Disposición 432/2019
DI-2019-432-APN-DNRNPACP#MJ
Ciudad de Buenos Aires, 28/11/2019
VISTO el Convenio de Complementación de Servicios celebrado el 07 de
agosto de 2019 entre la DIRECCION NACIONAL y la Municipalidad de LOBOS,
provincia de BUENOS AIRES, (conforme modelo aprobado por el MINISTERIO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS mediante Resolución M.J. y D.H. Nº
538/16), y
CONSIDERANDO:
Que por medio del mencionado Convenio se instrumentó un sistema
informático para proceder a la liquidación y percepción del Impuesto a
la Radicación de los Automotores y Motovehículos (Patentes), a través
de los Registros Seccionales con jurisdicción en la MUNICIPALIDAD DE
LOBOS, provincia de BUENOS AIRES, aplicable respecto de los trámites
registrales de Inscripción Inicial, Transferencia, Cambio de
Radicación, Baja del Automotor, Denuncia de Robo o Hurto, Cambio de
Denominación Social, Denuncia de Venta, Posesión o Tenencia.
Que el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE de esa ciudad dictó la Ordenanza
Municipal Nº 2970 de fecha 28 de mayo de 2019, mediante la cual aprobó
el Convenio celebrado con la DIRECCION NACIONAL.
Que con fecha 30 de mayo de 2019 el Poder Ejecutivo de la Municipalidad
de LOBOS promulgó la mencionada Ordenanza Municipal Nº 2970 mediante el
Decreto Municipal Nº 464-2019.
Que por conducto del Decreto Municipal N° 469/2019 del 31 de mayo de
2019 se designó a los Encargados de los Registros Seccionales de todo
el país como agentes de percepción del Impuesto a la Radicación de
Automotores y Motovehículos de esa jurisdicción.
Que mediante la Disposición D.N. Nº 38 de fecha 31 de enero de 2017 se
aprobó el modelo de Solicitud Tipo “13D”, que será utilizada por los
Encargados de los Registros Seccionales para peticionar, por ante el
organismo tributario municipal, los informes de deuda, altas y bajas
del Impuesto a los Automotores, al tiempo que documentará los pagos de
deudas que informadas, se efectivicen por ante los Encargados de esos
Registros Seccionales. Asimismo, ese instrumento reviste el carácter de
certificado válido de las eximiciones solicitadas, de la liberación de
deudas por exhibición de comprobantes de pago o de su negativa de pago.
Que mediante la Disposición D.N. Nº 315 de fecha 2 de agosto de 2017 se implementó la Solicitud Tipo “13D” de carácter digital.
Que los Encargados de los Registros Seccionales alcanzados por la
presente utilizarán para la consecución de las tareas impositivas aquí
encomendadas el sistema informático de interconexión “en línea”
mencionado en el Convenio de Complementación de Servicios citado en el
Visto.
Que, encontrándose reunidas todas las condiciones que posibilitan la
puesta en marcha de la operatoria, resulta menester disponer la
vigencia del nuevo sistema para ser aplicado en los trámites
anteriormente enunciados en los Registros Seccionales de la ciudad de
LOBOS, provincia de BUENOS AIRES, estableciendo el uso de la Solicitud
Tipo “13D”.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso c), del Decreto Nº 335/88.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Establécese el día 02 de diciembre de 2019 como fecha de
entrada en vigencia del sistema de liquidación y percepción del
Impuesto de Radicación de los Automotores y Motovehículos (Patentes)
dispuesto por el Convenio de Complementación de Servicios celebrado con
fecha 07 de agosto de 2019 entre esta Dirección Nacional y la
Municipalidad de LOBOS, provincia de BUENOS AIRES, el que se
implementará respecto de los trámites que se realicen ante los
Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor y los Registros
Seccionales de la Propiedad del Automotor con Competencia Exclusiva en
Motovehículos de la ciudad de LOBOS.
ARTÍCULO 2º.- En ese marco, establécese a partir de esa fecha la
obligatoriedad del uso de la Solicitud Tipo “13D” respecto de los
trámites registrales de Inscripción Inicial, Transferencia, Cambio de
Radicación, Baja del Automotor, Denuncia de Robo o Hurto, Cambio de
Denominación Social, Denuncia de Venta, Posesión o Tenencia.
ARTÍCULO 3º.- Incorpórase, a partir de la fecha de obligatoriedad de la
presente, a la jurisdicción de la Municipalidad de LOBOS en la
operatoria de Altas y Bajas Interjurisdiccionales, conforme a las
prescripciones de la Disposición D.N. N° 127/16 y normas
complementarias.
ARTÍCULO 4°.- El Departamento Tributos y Rentas dictará un instructivo
a los fines de implementar la presente operatoria en los Registros
Seccionales alcanzados.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese atento a su carácter de interés
general dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese. Carlos Gustavo Walter
e. 03/12/2019 N° 92905/19 v. 03/12/2019