Disposición 853/2019
DI-2019-853-APN-CNRT#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 26/11/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-98034178-APN-DRH#CNRT, los Decretos N°
660 del 24 de junio de 1996, N° 1388 del 29 de noviembre de 1996, N°
1661 de fecha 12 de agosto de 2015, las Decisiones Administrativas N°
514 del 19 de diciembre de 1996 y N° 832 del 7 de octubre de 2019 de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Resolución N° 29 del 24 de enero
de 1997 y la Disposición DI-2019-836-APN-CNRT#MTR de esta COMISIÓN
NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANRPORTE, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 660/96, dispuso la creación de COMISIÓN NACIONAL DE
REGULACIÓN DEL TRANSPORTE mediante la fusión de la ex - COMISIÓN
NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR y la ex - COMISIÓN NACIONAL DE
TRANSPORTE FERROVIARIO.
Que por Decreto N° 1388/96, se estableció la integración de la COMISIÓN
NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE y la absorción de la ex - UNIDAD
DE COORDINACIÓN DEL PROGRAMA DE REESTRUCTURACIÓN FERROVIARIA.
Que mediante el Decreto N° 1388/96 se aprobó además el primer nivel
operativo de la estructura organizativa de esta COMISIÓN NACIONAL DE
REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, así como su integración y el estatuto que
regirá su funcionamiento.
Que conforme el Decreto N° 1388/96 la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN
DEL TRANSPORTE, se rige, en su relación con el personal, conforme lo
dispuesto en la Ley N° 20.744 de Contrato de Trabajo y sus
modificatorias.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 514/96 de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, en virtud de lo previsto por el artículo 3° del
Decreto N° 1388/96, se procedió a una nueva apertura orgánica por la
cual se incorporaron los planteles básicos permanentes innominados, se
establecieron las categorías escalafonarias relativas a cada puesto de
tareas y la escala salarial correspondiente.
Que por la Resolución N° 29/97 de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN
DEL TRANSPORTE, se aprobó la estructura orgánica a partir del segundo
nivel, que como Anexo I forma parte de dicho acto administrativo.
Que por Decreto N° 1661/15 se sustituyeron los Anexos I, II, III y IV
del Decreto N° 1388/96 por Anexos I, II, III y IV de la nueva normativa
dictada.
Que el artículo 11 del Decreto N° 632/18 estableció que los Organismos
descentralizados y desconcentrados de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
NACIONAL deberán presentar a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS un
proyecto de optimización de su estructura organizativa.
Que mediante el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 832/19 de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se aprobó la estructura
organizativa de primer nivel operativo de la COMISIÓN NACIONAL DE
REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, de conformidad con el Organigrama y las
Responsabilidades Primarias y Acciones que, como Anexos Ia, Ib
(IF-2019-64825508-APN-DNDO#JGM) y II (IF-2019-90104236-APN-DNDO#JGM),
forman parte integrante de la citada decisión administrativa.
Que además, mediante el artículo 2° de la Decisión Administrativa N°
832/19 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se aprobó la estructura
organizativa de segundo nivel operativo de la COMISIÓN NACIONAL DE
REGULACIÓN DEL TRANSPORTE de conformidad con el Organigrama y las
Acciones que como Anexos IIIa, IIIb, IIIc, IIId
(IF-2019-90105870-APN-DNDO#JGM) y IV (IF-2019-90106719-APN-DNDO#JGM),
forman parte integrante de la mencionada decisión administrativa.
Que en virtud de la Decisión Administrativa citada y teniendo en cuenta
que la misma reemplaza la estructura orgánica de esta COMISIÓN NACIONAL
DE REGULACIÓN DE TRANSPORTE, como así también las Responsabilidades
Primarias y Acciones de cada una de las áreas que la integran, resulta
necesario actualizar las denominaciones, misiones y responsabilidades
de las Unidades Organizativas que se detallan en el ANEXO I que forma
parte integrante del presente acto, registrado como
IF-2019-103758798-APN-DRH#CNRT las cuales continuaran a cargo de los
agentes ya designados en cada una.
Que asimismo teniendo en cuenta que hay agentes que tenían asignadas
funciones jerárquicas a la espera del dictado de la Decisión
Administrativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 832/19,
corresponde asignar a los mismos en las unidades organizativas que se
detallan en el ANEXO II que forma parte integrante del presente acto
administrativo, registrado como IF-2019-103760768-APN-DRH#CNRT, sin que
implique una modificación de la categoría salarial.
Que además, resulta necesario designar en las nuevas unidades
organizativas a los agentes que integran el ANEXO III que forma parte
integrante del presente acto administrativo registrado, como
IF-2019-98059304-APN-DRH#CNRT, asignándole las categorías que se indica
en cada caso, conforme las funciones asumidas.
Que habiéndose detectado errores materiales en los Anexos de la
Disposición CNRT N° DI-2019-836-APN-CNRT#MTR, como así también la
omisión de su publicación, en los términos del artículo 11 de la Ley de
Procedimiento Administrativo N° 19.549, resulta conveniente proceder a
dejarla sin efecto, y reemplazarla por la presente medida, que
incorpora las correcciones correspondientes.
Que la Resolución CNRT N° 29/97, devino obsoleta frente a las
modificaciones sustanciales ocurridas en la estructura organizacional y
considerando que la actuación administrativa insta a definir las
denominaciones, misiones y responsabilidades de las unidades
organizativas, de acuerdo a la nueva estructura orgánica de esta
Comisión Nacional aprobada por Decisión Administrativa N° 832/19 de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, resultando necesario derogar la
citada Resolución.
Que la SUBGERENCIA DE CONTABILIDAD, PRESUPUESTO Y RECAUDACIONES ha certificado que se cuenta con crédito presupuestario.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de la COMISIÓN NACIONAL
DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ha tomado la intervención que le compete.
Que este acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el
Estatuto de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, aprobado
por Decreto N° 1388/96 y sus modificatorios y el Decreto N° 911/17.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Actualízase las denominaciones, misiones y
responsabilidades de las Unidades Organizativas de esta COMISIÓN
NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE que se detallan en el ANEXO I
registrado como IF-2019-103758798-APN-DRH#CNRT que forma parte
integrante de la presente Disposición conforme la Decisión
Administrativa N° 832/19 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las
cuales continuarán a cargo de los agentes ya designados.
ARTÍCULO 2°.- Asígnase a los agentes que se detallan en el ANEXO II
registrado como IF-2019-103760768-APN-DRH#CNRT que forma parte
integrante de la presente Disposición, a cargo de las Unidades
Organizativas indicadas en cada caso, extendiéndose hasta tanto dure la
contratación y/o una norma de igual relevancia disponga lo contrario.
La medida que se propicia no implica una modificación en la categoría
salarial.
ARTÍCULO 3°- Desígnase a los agentes que se detallan en el ANEXO III
registrado como IF-2019-98059304-APN-DRH#CNRT que forma parte
integrante de la presente Disposición, a cargo de las Unidades
Organizativas indicadas en cada caso, con las categorías salariales
allí contempladas, de conformidad con las funciones asumidas y hasta
tanto dure la contratación y/o una norma de igual relevancia disponga
lo contrario.
ARTÍCULO 4°.- Establézcase que, en caso de que los agentes contemplados
en los Anexos II y III de los artículos 2° y 3° dejasen de ejercer las
funciones que le fueran asignadas, volverán a la situación de revista
anterior o a la que corresponda de acuerdo a sus funciones.
ARTÍCULO 5°.- Déjase sin efecto la Disposición CNRT N°
DI-2019-836-APN-CNRT#MTR, del 20 de noviembre de 2019, por los motivos
expuestos en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 6°.-. Derógase la Resolución CNRT N° 29 del 24 de enero de 1997.
ARTÍCULO 7°.- Instrúyase a la SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS de la
GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS a adecuar la categoría
salarial acorde las funciones asignadas, en los casos que corresponda.
ARTÍCULO 8°.- El gasto que demande la medida que se tramita por este
acto administrativo, será atendido mediante las partidas
presupuestarias específicas de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DE
TRANSPORTE.
ARTÍCULO 9°.- Hágase saber a la SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS, a
efectos de que proceda a notificar a los agentes involucrados y a la
Unidad de Auditoría Interna.
ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Pablo Castano
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 29/11/2019 N° 92018/19 v. 29/11/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)