AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
Resolución 442/2019
RESFC-2019-442-APN-AABE#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 18/10/2019
VISTO el Expediente EX-2019-00372947-APN-DCYC#AABE y su asociado
EX-2017-13941299-APN-DMEYD#AABE, los Decretos Nros. 1.023 de fecha 13
de agosto de 2001, 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416 de fecha
18 de septiembre de 2013, 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015, 1.030
de fecha 15 de septiembre de 2016, con sus modificatorios y/o
complementarios, 29 de fecha 10 de enero de 2018, la Decisión
Administrativa Nº 249 de fecha 2 de marzo de 2018, las Resoluciones
Nros. 213 de fecha 19 de julio de 2018 y 249 de fecha 18 de junio de
2019, ambas de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, y
CONSIDERANDO:
Que por el primer Expediente citado en el Visto tramita la venta,
mediante el procedimiento de Subasta Pública de Etapa Única Nacional Nº
392-0004-SPU19, del inmueble sito en la calle Pasaje Grilli N° 2051,
Sector 3 Lote C - Nº 116372, de la Ciudad de SANTA FE, Provincia de
SANTA FE, Nomenclatura Catastral: Departamento 10, Distrito 11, Sección
02, Manzana 0109, Parcela: 0014, que se relaciona con el CIE Nº
8200004672/36, con una superficie de DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO METROS
CUADRADOS CON OCHENTA Y TRES DECÍMETROS CUADRADOS (268,83 m2), según
requerimiento formulado por la entonces Dirección de Gestión
Patrimonial, dependiente de la entonces Dirección Nacional de Gestión
Inmobiliaria Estatal.
Que mediante Resolución Nº 249 (RESFC-2019-249-APN-AABE#JGM) de fecha
18 de junio de 2019, se desafectó el inmueble de la jurisdicción de la
ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO,
actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE y se autorizó la
convocatoria a Subasta Pública de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 25, inciso b) apartado 2) del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1.023/01, sus
modificatorios y/o complementarios y los artículos 78, 91 y
subsiguientes del Capítulo VI del Reglamento de Gestión de Bienes
Inmuebles del Estado Nacional y se aprobó el Pliego de Bases y
Condiciones Particulares correspondiente.
Que en virtud de lo establecido en el artículo 85 del Reglamento de
Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional y en el Régimen de
Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº
1.023/01 y su reglamentación, se cumplió con el requisito de publicidad
de la convocatoria y difusión de la subasta.
Que se efectuó la publicación de la convocatoria de la Subasta Pública
en cuestión en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA los días 19
y 21 de junio de 2019, así como en los sitios de Internet de la AGENCIA
DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO y en el Sistema de Gestión
Electrónica “SUBAST.AR”.
Que oportunamente, se emitió la Circular N° 1 Modificatoria al
mencionado Pliego de Bases y Condiciones Particulares, cuya publicación
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA se efectuó el día 10 de
julio de 2019 como así también en el Sistema de Gestión Electrónica
SUBAST.AR y en el sitio web de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES
DEL ESTADO.
Que con fecha 14 de agosto de 2019 se realizó el Acto de Cierre de
Inscripción a la Subasta, de cuyo Acta surge que se presentaron para
participar de la Subasta Pública los siguientes interesados: TOMÁS S.A.
(CUIT 30-70996201-5), INVERSAFE S.A. (CUIT 33-70913533-9), Luciano
BARRETTA (CUIT 20-30554230-0), Guido Salvador CALLEGARI (CUIT
20-32370739-2), Carlos Nahuel CAPUTTO (CUIT 20-23228357-3) y Ana María
CÍA (CUIT 27-11894639-7).
Que con fecha 26 de agosto de 2019 se emitió el Informe de Pre
Selección en el Sistema de Gestión Electrónica “SUBAST.AR”, del cual
surge que cumplieron los requisitos administrativos establecidos en el
Pliego de Bases y Condiciones Particulares para participar del Acto de
Subasta los interesados: TOMÁS S.A., INVERSAFE S.A., Guido Salvador
CALLEGARI, Carlos Nahuel CAPUTTO y Ana María CÍA, y se desestimó la
presentación efectuada por Luciano BARRETTA, por cuanto no acreditó la
totalidad de los requisitos administrativos exigidos en el referido
Pliego, conforme lo detallado en el IF-2019-76984105-APN-DCCYS#AABE.
Que con fecha 27 de agosto de 2019 se realizó el Acto de Subasta
Pública Nº 392-0004-SPU19 a través del Sistema de Gestión Electrónica
“SUBAST.AR”, emitiéndose el Resumen de Subasta, del cual surge la
información del evento y el resultado respecto a los lances realizados,
siendo el mayor lance por parte de la firma TOMÁS S.A. (CUIT
30-70996201-5), por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO TREINTA
MIL (USD 130.000).
Que mediante Nota NO-2019-77604909-APN-DNSIYAC#AABE de fecha 28 de
agosto de 2019, la Dirección Nacional de Servicios Inmobiliarios y
Asuntos Comunitarios entendió conducente proceder con la adjudicación
de la Subasta Pública en trato.
Que con fecha 3 de septiembre de 2019 se emitió el Informe de
Evaluación de Ofertas mediante el Sistema de Gestión Electrónica
“SUBAST.AR”, por el cual se recomendó adjudicar el inmueble objeto de
la Subasta Pública Nº 392-0004-SPU19 a la firma TOMÁS S.A. (CUIT
30-70996201-5), por resultar su oferta admisible y conveniente, de
conformidad con lo detallado en el IF-2019-87645604-APN-DCCYS#AABE.
Que mediante Nota NO-2019-87588844-APN-DCPF#AABE de fecha 26 de
septiembre de 2019, la Dirección de Contabilidad, Presupuesto y
Finanzas de esta Agencia, dejó constancia de la efectiva acreditación
de los fondos en concepto de Seña del DIEZ POR CIENTO (10%) del valor
de la oferta, establecida en el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares.
Que atento lo expuesto y acreditado el cumplimiento de los recaudos
procedimentales y legales corresponde proceder a la aprobación del
procedimiento de selección y a la adjudicación del inmueble objeto de
la Subasta a la firma TOMÁS S.A. (CUIT 30-70996201-5), por la suma de
DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO TREINTA MIL (USD 130.000).
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el artículo 11 inciso f) del Régimen de Contrataciones
de la Administración Nacional aprobado mediante el Decreto Nº 1.023/01,
sus modificatorios y/o complementarios y por los Decretos Nros.
1.382/12, 1.416/13, 2.670/15, 29/18 y la Decisión Administrativa Nº 249.
Por ello,
EL PRESIDENTE Y EL VICEPRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase lo actuado en el procedimiento correspondiente
a la Subasta Pública de Etapa Única Nacional Nº 392-0004-SPU19, para la
venta del inmueble sito en calle Pasaje Grilli N° 2051, Sector 3 Lote C
- Nº 116372, de la Ciudad de SANTA FE, Provincia de SANTA FE,
Nomenclatura Catastral: Departamento 10, Distrito 11, Sección 02,
Manzana 0109, Parcela: 0014, con una superficie de DOSCIENTOS SESENTA Y
OCHO METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y TRES DECÍMETROS CUADRADOS (268,83
m2), según requerimiento formulado por la entonces Dirección de Gestión
Patrimonial, dependiente de la entonces Dirección Nacional de Gestión
Inmobiliaria Estatal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25
inciso b) apartado 2 del Régimen de Contrataciones de la Administración
Nacional aprobado por el Decreto Nº 1.023/01 y sus modificatorios y
complementarios y en los artículos 78, 91 y subsiguientes del Capítulo
VI del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional
aprobado por Resolución Nº 213/18 de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO.
ARTÍCULO 2º.- Adjudícase el inmueble objeto de la Subasta Pública de
Etapa Única Nacional Nº 392-0004-SPU19 a la firma TOMÁS S.A. (CUIT
30-70996201-5), por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO TREINTA
MIL (USD 130.000) por resultar su oferta admisible y conveniente.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Ramon Maria Lanus - Pedro Villanueva
e. 22/10/2019 N° 79971/19 v. 22/10/2019