MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
Disposición 96/2019
DI-2019-96-APN-SSCRYF#MSYDS
Ciudad de Buenos Aires, 19/09/2019
VISTO los Expedientes N° 1-2002-25674/15-6 del ex Ministerio de Salud y
el EX-2019-69-039430-APN-DNCH#MSYDS, y las Resoluciones del entonces
Ministerio de Salud Nº 199 de fecha 25 de febrero de 2011; Nº 450 de
fecha 7 de abril de 2006; Nº 1922 de fecha 6 de diciembre de 2006; Nº
1342 de fecha 10 de octubre de 2007; Nº 1814 de fecha 9 de octubre de
2015; y las Disposiciones de la entonces SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS,
REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN Nº 8 de fecha 19 de marzo de 2009 y N° 104
de fecha 24 de noviembre de 2015.
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución Ministerial Nº 450 de fecha 7 de abril de
2006 se crea el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL
EQUIPO DE SALUD y se establecen criterios básicos, los integrantes del
sistema y los registros.
Que el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE
SALUD se encuentra integrado por el CONSEJO FEDERAL DE SALUD -COFESA-
como rector de la política a seguir en la formación del recurso humano
en salud, es presidido por la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y
FISCALIZACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO como
coordinador, la COMISIÓN TÉCNICA, integrada por representantes
jurisdiccionales y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE
ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, conformada por
Entidades representativas del sector, conforme lo establecido por
Resolución Ministerial Nº 450 de fecha 7 de abril de 2006.
Que a la vez dicho Sistema prevé un Registro Único de Entidades
Evaluadoras, conformado por Sociedades Científicas, Universidades y
otras Organizaciones Civiles.
Que mediante Disposición Subsecretarial Nº 104 de fecha 24 de noviembre
de 2015, se han aprobado los nuevos Estándares Nacionales y Contenidos
Transversales, para la Acreditación de Residencias del Equipo de Salud,
y los formularios nacionales para la evaluación de residencias del
equipo de salud (Instrumento Nacional de Residencias del Equipo de
Salud, Encuesta de Residentes y Guía para los Evaluadores), a los
efectos de que los mismos definan los criterios mínimos para el
funcionamiento de formación de residencias, refrendados por la COMISIÓN
TÉCNICA INTERJURISDICCIONAL y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL
DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD.
Que por Resolución Nº 199/2011 se aprobó el Listado de Especialidades de Licenciados en Enfermería.
Que la especialidad ENFERMERÍA EN CUIDADOS CRÍTICOS no está incluida en
el listado de especialidades reconocidas por el entonces MINISTERIO DE
SALUD (Resolución N° 199/2011).
Que mediante Disposición N° 8 de fecha 19 de marzo de 2009 de la
entonces SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN la
entidad Sociedad Argentina de Terapia Intensiva fue incorporada al
Registro de Entidades Evaluadoras.
Que la propuesta pedagógica presentada por la Residencia se expresa en
un programa de formación que se encuadra en lo prescripto en la
Resolución Ministerial Nº 1342 de fecha 10 de octubre de 2007.
Que la entidad Sociedad Argentina de Terapia Intensiva ha realizado la
evaluación de la residencia de ENFERMERÍA EN CUIDADOS CRÍTICOS de la
institución Hospital Italiano de Buenos Aires (Ciudad Autónoma de
Buenos Aires), utilizando el Instrumento Nacional de Evaluación y ha
informado que la Residencia está en condiciones de ser acreditada por
un período de CUATRO (4) años y ha formulado recomendaciones para su
mejora.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO elaboró un Informe Técnico
de acuerdo a la documentación remitida por la Entidad Evaluadora, a los
Estándares Nacionales de Acreditación y a las encuestas realizadas a
los residentes, expidiéndose en igual sentido y proponiendo asignar la
categoría A.
Que el MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL a los efectos de
orientar el proceso de mejora de la calidad de la formación de esta
residencia ha elaborado las recomendaciones pertinentes.
Que la COMISIÓN ASESORA DE EVALUACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD ha supervisado el procedimiento realizado.
Que atento a lo expuesto, se han cumplimentado los pasos necesarios
para la acreditación de la residencia de ENFERMERÍA EN CUIDADOS
CRÍTICOS de la institución Hospital Italiano de Buenos Aires (Ciudad
Autónoma de Buenos Aires).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial Nº 450 de fecha 7 de abril de 2006.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Acredítase la Residencia de ENFERMERÍA EN CUIDADOS
CRÍTICOS de la institución Hospital Italiano de Buenos Aires (Ciudad
Autónoma de Buenos Aires), en la Categoría A por un período de CUATRO
(4) años a partir de la fecha de publicación de la presente, de acuerdo
con los informes emitidos por la Entidad Evaluadora Sociedad Argentina
de Radiología y la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO y en
concordancia con los Estándares Nacionales para la Acreditación de las
Residencias del Equipo de Salud.
ARTÍCULO 2º.- La Residencia de ENFERMERÍA EN CUIDADOS CRÍTICOS de la
institución Hospital Italiano de Buenos Aires (Ciudad Autónoma de
Buenos Aires) deberá:
a. Completar en el Programa de Formación todos los Contenidos
Transversales, previendo la modalidad de enseñanza y asegurar el
desarrollo durante la Residencia, según Disposición N° 104/2015.
b. Garantizar rotaciones externas que permitan ampliar la experiencia
de formación de los residentes con otras patologías y atender pacientes
de distinta situación socioeconómica y cultural; aumentar el tiempo de
rotación por la Unidad de Cuidados Intensivos e incluir rotación por el
Servicio de Emergencias, según Estándares Nacionales de Acreditación
(Disposición N° 104/2015).
c. Fortalecer las actividades de integración teórico-práctica dentro
del espacio de la Residencia, aumentando los tiempos destinados al
desarrollo de la formación teórica, según Estándares Nacionales de
Acreditación.
d. Implementar un registro sistemático de prácticas y procedimientos
que realiza cada residente en la sede y en las rotaciones que resulten
accesibles para el análisis y supervisión, según lo establecido en
Estándares Nacionales de Acreditación.
e. Fortalecer el proceso de evaluación de los residentes utilizando
distintos instrumentos de evaluación para valorar la adquisición de
competencias de Enfermería en Cuidados Críticos del Adulto. Se sugiere
utilizar los recursos de la “Guía para el desarrollo de la evaluación
del desempeño en las residencias del equipo de salud” del Ministerio de
Salud de la Nación.
f. Fortalecer el proceso de aprendizaje en investigación, mediante la
participación de los residentes en la elaboración de trabajos de
investigación protocolizados.
g. Optimizar las condiciones de estancia destinados a los residentes, según Estándares Nacionales de Acreditación.
ARTÍCULO 3º.- La Residencia de ENFERMERÍA EN CUIDADOS CRÍTICOS de la
institución Hospital Italiano de Buenos Aires (Ciudad Autónoma de
Buenos Aires), deberá anualmente informar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE
CAPITAL HUMANO el listado correspondiente a los residentes activos y de
los egresados durante el período correspondiente a la vigencia de la
Acreditación.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional de Registro Oficial y archívese. Javier O’Donnell
e. 25/10/2019 N° 81338/19 v. 25/10/2019