Resolución 751/2019
RESOL-2019-751-APN-SGE#MHA
Ciudad de Buenos Aires, 22/11/2019
VISTO el expediente EX-2019-79255845-APN-DGDOMEN#MHA, lo dispuesto en
la ley 24.076 y su reglamentación aprobada por el decreto 1738 del 18
de septiembre de 1992, los modelos de licencia para la prestación de
los servicios de transporte y distribución aprobados por el decreto
2255 del 2 de diciembre de 1992, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la resolución 521 del 3 de septiembre de 2019 de la
Secretaría de Gobierno de Energía dependiente del Ministerio de
Hacienda (RESOL-2019-521-APN-SGE#MHA) se determinó el diferimiento,
para el 1° de enero de 2020, del ajuste semestral de los márgenes de
transporte y distribución que comprenderán las variaciones operadas
desde el 1º de octubre de 2019 hasta la emisión de los respectivos
cuadros tarifarios.
Que con el fin del preservar el equilibrio económico financiero de los
contratos, se decidió que la vía más apta para ello consiste en la
readecuación de las obligaciones de las licenciatarias de transporte y
distribución de gas, esencialmente aquellas que impliquen inversiones
obligatorias a su cargo, sin que ello afecte en modo alguno sus
obligaciones frente a los usuarios abastecidos.
Que es necesario aclarar el alcance del artículo 1° de la resolución
521/2019 de modo tal que la compensación en favor de las prestadoras se
determine de conformidad con el criterio establecido en su artículo 3°,
es decir, respetando la exacta incidencia entre los montos que se dejan
de percibir en concepto de tarifa -incluyendo las bonificaciones a las
subdistribuidoras de su área de licencia- y los montos de inversión
comprometidos.
Que resulta a su vez oportuno extender el diferimiento del ajuste
semestral de los márgenes de transporte y distribución previsto en el
artículo 1° de la resolución 521/2019 al 1° de febrero de 2020.
Que por ello, corresponde sustituir el artículo 1° de la resolución
521/2019 de esta secretaría, con el fin de precisar los alcances del
sistema de compensación allí establecido y extender el diferimiento
semestral de los respectivos ajustes en los términos precedentemente
consignados.
Que esta medida se dicta en virtud de las facultades establecidas en el
apartado VIII bis del anexo II al decreto 174 del 2 de marzo de 2018.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustituir el artículo 1° de la resolución 521 del 3 de
septiembre de 2019 de la Secretaría de Gobierno de Energía dependiente
del Ministerio de Hacienda (RESOL-2019-521-APN-SGE#MHA) por el
siguiente:
“ARTÍCULO 1º: Diferir el ajuste semestral de los márgenes de transporte
y distribución previsto a partir del 1º de octubre de 2019 para el 1°
de febrero de 2020, debiendo utilizarse, en esa oportunidad, el índice
de ajuste correspondiente para reflejar la variación de precios entre
los meses de febrero y agosto de 2019”.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. Gustavo Sebastián Lopetegui
e. 25/11/2019 N° 90561/19 v. 25/11/2019