Resolución 180/2019
RESOL-2019-180-APN-MAGYP
Ciudad de Buenos Aires, 05/12/2019
VISTO el Expediente Nº EX-2019-104993928--APN-DGDMA#MPYT del Registro
del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, el Memorándum de
Entendimiento como resultado de la RONDA URUGUAY de las negociaciones
de acceso a los mercados sobre agricultura entre los ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA y la REPÚBLICA ARGENTINA, firmado en la Ciudad de Ginebra
(CONFEDERACIÓN SUIZA) el 24 de marzo de 1994, dentro del marco del
ACUERDO GENERAL SOBRE TARIFAS Y COMERCIO (GATT), la Resolución N°
RESOL-2018-3-APN-SECMA#MPYT del 16 de octubre de 2018 de la
ex-SECRETARÍA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES de la entonces SECRETARÍA DE
GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud del Memorándum de Entendimiento como resultado de la
RONDA URUGUAY, los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA asignaron a la REPÚBLICA
ARGENTINA un cupo tarifario anual de “Pasta de Maní” de TRES MIL
SEISCIENTOS CINCUENTA TONELADAS (3.650 t)
Que el mencionado cupo tarifario para el año 2020, debe ser distribuido
conforme a lo establecido por la Resolución Nº
RESOL-2018-3-APN-SECMA#MPYT del 16 de octubre de 2018 de la
ex-SECRETARÍA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES de la entonces SECRETARÍA DE
GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.
Que mediante la citada Resolución Nº RESOL-2018-3-APN-SECMA#MPYT se
procedió, durante el periodo comprendido entre el 1 y el 15 de
noviembre de 2019, a la apertura del Registro para las empresas
interesadas en la exportación de “Pasta de Maní” a los ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA, dentro del cupo tarifario correspondiente.
Que habiéndose cumplido el plazo establecido por el Artículo 3° de la
mencionada Resolución N° RESOL-2018-3-APN-SECMA#MPYT, se procedió al
cierre del Registro por lo que corresponde efectuar la distribución
entre las firmas inscriptas, detallándose el tonelaje que corresponde a
cada una de ellas en el Anexo I que, registrado con el Nº
IF-2019-105915830-APN-SSMA#MPYT, forma parte de la presente medida.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en
virtud de lo dispuesto por la Ley de Ministerios (texto ordenado por
Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Distribúyese la cantidad de TRES MIL SEISCIENTAS
CINCUENTA toneladas (3.650 t) del cupo tarifario de “Pasta de Maní”,
las que podrán ingresar a los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA a partir del 1
de enero de 2020.
ARTÍCULO 2º.- Asígnase a las firmas que se detallan en el Anexo I que,
registrado con el Nº IF-2019-105915830-APN-SSMA#MPYT, forma parte de la
presente medida, el tonelaje que en cada caso se indica.
ARTÍCULO 3º.- Déjase expresa constancia que la adjudicación a que se
refiere la presente resolución, solo se encontrará consolidada en la
medida en que las empresas exportadoras cumplimenten la totalidad de
los requisitos establecidos por la Resolución Nº
RESOL-2018-3-APN-SECMA#MPYT del 16 de octubre de 2018 de la
ex-SECRETARÍA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES de la SECRETARÍA DE GOBIERNO
DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.
ARTÍCULO 4º.- La presente resolución comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese a la Dirección General de Aduanas de la
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS entidad autárquica en el
ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Luis Miguel Etchevehere
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 06/12/2019 N° 94683/19 v. 06/12/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)