JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL

Disposición 24/2019

DI-2019-24-APN-SSGD#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 30/11/2019

VISTO: El expediente electrónico EX-2019-105130266-APN-SSGD#JGM, los Decretos Nros. 87 de fecha 2 de febrero de 2017, 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, 802 de fecha 5 septiembre de 2018, las Resoluciones del entonces Ministerio de Modernización Nros. 333 del 4 de julio de 2017, 435 del 26 de julio de 2018 y 494 de fecha 16 de agosto de 2018, la Disposición de la Oficina Nacional de Tecnologías de Información N° 2 de fecha 24 de abril de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 802 de fecha 5 de septiembre de 2018, se crea la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA NACIÓN, la que tiene dentro de sus objetivos los de diseñar, proponer y coordinar las políticas de transformación y modernización del Estado en las distintas áreas del Gobierno Nacional, su Administración central y descentralizada, determinar los lineamientos estratégicos y la propuesta de las normas reglamentarias en la materia y definir e implementar el Plan de Modernización de la Administración Pública Nacional, su administración central y descentralizada y ejercer funciones como autoridad de aplicación del mismo.

Que mediante el Decreto N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y su modificatorio N°958 de fecha 25 de octubre de 2018, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Pública centralizada hasta el nivel de Subsecretaría y los objetivos de dichas Unidades Organizativas, estableciendo entre los objetivos de la SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL dependiente de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN, los de entender en el diseño, implementación, definición de estándares y monitoreo de la Plataforma Digital del Sector Público Nacional; entender en el diseño, implementación y monitoreo del Perfil Digital del Ciudadano “Mi Argentina” y entender en el diseño, implementación, monitoreo y prestación de los servicios digitales del Estado; entre otros.

Que el Decreto del Poder Ejecutivo N° 87 de fecha 2 de febrero de 2017 creó la PLATAFORMA DIGITAL DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL con el objetivo de facilitar la interacción entre las personas y el Estado, unificar la estrategia de servicios y trámites en línea, brindando así la posibilidad de realizar trámites a través de las distintas herramientas y servicios insertos en la plataforma, como consultas, solicitud de turnos, credenciales digitales y acceso a información mediante diversos canales.

Que la aludida Plataforma Digital está compuesta, entre otros, por el Perfil Digital del Ciudadano “Mi Argentina” desde donde se implementan las credenciales digitales del ciudadano.

Que el mencionado Decreto N° 87/2017 facultaba al entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN (actual Secretaría de Gobierno de Modernización) a dictar las normas operativas, aclaratorias, y complementarias que resulten necesarias para la implementación de lo establecido en el mencionado decreto y a elaborar los planes, protocolos, cronogramas de implementación, manuales y estándares, a ser aplicados por los organismos comprendidos en dicha medida.

Que la Resolución del entonces Ministerio de Modernización N° 333 de fecha 4 de julio de 2017 aprobó los ESTÁNDARES WEB y de APLICACIONES MÓVILES para la PLATAFORMA DIGITAL DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL, entre otras, a la vez que delegó en la SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL la facultad de dictar las normas operativas, aclaratorias, interpretativas y complementarias a la misma.

Que, asimismo, la Resolución del entonces Ministerio de Modernización N°435 de fecha 26 de julio de 2018 creó el Sistema Nacional de Turnos, indicando su integración con el Perfil Digital del Ciudadano “Mi Argentina”, delegando en la SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL la facultad de dictar las normas operativas, aclaratorias, interpretativas y complementarias.

Que, por su parte, mediante la Resolución del entonces Ministerio de Modernización N° 494 de fecha 16 de agosto de 2018 se aprobaron los NIVELES DE ACCESO AL PERFIL DIGITAL DEL CIUDADANO y el PROCESO DE VALIDACIÓN DE IDENTIDAD DEL PERFIL DIGITAL DEL CIUDADANO, delegando en la SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL la facultad de dictar las normas operativas, aclaratorias, interpretativas y complementarias a la misma.

Que, la Disposición de la Oficina Nacional de Tecnologías de Información N° 2 de fecha 24 de abril de 2019 aprobó el Código de Buenas Prácticas para el desarrollo de Software público en la elaboración, ampliación y mejora de Soluciones de software para el Sector Público Nacional referido como “Código de Buenas Prácticas para el desarrollo de software Público - Versión 1.0.0”.

Que la mencionada Disposición ONTI N° 2/19 establece como fundamental para lograr el desarrollo e innovación tecnológica para la transformación y modernización del Estado, que todos los organismos adhieran en los supuestos y principios de sus proyectos de desarrollo de Software al Código de Buenas Prácticas para el desarrollo de Software Público.

Que, en este sentido, en materia de desarrollo de software en ámbitos de gobierno es considerada una buena práctica el diseño de soluciones que sean reutilizables, que eviten la duplicación de esfuerzos y favorezcan la colaboración.

Que, en este espíritu, resulta pertinente publicar el código fuente del software, plataformas y aplicaciones desarrollados por la SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL.

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN.

Que la presente medida se dicta en el marco de las facultades delegadas por las Resoluciones del entonces Ministerio de Modernización Nros. 333/2017, 435/2018 y 494/2018.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE GOBIERNO DIGITAL

DISPONE

ARTÍCULO 1°.- Establécese como Repositorio de Código Abierto oficial del Gobierno de la República Argentina la siguiente URL: https://github.com/argob/, el cual será parte integrante de la Plataforma Digital del Sector Público Nacional.

ARTÍCULO 2°.- Dispóngase la liberación del código en el Repositorio de Código Abierto oficial del Gobierno de la República Argentina de las siguientes plataformas y desarrollos de software:

• Ar Distro - https://github.com/argob/AR-Distro

• Mi Argentina - Distro - https://github.com/argob/mi-argentina-distro

• ID Mi Argentina - Distro - https://github.com/argob/id-mi-argentina-distro

• AR API Gateway - Distro - https://github.com/argob/AR-API-Gateway-Distro

• Poncho - https://github.com/argob/poncho

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Daniel Alejandro Abadie

e. 05/12/2019 N° 93821/19 v. 05/12/2019