AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
Resolución 499/2019
RESOL-2019-499-APN-D#ARN
Ciudad de Buenos Aires, 12/11/2019
VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto
Reglamentario N° 1390/98, el Decreto N° 1172/03, la Resolución del
Directorio de la Autoridad Regulatoria Nuclear N° 67/04, el Expediente
EX-78306157-APN--SNR#ARN, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 16, Inciso a) de la Ley N° 24.804, establece entre las
funciones, facultades y obligaciones de la AUTORIDAD REGULATORIA
NUCLEAR (ARN),la de dictar las normas regulatorias referidas a
seguridad radiológica y nuclear, protección física y fiscalización del
uso de materiales nucleares.
Que el Directorio de la ARN, en su reunión del 27 de agosto de 2019
(Acta N° 29), aprobó la Iniciativa Regulatoria N° 19/17 R1 para la
revisión N°4 de la Norma Regulatoria AR 7.11.1 “Permisos individuales
para operadores de equipos de gammagrafía industrial”.
Que la SUBGERENCIA NORMATIVA REGULATORIA preparó el proyecto de
revisión N°4 de la Norma Regulatoria AR 7.11.1 “Permisos individuales
para operadores de equipos de gammagrafía industrial”.
Que a través del dictado de la Resolución del Directorio de la ARN N°
67/04, se instrumentó el procedimiento para la Elaboración
Participativa de Normas, de conformidad con lo establecido en el Anexo
V y VI del Decreto 1172/03, además de designar a la SUBGERENCIA
NORMATIVA REGULATORIA como responsable de la implementación y puesta en
marcha del citado procedimiento, por lo cual la citada SUBGERENCIA
recomendó al Directorio de la ARN el inicio del proceso de Elaboración
Participativa de Normas, de conformidad con lo establecido en el
mencionado Acto Administrativo y normativa citada, respectivamente.
Que es necesario habilitar un Registro para la incorporación de
opiniones y propuestas, que funcionará en el Registro Central de la
ARN, sita en Avenida del Libertador N° 8250 – Oficina 317, 1429 Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, las que se deberán presentar por escrito
–pudiendo acompañar la documentación que estime pertinente– utilizando
el formulario indicado en el Artículo 2° de la Resolución ARN N° 67/04,
de conformidad con lo establecido en el Anexo VI del Decreto N°
1172/03, dentro del plazo de VEINTE (20) días desde la publicación de
la presente en el Boletín Oficial de la República Argentina.
Que las GERENCIAS SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, y
ASUNTOS JURÍDICOS, la SUBGERENCIA NORMATIVA REGULATORIA y la SECRETARIA
GENERAL, han tomado la intervención correspondiente.
Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente
para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en los
Artículos 16, Inciso a) y 22, Inciso a) de la Ley N° 24.804, y el
Artículo 10 del Anexo V del Decreto N° 1172/03.
Por ello, en su reunión de fecha 25 de septiembre de 2019 (Acta N° 33),
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:
ARTÍCULO 1°.- Declarar la apertura del procedimiento de Elaboración
Participativa de Normas, en relación con el Proyecto de Revisión N°4 de
la Norma Regulatoria AR 7.11.1 “Permisos Individuales para Operadores
de Equipos de Gammagrafía Industrial” la que, como Anexo, forma parte
integral de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Invitar a participar a toda persona humana o jurídica,
pública o privada, que invoque un derecho o interés simple, difuso o de
incidencia colectiva relacionado con la Norma Regulatoria proyectada en
el marco del procedimiento mencionado en el Artículo 1° de la presente
Resolución durante VEINTE (20) días a partir de su publicación en el
Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Habilitar un Registro para la incorporación de opiniones
y propuestas, que funcionará en el Registro Central de la ARN, de
acuerdo a lo detallado en el considerando donde los interesados podrán
tomar vista del expediente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a las SUBGERENCIAS
NORMATIVA REGULATORIA y COMUNICACIÓN y a REGISTRO CENTRAL. Dese a la
Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA durante DOS (2) días.
Incorpórese en el sitio web de la ARN durante la vigencia del plazo
indicado en el Artículo 2° de la presente Resolución y archívese.
Nestor Alejandro Masriera
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 14/11/2019 N° 87681/19 v. 15/11/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)