MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y COORDINACIÓN DE OBRA PÚBLICA
Resolución 51/2019
RESOL-2019-51-APN-SPTYCOP#MI
Ciudad de Buenos Aires, 05/12/2019
VISTO el Expediente N° EX-2017-04982603- -APN-DPYS#MI, la ley de Obras
Públicas N° 13.064, la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por Decreto
N° 438/92) y sus modificatorias, los Decretos N° 1023 del 13 de agosto
de 2001, N° 283 del 1° de febrero de 2016, N° 801 del 5 de septiembre
de 2018, N° 1169 del 21 de diciembre de 208, y la Resolución N°
RESOL-2018-118-APN#MI del 9 de marzo de 2018 del registro del
MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, y
CONSIDERANDO:
Que por Disposición N° DI-2017-13-APN-SSOP#MI, del 18 de octubre de
2017, de la ex SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS dependiente de la
entonces SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DEL INTERIOR,
OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, se aprobó la Documentación Licitatoria y se
convocó el llamado para la Licitación Pública Nacional N°
81-0011-LPU17, de la Obra denominada “PASO FRONTERIZO DE CONCORDIA –
SALTO – PUENTE INTERNACIONAL SALTO GRANDE – PROVINCIA DE ENTRE RIOS”,
sito en el Puente Fronterizo Salto Grande de la Ciudad de Concordia,
Provincia de Entre Ríos, bajo el Sistema de Ajuste Alzado, conforme a
lo establecido en los Artículos 5°, Inciso b), y 9° de la Ley de Obras
Públicas N° 13.064, con un Presupuesto Oficial de PESOS VEINTIÚN
MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA CON CINCO
CENTAVOS ($21.269.760,05), Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) incluido.
Que el 1° de diciembre de 2017 se llevó a cabo la Apertura de las DOS
(2) Ofertas recibidas correspondientes a las firmas: CODI S.R.L., por
un monto de PESOS VEINTIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS TRES MIL
TRESCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON SESENTA Y DOS CENTAVOS
($28.403.351,62), Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido; y
CONSTRUCTORA PREMART S.R.L., por un monto de PESOS TREINTA Y SIETE
MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS ($37.732.200)
Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido.
Que por Disposición N° DI-2017-20-APN-SSOP#MI, del 19 de diciembre de
2017, de la ex SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS dependiente de la
entonces SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DEL INTERIOR,
OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA, se designó a los miembros de la Comisión
Evaluadora.
Que la mencionada Comisión Evaluadora emitió su Dictamen de Evaluación
N° IF-2017-00697047-APN-DNA#MI, del 4 de enero de 2018, proponiendo
desestimar la Oferta presentada por la Firma CONSTRUCTORA PREMART
S.R.L. por no cumplimentar los requisitos exigidos en los Pliegos de la
Licitación Pública Nacional N° 81-0011-LPU17.-
Que, por otra parte, dicha Comisión aconsejó la adjudicación de la Obra
a la Firma CODI S.R.L. por resultar la Oferta más conveniente desde el
punto de vista Técnico-Económico.
Que a través de la Resolución N° RESOL-2018-16-APN-SPTYCOP#MI, del 15
de noviembre de 2018, de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y
COORDINACIÓN DE OBRA PÚBLICA del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS
PÚBLICAS Y VIVIENDA, se aprobó el procedimiento llevado a cabo para la
Licitación Pública Nacional N° 81-0011-LPU17, para la obra denominada
“PASO FRONTERIZO DE CONCORDIA – SALTO – PUENTE INTERNACIONAL SALTO
GRANDE – PROVINCIA DE ENTRE RIOS”, sito en el Puente Fronterizo Salto
Grande de la Ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos y se adjudicó
la Obra a la Firma CODI S.R.L.
Que por Resolución N° RESOL-2019-14-APN-SPTYCOP#MI, del 29 de abril de
2019, de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y COORDINACIÓN DE
OBRA PÚBLICA se convalidó un Nuevo Modelo de Contrato de Obra como
ANEXO N° IF-2019-22617146-APN-SPTYCOP#MI, en atención a las actuales
competencias de la citada Secretaría en virtud de lo establecido por la
Resolución N° RESOL-2018-118-APN#MI, del 9 de marzo de 2018, del
MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.
Que por Resolución N° RESOL-2019-37-APN-SPTYCOP#MI, del 8 de agosto de
2019, del registro de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y
COORDINACIÓN DE OBRA PÚBLICA dejó sin efecto la adjudicación dispuesta
mediante el Acto citado anteriormente N° RESOL-2018-16-APN-SPTYCOP#MI,
con la consecuente pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta,
de conformidad con los dispuesto en Artículo 18 del Pliego de Bases y
Condiciones, por haber citado para la firma del contrato a CODI S.R.L
sin que concurriere a tal efecto.
Que el citado Artículo 18 del Pliego de Bases y Condiciones
Particulares estipula que “el Licitante estará facultado a adjudicar al
siguiente Oferente, según su orden en la preselección hasta la efectiva
suscripción del Contrato.”.
Que en consecuencia, no existiendo orden de mérito por haber sido
desestimadas las ofertas presentadas por la firma CONSTRUCTORA PREMART
S.R.L conforme surge del ARTÍCULO 2º de la
RESOL-2018-16-APN-SPTYCOP#MI, resulta procedente dejar sin efecto el
procedimiento de Licitación Pública Nacional N° 81-0011-LPU17 para la
contratación de los trabajos de la Obra denominada “PASO FRONTERIZO DE
CONCORDIA – SALTO – PUENTE INTERNACIONAL SALTO GRANDE – PROVINCIA DE
ENTRE RIOS”, sito en el Puente Fronterizo Salto Grande de la Ciudad de
Concordia, Provincia de Entre Ríos.
Que el Artículo 18 de la Ley de Obras Públicas N° 13.064 prevé que “la
presentación de las propuestas no da derecho alguno a los proponentes
para la aceptación de aquéllas”.
Que, por su parte, el Artículo 20 del Decreto N° 1023 del 13 de agosto
de 2001 determina que “Las jurisdicciones o entidades podrán dejar sin
efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior
al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna en
favor de los interesados u oferentes”.
Que, asimismo, el inciso g) del Artículo 11 del Decreto citado en el
Considerando anterior, entre las formalidades de las actuaciones, se
establece que deberá realizarse mediante el dictado del acto
administrativo respectivo, “la revocación de los actos administrativos
del procedimiento de contratación”.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y DISEÑO DE OBRA PÚBLICA
dependiente de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y
COORDINACIÓN DE OBRA PÚBLICA del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS
PÚBLICAS Y VIVIENDA, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS
Y VIVIENDA, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
la Ley de Ministerios Nro. 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92) y sus
modificatorias, la Ley de Obra Pública Nro. 13.064, los Decretos Nº
1.023 del 13 de agosto de 2001, N° 283 del 1° de febrero de 2016, N°
801 del 5 de septiembre de 2018, N° 1169 del 21 de diciembre de 2018, y
la Resolución N° RESOL-2018-118-APN#MI del 9 de marzo de 2018 del
MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.
Por ello,
EL SECRETARIO DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y COORDINACIÓN DE OBRA PÚBLICA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Déjese sin efecto el procedimiento de LICITACIÓN PÚBLICA
NACIONAL N° 81-0011-LPU17 para la contratación de los trabajos de la
Obra denominada “PASO FRONTERIZO DE CONCORDIA – SALTO – PUENTE
INTERNACIONAL SALTO GRANDE – PROVINCIA DE ENTRE RIOS”, la cual se
encauzó bajo el Sistema de Ajuste Alzado establecido en los Artículos
5°, inciso b), y 9° de la Ley de Obras Públicas N° 13.064, por los
fundamentos expuestos en los Considerando y en virtud de lo normado en
la mencionada Ley N° 13.064 y sus modificatorias, lo establecido en el
inciso g) del Artículo 11 y en el segundo párrafo del Artículo 20 del
Decreto N° 1023 del 13 de agosto de 2001.-
ARTÍCULO 2°: Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Fernando Alvarez De Celis
e. 09/12/2019 N° 94884/19 v. 09/12/2019