MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
Resolución 494/2019
RESOL-2019-494-APN-SECPYME#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 06/11/2019
VISTO el Expediente N° EX-2017-19298710-APN-DNCCH#MP y la Resolución N°
300 de fecha 11 de julio de 2017 de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE
LA PEQUEÑA MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución N° 300 de fecha 11 de julio de 2017 de la
SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA MEDIANA EMPRESA del
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, se aprobaron las Bases y
Condiciones de acceso al Plan “CIUDADES PARA EMPRENDER” para el año
2017.
Que mediante la Resolución Nº 480 de fecha 5 de octubre de 2017, se
seleccionó a la Ciudad de General Pico, Provincia de LA PAMPA para ser
parte del Plan “CIUDADES PARA EMPRENDER”.
Que, en consecuencia, a partir de octubre de 2017 desde el Plan
“CIUDADES PARA EMPRENDER” se comenzó a trabajar con cada Municipio
seleccionado, con el objetivo de elaborar el Esquema de Trabajo, de
acuerdo a lo establecido en el apartado 3.b) de las Bases y Condiciones
que lo rigen, y para ello se realizaron DOS (2) talleres de trabajo
siendo el primero el día 5 de diciembre de 2017 y el segundo el día 5
de marzo de 2018.
Que, con fecha 14 de agosto de 2018, se inició la comunicación
tendiente a efectivizar la suscripción del Convenio de Asistencia
Técnica y Financiamiento, en cumplimiento del procedimiento
administrativo.
Que en tanto no se recibió respuesta alguna por parte de la citada
Ciudad, con fecha 18 de octubre se la volvió a notificar, a fin que se
efectivizara la suscripción del Convenio en cuestión.
Que, con fecha 18 de diciembre de 2018, se envió un nuevo correo
electrónico a todas las ciudades seleccionadas notificando el estado de
situación de la monetización de cada una de ellas, lo que conllevó a
insistir una vez más en propiciar la suscripción del referido Convenio.
Que, por lo expuesto, con fecha 17 de enero de 2019 se solicitó
subsanación vía plataforma Trámites a Distancia (TAD), otorgando un
plazo final de CINCO (5) días hábiles para su cumplimiento y a la fecha
el requerimiento no fue respondido.
Que el área técnica se ha expedido en el ámbito de su competencia
mediante el Informe incorporado como IF-2019-22594943-APN-DFEP#MPYT, al
expediente de la referencia, considerando que debe darse la baja a la
Ciudad de Ciudad de General Pico, Provincia de LA PAMPA del Plan
“CIUDADES PARA EMPRENDER” para el año 2017.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se adopta en virtud de las atribuciones
conferidas por el Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus
modificatorios y la Resolución N° 300/17 de la SECRETARÍA DE
EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA MEDIANA EMPRESA.
Por ello,
EL SECRETARIO DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dase de baja a la Ciudad de General Pico, Provincia de LA
PAMPA del Plan “CIUDADES PARA EMPRENDER” para el año 2017, conforme a
lo expuesto en los considerandos de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Notifíquese a la Municipalidad de la Ciudad de General Pico de la presente resolución.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Mariano Mayer
e. 08/11/2019 N° 85768/19 v. 08/11/2019