ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
Resolución 732/2019
RESOL-2019-732-APN-ANAC#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 01/11/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-97399194- -APN-ANAC#MTR, la Ley N°
13.041, el Decreto N° 2.145 de fecha 26 de marzo de 1973, el Decreto N°
1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 13.041 se facultó a la entonces Autoridad Aeronáutica
a fijar contribuciones por servicios vinculados directa o
indirectamente al uso de aeropuertos y aeródromos.
Que asimismo el Artículo 2° de dicha normativa establece que las
contribuciones por servicios vinculados directa o indirectamente al uso
de aeropuertos o aeródromos y de protección al vuelo y de tráfico
administrativo referente a la navegación aérea serán justas y
razonables, y que para su fijación se deberán tener en cuenta las
necesidades de los servicios prestados, el desarrollo de la
aeronavegación, y la calidad de los contribuyentes.
Que por su parte, por el Decreto N° 163 de fecha 12 de febrero de 1998
se incorporó la tasa por el servicio de seguridad, tanto para vuelos
internacionales como regionales.
Que el avance en el rediseño del espacio aéreo permitió aumentar la
capacidad y eficiencia del mismo, con el propósito de promover la
conectividad del país.
Que en este contexto resulta oportuno promover iniciativas que permitan
continuar con el proceso de expansión de la actividad aeronáutica,
incentivando tanto el número de operaciones internacionales de las
empresas que ya operan en nuestro país, como así también el número de
pasajeros embarcados.
Que en consecuencia, a fin de fomentar el tráfico de pasajeros, resulta
procedente reducir el costo de la tasa de seguridad internacional con
el fin de disminuir el costo del pasaje y fomentar así la decisión de
compra de los potenciales pasajeros.
Que en consecuencia corresponde derogar la Resolución ANAC Nº 760 de
fecha 13 de septiembre de 2016 y Resolución ANAC N° 71 de fecha 24 de
enero de 2019 y modificatorias de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE
AVIACIÓN CIVIL (ANAC).
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la DIRECCIÓN
GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA (DGLTyA) de la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente resolución se dicta en uso de las competencias
otorgadas por la Ley N° 13.041 y los Decretos Nros. 239 de fecha 15 de
marzo de 2007 y 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACION CIVIL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Derógase la Resolución ANAC Nº 760 de fecha 13 de
septiembre de 2016 y Resolución ANAC N° 71 de fecha 24 de enero de 2019
y modificatorias de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC).
ARTÍCULO 2° - Establécese los valores de la tasa por el servicio de
seguridad consignados en el Anexo GDE N°
IF-2019-98325827-APN-DGLTYA#ANAC que integra la presente resolución.
ARTÍCULO 3° - El nuevo valor de la tasa de seguridad para vuelos
internacionales aplica respecto a los billetes de pasaje emitidos a
partir del día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL, para
ser utilizados a partir del día 1 de enero de 2020.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL y, cumplido,
archívese. Tomás Insausti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en www.anac.gob.ar sección
normativa.
e. 06/11/2019 N° 85314/19 v. 06/11/2019