AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICAS Y REGULACIÓN DE SERVICIOS
Disposición 331/2019
DI-2019-331-APN-DNPYRS#AND
Ciudad de Buenos Aires, 23/10/2019
VISTO el expediente EX-2019-93352299-APN-DRPD#AND; la Ley N° 19.279 del
4 de octubre de 1971, sus modificatorias, los Decretos N° 1313 del 24
de junio de 1993, N° 698 del 5 de septiembre de 2017, N° 868 del 26 de
octubre de 2017, N° 95 del 1 de febrero de 2018, N° 160 del 27 de
febrero de 2018, N° 357 del 23 de abril de 2018, las Resoluciones ANDIS
N° 49 del 8 de marzo de 2018, N° 62 del 18 de febrero de 2019, N° 81
del 27 de febrero de 2019 y N° 462 del 12 de septiembre de 2019, y las
Disposiciones SNR N° 3464 del 4 de noviembre de 2010 y N° 75 del 2 de
febrero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 698/2017 se creó la AGENCIA NACIONAL DE
DISCAPACIDAD, como organismo descentralizado en la órbita de la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, que tiene a su cargo
el diseño, coordinación y ejecución general de las políticas públicas
en materia de discapacidad, la elaboración y ejecución de acciones
tendientes a promover el pleno ejercicio de los derechos de las
personas en situación de discapacidad.
Que mediante el Decreto N° 868/2017 se creó, en la órbita de la AGENCIA
NACIONAL DE DISCAPACIDAD, el Programa Nacional “PLAN NACIONAL DE
DISCAPACIDAD”, cuyo objetivo es la construcción y propuesta de
políticas públicas tendientes a la plena inclusión social de las
personas con discapacidad, contemplando los principios y obligaciones
comprometidos por medio de la Convención sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad, aprobada por la Ley N° 26.378.
Que por el Decreto N° 95/2018 se modificaron las competencias del
entonces MINISTERIO DE SALUD, se suprimió el SERVICIO NACIONAL DE
REHABILITACIÓN -organismo descentralizado actuante en la órbita del
aludido MINISTERIO- y se transfirieron a la órbita de la AGENCIA
NACIONAL DE DISCAPACIDAD sus responsabilidades primarias y acciones,
créditos presupuestarios, bienes, personal y dotaciones, estableciendo
que la misma es la continuadora, a todos los efectos legales, del
precitado SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN.
Que el Decreto N° 160/2018 aprobó la estructura de primer nivel
operativo de la ANDIS y estableció entre las acciones de la DIRECCION
NACIONAL DE POLITICAS Y REGULACIÓN DE SERVICIOS el actuar como
autoridad de aplicación de la normativa vigente para la consecución de
los beneficios en materia de franquicias sobre automotores y/o el uso
del símbolo internacional de acceso para personas con discapacidad y
cualquier otra normativa que de esa naturaleza se determine en el
ámbito de su competencia.
Que la Resolución ANDIS N° 49/2018 aprobó la estructura de segundo
nivel operativo de la referida AGENCIA, colocando en cabeza de la
Dirección de Rehabilitación para las Personas con Discapacidad
dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL aludida, entender en la aplicación
de la normativa vigente en relación al acceso a los beneficios
otorgados en materia de franquicias sobre automotores y símbolo
internacional de acceso.
Que el trámite de solicitud de Símbolo Internacional de Acceso se
encuentra previsto en el artículo 12 de la Ley N° 19.279 y en el
artículo 17 del Decreto N° 1313/1993.
Que mediante Disposición SNR N° 3464/2010 se reguló la concesión del
Símbolo Internacional de Acceso, los distintos tipos de Símbolos y
requisitos de cada uno de ellos.
Que tal disposición fue modificada por la Disposición SNR N° 75/2016,
la cual aprobó el diseño actualmente vigente para los distintos tipos
de Símbolos: Símbolo Internacional de Acceso, Símbolo Identificatorio
del Automotor, Símbolo para Vehículo Institucional y Símbolo para el
Exterior del País.
Que el papel utilizado para la emisión de los símbolos referidos
contiene diversas medidas de seguridad para evitar su adulteración y/o
falsificación, siendo adquirido por este Organismo a SOCIEDAD DEL
ESTADO CASA DE MONEDA.
Que hasta la fecha, en virtud del principio de economía conforme al
cual la Administración Pública debe propender a la utilización racional
de los recursos disponibles, se continúa utilizando el papel que fue
adquirido por el entonces SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN, el cual
tiene impreso el logo correspondiente al Ministerio de Salud,
Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos, Subsecretaría de
Gestión de Servicios Asistenciales y del Organismo en cita.
Que ante el pronto agotamiento de dicho remanente y la consecuente
adquisición de nuevos formularios para la emisión del Símbolo en todos
sus tipos, resulta necesario y oportuno adecuar los logos consignados
en los mismos de conformidad con la nueva estructura imperante.
Que el formato aprobado por la Disposición SNR N° 75/2016 en sus
artículos 3° a 6° continúa vigente a excepción de la modificación en
los respectivos logos descripta en el párrafo precedente y la
incorporación de las palabras “FRENTE” y “DORSO” con el objeto de
facilitar la identificación del anverso y reverso del Símbolo para la
correcta utilización del mismo.
Que mediante la Resolución N° 81/2019 (RESOL-2019-81-APN-DE#AND), el
señor Director Ejecutivo de la ANDIS en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 698/2017, delegó en la
señora Directora Nacional de Políticas y Regulación de Servicios de la
ANDIS —con designación mediante Decreto N° 357/2018, prorrogada por
Resoluciones N° 62/2019 (RESOL-2019-62-APN-DE#AND) y N° 462/2019
(RESOL-2019-462-APN-DE#AND)— las competencias comprendidas en el inciso
2) del artículo 3 del citado Decreto N° 698/2017 en el marco de sus
funciones primarias.
Que la DIRECCIÓN DE REHABILITACIÓN PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD y
la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de su
competencia.
Que se actúa de acuerdo con lo dispuesto por la Ley N° 19.279 y el
Decreto N° 1313/1993, y en virtud de las facultades conferidas a la
AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD por los Decretos N° 698/2017, N°
868/2017, N° 95/2018, N° 160/2018, N° 357/2018 y las Resoluciones ANDIS
N° 49/2018, N° 62/2019, N° 81/2019 y N° 462/2019.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE POLÍTICAS Y REGULACIÓN DE SERVICIOS DE LA AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
DISPONE:
Artículo 1° — Modifícase, en los términos expuestos en los
considerandos, el formato aprobado en los artículos 3° a 6° de la
Disposición SNR N° 75/2016 para el Símbolo Internacional de Acceso,
Símbolo Identificatorio del Automotor, Símbolo para Vehículo
Institucional y Símbolo para el Exterior del País, de conformidad con
el modelo que como Anexo identificado con el
IF-2019-93704096-APN-DNPYRS#AND forma parte integrante de la presente
disposición.
Artículo 2° — Los formularios para la emisión de los Símbolos
detallados en el artículo precedente actualmente existentes deberán ser
utilizados en su totalidad, para, una vez agotado los mismos, comenzar
a utilizar los nuevos formularios conforme al Anexo aprobado en el
artículo primero.
Artículo 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. María Alejandra Frey
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 25/10/2019 N° 81308/19 v. 25/10/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)