ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Resolución 710/2019
RESFC-2019-710-APN-DIRECTORIO#ENARGAS
Ciudad de Buenos Aires, 01/11/2019
VISTO el Expediente N.° EX-2019-89313461- -APN-GDYE#ENARGAS; lo
dispuesto por la Ley N° 24.076 y su Decreto Reglamentario N.° 1738/92;
el Punto 10 de la reglamentación por el Decreto N.° 1738/92 de los
Artículos 65 a 70 de la Ley N.° 24.076; la Resolución ENARGAS N.°
I-910/09 y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución N.° RESFC-2019-630-APN-DIRECTORIO#ENARGAS,
se invitó a todos los sujetos de la Ley N.° 24.076 y los terceros
interesados, a expresar sus observaciones y/o sugerencias respecto de
las modificaciones a la Resolución ENARGAS N.º I-910/2009.
Que dicha consulta pública se realizó por el plazo de VEINTE (20) días
corridos a contar desde la publicación de la mencionada Resolución N.°
RESFC-2019-630-APN-DIRECTORIO#ENARGAS.
Que la Dirección General de Planeamiento, Ejecución y Gerenciamiento de
Obras dependiente del Ministerio de Servicios Públicos de la Provincia
de Córdoba, en su carácter de Tercero Interesado, solicitó a esta
Autoridad Regulatoria una prórroga del plazo para la consulta pública
mencionada.
Que dicho pedido de prórroga se basa, fundamentalmente, en el interés
de esa Dirección en formular observaciones y/o sugerencias en los
términos de la consulta pública, a fin de realizar un minucioso
análisis del proyecto modificatorio, recalcando que la provincia de
Córdoba ejecutó a su cargo obras de infraestructura gasífera en el
marco del “Programa de Gasoductos Troncales y Regionales del Plan
Quinquenal/Infraestructura Gasífera 2015/2019” .
Que las razones esgrimidas por la solicitante no sólo resultan
atendibles, sino que, además, resulta útil y conveniente ampliar el
plazo a fin de que los principales interesados puedan presentar sus
observaciones y/o sugerencias a la normativa en estudio.
Que la participación de los sujetos interesados contribuye a dotar de
mayor transparencia y eficacia al sistema, permitiendo a esta Autoridad
Regulatoria evaluar las modificaciones concretas a ser introducidas en
la normativa.
Que, por esa razón, corresponde ampliar el plazo previsto originalmente
por el término de QUINCE (15) días corridos adicionales, a fin de que
todos los interesados puedan hacer uso del plazo adicional.
Que el Servicio Jurídico Permanente de este Organismo ha tomado la intervención que por derecho corresponde.
Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el
dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto en el Artículo 52,
inc. b) la Ley N.º 24.076 y el Decreto N.º 1738/92.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:
ARTICULO 1°: Prorrogar el plazo establecido en el Artículo 2° de la
Resolución N.° RESFC-2019-630-APN-DIRECTORIO#ENARGAS, respecto del
proyecto de modificación a la Resolución ENARGAS Nº I-910/09, por
QUINCE (15) días corridos adicionales a contar desde la publicación de
la presente.
ARTICULO 2°: Hacer saber que el Expediente EX-2019-2019-89313461-
-APN-GDYE#ENARGAS se encuentra a disposición para su consulta en la
Sede Central del ENARGAS, sita en Suipacha 636 de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, y en sus Centros Regionales.
ARTICULO 3°: Establecer que la presente Resolución se publicará en el
sitio web del ENARGAS, por el plazo indicado en el Artículo 1° de la
presente, desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de la
República Argentina.
ARTICULO 4°: Comunicar, publicar, registrar, dar a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archivar. Daniel Alberto
Perrone - Griselda Lambertini - Mauricio Ezequiel Roitman
e. 05/11/2019 N° 84629/19 v. 05/11/2019