MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
Resolución 483/2019
RESOL-2019-483-APN-SECPYME#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 04/11/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-97679801- -APN-DGD#MPYT, las Leyes Nros.
23.396 y 27.349 y su modificatoria, el Decreto N° 711 de fecha 8 de
septiembre de 2017 y su modificatoria, la Resolución Nº 437 de fecha 7
de octubre de 2019 de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Ley N° 27.349 y su modificatoria, se estableció el
marco jurídico para el apoyo a la actividad emprendedora en el país y
su expansión internacional, así como la generación de capital
emprendedor en la REPÚBLICA ARGENTINA.
Que por el Artículo 14 de la Ley N° 27.349 y su modificatoria, se creó
el Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Capital Emprendedor (FONDCE),
conformado como un fideicomiso de administración y financiero, con el
objeto de financiar emprendimientos e instituciones de capital
emprendedor registrados como tales.
Que conforme lo dispuesto por el Artículo 17 de la Ley N° 27.349 y su
modificatoria, los bienes del Fondo Fiduciario para el Desarrollo de
Capital Emprendedor (FONDCE) deben destinarse al otorgamiento de
préstamos a emprendimientos y/o instituciones de capital emprendedor
para el apoyo a proyectos de emprendedores; Aportes No Reembolsables
(ANR) para emprendimientos, instituciones de capital emprendedor e
instituciones que ofrezcan servicios de incubación o aceleración de
empresas; aportes de capital en emprendimientos e instituciones de
capital emprendedor; y otros instrumentos de financiamiento a
determinar por la Autoridad de Aplicación.
Que por el Artículo 63 de la Ley N° 27.349 se creó el Programa “Fondo
Semilla”, en la órbita de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, que tendrá
como objeto capacitar y financiar a aquellos emprendedores que
pretendan dar inicio a un proyecto o potenciar uno ya existente con
grado de desarrollo incipiente, pudiendo la Autoridad de Aplicación,
conforme allí se establece, aportar los fondos asignados a dicho
Programa con asignación específica al Fondo Fiduciario para el
Desarrollo de Capital Emprendedor (FONDCE).
Que mediante la Ley Nº 23.396, fue aprobado el acuerdo marco entre el
Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA y el Programa de las Naciones Unidas
para el Desarrollo (PNUD), a fin de prestar asistencia al Gobierno para
llevar a cabo proyectos de desarrollo presentados por el Gobierno y
aprobados por el PNUD.
Que, en tal sentido, la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO celebró una
Carta Acuerdo con el PNUD en el marco del Acuerdo entre el Gobierno de
la REPÚBLICA ARGENTINA y el Programa de Naciones Unidas para el
Desarrollo, aprobado por Ley N° 23.396, a fin de trabajar conjuntamente
para la implementación de actividades a impulsar el ecosistema de
Inversión e Impacto y llevar a cabo una convocatoria del Programa Fondo
Semilla con destino a proyectos de impacto.
Que mediante la Resolución Nº 437 de fecha 7 de octubre de 2019 de la
SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, se aprobó la Convocatoria Fondo
Semilla para las personas humanas y/o jurídicas que quieran dar inicio
a un proyecto que posea un componente innovador y genere impacto
social, o potenciar un proyecto existente con grado de desarrollo
incipiente en la REPÚBLICA ARGENTINA.
Que el plazo de presentación de proyectos originalmente establecido en
la citada convocatoria tenía vencimiento el día 4 de noviembre de 2019,
inclusive.
Que, en tal sentido, resulta conveniente promover una prórroga en la
fecha de presentación de aquellos proyectos que deseen participar de
dicha convocatoria, atenta a la necesidad de los emprendedores de
contar con un mayor plazo para la presentación de los proyectos y
cumplimentar con la documentación técnica necesaria de acuerdo a los
requisitos solicitados en las Bases y Condiciones aprobadas por la
Resolución Nº 437/19 de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA
Y MEDIANA EMPRESA.
Que, en virtud de lo expuesto, a fin de posibilitar una mejora en el
procedimiento de presentación de proyectos a la mencionada
convocatoria, resulta conveniente prorrogar el plazo de presentación de
proyectos de la Convocatoria Fondo Semilla hasta las DOCE HORAS (12:00
hs) del día viernes 8 de noviembre de 2019.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente resolución se adopta en virtud de las atribuciones
conferidas por la Ley Nº 27.349 y su modificatoria, y por los Decreto
Nros. 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios y 711 de
fecha 8 de septiembre de 2017 y su modificatoria.
Por ello,
EL SECRETARIO DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase hasta las DOCE HORAS (12:00 hs) del día
viernes 8 de noviembre de 2019, el plazo establecido por el Artículo 2º
de la Resolución Nº 437 de fecha 7 de octubre de 2019 de la SECRETARÍA
DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
Y TRABAJO, por los motivos expuestos en los considerandos de la
presente medida.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Mariano Mayer
e. 05/11/2019 N° 84772/19 v. 05/11/2019