AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICAS Y REGULACIÓN DE SERVICIOS
Disposición 383/2019
DI-2019-383-APN-DNPYRS#AND
Ciudad de Buenos Aires, 04/12/2019
VISTO el expediente EX-2019-95142894- -APN-DRPD#AND; la Ley N° 22.431
del 20 de marzo de 1981 y sus modificatorias; los Decretos N° 698 del 5
de septiembre de 2017, N° 95 del 1 de febrero de 2018 y N° 160 del 27
de febrero de 2018; las Disposiciones del SERVICIO NACIONAL DE
REHABILITACIÓN N° 2012 del 21 de mayo de 2010 y N° 373 del 12 de mayo
de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 698/2017 se creó la AGENCIA NACIONAL DE
DISCAPACIDAD, como organismo descentralizado en la órbita de la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, que tiene a su cargo
el diseño, coordinación y ejecución general de las políticas públicas
en materia de discapacidad.
Que por Decreto Nº 95/2018 se modificaron las competencias del
MINISTERIO DE SALUD, fue suprimido el SERVICIO NACIONAL DE
REHABILITACIÓN -organismo descentralizado que actuaba en la órbita de
dicha Cartera Ministerial- y se transfirieron a la órbita de la AGENCIA
NACIONAL DE DISCAPACIDAD sus responsabilidades primarias y acciones,
créditos presupuestarios, bienes, personal y dotaciones, estableciendo
que la misma será continuadora, a todos los efectos legales, del
precitado SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN.
Que, asimismo, el artículo 8º del Decreto Nº 95/2018 modificó el
artículo 3 de la Ley Nº 22.431, estableciendo que la AGENCIA NACIONAL
DE DISCAPACIDAD certificará en cada caso la existencia de la
discapacidad, a través del Certificado Único de Discapacidad (CUD).
Que el Decreto Nº 160/2018, que aprobó la estructura organizativa de
primer nivel operativo de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD,
estableció como responsabilidad primaria de la DIRECCIÓN NACIONAL DE
POLÍTICAS Y REGULACIÓN DE SERVICIOS el asistir a la Dirección Ejecutiva
en la gestión técnico administrativa del otorgamiento del CUD,
procurando facilitar la disponibilidad de los recursos técnicos
necesarios que garanticen a las personas con discapacidad el acceso a
sus derechos.
Que oportunamente el entonces SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN
emitió la Disposición N° 2012/2010 mediante la cual ordenó la
publicación del listado de profesionales -detallados en su Anexo I- que
integraban las Juntas Evaluadoras de Discapacidad de dicho Organismo,
quienes se encontraban facultados para suscribir el Certificado Único
de Discapacidad o, en su caso, la denegatoria del mismo.
Que el Anexo I de la citada Disposición N° 2012/2010 fue objeto de
sucesivas modificaciones en virtud de las altas y bajas de
profesionales producidas en el referido listado, siendo la última la
efectuada por Disposición SNR N° 373/2016.
Que atento al tiempo transcurrido y la conformación de la AGENCIA
NACIONAL DE DISCAPACIDAD, corresponde dejar sin efecto la Disposición
N° 2012/2010 y sus modificatorias.
Que en consecuencia, en virtud de la competencia que detenta la AGENCIA
NACIONAL DE DISCAPACIDAD en relación a la certificación de la
discapacidad, se torna indispensable la publicación del listado
actualizado de profesionales que en el presente se desempeñan como
integrantes de las Juntas Evaluadoras de Discapacidad de esta AGENCIA.
Ello, a fines de dotar de transparencia el trámite en el que
intervienen dichos profesionales, el cual culmina con el otorgamiento o
la denegatoria del Certificado Único de Discapacidad solicitado.
Que mediante la Resolución N° 81/2019 (RESOL-2019-81-APN-DE#AND), el
señor Director Ejecutivo de la ANDIS en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 698/2017, delegó en la
señora Directora Nacional de Políticas y Regulación de Servicios de la
ANDIS -con designación mediante Decreto Nº 357/2018, prorrogada por
Resoluciones Nº 62/2019 (RESOL-2019-62-APN-DE#AND) y N° 462/2019
(RESOL-2019-462-APN-DE#AND)- las competencias comprendidas en el inciso
2) del artículo 3 del citado Decreto N° 698/2017 en el marco de sus
funciones primarias.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley
N° 22431 y los Decretos N° 698/2017, N° 95/2018, N° 160/2018 y N°
357/2018 y las Resoluciones N° 62/2019, N° 81/2019 y N° 462/2019.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE POLÍTICAS Y REGULACIÓN DE SERVICIOS
DISPONE:
Artículo 1° — Publíquese el listado de profesionales que integran las
Juntas Evaluadoras de Discapacidad de esta AGENCIA NACIONAL DE
DISCAPACIDAD, quienes se encuentran autorizados a suscribir el
Certificado Único de Discapacidad (CUD) o, en su caso, la denegatoria
del mismo, que como Anexo identificado con el
IF-2019-107072401-APN-DNPYRS#AND forma parte de la presente.
Artículo 2° — Déjese sin efecto la Disposición N° 2012/2010 emitida por
el entonces SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN, como también todas sus
modificatorias.
Artículo 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. María Alejandra Frey
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 09/12/2019 N° 94873/19 v. 09/12/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)