Resolución 488/2019
RESOL-2019-488-APN-SECEP#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 27/11/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-104854797-APN-ONEP#JGM del registro de
la Secretaría de Gobierno de Modernización de la Jefatura de Gabinete
de Ministros, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la
Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214 de
fecha 27 de febrero de 2006, y el Acta de la Comisión Negociadora del
Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública
Nacional homologada por el Decreto N° 788 de fecha 25 de noviembre de
2019, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 802 de fecha 5 de septiembre de 2018 se
instituyó el cargo de Secretario de Gobierno de Modernización con
dependencia de la Jefatura de Gabinete de Ministros, como continuador
del ex Ministerio de Modernización, creado por el Decreto N° 13 de
fecha 10 de diciembre de 2015, con el propósito, entre otros, de
asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la definición de políticas
de modernización transversales a la administración del Estado Nacional.
Que entre los objetivos asignados a la Secretaría de Gobierno de
Modernización, obrantes en la Planilla anexa al artículo 8° del citado
Decreto N° 802/18 (IF-2018-43620838-APN-DNDO#JGM), se encuentran los de
entender en el perfeccionamiento de la organización y funcionamiento de
la Administración Pública Nacional, procurando optimizar y coordinar
los recursos humanos, técnicos, materiales y financieros con que cuenta
y la de ejecutar todas las acciones necesarias para la efectiva
realización del Plan de Modernización del Estado, siendo uno de los
ejes de dicho plan la Gestión Integral de los Recursos Humanos,
conforme se dispuso por el Decreto N° 434 de fecha 1° de marzo de 2016.
Que mediante el Decreto N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018, modificado
por el Decreto N° 958 de fecha 25 de octubre de 2018, se aprobó el
organigrama de la Administración Pública Nacional hasta el nivel
Subsecretaría, incluyendo, entre otras, a la Secretaría de Empleo
Público, dependiente ahora de la Secretaría de Gobierno de
Modernización, la cual cuenta entre sus objetivos, prorrogados por
efecto de lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto N° 802/18, los de
formular las políticas nacionales en materia de recursos humanos,
organización del trabajo y su distribución, gestión del empleo público,
rendimiento, evaluación, compensación y auditorías en el ámbito de su
competencia; asistir en la implementación de estrategias y objetivos
relacionados con la gestión del cambio y cultura organizacional,
propiciando la implementación de las iniciativas de modernización; y
entender en la sistematización de los procesos de administración de los
recursos humanos: liquidación de salarios, justificación de
inasistencias, otorgamiento y convalidación de licencias y protección
de la salud en el trabajo.
Que, mediante el Acta de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo
de Trabajo General para la Administración Pública Nacional de fecha 6
de junio de 2019, se aprobó la incorporación, como Anexo IV del citado
Convenio Colectivo General, del Régimen para el personal integrante de
la Alta Dirección Pública que luce como Anexo I de la citada Acta, el
cual entró en vigencia a partir del día siguiente al de la publicación
del Decreto N° 788/19, a excepción de su Capítulo IX que entrará en
vigencia a partir del 1° de enero de 2020, de acuerdo a lo previsto en
las Cláusulas Primera y Segunda del Acta Acuerdo homologadas por el
artículo 2° del citado Decreto.
Que del artículo 17 del Régimen de la Alta Dirección Pública surge que
el Estado empleador deberá establecer el Nomenclador de Posiciones para
la Alta Dirección Pública, el cual se integrará por las posiciones
determinadas en base al Nivel que ocupa la misma dentro de la
estructura organizacional, el Rango funcional y el Perfil de la
posición, resultante de la aplicación de la Metodología aprobada a tal
fin.
Que en atención a lo establecido en el artículo 17 del Régimen de la
Alta Dirección Pública, citado en el párrafo precedente, resulta
necesario proceder, a los efectos de tornar operativo el nuevo Régimen
para la Alta Dirección Pública, a la creación del “Nomenclador de
Posiciones para la Alta Dirección Pública”; a la incorporación de las
posiciones al “Nomenclador de Posiciones para la Alta Dirección
Pública”; y a la instrucción de facultades de administración respecto
del “Nomenclador de Posiciones para la Alta Dirección Pública” dentro
de la órbita de competencia de la Secretaría de Empleo Público.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO
PÚBLICO y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA
DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, ambas de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE
MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la
intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 958/18.
Por ello,
EL SECRETARIO DE EMPLEO PÚBLICO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° - Créese el “Nomenclador de Posiciones del Régimen de la
Alta Dirección Pública”, el cual estará integrado por las posiciones
determinadas en base al Nivel, Rango y Perfil de la posición,
resultante de la aplicación de la Metodología aprobada a tal fin.
ARTÍCULO 2° - Incorpórese al “Nomenclador de Posiciones del Régimen de
la Alta Dirección Pública”, creado por lo dispuesto en el artículo 1°
de la presente, las posiciones del Régimen de la Alta Dirección
Pública, de conformidad al detalle que luce en la planilla que, como
Anexo I (IF-2019-105430238-APN-SECEP#JGM), forma parte integrante de la
presente.
ARTÍCULO 3° - La Secretaría de Empleo Público de la Secretaría de
Gobierno de Modernización de la Jefatura de Gabinete de Ministros
efectuará las modificaciones al Nomenclador creado mediante artículo 1°
de la presente cuando se produzcan modificaciones en los niveles de la
estructura organizativa o cuando se sustancien los correspondientes
concursos para la cobertura de posiciones, en lo que respecta al Rango
y Perfil.
ARTÍCULO 4° - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Pablo Martin Legorburu
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en:
https://www.argentina.gob.ar/modernizacion/empleopublico/biep
e. 29/11/2019 N° 92444/19 v. 29/11/2019