MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y COORDINACIÓN DE OBRA PÚBLICA
Resolución 49/2019
RESOL-2019-49-APN-SPTYCOP#MI
Ciudad de Buenos Aires, 20/11/2019
VISTO el Decreto 1759/72 - T.O. 2017, la Resolución N°
RESOL-2019-47-APN-SPTYCOP#MI y el Expediente N° EX-2019-66317047-
-APN-DNPYDOP#MI del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS y VIVIENDA y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente N° EX-2019-66317047- -APN-DNPYDOP#MI tramitó la
Resolución por la que se autorizó el llamado a Licitación Pública
Nacional para la contratación de los trabajos de “BIBLIOTECA POPULAR DE
PARANÁ, bajo el Sistema de Ajuste Alzado establecido en el artículo 5º,
inciso b) y artículo 9º de la Ley de Obras Públicas Nº 13.064.” (Art.
1°).
Que conforme se señaló en el CONSIDERANDO de la referida Resolución el
Presupuesto Oficial asciende a la suma de PESOS VEINTIDÓS MILLONES
TRESCIENTOS DIECISIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS CON SETENTA Y TRES
CENTAVOS ($22.317.152,73), Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) incluido.
Que por Providencia N° PV-2019-87225533-APN-DGSAF#MI, del 25 de
septiembre de 2019, la DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO ADMINISTRATIVO
FINANCIERO de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ha efectuado la imputación
presupuestaria por un monto total de PESOS VEINTIDÓS MILLONES
TRESCIENTOS DIECISIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS CON 73/100
($22.317.152,73), dejando constancia que se cuenta con crédito
presupuestario suficiente para afrontar la medida propiciada.
Que se advirtió un error material en la redacción del Artículo 2° de la
Resolución N° RESOL-2019-47-APN-SPTYCOP#MI, al expresarse en letras el
monto del Presupuesto Oficial.
Que, el artículo 101 del Decreto 1759/72 - T.O. 2017, establece que:
“En cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de
hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancia
del acto o decisión. En los expedientes electrónicos se realizará
mediante la subsanación de errores materiales en el sistema de Gestión
Documental Electrónica, previa vinculación del acto administrativo que
la autorice.”.
Que en tal sentido corresponde rectificar el ARTÍCULO 2º de la Resolución N° RESOL-2019-47-APNSPTYCOP#MI.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS
Y VIVIENDA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438/92) y sus
modificatorias, la Ley N° 13.064, los Decretos Nros. 1759/72 (t.o.
2017), N° 283/2016, N° 174/2018, N°1169/2018, y la Resolución N° 118
del 9 de marzo de 2018 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS
PÚBLICAS Y VIVIENDA.
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias:
EL SECRETARIO DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y COORDINACIÓN DE OBRA PÚBLICA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Rectificar el ARTÍCULO 2º de la Resolución N°
RESOL-2019-47-APN-SPTYCOP#MI, que quedará redactado de la siguiente
manera: “Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares
(PLIEG-2019-96275377-APN-DNPYDOP#MI), Pliego de Especificaciones
Técnicas Particulares (PLIEG-2019-80173576-APN-DNPYDOP#MI) y Planos
(PLANO-2019-80173011-APN-DNPYDOP#MI) que como ANEXO forman parte
integrante de la presente Resolución para la licitación que se trata,
con un Presupuesto Oficial de PESOS VEINTIDÓS MILLONES TRESCIENTOS
DIECISIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS CON SETENTA Y TRES CENTAVOS
($22.317.152,73), Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) incluido, que se
establece para la contratación en trato.”.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Fernando Alvarez De Celis
e. 22/11/2019 N° 89721/19 v. 22/11/2019