ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 334/2019
ACTA N° 1595
Expediente EX-2018-62459135-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 28 DE NOVIEMBRE DE 2019
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Dar a publicidad el pedido de otorgamiento del
Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública presentado por la
EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE
LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.), a
requerimiento de la DIRECCIÓN DE ENERGÍA DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES (DEBA) para la Ampliación a la Capacidad de Transporte Existente
que consiste en el reemplazo del Transformador de potencia 15/10/15 MVA
existente (T1QU) en la Estación Transformadora (ET) Quequén, por uno
similar de potencia 30/30/30 MVA, la instalación de UN (1) segundo
Transformador de potencia (T2QU) de 132/34,5/13,8 kV de 30/30/30 MVA,
la instalación de UN (1) doble juego de barras en 132 kV de tecnología
GIS, que se vincularán a la Línea de Alta Tensión (LAT) 132 kV Necochea
- Mar del Plata y las correspondientes ampliaciones en Media Tensión.
(Artículo rectificado por art. 1 de la Resolución Sintetizada Nº 51/2020 del Ente Nacional Regulador de la Electricidad B.O. 19/6/2020)
2.- Publicar dicha solicitud mediante un AVISO en la página web del
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y solicitar a la
COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD
ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio por el plazo de CINCO (5) días
hábiles administrativos; también se publicará por DOS (2) días
consecutivos en un diario de amplia difusión correspondiente al lugar
donde la obra vaya a ser realizada o pueda afectar eléctricamente,
advirtiéndose en dichas publicaciones que se otorgará un plazo de DIEZ
(10) días hábiles administrativos a ser computados desde la última
publicación efectuada, para que quien considere que la obra en cuestión
pudiese afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o
sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante
el ENRE.
3.- Establecer que, en caso de que existan presentaciones fundadas
comunes entre distintos Usuarios, se convocará a Audiencia Pública para
analizarlas, recibir las oposiciones y permitir al solicitante
contestar las mismas y exponer sus argumentos en defensa de la
solicitud publicada.
4.- Disponer que una vez operado el vencimiento de los plazos señalados
en el artículo 2 sin que se registre la presentación de planteo de
oposición fundado en los términos referidos, este Ente Nacional
procederá a dictar un acto administrativo a fin de otorgar el
Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la Ampliación
referida en el artículo 1 del presente acto, una vez que DEBA acredite
o incorpore a las presentes actuaciones: i) los instrumentos que
habilitan su designación para impulsar el trámite de la presente
solicitud y, ii) obtenga por parte de la Autoridad Regulatoria del
Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) la calificación de las obras
implicadas en la presente solicitud. Todo ello, conforme a los términos
normados por el Apéndice A -Régimen Especial de Ampliaciones de los
Sistemas de Transporte de Energía Eléctrica con recursos provenientes
del Fondo Especial de Desarrollo Eléctrico del Interior (FEDEI) o con
otros Recursos Provinciales- al Título II del ANEXO 16 de Los
Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de
Cargas y el Cálculo de Precios aprobados por Resolución Ex-SEE N°
61/1992, sus modificatorias y complementarias (-LOS PROCEDIMIENTOS-
texto según Resolución SRRyME N° 7/2019, Boletín Oficial N° 34.083, del
miércoles 27 de marzo de 2019, pp. 24-25).
5.- DEBA deberá cumplir con todas las observaciones y requerimientos
técnicos efectuados tanto por TRANSBA S.A. como por CAMMESA en el marco
de sus respectivos informes técnicos, a efectos de garantizar el
funcionamiento del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).
6.- Notifíquese a DEBA, a TRANSBA S.A., a CAMMESA y al ORGANISMO
PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE (OPDS) y al ORGANISMO DE
CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (OCEBA).
7.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Firmado: Vocal Segundo Ing. Ricardo Martínez Leone - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing. Andrés Chambouleyron.-
Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente Administrativo, Secretaria del Directorio.
e. 02/12/2019 N° 92780/19 v. 02/12/2019