Resolución 118/2019
RESOL-2019-118-APN-SPM#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 04/12/2019
VISTO el Expediente N° EX-2018-63480793- -APN-DGD#MPYT, las Leyes Nros.
27.431 y 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional
para el Ejercicio 2019, la Decisión Administrativa N° 12 de fecha 11 de
enero de 2019; los Decretos Nros. 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y
sus modificatorios, 606 de fecha 28 de abril de 2014 y sus
modificatorios, 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, y
la Resolución N° 197 de fecha 17 de mayo de 2018 del ex MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que la SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA tiene como objetivos, entre otros,
asistir al MINISTRO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO en el diseño e
implementación de las políticas mineras, en lo referido a la
interacción con las provincias, los municipios y la comunidad en su
conjunto, procurando optimizar el impacto positivo de la minería para
el desarrollo sostenible.
Que en el Decreto N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus
modificatorios, se transfirieron las competencias relativas a la
política minera del ámbito del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, a la
órbita del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, actual MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO.
Que se ha detectado la necesidad de establecer una política de
financiamiento de proyectos de micro, pequeñas y medianas empresas
mineras en actividad, y siempre que se encuentren legal y
ambientalmente facultadas para explotación y comercialización de
minerales, enfocadas en créditos de mediano y largo plazo, orientada
hacia la adquisición de tecnologías y al desarrollo de proyectos
mineros en el sector productivo y comercial.
Que, para ello, se propicia celebrar un convenio de transferencia de
fondos al fideicomiso financiero y de administración “Fondo Nacional de
Desarrollo Productivo” (FONDEP) para el financiamiento de proyectos
productivos de micro pequeñas y medianas empresas mineras.
Que por el Decreto Nº 606 del 28 de abril de 2014 y sus modificatorios,
se creó el fondo fiduciario público denominado “Fondo para el
Desarrollo Económico Argentino” (FONDEAR) tendiente a facilitar el
acceso al financiamiento para proyectos que promuevan la inversión en
sectores estratégicos para el desarrollo económico y social del país,
la puesta en marcha de actividades con elevado contenido tecnológico y
la generación de mayor valor agregado en las economías regionales.
Que la Ley N° 27.431 sustituyó la denominación del “Fondo para el
Desarrollo Económico Argentino” (FONDEAR) por “Fondo Nacional de
Desarrollo Productivo” (FONDEP).
Que el día 7 de agosto de 2014 entre el ESTADO NACIONAL a través del ex
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, en su carácter de
fiduciante y BICE FIDEICOMISOS S.A., en su exclusivo carácter de
fiduciario, se suscribió por un plazo de TREINTA (30) años el contrato
de fideicomiso financiero y de administración “Fondo Nacional de
Desarrollo Productivo” (FONDEP).
Que por el Artículo 5° del mencionado Decreto N° 606/14 se determinó
que los bienes fideicomisitos que conformarán el patrimonio del citado
fideicomiso, se destinarán a financiar proyectos en sectores
estratégicos, proyectos de apoyo a producciones innovadoras y proyectos
de economías regionales, entre otros.
Que mediante el Decreto N° 439 del 14 de mayo de 2018 se designó como
Autoridad de Aplicación del fideicomiso al ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Que la Resolución N° 197 de fecha 17 de mayo de 2018 del ex MINISTERIO
DE PRODUCCIÓN delegó en la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA
Y MEDIANA EMPRESA las funciones correspondientes a la Autoridad de
Aplicación, haciendo uso de la facultad establecida en el Artículo 12
del citado Decreto N° 606/14.
Que para asegurar el cumplimiento de los fines propuestos se propicia
incorporar a dicho fondo un monto de PESOS CUARENTA Y DOS MILLONES
DOSCIENTOS DIECINUEVE MIL SETECIENTOS UNO ($ 42.219.701), los que se
transferirán a la Cuenta Corriente en Pesos N° 659.048.517/3, CBU
01106592-40065904851730, de titularidad del “Fondo Nacional de
Desarrollo Productivo” (FONDEP), C.U.I.T. Nº 30-71455496-0.
Que a solicitud de la SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO por intermedio de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y
DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, el Comité Ejecutivo del FONDEP
mediante Acta N° 95 de fecha 10 de diciembre de 2018, resolvió aceptar
el aporte de hasta PESOS CIEN MILLONES ($ 100.000.000) a realizarse por
parte de la SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA, de conformidad con lo
establecido en el inciso g) del Artículo 4° del Decreto N° 606/14.
Que por el inciso b) del Artículo 35 del Anexo al Decreto N° 1.344 de
fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios, se establecieron las
competencias de los funcionarios del PODER EJECUTIVO NACIONAL para
aprobar gastos, hasta los montos representados en los módulos que se
detallan en el Anexo del referido inciso, en tanto que el inciso c) del
mismo artículo establece la competencia exclusiva de los mismos
funcionarios para aprobar gastos imputables a los conceptos incluidos
en el clasificador por objeto del gasto que allí se incluye.
Que la Dirección de Presupuesto dependiente de la Dirección General de
Administración de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención de su competencia,
informando que a la fecha existe crédito disponible para atender la
transferencia que se propicia por PESOS CUARENTA Y DOS MILLONES
DOSCIENTOS DIECINUEVE MIL SETECIENTOS UNO ($ 42.219.701) en el Inciso 5
partida principal 5, partida parcial 4, sub-parcial 765 – I.p.p. 5.5.4
- 765 “Transferencias a Organismos Internacionales para financiar
Gastos” - Ejercicio 2019 - Programa 32 – “Formulación y Ejecución de la
Política Geológico-Minera”, SAF 362 – MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y
TRABAJO.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por los Decretos Nros. 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus
modificatorios y 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA DE POLÍTICA MINERA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el “CONVENIO MARCO DE TRANSFERENCIA DE FONDOS
AL FIDEICOMISO FINANCIERO Y DE ADMINISTRACIÓN “FONDO NACIONAL DE
DESARROLLLO PRODUCTIVO” (FONDEP) PARA EL FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS
PRODUCTIVOS DE MiPyMEs MINERAS” a suscribirse entre la SECRETARÍA DE
POLÍTICA MINERA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y la firma BICE
FIDEICOMISOS S.A., C.U.I.T. N° 30-70786541-1, que como Anexo,
IF-2019-107838028-APN-SPM#MPYT, forma parte integrante de la presente
resolución.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase la transferencia a favor del Fondo Nacional de
Desarrollo Productivo (FONDEP), C.U.I.T. Nº 30-71455496-0, por la suma
de PESOS CUARENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS DIECINUEVE MIL SETECIENTOS
UNO ($ 42.219.701), los que serán transferidos a la Cuenta Corriente en
Pesos N° 659.048.517/3, CBU 01106592-40065904851730, de titularidad del
Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP).
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida se imputará a la partida presupuestaria de la Jurisdicción
51-01- MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - Programa 32 – “Formulación
y Ejecución de la Política Geológico-Minera”, Inciso 5, Partida
Principal 5, Partida Parcial 4, Sub-Parcial 765, para el Ejercicio 2019.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Diana Carolina Sánchez
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 06/12/2019 N° 94303/19 v. 06/12/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)