MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
Resolución 1104/2019
RESOL-2019-1104-APN-MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 21/10/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-88903228-APN-DGD#MPYT, y
CONSIDERANDO:
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL y la PROVINCIA DE BUENOS AIRES han
convenido, con fecha 25 de noviembre de 1996, implementar la Zona
Franca creada en el puerto de Bahía Blanca por la Ley Nº 84 de fecha 9
de junio de 1856, dictada por el entonces Estado de Buenos Aires.
Que por el Decreto Nº 952 de fecha 30 de agosto de 1999, se estableció
la localización de la Zona Franca Bahía Blanca – Coronel Rosales,
PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Que la Zona Franca de Bahía Blanca - Coronel Rosales se encuentra
sometida al régimen de la Ley Nº 24.331, en los términos establecidos
en su artículo 45, de conformidad al Convenio suscripto entre el PODER
EJECUTIVO NACIONAL y la PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Que por la Ley Provincial Nº 12.313 de fecha 7 de julio de 1999, se
creó en el ámbito del entonces MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN Y EL EMPLEO
de la Provincia de Buenos Aires, el Ente Zona Franca Bahía Blanca –
Coronel Rosales, con las funciones sucesivas y excluyentes de la
Comisión de Evaluación y Selección y Comité de Vigilancia.
Que mediante la Resolución N° 442 de fecha 4 de septiembre de 2001 del
ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, se aprobó el Reglamento de Funcionamiento y
Operación de la Zona Franca Bahía Blanca – Coronel Rosales de la
Provincia de BUENOS AIRES.
Que el artículo 135 de la citada resolución, establece que el Ente Zona
Franca Bahía Blanca – Coronel Rosales podrá dividir en áreas, unidades
de negocios y/o sectores de destino general o especializado, el total
de la superficie destinada a emplazar la Zona Franca, conforme a lo
establecido por el Decreto Nº 952/99, los anexos y subzonas que en el
futuro se habiliten, a fin de otorgar la concesión y explotación de
acuerdo al plan estratégico que se dicte.
Que el artículo 136 de dicha resolución, permite extender los
beneficios de Usuario Directo otorgado por el Régimen de Zona Franca,
entre otros supuestos, a emprendimientos productivos declarados de
interés social, previa autorización de la Autoridad de Aplicación.
Que el Ente Zona Franca Bahía Blanca - Coronel Rosales ha elevado a
consideración de la Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 24.331, la
solicitud del concesionario de la referida Zona Franca - ZONA FRANCA
BUENOS AIRES SUR S.A.- para la habilitación de CUATRO (4) Subzonas
Francas, bajo el régimen de Usuario Directo, en consonancia con el
artículo 136 de la Resolución N° 442/01 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que las mencionadas Subzonas Francas se encuentran identificadas como:
i) TANGO SUR, ii) TANGO CENTRAL, iii) TANGO NORTE, iv) IT PARK, según
los datos, imagen e información obrante en la documentación presentada
en el expediente citado en el Visto.
Que, el emplazamiento de las subzonas señaladas precedentemente,
persigue como objetivo desarrollar la prestación de servicios de
infraestructura de tecnología de la información y comunicaciones, y
demás actividades contempladas en el Régimen de Promoción de la
Economía del Conocimiento, aprobado por la Ley N° 27.506.
Que, el emprendimiento productivo presentado ha sido declarado de
interés social mediante la Resolución N° 16 de fecha 23 de septiembre
de 2019 del Ente Zona Franca Bahía Blanca - Coronel Rosales.
Que, asimismo, el emplazamiento de las Subzonas Francas mencionadas, ha
sido declarada de interés productivo, social y económico por la
Resolución Conjunta N° 6 de fecha 16 de octubre de 2019 del MINISTERIO
DE PRODUCCIÓN y de la SECRETARÍA GENERAL de la GOBERNACIÓN DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Que, por otro lado, los CUATRO (4) predios sobre los cuales se persigue
la instalación de las mencionadas Subzonas Francas se encuentran
ubicados en los Partidos de Bahía Blanca y Coronel Rosales, de la
Provincia de BUENOS AIRES.
Que la SUBSECRETARÍA DE FACILITACIÓN DEL COMERCIO de la SECRETARÍA DE
COMERCIO EXTERIOR del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la
intervención de su competencia, aconsejando autorizar la calidad de
Usuario Directo de las mencionadas Subzonas Francas, a los efectos de
su emplazamiento en la Zona Franca Bahía Blanca – Coronel Rosales de la
PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en el marco de las facultades
conferidas por la Ley N° 24.331 y el artículo 136 de la Resolución N°
442/01 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Por ello,
EL MINISTRO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorízase la calidad de Usuario Directo de las Subzonas
Francas denominadas como: “i) TANGO SUR, ii) TANGO CENTRAL, iii) TANGO
NORTE, iv) IT PARK”, a los efectos de su emplazamiento en la Zona
Franca Bahía Blanca – Coronel Rosales de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
en los términos establecidos por el artículo 136 de la Resolución N°
442 de fecha 4 de septiembre de 2001 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Dante Sica
e. 22/10/2019 N° 80496/19 v. 22/10/2019