PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 961/2019
DA-2019-961-APN-JGM - Modificación presupuestaria.
Ciudad de Buenos Aires, 27/11/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-99363688-APN-DGD#MHA, la Ley Nº 27.467
de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2019 y la Decisión Administrativa Nº 12 del 10 de enero de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario incrementar los créditos vigentes de la AUDITORÍA
GENERAL DE LA NACIÓN, de la DIRECCIÓN DE AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL
DEL CONGRESO DE LA NACIÓN y de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS
DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, organismos actuantes en el ámbito del
PODER LEGISLATIVO NACIONAL, a fin de afrontar sus necesidades
operativas.
Que corresponde reforzar el Presupuesto vigente del HONORABLE SENADO DE
LA NACIÓN, actuante en el ámbito del PODER LEGISLATIVO NACIONAL, a fin
de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 16 de la Ley Nº
27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el
Ejercicio 2019 como así también, atender erogaciones vinculadas a
gastos operativos.
Que es menester reforzar los créditos vigentes de la CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA DE LA NACIÓN, organismo actuante en el ámbito del PODER
JUDICIAL DE LA NACIÓN.
Que la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TURISMO dependiente de la SECRETARIA
GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, readecua su presupuesto a fin
de continuar con el normal funcionamiento de sus Unidades Turísticas de
Embalse y Chapadmalal y de su Sede Central.
Que, a su vez, esa Secretaría de Gobierno incorpora créditos cedidos
por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para la atención de
compromisos asumidos.
Que se propicia reforzar los créditos de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS
INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN, a fin de atender los mayores gastos en personal originados en
la aplicación de las pautas salariales vigentes, becas y la asistencia
a través de subsidios individuales para tratamiento en Comunidades
Terapéuticas y Subsidios a Casas de Atención y Acompañamiento
Comunitario en contextos de alta vulnerabilidad social.
Que el refuerzo mencionado en el considerando anterior se atiende
parcialmente con una reducción de los gastos de capital de la citada
Secretaría.
Que, asimismo, es menester llevar a cabo un incremento del presupuesto
vigente de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo
descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la SECRETARÍA GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en base a la necesidad de cumplir con los
compromisos asumidos con el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO,
respecto de las obras y Proyectos que se encuentran en ejecución.
Que resulta necesario incrementar los créditos de la SINDICATURA
GENERAL DE LA NACIÓN, organismo descentralizado actuante en la órbita
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, financiados mediante la incorporación
de recursos provenientes del TESORO NACIONAL y la percepción de mayores
recursos propios, con el objeto de atender erogaciones derivadas de la
aplicación del Decreto N° 589 del 23 de agosto de 2019 como así
también, gastos operativos y de funcionamiento.
Que la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR, organismo descentralizado
actuante en la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, lleva a cabo una
readecuación de sus créditos a los fines de atender los gastos
vinculados al “38° Ejercicio de Aplicación del Plan de Emergencia del
Complejo Nuclear Atucha (CNA)”, la conformación del centro operativo de
emergencia municipal, tareas de evacuación y gastos de personal.
Que la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, incorpora mayores recursos destinados al Fondo
Permanente de Capacitación y Recalificación Laboral (FOPECAP).
Que, asimismo, la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN, le cede
créditos presupuestarios al ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo
descentralizado actuante en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, para atender gastos de personal.
Que el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES propicia incrementar su
presupuesto vigente mediante la incorporación de mayores recursos para
atender diversos gastos operativos y de funcionamiento.
Que, asimismo, ese organismo propone realizar una readecuación
presupuestaria a los fines de ajustar sus créditos a los gastos
planificados para lo que resta del ejercicio vigente.
Que resulta necesario incrementar el presupuesto de la AGENCIA DE
ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, organismo descentralizado actuante en
la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para atender el pago
de los haberes de su personal.
Que es menester modificar el presupuesto vigente del MINISTERIO DEL
INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA con la finalidad de atender gastos
en personal; dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16 de la
Ley Nº 27.467; realizar transferencias a provincias financiadas por el
Fondo de Aportes del Tesoro Nacional; incrementar el Fondo Fiduciario
Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única
Familiar, con el objeto de financiar los programas vigentes de vivienda
social e infraestructura básica; atender los gastos que demandan
diversos proyectos, en distintas provincias de nuestro país, de
infraestructura vial, de infraestructura penitenciaria, de mejoramiento
barrial y de agua potable y saneamiento.
Que a fin de atender la totalidad de los gastos en personal hasta
finalizar el ejercicio, es menester reforzar los presupuestos vigentes
del REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, de la DIRECCIÓN NACIONAL DE
MIGRACIONES y del ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS,
organismos descentralizados actuantes en el ámbito del MINISTERIO DEL
INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.
Que, asimismo, se adecuan los créditos vigentes del REGISTRO NACIONAL
DE LAS PERSONAS con la finalidad de afrontar gastos relacionados con la
emisión del Documento Nacional de Identidad (DNI) y Pasaporte y gastos
de funcionamiento.
Que con el objeto de atender proyectos de inversión del “Programa de
Agua Potable y Saneamiento en Centros Urbanos y Suburbanos” y Servicios
de la Deuda, se incrementa el presupuesto del ENTE NACIONAL DE OBRAS
HÍDRICAS DE SANEAMIENTO, organismo descentralizado actuante en el
ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.
Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO propicia incorporar
mayores recursos para atender los gastos proyectados al cierre del
ejercicio.
Que, asimismo, se deben reforzar los créditos del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO para afrontar el aumento de las
remuneraciones del personal del escalafón del Servicio Exterior de la
Nación en virtud de la aplicación de la Resolución N° 85 del 24 de
septiembre de 2019 de la PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN.
Que es preciso adecuar los créditos del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS
INDÍGENAS, organismo descentralizado actuante en la órbita del
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, a fin de afrontar gastos en
materia de personal.
Que es necesario incrementar el presupuesto vigente del ENTE DE
COOPERACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL,
actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS,
con el objeto de atender el pago del peculio que abona a los internos
que trabajan en los talleres de laborterapia.
Que el incremento citado en el considerando anterior, es financiado a
través de la reducción de créditos del MINISTERIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS.
Que a fin de atender embargos judiciales, es necesario modificar el
presupuesto del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, actuante en el ámbito
del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que es menester reforzar los créditos vigentes del MINISTERIO DE
SEGURIDAD y de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, de la GENDARMERÍA
NACIONAL, de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y de la POLICÍA DE SEGURIDAD
AEROPORTUARIA, todos ellos actuantes en el ámbito del citado
Ministerio, con la finalidad de atender el pago de haberes hasta la
finalización del presente ejercicio.
Que es preciso incrementar el presupuesto de la POLICÍA FEDERAL
ARGENTINA incorporando los mayores ingresos originados en la venta del
servicio de policía adicional, con el objeto de financiar la totalidad
de los gastos de personal y de funcionamiento originados en la
prestación del citado servicio.
Que el MINISTERIO DE SEGURIDAD cede créditos a la GENDARMERÍA NACIONAL
a fin de atender los mayores gastos derivados del cumplimiento de las
misiones y operativos de seguridad encomendados a la mencionada Fuerza.
Que es necesario reforzar el Presupuesto vigente de la PREFECTURA NAVAL
ARGENTINA con el objeto de atender gastos relacionados con la
actualización del equipamiento para la Estación Costera Ushuaia y
afrontar gastos emergentes de la prestación del servicio de policía
adicional, financiados mediante la incorporación de recursos remanentes
originados en la prestación del mencionado servicio.
Que, asimismo, con la finalidad de afrontar los gastos de traslado de
los efectivos que cubrieron los debates presidenciales llevados a cabo
en la UNIVERSIDAD DEL LITORAL en la Ciudad de Santa Fe y en la Facultad
de Derecho de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES, se refuerzan los créditos
vigentes de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, de la GENDARMERÍA NACIONAL,
de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y de la POLICÍA DE SEGURIDAD
AEROPORTUARIA.
Que el ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA procede a la incorporación de
mayores recursos originados en los ingresos que percibe por la venta de
diversos servicios y alquileres, los cuales serán destinados a la
atención de gastos operativos y de funcionamiento.
Que se incorporan los créditos necesarios con su correspondiente
financiamiento para la ejecución del Contrato Comercial “ARA-NAVAL
GROUP 01/2018” y del Convenio de Financiamiento correspondiente a la
adquisición de Patrulleros Oceánicos Multipropósito.
Que resulta necesario efectuar una readecuación del presupuesto de los
diferentes Servicios que componen el MINISTERIO DE DEFENSA que implica
compensaciones de créditos entre distintas Finalidades y Funciones.
Que el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS incorpora mayores
recursos y saldo de recursos remanentes del período fiscal 2018, que
precisan ser distribuidos para financiar diversos gastos de ese
organismo, como así también, del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO y
del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA.
Que, asimismo, se deben reforzar los créditos de las Fuerzas Armadas en
virtud de las operaciones de lucha contra el fuego llevadas a cabo en
el ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA.
Que es menester adecuar los presupuestos vigentes del MINISTERIO DE
HACIENDA, del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, del SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO,
organismo actuante en la órbita del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
y de la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN, organismo desconcentrado
actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, en
virtud de las transferencias de agentes dispuestas por las Decisiones
Administrativas Nros. 318 del 24 de abril de 2019, 784 del 12 de
septiembre de 2019, 835 del 9 de octubre de 2019 y 860 del 21 de
octubre de 2019.
Que en el MINISTERIO DE HACIENDA se compensan créditos y fuentes
financieras con el objeto de avanzar en las acciones inherentes al
programa de “Apoyo a la Infraestructura Regional (FONPLATA)” y se
prevén créditos para atender gastos de la COMISIÓN FEDERAL DE IMPUESTOS.
Que corresponde adecuar el presupuesto vigente de la COMISIÓN NACIONAL
DE ENERGÍA ATÓMICA, organismo descentralizado actuante en la órbita del
MINISTERIO DE HACIENDA, con el objeto de hacer frente a las erogaciones
vinculadas a la construcción del reactor de baja potencia CAREM - Fase
II y para la atención de salarios.
Que el mayor gasto citado en el considerando precedente se compensa con
una reducción en el presupuesto vigente de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE
ENERGÍA del MINISTERIO DE HACIENDA.
Que, adicionalmente, en la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA se
compensan créditos para atender las obligaciones emergentes de la
Emisión de Bonos de Refinanciación de Deuda, en el marco de la
Resolución N° 97 del 28 de marzo de 2018 del entonces MINISTERIO DE
ENERGÍA Y MINERÍA y sus modificaciones.
Que, asimismo, se adecuan las previsiones presupuestarias destinadas a
atender las transferencias a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO
MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA).
Que resulta oportuno modificar el presupuesto vigente del ENTE NACIONAL
REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, organismo descentralizado actuante en la
órbita de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA, a los efectos de
atender necesidades derivadas de su funcionamiento.
Que es menester adecuar el presupuesto de la COMISIÓN NACIONAL DE
VALORES y de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, organismos
descentralizados actuantes en la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA, a
los efectos de atender gastos de personal y de funcionamiento,
financiados con un incremento en el cálculo de los recursos que
perciben y una disminución de las aplicaciones financieras.
Que resulta necesario incrementar el presupuesto vigente de la
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
Y TRABAJO, para atender las erogaciones vinculadas a gastos de personal
y de funcionamiento, como así también, transferencias destinadas a los
Programas Nacionales de Empleo.
Que es menester adecuar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, a fin de garantizar la liquidación de los haberes
del personal, a la vez que se detraen créditos de su presupuesto con
destino a la atención de otras necesidades de los servicios y
organismos actuantes en la órbita de su Jurisdicción.
Que, asimismo, se prevén asignaciones en el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y
TRABAJO con destino al Fondo Nacional de Desarrollo Productivo
(FONDEP), con el objeto de facilitar el acceso al financiamiento para
proyectos que promuevan la inversión en sectores estratégicos para el
desarrollo económico y social del país.
Que resulta necesario incrementar el presupuesto vigente del INSTITUTO
NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL, organismo descentralizado en el
ámbito del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, con el objeto de
afrontar gastos de personal y otros inherentes a su Sistema de Centros
de Investigación.
Que, asimismo, se modifica el presupuesto vigente del INSTITUTO
NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, organismo descentralizado en el
ámbito del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, para atender el pago de
los haberes del personal.
Que el aumento mencionado se financia con un incremento en el cálculo de recursos previstos para el presente ejercicio.
Que, asimismo, se modifica el presupuesto de la SUPERINTENDENCIA DE
RIESGOS DEL TRABAJO, organismo descentralizado en la órbita del
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, a efectos de atender gastos de
personal.
Que es menester ajustar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL
DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA, organismo descentralizado actuante en la
órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, a fin de
permitir la actualización tecnológica de la plataforma del banco de
imágenes institucional.
Que resulta necesario reforzar el presupuesto vigente del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo
descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y
PESCA, a los efectos de atender gastos de personal y servicios de la
deuda.
Que el aumento mencionado se financia con un incremento en el cálculo
de recursos vigente y una disminución de las aplicaciones financieras.
Que es menester readecuar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE
TRANSPORTE a los fines de permitir el financiamiento de mayores gastos
vinculados a las obras de mejora integral del Ferrocarril General Roca.
Que resulta necesario modificar el presupuesto de la DIRECCIÓN NACIONAL
DE VIALIDAD, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE
TRANSPORTE, a los efectos de garantizar una infraestructura vial que
genere un tránsito más seguro y reduzca la siniestralidad en todo el
país.
Que ese mayor gasto se financia con la transferencia de recursos
procedentes de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo
descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que, asimismo, es menester adecuar el presupuesto vigente de la AGENCIA
NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL con el objeto de garantizar las tareas de
fiscalización y control del tránsito, incrementando sus gastos
corrientes en detrimento de sus gastos de capital.
Que resulta necesario incrementar el presupuesto vigente del MINISTERIO
DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA con el objeto de hacer
frente a la política salarial de las Universidades Nacionales y al
mayor gasto de las Becas correspondientes al Programa de Respaldo a
Estudiantes Argentinos (PROGRESAR).
Que, asimismo, se aumenta el presupuesto vigente de la SECRETARÍA DE
GOBIERNO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, del MINISTERIO
DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, a fin de financiar
acciones del “Programa para Promover la Innovación Productiva”-
Préstamo BIRF N° 8634-AR y cumplir con los compromisos asumidos con el
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO respecto del “Programa de Innovación
Tecnológica V”, como así también, atender gastos de personal y de
funcionamiento.
Que es menester incrementar el presupuesto vigente de la FUNDACIÓN
MIGUEL LILLO y del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y
TÉCNICAS, organismos descentralizados en el ámbito del MINISTERIO DE
EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, a fin de dar cumplimiento a
lo establecido en el artículo 16 de la Ley Nº 27.467 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019.
Que es preciso reforzar los créditos vigentes del INSTITUTO NACIONAL
DEL TEATRO, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE
EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, a fin de atender gastos de
personal y otros relacionados con las acciones a su cargo.
Que ese refuerzo se financia con una disminución de las aplicaciones
financieras y con un incremento de los recursos propios, provenientes
de ingresos tributarios por aplicación de gravámenes a los servicios de
comunicación audiovisual previstos en la Ley Nº 26.522 y sus
modificaciones.
Que es menester modificar el presupuesto de la COMISIÓN NACIONAL DE
ACTIVIDADES ESPACIALES y del BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS,
organismos descentralizados en el ámbito del MINISTERIO DE EDUCACIÓN,
CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, para afrontar gastos de personal.
Que, en otro orden, es oportuno incrementar los créditos corrientes del
FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, organismo descentralizado en el ámbito del
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, mediante la
incorporación de mayores recursos, con el objeto de atender necesidades
de ejecución.
Que resulta menester incrementar las asignaciones corrientes del
MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL con el propósito de atender
gastos en materia de personal y acciones en el marco de distintos
programas.
Que corresponde reforzar el Presupuesto vigente de la SECRETARÍA
NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA del MINISTERIO DE SALUD Y
DESARROLLO SOCIAL, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 16 de la Ley Nº 27.467 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2019 con relación al Plan
Nacional de Primera Infancia.
Que es necesario modificar el presupuesto de la SECRETARÍA DE GOBIERNO
DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, incrementando las
asignaciones corrientes con el objeto de atender la adquisición de
vacunas y otras acciones en el marco de distintos programas.
Que, asimismo se incrementan los presupuestos del HOSPITAL NACIONAL EN
RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES LIC. LAURA BONAPARTE,
del HOSPITAL NACIONAL DR. BALDOMERO SOMMER, del INSTITUTO NACIONAL
CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE, de la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN”,
de la COLONIA NACIONAL DR. MANUEL A. MONTES DE OCA y de la
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, todos ellos actuantes en la
órbita del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, para atender gastos
en materia de personal, funcionamiento y transferencias.
Que el refuerzo de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD se financia con un incremento del cálculo de recursos vigente.
Que resulta oportuno modificar el presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE
LAS MUJERES, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE
SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, con el objeto de atender gastos de personal,
de funcionamiento y transferencias.
Que corresponde modificar los créditos presupuestarios incluidos en la
órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO
destinados a AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AYSA
S.A.), a la FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES BRIGADIER SAN MARTÍN SOCIEDAD
ANÓNIMA (FADEA), a la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS
SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIFSE), a la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS
SOCIEDAD DEL ESTADO (AGPSE) y a EDUC.AR SOCIEDAD DEL ESTADO.
Que ha tomado intervención el Servicio de Asesoramiento Jurídico competente del MINISTERIO DE HACIENDA.
Que la presente medida se dicta en virtud de las disposiciones
establecidas en el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y
de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus
modificatorias y en los artículos 8°, 9° y 16 de la Ley Nº 27.467 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2019 y sus modificaciones.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2019, conforme con el detalle obrante en las
Planillas Anexas (IF-2019-103673307-APN-SSP#MHA) al presente artículo
que integran esta medida.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Jorge Roberto Hernán Lacunza
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 28/11/2019 N° 92073/19 v. 28/11/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)