CONTRATOS
Decreto 720/2019
DECTO-2019-720-APN-PTE - Aprobación.
Ciudad de Buenos Aires, 18/10/2019
VISTO el Expediente Nº EX-2019-86618190-APN-DGD#MHA y los Modelos de
Acuerdo para el Establecimiento de una Línea de Crédito Condicional
para Proyectos de Inversión (CCLIP) AR-O0013 y de Contrato de Préstamo
BID N° 4821/OC-AR destinados a la ejecución del “Programa de
Fortalecimiento e Integración de Redes de Salud en la Provincia de
Buenos Aires”, propuestos para ser suscriptos entre la Provincia de
BUENOS AIRES y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y
CONSIDERANDO:
Que en virtud del Modelo de Acuerdo para el Establecimiento de una
Línea de Crédito Condicional para Proyectos de Inversión (CCLIP)
AR-O0013 por hasta la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SEISCIENTOS
MILLONES (USD 600.000.000) a suscribirse entre el BANCO INTERAMERICANO
DE DESARROLLO (BID) y el Gobierno de la Provincia de BUENOS AIRES, el
referido Banco ha resuelto otorgar un financiamiento en forma directa
al Gobierno de la citada Provincia, en el marco del Contrato de
Préstamo BID N° 4821/OC-AR, hasta por el monto de DÓLARES
ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA MILLONES (USD 150.000.000).
Que mediante el Contrato de Préstamo mencionado precedentemente, el
citado Banco se compromete a asistir financieramente al Gobierno de la
Provincia de BUENOS AIRES a fin de posibilitar la ejecución del
“Programa de Fortalecimiento e Integración de Redes de Salud en la
Provincia de Buenos Aires”.
Que el objetivo del Programa es mejorar la accesibilidad y la cobertura
efectiva de los servicios públicos de salud para la población de la
Provincia de BUENOS AIRES (PBA).
Que los objetivos específicos del referido Programa son: (i) mejorar la
accesibilidad y resolutividad del primer nivel de atención en un
conjunto de municipios del AMBA (Área Metropolitana de Buenos Aires);
(ii) incrementar la capacidad de respuesta de los servicios de
emergencia en toda la PBA; y (iii) mejorar la oportunidad de la
dispensa de medicamentos oncológicos y paliativos en toda la PBA.
Que para la ejecución del referido Programa se desarrollarán TRES (3)
componentes: (i) Expansión y mejora del Primer Nivel de Atención (PNA)
en el AMBA, (ii) Expansión y mejora de la red de servicios de
emergencia y guardias de la PBA, y (iii) Expansión y mejora de la
cobertura de tratamientos oncológicos.
Que en tal sentido, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) ha
propuesto al Gobierno Nacional la suscripción de un Contrato de
Garantía con la finalidad de que la REPÚBLICA ARGENTINA afiance las
obligaciones financieras que el Gobierno de la Provincia de BUENOS
AIRES contraiga como consecuencia de la suscripción del mencionado
Contrato de Préstamo BID N° 4821/OC-AR.
Que atento a la necesidad de asegurar el pago de los compromisos
emergentes del Contrato de Préstamo N° 4821/OC-AR referido y de
preservar el crédito público de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Gobierno
Nacional ha propuesto al Gobierno de la Provincia de BUENOS AIRES la
suscripción de un Contrato de Contragarantía, por medio del cual este
último se obligue a la cancelación de los compromisos de pago asumidos,
en los plazos previstos en el mencionado Contrato de Préstamo.
Que para el caso de no producirse la cancelación respectiva, el
Gobierno de la Provincia de BUENOS AIRES autorizará al MINISTERIO DE
HACIENDA a efectuar el débito automático de los fondos de la Cuenta de
Coparticipación Federal de Impuestos o del régimen que la reemplace,
por hasta el total del monto adeudado.
Que en estos términos, resulta oportuno aprobar el Modelo de Contrato
de Garantía a ser suscripto entre el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
(BID) y la REPÚBLICA ARGENTINA y el Modelo de Contrato de
Contragarantía a ser suscripto entre esta última y el Gobierno de la
Provincia de BUENOS AIRES.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente del MINISTERIO DE HACIENDA.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y
el artículo 53 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de
Presupuesto (t.o. 2014).
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Modelo de Contrato de Garantía a suscribirse
entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
(BID), que consta de NUEVE (9) cláusulas, que forma parte integrante
del presente decreto como ANEXO I (IF-2019-89236365-APN-SSRFI#MHA).
ARTÍCULO 2°.- Apruébase el Modelo de Contrato de Contragarantía a
suscribirse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el Gobierno de la Provincia
de BUENOS AIRES que consta de OCHO (8) artículos, adjunto como ANEXO II
(IF-2019-89236324-APN-SSRFI#MHA) a la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Facúltase al señor Ministro de Hacienda o al funcionario
o funcionarios que éste designe, a suscribir los contratos cuyos
modelos se aprueban por medio de los artículos 1° y 2° del presente
decreto.
ARTÍCULO 4°.- Facúltase al señor Ministro de Hacienda o al funcionario
o funcionarios que éste designe, a convenir y/o suscribir
modificaciones a los contratos cuyos modelos se aprueban por los
artículos 1° y 2° del presente decreto, siempre que no constituyan
cambios sustanciales al objeto de la garantía, al destino de los
fondos, ni resulten en un incremento de su monto o modifiquen el
procedimiento arbitral pactado.
ARTÍCULO 5º.- Facúltase al señor Ministro de Hacienda a ejercer, en
nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, todos los actos
relativos a la implementación del Contrato de Garantía y aquéllos
requeridos a la REPÚBLICA ARGENTINA para la correcta ejecución del
Contrato de Préstamo BID N° 4821/OC-AR a ser suscripto entre el
Gobierno de la Provincia de BUENOS AIRES y el BANCO INTERAMERICANO DE
DESARROLLO (BID).
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña - Jorge Roberto
Hernán Lacunza
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 21/10/2019 N° 80008/19 v. 21/10/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)