PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 847/2019

DA-2019-847-APN-JGM - Modificación presupuestaria.

Ciudad de Buenos Aires, 15/10/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-87618879-APN-DGD#MHA, la Ley Nº 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019 y la Decisión Administrativa Nº 12 del 10 de enero de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que es necesario incrementar los créditos vigentes de la AUDITORÍA GENERAL DE LA NACIÓN, organismo descentralizado, actuante en el ámbito del PODER LEGISLATIVO NACIONAL, con el objeto de afrontar sus necesidades operativas.

Que corresponde reforzar el Presupuesto vigente del HONORABLE SENADO DE LA NACIÓN y de la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN en virtud de lo establecido en el artículo 16 de la Ley Nº 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019.

Que, asimismo, se incrementan los créditos vigentes de la BIBLIOTECA DEL CONGRESO DE LA NACIÓN, de la IMPRENTA DEL CONGRESO DE LA NACIÓN, de la DIRECCIÓN DE AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL CONGRESO DE LA NACIÓN, del DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA NACIÓN y de la PROCURACIÓN PENITENCIARIA, organismos actuantes en el ámbito del PODER LEGISLATIVO NACIONAL, a fin de afrontar necesidades operativas.

Que es menester modificar el presupuesto vigente de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a fin de cumplir con los compromisos contraídos por el Estado Nacional.

Que, asimismo, el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA transfiere créditos a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN para la atención de las transferencias a la COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE.

Que a su vez, el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA cede créditos a la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, para financiar las actividades culturales y artísticas a realizarse en el marco de los Juegos Nacionales Evita.

Que resulta necesario adicionar créditos presupuestarios a la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado actuante en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para atender mayores gastos en personal que no fueron previstos en el presente ejercicio, financiado con una reducción del presupuesto de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que a los fines de atender los gastos del FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE (FONID) de los docentes del INSTITUTO SUPERIOR DE ENSEÑANZA RADIOFÓNICA (ISER) se refuerzan los créditos del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que es menester adecuar el presupuesto del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA con el objeto de afrontar compromisos correspondientes al “Programa Mejor Hogar Materiales” y al “Programa de Crédito Argentino”; atender gastos del proyecto de Construcción del Complejo Penitenciario Federal Cuyo en Luján de Cuyo, Provincia de MENDOZA; incorporar mayores desembolsos de préstamos provenientes de organismos financieros internacionales, destinados a la atención de obras, en distintas provincias de nuestro país, de infraestructura vial, de infraestructura eléctrica, de mejoramiento barrial y de saneamiento y agua potable.

Que además, se refuerzan los créditos vigentes de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, con el objeto de atender gastos en personal.

Que, por otra parte, con la finalidad de afrontar gastos correspondientes a proyectos de inversión del “Programa de Agua Potable y Saneamiento en Centros Urbanos y Suburbanos”, se incrementa el presupuesto del ENTE NACIONAL DE OBRAS HÍDRICAS DE SANEAMIENTO, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que el MINISTERIO DE SEGURIDAD cede créditos al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO a fin de atender los gastos de organización de la II Conferencia Ministerial Hemisférica de Lucha contra el Terrorismo.

Que, asimismo, resulta menester proceder a ampliar el crédito presupuestario del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO con la incorporación de mayores recursos, los que se destinarán principalmente a cubrir sus gastos en personal.

Que corresponde modificar el presupuesto vigente de la GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD, a fin de afrontar gastos correspondientes a la prestación de servicios del Instituto de la Obra Social de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.

Que, asimismo, con el objeto de atender gastos en personal correspondientes al servicio de policía adicional, se incrementan los créditos de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD, financiados con la incorporación de recursos remanentes de ejercicios anteriores.

Que por las Resoluciones Conjuntas del MINISTERIO DE DEFENSA y del MINISTERIO DE HACIENDA Nros. 4 y 5 del 31 de mayo de 2019 y 7 del 26 de junio de 2019, se incrementó el haber mensual del personal militar de las Fuerzas Armadas.

Que por las Resoluciones Nros. 374 del 29 de abril de 2019, 491 del 31 de mayo de 2019 y 567 del 28 de junio de 2019 del MINISTERIO DE SEGURIDAD, se incrementó el haber mensual del personal de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, de la GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA y de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.

Que por efecto de las citadas medidas se recomponen en forma directa los haberes de los jubilados, retirados y pensionados de las citadas fuerzas armadas y de seguridad.

Que en consecuencia es necesario reforzar el Presupuesto destinado a la atención de las jubilaciones, retiros y pensiones del INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES, organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA y de la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que además corresponde incrementar el presupuesto del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, destinado a atender el pago de sentencias judiciales previsionales, para lo cual resulta necesario ampliar el límite establecido por el artículo 33 de la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019.

Que es menester llevar a cabo una reestructuración de créditos de la Jurisdicción del MINISTERIO DE DEFENSA, en virtud del Decreto N° 104 de fecha 31 de enero de 2019, que dispone la transformación de la DIRECCIÓN GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES, entidad que funciona en la órbita del MINISTERIO DE DEFENSA, en FABRICACIONES MILITARES SOCIEDAD DEL ESTADO, bajo el régimen de la Ley N° 20.705.

Que asimismo, se refuerza el presupuesto vigente del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA, para la atención de juicios con sentencia firme.

Que a los fines de financiar la Campaña Antártica se incrementan los créditos presupuestarios del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS.

Que de acuerdo al artículo 15 de la Ley de la Carta N° 22.963 y sus normas modificatorias, el INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE DEFENSA, incorpora remanentes de recursos de ejercicios anteriores.

Que a su vez la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO LOGÍSTICO DE LA DEFENSA, dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA, pone a disposición créditos a favor del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA, con el objeto de afrontar, entre otros, deudas de los Ejercicios 2018 y 2019 por servicios contratados de este Organismo.

Que resulta necesario adecuar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE HACIENDA, a fin de avanzar con las tareas de mantenimiento y actualización de los sistemas informáticos vinculados a la Administración Financiera.

Que es menester incrementar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, organismo desconcentrado actuante en la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA, para la ejecución del Plan de Acción para el Desarrollo de la Cuenta Satélite de Turismo de la República Argentina.

Que corresponde adecuar el presupuesto vigente de la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, organismo actuante en la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA, con el objetivo de hacer frente a las erogaciones vinculadas a la construcción del reactor de baja potencia CAREM - Fase II, para reforzar las transferencias con destino a la Empresa Neuquina de Servicios de Ingeniería S.E. (ENSI S.E) y para la atención de gastos operativos.

Que el mayor gasto citado en el considerando precedente se compensa con una reducción en el presupuesto vigente de la Secretaría de Gobierno de Energía del MINISTERIO DE HACIENDA.

Que resulta oportuno ajustar el presupuesto vigente del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, organismo descentralizado actuante en la órbita de la Secretaría de Gobierno de Energía del MINISTERIO DE HACIENDA, a los efectos de atender necesidades en materia salarial y otras derivadas de gastos de funcionamiento.

Que resulta necesario incrementar el presupuesto vigente de la Secretaría de Gobierno de Trabajo y Empleo, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, para atender las transferencias destinadas a los Programas Nacionales de Empleo.

Que se adecua el presupuesto vigente del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA incorporando recursos remanentes de ejercicios anteriores correspondientes a las iniciativas del FONDO INTERNACIONAL DE DESARROLLO AGRÍCOLA (FIDA) y transferencias corrientes con destino al Plan de Desarrollo Sustentable y Fomento de la Producción Algodonera (Ley Nº 26.060).

Que es menester ajustar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, incrementando créditos y recursos a los efectos de atender los haberes del personal, construcción de obras para centros de investigación y erogaciones vinculadas a actividades científicas y académicas.

Que en lo que se refiere al INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, resulta necesario adecuar su presupuesto de gastos y recursos a los efectos de atender erogaciones inherentes a gastos en personal, bienes y servicios y para las obligaciones emergentes de los servicios de la deuda.

Que es necesario incrementar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE TRANSPORTE, con el fin de permitir la atención de sentencias judiciales.

Que es oportuno reforzar el presupuesto vigente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, con el objeto de continuar los trabajos de construcción y mantenimiento de rutas en el marco del Plan Vial Federal, garantizar la correcta liquidación de los haberes del personal y la realización de trabajos de consultorías y proyectos de factibilidad.

Que resulta adecuado incrementar los créditos vigentes del TEATRO NACIONAL CERVANTES, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Secretaría de Gobierno de Cultura del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, a fin de atender gastos de las obras puestas en escena durante la presente temporada teatral.

Que dicho refuerzo se financia con el incremento del cálculo de los recursos propios, provenientes de la Venta de Bienes y Servicios de la Administración Nacional.

Que resulta menester incrementar las asignaciones corrientes del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL en detrimento de las de capital, con el propósito de atender acciones en el marco de distintos programas.

Que corresponde incrementar el presupuesto de la Secretaría de Gobierno de Salud, actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, con el objeto atender los gastos de funcionamiento del HOSPITAL DE PEDIATRÍA S.A.M.I.C. “PROFESOR DR. JUAN P. GARRAHAN, del HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD EN RED “EL CRUCE – DR. NÉSTOR CARLOS KIRCHNER” S.A.M.I.C. de Florencio Varela, del HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD S.A.M.I.C. “EL CALAFATE” de la Provincia de Santa Cruz y del HOSPITAL DE CUENCA ALTA NÉSTOR KIRCHNER S.A.M.I.C..

Que asimismo se incrementan los presupuestos del HOSPITAL NACIONAL DR. BALDOMERO SOMMER, del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE y del INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA DEL SUR DR. JUAN OTIMIO TESONE, todos ellos actuantes en la órbita del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, para atender gastos en materia de personal, funcionamiento y transferencias.

Que tales aumentos se financian con el incremento del cálculo de los recursos propios.

Que resulta oportuno modificar el presupuesto de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN”, organismo actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, para la atención de gastos de funcionamiento y equipamiento.

Que las modificaciones mencionadas se financian con la incorporación de donaciones provenientes de organismos internacionales, como así también con sus remanentes.

Que es menester incrementar el crédito de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL destinado a financiar los déficits de las cajas previsionales provinciales.

Que corresponde modificar los créditos presupuestarios incluidos en la órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO destinados a TELAM SOCIEDAD DEL ESTADO, a CONTENIDOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO, a la FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES BRIGADIER SAN MARTÍN SOCIEDAD ANÓNIMA (FADEA), a YACIMIENTO CARBONÍFERO DE RÍO TURBIO (YCRT), a la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIFSE), a OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE), a la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR), a AEROLÍNEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANÓNIMA Y AUSTRAL LÍNEAS AÉREAS – CIELOS DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA y a FABRICACIONES MILITARES SOCIEDAD DEL ESTADO.

Que, asimismo, es necesario reforzar los créditos presupuestarios incluidos en la citada Jurisdicción 91 para la atención del Convenio de Estabilidad de Suministro de Gas Oil y Acuerdo del Abastecimiento de Gas Propano, creados por los Decretos Nros. 652 del 19 de abril de 2002 y sus modificatorios y 934 del 22 de abril de 2003.

Que es necesario reforzar los créditos presupuestarios incluidos en la citada Jurisdicción 91 en el marco del artículo 123 de la Ley Nº 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente del MINISTERIO DE HACIENDA.

Que la presente medida se dicta en virtud de las disposiciones establecidas en el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias y en los artículos 8º, 9°, 16 y 33 de la Ley Nº 27.467 y sus modificaciones.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, conforme con el detalle obrante en las Planillas Anexas (IF-2019-89899583-APN-SSP#MHA) al presente artículo.

ARTÍCULO 2º.- Amplíase el límite establecido por el artículo 33 de la Ley Nº 27.467 para la cancelación de deudas previsionales, quedando en consecuencia determinado de acuerdo con el siguiente detalle:

Instituto de Ayuda Financiera para Pago de Retiros y Pensiones Militares3.089.500.000
Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina5.405.846.000
Servicio Penitenciario Federal160.000.000
Total8.655.346.000

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Jorge Roberto Hernán Lacunza

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/10/2019 N° 78622/19 v. 16/10/2019

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)