SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL
Disposición 23/2019
DI-2019-23-APN-SSGD#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 28/11/2019
VISTO: El expediente electrónico EX-2019-103205979-APN-SSGD#JGM, los
Decretos Nros. 87 de fecha 2 de febrero de 2017, 174 de fecha 2 de
marzo de 2018 y su modificatorio, 802 de fecha 5 septiembre de 2018,
744 de fecha 29 de octubre de 2019, la Resolución del entonces
Ministerio de Modernización N°494 de fecha 16 de agosto de 2018 y la
Disposición de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS
PERSONAS N° 4308 de fecha 8 de noviembre de 2019, y
CONSIDERANDO
Que por el Decreto N° 802 de fecha 5 de septiembre de 2018, se crea la
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN dependiente de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS DE LA NACIÓN, la que tiene dentro de sus
objetivos los de diseñar, proponer y coordinar las políticas de
transformación y modernización del Estado en las distintas áreas del
Gobierno Nacional, su Administración central y descentralizada, y
determinar los lineamientos estratégicos y la propuesta de las normas
reglamentarias en la materia y definir e implementar el Plan de
Modernización de la Administración Pública Nacional, su administración
central y descentralizada y ejercer funciones como autoridad de
aplicación del mismo.
Que mediante el Decreto N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y su
modificatorio N° 958 de fecha 25 de octubre de 2018, se aprobó el
Organigrama de Aplicación de la Administración Pública centralizada
hasta el nivel de Subsecretaría y los objetivos de dichas Unidades
Organizativas, estableciendo entre los objetivos de la SUBSECRETARÍA DE
GOBIERNO DIGITAL dependiente de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL E
INNOVACIÓN TECNOLÓGICA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN,
los de entender en el diseño, implementación, definición de estándares
y monitoreo de la Plataforma Digital del Sector Público Nacional;
entender en el diseño, implementación y monitoreo del Perfil Digital
del Ciudadano “Mi Argentina”; entender en el diseño, implementación,
monitoreo y prestación de los servicios digitales del Estado; entre
otros.
Que el Decreto del Poder Ejecutivo N° 87 de fecha 2 de febrero de 2017
creó la PLATAFORMA DIGITAL DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL con el objetivo
de facilitar la interacción entre las personas y el Estado, unificar la
estrategia de servicios y trámites en línea, brindando así la
posibilidad de realizar trámites a través de las distintas herramientas
y servicios insertos en la plataforma, como consultas, solicitud de
turnos, credenciales digitales y acceso a información mediante diversos
canales.
Que la aludida Plataforma Digital está compuesta, entre otros, por el
Perfil Digital del Ciudadano “Mi Argentina” desde donde se implementan
las credenciales digitales del ciudadano.
Que el mencionado Decreto N° 87/2017 facultaba al entonces MINISTERIO
DE MODERNIZACIÓN (actual Secretaría de Gobierno de Modernización) a
dictar las normas operativas, aclaratorias, y complementarias que
resulten necesarias para la implementación de lo establecido en el
mencionado decreto y a elaborar los planes, protocolos, cronogramas de
implementación, manuales y estándares, a ser aplicados por los
organismos comprendidos en dicha medida.
Que en este sentido mediante la Resolución del entonces Ministerio de
Modernización N° 494 de fecha 16 de agosto de 2018 se aprobaron los
NIVELES DE ACCESO AL PERFIL DIGITAL DEL CIUDADANO y el PROCESO DE
VALIDACIÓN DE IDENTIDAD DEL PERFIL DIGITAL DEL CIUDADANO.
Que la mencionada Resolución delegó en la SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO
DIGITAL la facultad de dictar las normas operativas y complementarias a
la misma.
Que la validación de la identidad de la cuenta de usuario del Perfil
Digital del Ciudadano “Mi Argentina” permite acceder a información de
carácter personal y/o sensible, entre ellas credenciales digitales con
la misma validez que la versión física.
Que, el Decreto N° 744 de fecha 29 de octubre de 2019, autorizó a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, a emitir en
forma adicional al Documento Nacional de Identidad en formato tarjeta,
la credencial virtual del Documento Nacional de Identidad para
dispositivos móviles inteligentes, que consistirá en la réplica exacta
de los datos de identificación del Documento Nacional de Identidad en
formato tarjeta, como parte integrante de la Plataforma Digital del
Sector Público Nacional, la que tendrá carácter opcional para el
solicitante.
Que, por el artículo 3° del Decreto N° 744/19, se estableció que la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS organismo
descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del
MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA diseñará y aprobará
las características de la credencial virtual del Documento Nacional de
Identidad para dispositivos móviles inteligentes con su nomenclatura,
descripción y detalles de seguridad e inviolabilidad conforme las
facultades conferidas por el artículo 11 de la Ley Nº 17.671 y sus
modificatorias.
Que, conforme lo establece el artículo 4° del decreto N° 744/19, la
credencial virtual del Documento Nacional de Identidad para
dispositivos móviles inteligentes será considerada a todos los efectos
Documento Nacional de Identidad, teniendo pleno valor identificatorio
en todos los actos públicos y privados en los términos de la Ley Nº
17.671 y sus modificatorias.
Que la Disposición de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE
LAS PERSONAS N° 4308 de fecha 8 de noviembre de 2019, aprobó las
características técnicas y medios de comprobación de la credencial
virtual del Documento Nacional de Identidad para dispositivos móviles
inteligentes (Anexo DI-2019-100092545-APN-RENAPER#MI), y los términos y
condiciones particulares de la credencial virtual del Documento
Nacional de Identidad para dispositivos móviles inteligentes ( Anexo
DI-2019-100093384-APN-RENAPER#MI).
Que en ese sentido, resulta necesario implementar la credencial virtual
del Documento Nacional de Identidad para dispositivos móviles
inteligentes, como parte integrante de la PLATAFORMA DIGITAL DEL SECTOR
PÚBLICO NACIONAL que tendrá la misma validez legal que su versión
física, a través del Perfil Digital del Ciudadano “Mi Argentina”.
Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE
GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN.
Que la presente medida se dicta en el marco de lo establecido en la
Resolución del entonces Ministerio de Modernización N° 494 de fecha 16
de agosto de 2018.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE GOBIERNO DIGITAL
DISPONE
ARTÍCULO 1°.- Impleméntese la credencial virtual del Documento Nacional
de Identidad para dispositivos móviles inteligentes y sus Anexos
Disposición DI-2019-100092545-APN-RENAPER#MI, y
DI-2019-100093384-APN-RENAPER#MI, emitida por la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante
en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR,
OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la cual será considerada a todos los efectos
Documento Nacional de Identidad, teniendo pleno valor identificatorio
en todos los actos públicos y privados en los términos de la Ley Nº
17.671 y sus modificatorias, conforme lo establece el artículo 4° del
decreto N° 744/19, en el Perfil Digital del Ciudadano “Mi Argentina”,
como parte integrante de la PLATAFORMA DIGITAL DEL SECTOR PÚBLICO
NACIONAL.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Daniel Alejandro Abadie
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 02/12/2019 N° 92448/19 v. 02/12/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)