ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 304/2019

ACTA N° 1591

Expediente ENRE N° EX -2019-53908782-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 23 DE OCTUBRE DE 2019

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:

1.- Dar a publicidad la solicitud de otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la Ampliación requerida por la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA ATLÁNTICA SOCIEDAD ANÓNIMA (EDEN S.A.), a través de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.), consistente en la incorporación de UN (1) nuevo Transformador de 33/13,2 kV de 5 MVA y la construcción de sus respectivos campos intemperies en 33 kV y 13,2 kV en la Estación Transformadora (ET) General Madariaga, operada por TRANSBA S.A..

2.- La publicación dispuesta en el artículo 1 se deberá efectuar a través de la publicación de un AVISO en los portales de internet del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) por el lapso de CINCO (5) días hábiles administrativos, y por DOS (2) días consecutivos, en un diario de amplia difusión del lugar en donde se construirán las obras proyectadas o en donde puedan afectar eléctricamente. Asimismo, se fija un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos a ser computados desde la última publicación efectuada, para que quien considere que la solicitud en cuestión pudiera afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee oposición fundada por escrito ante el ENRE.

3.- Disponer que en caso de registrarse oposición que sea común a varios Usuarios, y se encuentre fundamentada en los términos anteriormente señalados, se convocará a Audiencia Pública para recibir las mismas y permitir al solicitante brindar respuesta y exponer sus argumentos en defensa de la solicitud de Ampliación publicada.

4.- Disponer que, en caso contrario, operado el vencimiento del plazo fijado en el artículo 2 sin que se verifique la presentación de oposición alguna, este Ente Nacional procederá a dictar un acto administrativo con el objeto de otorgar el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública referido en el artículo 1.

5.- EDEA deberá incorporar en su proyecto todas las observaciones y requerimientos técnicos presentadas por CAMMESA y TRANSBA a efectos de garantizar el correcto funcionamiento del Sistema Argentino de Interconexión (SADI).

6.- Notificar a TRANSBA S.A., a EDEA y a CAMMESA.

7.- Regístrese, comuníquese, publique en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Firmado: Vocal Segundo Ing. Ricardo Martínez Leone - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing. Andrés Chambouleyron -.

Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaria del Directorio.

e. 04/11/2019 N° 84113/19 v. 04/11/2019