INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE

Resolución 371/2019

Posadas, Misiones, 26/11/2019

VISTO: las actuaciones “Expte. INYM Nº 1727 /201 9 – Convocatoria Entidades para Elección de Miembros del Sector Privado del Directorio”, y;

CONSIDERANDO:

QUE, por resolución 134/209 se convocó a las Entidades y Asociaciones que integran los sectores de la actividad yerbatera indicados en el Artículo 6° de la Ley 25.564, incisos: d) Sector Industrial; e) Productores primarios yerbateros; f) Cooperativas agrícolas yerbateras; y h) Secaderos; para que procedan a su inscripción en el “Registro de Entidades y Asociaciones Privadas habilitadas para la designación de Directores del INYM”.

QUE, dicha convocatoria incluye a las Entidades y Asociaciones que ya se encuentran inscriptas en el mencionado Registro, a los fines que actualicen la documentación presentada en su oportuna inscripción, mediante copia certificada de la Personería jurídica actualizada, memoria y balance aprobadas correspondiente al último ejercicio y Autoridades vigentes de la entidad.

QUE, la mencionada Resolución 134/2019 fijó el día 30 de Noviembre de 2019, como fecha límite para la inscripción en el “Registro de Entidades y Asociaciones Privadas habilitadas para la designación de Directores del INYM”.

QUE, en fecha 20/11/2019 en el ámbito de la Subcomisión de Fiscalización se tomó conocimiento de la marcha del proceso de presentación de documentación y las entidades presentadas por los distintos sectores, verificándose que existían sectores que a dicha fecha no había presentado su inscripción.

QUE, desde el INYM se considera que en todo proceso democrático de toma de decisiones debe asegurarse la mayor participación posible de propuestas, ideas e intereses, promoviendo la intervención efectiva en el debate de todos los sectores a quienes afectarán las decisiones adoptadas.

QUE, la extensión del plazo de convocatoria otorgado a las entidades, en nada obstaculiza el normal recambio en tiempo y forma de los representantes de los sectores privados del Instituto.

QUE, el Área Legales ha tomado intervención para el dictado del presente instrumento.

QUE, la presente Resolución se sustenta en las disposiciones contenidas en el Título IV, Capítulos I, II y III de la Ley 25.564 y el Art. 13º del Estatuto del INYM.

QUE, el INYM se encuentra facultado para aplicar las medidas necesarias a fin de hacer cumplir la Ley 25.564, su decreto reglamentario 1240/02 y las disposiciones que en su consecuencia se dicten relacionadas con sus objetivos, según se desprende de lo dispuesto en los Arts. 4 y 5 de la Ley 25.564.

POR ELLO,

EL DIRECTORIO DEL INYM

RESUELVE

ARTICULO 1 °: PRORROGASE por única vez hasta el día 20 de Diciembre de 2019 la fecha límite a los efectos de la inscripción o actualización según correspondiere de antecedentes en el “Registro de Entidades y Asociaciones Privadas habilitadas para la designación de Directores del INYM”.

ARTICULO 2 º: NOTIFIQUESE. Hágase conocer a los interesados. PUBLIQUESE en el Boletín Oficial de la República Argentina por un (1) día y en medios de publicación masiva. Cumplido, ARCHIVESE. Ramon Segovia - Nelson Dalcolmo - Alberto Re - Hector Biale - Gerardo Vallejos - Hector Dingler - Jorge Haddad

e. 28/11/2019 N° 91802/19 v. 28/11/2019