Resolución 539/2018
RESOL-2018-539-APN-SECT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 28/11/2018
VISTO el Expediente Nº 1.768.228/17 del Registro del entonces
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250
(t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/4 del Expediente N° 1.772.545/17 agregado como fojas 4 al
Expediente Nº 1.768.228/17, obra agregado el Acuerdo celebrado, en el
marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Trabajo N° 1070/09 “E”,
entre la UNIÓN TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES
(U.T.ED.Y.C.), y la ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO (A.F.A.), cuya
homologación las partes solicitan de conformidad con lo dispuesto por
la Ley N° 14.250 (t.o. 2.004).
Que mediante el referido Acuerdo las partes pactan nuevas condiciones
económicas aplicables a los trabajadores de la empleadora comprendidos
en el citado Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa, con vigencia
desde el primero de julio de 2017, conforme los detalles allí impuestos.
Que el ámbito de aplicación del mentado instrumento se corresponde con
la actividad de la empleadora firmante, como así con los ámbitos de
representación personal y actuación territorial de la Entidad Sindical,
emergentes de su Personería Gremial.
Que procede así indicar que se encuentran cumplimentados los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con el Orden Público Laboral.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación de los mentados instrumentos.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se
remitirán las presentes actuaciones a la Dirección de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el
promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio
establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus
modificatorias.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
676/17.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la UNION
TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (U.T.E.D.Y.C.), y la
ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO (A.F.A.), obrante a fojas 2/4 del
Expediente N° 1.772.545/17 agregado como fojas 4 al Expediente Nº
1.768.228/17, conforme lo previsto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del
Acuerdo obrante a fojas 2/4 del Expediente N° 1.772.545/17 agregado
como fojas 4 al Expediente Nº 1.768.228/17.
ARTICULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase
a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de
evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del
cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias.
Finalmente, procédase a la guarda del presente junto al Convenio
Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1070/09 “E”.
ARTICULO 4º.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO no efectúe la publicación gratuita del instrumento
homologado, y de esta Resolución, las partes deberán proceder de
acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o.
2004).
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 21/10/2019 N° 68310/19 v. 21/10/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)