Resolución 195/2019
RESOL-2019-195-APN-SECAGYP#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 22/10/2019
VISTO el Expediente Nº EX-2019-51627970--APN-DGDMA#MPYT del Registro de
la entonces SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO y la Resolución Nº RESOL-2018-32-APN-SGA#MPYT de
fecha 1 de noviembre de 2018 de la citada ex- Secretaría de Gobierno, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº RESOL-2018-32-APN-SGA#MPYT de fecha 1 de
noviembre de 2018 de la ex - SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA
del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO mediante la cual se aprueba la
definición de las diferentes categorías de animales de la especie
bovina para faena y el sistema de tipificación de reses bovinas, se
instruye también a la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA de
la citada ex – Secretaría de Gobierno a establecer un nuevo sistema de
tipificación de carne bovina, ponderándose, como mínimo, los siguientes
parámetros: color de grasa, color de carne, área de Ojo de Bife, grado
de marmoleo o engrasamiento intramuscular de la sección del músculo
longissimus dorsi y PH.
Que dicha instrucción surgió de la necesidad de modernizar y avanzar en
el sistema de tipificación bovina agregando parámetros vinculados a la
calidad de los cortes y al rendimiento de carne, lo que fuera planteado
por los diferentes operadores de la cadena de la carne.
Que la mencionada Secretaría, junto con el INSTITUTO NACIONAL DE
TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (INTA), organismo descentralizado en la órbita
de la referida ex -Secretaría de Gobierno, ya se encontraba
desarrollando un sistema de tipificación de reses y de carnes basado en
parámetros objetivos, en articulación con el sector privado.
Que en ese orden de ideas la SUBSECRETARÍA DE GANADERÍA junto con la
Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario, ambas
dependientes de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y el INSTITUTO NACIONAL
DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (INTA), organismo descentralizado en la
órbita del citado Ministerio con la valiosa colaboración del sector
privado trabajó en la elaboración y validación de una propuesta de un
sistema de tipificación de carnes acorde a las necesidades de los
distintos mercados y teniendo en cuenta las nuevas tecnologías de
producción, procesamiento y conservación de carne.
Que el objeto principal de la misma fue desarrollar un sistema objetivo
de Tipificación de Carne Bovina, complementario del Sistema de
Tipificación de reses bovinas, que premie la calidad y a su vez sirva
como idioma común y nexo entre la oferta (sistemas de producción,
sanidad, genética) y la demanda (industria frigorífica, consumidores),
permitiendo de esta manera una mejora continua en toda la cadena.
Que en tal sentido se estableció un plan de trabajo que en una primera
instancia definió los parámetros posibles de medición, llevándose luego
a cabo un trabajo de verificación de los mismos en los frigoríficos y
cuyos datos recabados fueron posteriormente analizados por el INTA para
la validación de aquellos, y cuyas conclusiones se consideran para el
dictado de la presente medida.
Que a los fines de parametrizar los colores de carne y grasa, así como
las definiciones del tipo de luz a utilizar sobre los mismos, se contó
con la colaboración del Departamento de Carnes del INSTITUTO NACIONAL
DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), organismo descentralizado en la órbita
del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.
Que el sistema de Tipificación de Carne Bovina propuesto permite tanto
argumentar sobre la calidad de la carne argentina en el mundo, como
ayudar al productor y a la industria a revisar aspectos clave de sus
sistemas de producción e industrialización a fin de mejorar su
eficiencia y predictibilidad.
Que, asimismo, la información que brindará el sistema será de utilidad
para comunicar al consumidor elementos objetivos respecto de la calidad
de la carne y para educar en la construcción de la percepción de esa
calidad.
Que en mérito a ello el sistema de tipificación permitirá el pago
diferencial del producto por parte de los consumidores, y dicho precio
diferencial trasladarse hacia atrás de la cadena, incentivando
económicamente a todos los operadores a utilizar herramientas de
selección objetivas que aumenten la cantidad y calidad de la carne,
desde el productor hasta la venta minorista.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018, sus modificatorios y
complementarios y por la Resolución Nº RESOL-2018-32-APN-SGA#MPYT de
fecha 1 de noviembre de 2018 de la entonces SECRETARÍA DE GOBIERNO DE
AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Sistema de Tipificación de Carne Bovina que
obra en el Anexo que, registrado con el Nº
IF-2019-93899138-APN-SSG#MPYT, forma parte integrante de la presente
medida.
ARTÍCULO 2º.- La aplicación del Sistema de tipificación aprobado por la
presente resolución será de carácter optativo y estará a cargo de
Tipificadores de Carnes matriculados ante la Dirección Nacional de
Control Comercial Agropecuario de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la
que será la encargada de otorgar las autorizaciones pertinentes a los
tipificadores habilitados, de acuerdo con el procedimiento establecido
por la Resolución Nº 240 de fecha 19 de diciembre de 1990 de la ex-
JUNTA NACIONAL DE CARNES y sus normas complementarias.
ARTÍCULO 3º.- Los establecimientos faenadores que deseen implementar el
Sistema de Tipificación de Carne Bovina con métodos alternativos o
equipos de medición distintos a los previstos en el citado Anexo,
deberán solicitar para su uso la autorización pertinente ante la
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, de acuerdo con el procedimiento que al
efecto establezca la misma.
ARTÍCULO 4º.- Instrúyese al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y a la referida Dirección Nacional de
Control Comercial Agropecuario, a adecuar en un plazo de CIENTO OCHENTA
(180) días la normativa que pudiera verse afectada por la presente
medida, a fin de que se pueda receptar en los registros que
correspondan el resultados de las evaluaciones de carne bovina
realizadas en el marco del Sistema de Tipificación de Carne Bovina.
ARTÍCULO 5º.- Las infracciones a la presente serán sancionadas de
conformidad con las previsiones del Capítulo IX de la Ley Nº 21.740,
pudiendo disponerse la suspensión preventiva de los operadores.
ARTÍCULO 6º.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de
los CIENTO OCHENTA (180) días de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Guillermo Bernaudo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 24/10/2019 N° 81053/19 v. 24/10/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)