SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN
Resolución 1121/2019
RESOL-2019-1121-APN-SSN#MHA
Ciudad de Buenos Aires, 03/12/2019
VISTO el Expediente EX-2018-00774447-APN-GA#SSN, la Ley de Régimen de
los Productores Asesores de Seguros Nº 22.400, el Reglamento General de
Actividad de los Productores Asesores de Seguros (t.o. Resolución SSN
N° 24.828 de fecha 30 de septiembre de 1996, y sus modificatorias y
complementarias), y
CONSIDERANDO:
Que se han recibido en este Organismo solicitudes de inscripción
presentadas por aspirantes que han rendido y aprobado el examen de
competencia previsto por el Artículo 4º inciso c) de la Ley de Régimen
de los Productores Asesores de Seguros Nº 22.400 y por la Resolución
RESOL-2019-257-APN-SSN#MHA de fecha 12 de marzo.
Que de conformidad con lo expresado por la Gerencia de Autorizaciones y
Registros mediante Informe IF-2019-105576738-APN-GAYR#SSN (Orden Nº
187), los citados aspirantes se encuentran en condiciones de ser
incorporados al Registro creado por el Artículo 3º de la Ley Nº 22.400.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el Artículo 67 inciso a) de la Ley de Entidades de Seguros y su Control
Nº 20.091.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Inscribir en el Registro de Productores Asesores de
Seguros, para ejercer la actividad de intermediación en el Territorio
Nacional y en todas las ramas del seguro, a las personas físicas
incluidas en el Anexo IF-2019-105573626-APN-GAYR#SSN, que forma parte
integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- Hacer saber que los números de matrículas otorgadas en el
Registro de Productores Asesores de Seguros podrán ser consultados en
el sitio web del Organismo,
www.argentina.gob.ar/superintendencia-de-seguros.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archivese. Juan Alberto Pazo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 05/12/2019 N° 93790/19 v. 05/12/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)