitirán las presentes actuaciones a la Dirección de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el
promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio
establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus
modificatorias.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención
que le compete.
Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
676/17.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el
SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LOS PEAJES Y AFINES (S.U.T.P.A.) por
el sector sindical y la empresa AUTOVÍA DEL MAR SOCIEDAD ANÓNIMA por la
parte empleadora, que luce a fojas 2/10 del Expediente Nº 1.734.741/16,
conforme lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que proceda al registro
del acuerdo obrante a fojas 2/10 del Expediente Nº 1.734741/16.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase
a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de
evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del
cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias.
Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 4º.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, no efectúe la publicación gratuita del acuerdo
homologado y de esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en
el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 11/10/2019 N° 64579/19 v. 11/10/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)