MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
SUBSECRETARÍA DE GANADERÍA
Disposición 8/2019
DI-2019-8-APN-SSG#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 05/12/2019
VISTO el Expediente Nº EX-2019-105912023- -APN-DGDMA#MPYT del Registro
del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y el Decreto Nº 174 de
fecha 2 de marzo de 2018, sus modificatorios y complementarios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018, sus
modificatorios y complementarios, se establece que la SUBSECRETARÍA DE
GANADERÍA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, tiene como objetivo
diseñar, proponer y coordinar la ejecución de políticas, planes y
programas relacionados con los productores y la producción vacuna,
ovina, porcina, equina y otras producciones de origen animal, y
competencia en el establecimiento de las normas de clasificación y
tipificación del ganado, de la carne y de la leche destinadas al
consumo y a la exportación y de todos los productos y subproductos de
la ganadería.
Que con la variación observada en los biotipos, los sistemas de
selección animal y los procesos de cría y engorde, es necesario que el
sistema de clasificación de ovinos con destino a faena, se base
exclusivamente en el sexo y edad del animal a fin de determinar las
distintas categorías, independientemente del peso del animal vivo o de
la canal.
Que la dentadura de los ovinos se considera un medio útil y objetivo
para determinar su edad y, en este sentido, numerosos documentos
científicos concluyen que la evolución de la dentadura, en cuanto a los
momentos de la erupción y desarrollo de los dientes, se relaciona con
la edad.
Que resulta pertinente plantear, en una primera etapa, la aplicación de
la clasificación de ovinos en pie con destino a faena, para luego
avanzar en los parámetros vinculados a la calidad de la res.
Que este instrumento facilitará tanto el comercio interno como las
exportaciones, lo que fomentará el desarrollo de la industria cárnica
con el consecuente afianzamiento de la ganadería ovina argentina.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas
por el Decreto N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018, sus modificatorios y
complementarios.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE GANADERÍA
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la “Clasificación de Ovinos en Pie con Destino
a Faena” que como Anexo, registrado con el N°
IF-2019-105932725-APN-SSG#MPYT, forma parte integrante de la presente
medida.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Rodrigo Troncoso
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 09/12/2019 N° 94734/19 v. 09/12/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)