ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
Resolución 30/2019
RESOL-2019-30-E-AFIP-DGADUA
Ciudad de Buenos Aires, 17/10/2019
VISTO la actuación SIGEA Nº 18087-13-2018/3 del registro de esta ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación SIGEA N° 17466 12 2018 la División Aduana de SAN
JUAN informa en Nota N° 16/2019 (AD SAJU) el traslado de la zona
operativa aduanera ubicada en calle 6 y Maurín, de la ciudad de POCITO,
Provincia de SAN JUAN, a un nuevo predio.
Que la citada zona operativa fue oportunamente habilitada por la
Resolución N° 63/2008 (DGA), la cual fue prorrogada en diversas
oportunidades, siendo la última prórroga la otorgada por la Resolución
N° 30/2012 (DGA), vigente a la fecha.
Que en función de lo expuesto se impone la cancelación de la habilitación oportunamente otorgada.
Que han tomado la intervención que les compete la División Aduana de
SAN JUAN -fs.2/7-, la Dirección Regional Aduanera CENTRAL –fs.8- y la
Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior -fs.13-.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el artículo 9º, apartado 2º, inciso n) del Decreto Nº 618 del 10 de
julio de 1997.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Cancélese la habilitación de la zona operativa aduanera
de SEIS (6) hectáreas dentro del predio de DOCE (12) hectáreas ubicado
en la Calle 6 y Maurín (Nomenclatura Catastral N° 05-26-400700),
Departamento de POCITO, Provincia de SAN JUAN, en jurisdicción de la
Aduana homónima.
ARTÍCULO 2º.-Déjese sin efecto la Resolución N° 30/2012 (DGA).
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de esta
Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional
Aduanera CENTRAL. Remítanse los presentes a la División Aduana de SAN
JUAN para su conocimiento y notificación. Diego Jorge Davila
e. 22/10/2019 N° 79945/19 v. 22/10/2019