MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución 1364/2019
RESOL-2019-1364-APN-MJ
Ciudad de Buenos Aires, 04/12/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-98056053-APN-DGDYD#MJ, las Resoluciones
M.J. y D.H. N° 151 del 30 de marzo de 2016 y RESOL-2017-829-APN-MJ del
27 de octubre de 2017, y las Resoluciones Nros.
RESOL-2016-101-E-APN-SECJ#MJ del 17 de agosto de 2016 y
RESOL-2016-149-E-APN-SECJ#MJ del 30 de diciembre de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución M.J.yD.H. N° 151/16 creó el “PROGRAMA JUSTICIA 2020” en la órbita de la SECRETARÍA DE JUSTICIA.
Que el “PROGRAMA JUSTICIA 2020” se creó con los objetivos de coordinar
espacios de diálogo, mesas y comisiones temáticas de trabajo para la
participación ciudadana e institucional en la elaboración,
implementación y seguimiento de políticas de estado, proyectos e
iniciativas legislativas de innovación y modernización judicial;
entender, asesorar y asistir a la SECRETARÍA DE JUSTICIA en todas las
cuestiones programáticas; convocar a los funcionarios responsables de
las políticas de estado, proyectos e iniciativas legislativas de este
Ministerio, para participar en las mesas y comisiones temáticas;
diseñar y proponer a las áreas competentes planes de trabajo e
iniciativas, relativas a innovación y modernización del sistema de
justicia, generadas a partir de las instancias participativas antes
descriptas.
Que por artículo 3° de la Resolución M.J.yD.H. N° 151/16 se atribuyeron
las siguientes acciones al “PROGRAMA JUSTICIA 2020”: coordinar a
convocatoria de ciudadanos, expertos, instituciones y funcionarios a
las mesas de trabajo y comisiones temáticas; proponer un plan de
trabajo para las diversas comisiones temáticas; proponer la celebración
de convenios con organismos públicos y/o privados para contribuir al
desarrollo de los objetivos del “PROGRAMA”; proponer y desarrollar
actividades académicas, seminarios y otros encuentros en los temas de
su competencia, procurando su difusión en el interior del país y el
intercambio internacional; promover estudios, investigaciones y
diagnósticos relativos a las temáticas de competencia de esta
Jurisdicción; diseñar y proponer a la SECRETARÍA DE JUSTICIA un sistema
de monitoreo y evaluación de resultados y realizar informes periódicos
de monitoreo de los avances del “PROGRAMA”.
Que la misma norma creó el CONSEJO CONSULTIVO del “PROGRAMA JUSTICIA
2020”, integrado por UN (1) Presidente y CATORCE (14) Vocales, con
carácter honorario, nombrados por el titular de la SECRETARÍA DE
JUSTICIA, con el objeto de asesorar en la consecución de los objetivos
del programa y asistir en la generación de espacios de participación
institucional y ciudadana en la elaboración, implementación y
evaluación de las políticas de Estado para el sector justicia.
Que por el artículo 5° de la Resolución M.J. y D.H. N° 151/16 se nombró
Presidente del CONSEJO CONSULTIVO del “PROGRAMA JUSTICIA 2020” y
Coordinador General del PROGRAMA, al doctor Ricardo Rodolfo GIL LAVEDRA
(DNI N° 7.851.276).
Que además se creó la COORDINACIÓN OPERATIVA, del “PROGRAMA JUSTICIA
2020”, con la misión de diseñar y dirigir la puesta en marcha del
PROGRAMA y ejecutar actividades tendientes a alcanzar sus objetivos y
un COMITÉ SOCIAL IMPULSOR con la finalidad de promover la difusión del
Programa, la materialización de sus objetivos y acciones, y realizar un
seguimiento respecto del progreso en materia de derechos económicos,
sociales y culturales de acuerdo con los tratados internacionales de
los que la Argentina es parte.
Que por Resolución N° RESOL-2016-101-E-APN-SECJ#MJ se nombró
COORDINADOR OPERATIVO del “PROGRAMA JUSTICIA 2020” al doctor Héctor
Mario Chayer (DNI N° 16.948.862) y a los integrantes del CONSEJO
CONSULTIVO del “PROGRAMA JUSTICIA 2020”.
Que por Resolución N° RESOL-2016-149-E-APN-SECJ#MJ se nombró a los
miembros del COMITÉ SOCIAL IMPULSOR del “PROGRAMA JUSTICIA 2020”.
Que en cumplimiento de los objetivos del “PROGRAMA JUSTICIA 2020”, la
plataforma en línea www.justicia2020.gob.ar y las reuniones
presenciales fueron canales para la participación de los interesados a
lo largo y a lo ancho de todo el país, en la definición de los
problemas que enfrenta la justicia, para luego avanzar en la
co-creación de políticas públicas para superarlos.
Que entre los años 2016 y 2019 se realizaron DOSCIENTAS SESENTA Y TRES
(263) reuniones de trabajo con más de NUEVE MIL (9.000) asistentes, se
registraron en la plataforma en línea más de SESENTA Y UN MIL (61.000)
inscriptos que realizaron más de SIETE MIL SEISCIENTOS (7.600) aportes
en línea en las más de OCHENTA (80) iniciativas puestas a debate,
repartidas en SIETE (7) ejes.
Que en el año 2018 se editaron, publicaron y distribuyeron los libros
“Justicia 2020: cercana, moderna, transparente e independiente”, “Datos
Abiertos, Ética y Transparencia. Instituciones transparentes en
Justicia 2020”, “La Reforma Penal Federal. Justicia Penal en Justicia
2020”, “Nuevos procesos civiles. Justicia Civil en Justicia 2020”,
“Acceso a la justicia para todos. Acceso en Justicia 2020”, “Mejores
prácticas judiciales y registrales. Gestión en Justicia 2020”, “Plan
Nacional de Derechos Humanos. Derechos Humanos en Justicia 2020”,
“Nueva formación para abogados. Justicia y Comunidad en Justicia 2020”,
que dan cuenta de los resultados de los primeros TRES (3) años de labor
del “PROGRAMA JUSTICIA 2020”.
Que durante el año 2019 se debatieron los documentos de diagnóstico y
las políticas públicas para los próximos TRES (3) períodos
presidenciales que permitan alcanzar las metas previstas en el Objetivo
para el Desarrollo Sostenible 16 de Naciones Unidas, y que están
condensados en el libro “Hacia una Argentina Justa, Pacífica e
Inclusiva. La Justicia en 2030”, publicado en octubre del corriente año.
Que por la Resolución N° RESOL-2017-829-APN-MJ se dio inicio a la
“ESTRATEGIA NACIONAL DE REFORMA DE LA JUSTICIA CIVIL” en el ámbito del
“PROGRAMA JUSTICIA 2020”.
Que la “ESTRATEGIA NACIONAL DE REFORMA DE LA JUSTICIA CIVIL” tiene como
objetivos promover la modernización de la legislación procesal civil y
comercial y de las prácticas de gestión en todas las jurisdicciones
locales de la REPÚBLICA ARGENTINA; promover la uniformidad de la
legislación procesal civil y comercial de todas las jurisdicciones
locales de la REPÚBLICA ARGENTINA mediante su adecuación a las “BASES
PARA LA REFORMA PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL”; promover la adopción de la
oralidad civil y comercial efectiva para lograr la inmediación entre
los jueces y las partes en aquellos conflictos que demanden una
atención directa del juez, evitar la delegación de funciones,
concentrar la actividad procesal y evitar formalidades irrelevantes;
promover la instauración de procedimientos especiales civiles y
comerciales para agilizar el servicio de Justicia; y promover la
adopción, medición y difusión de indicadores y metas que den cuenta de
los resultados de la gestión en el proceso civil.
Que la misma norma estableció como acciones del “PROGRAMA JUSTICIA
2020” para la ejecución de la “ESTRATEGIA NACIONAL DE REFORMA DE LA
JUSTICIA CIVIL” establecer un plan de trabajo; desarrollar actividades
académicas, diagnósticos, estudios, informes, análisis y eventos sobre
la gestión y la normativa del proceso civil y comercial en las
diferentes jurisdicciones del país, e intercambios internacionales;
difundir las “BASES PARA LA REFORMA PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL” en
todas las jurisdicciones de la Argentina; dar apoyo técnico y
seguimiento a las experiencias locales de reforma de la Justicia Civil,
y la asistencia financiera cuando correspondiere, a través de convenios
específicos; coordinar con el “PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN
GENERAL DE DERECHO PRIVADO” creado por la Resolución M.J. y D.H. N°
441/16 y con el “PROGRAMA DE APOYO A LAS JUSTICIAS PROVINCIALES Y DE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES” creado por la RESOL-2016-546-E-APN-MJ
para el logro de sus objetivos; y asistir a la “COMISIÓN REDACTORA DEL
NUEVO CÓDIGO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN”, creada por
RESOL-2017-496-APN-MJ, para el logro de sus objetivos y coordinar las
acciones de este Ministerio a esos fines.
Que habiendo el “PROGRAMA JUSTICIA 2020” cumplido los objetivos y las
acciones encomendadas conforme lo detallado en los considerandos
precedentes, corresponde reconocer y agradecer la tarea realizada hasta
la fecha por el Coordinador General del “PROGRAMA JUSTICIA 2020”,
doctor Ricardo Rodolfo GIL LAVEDRA; por el Coordinador Operativo del
“PROGRAMA JUSTICIA 2020”, doctor Héctor Mario CHAYER; así como el
compromiso y apoyo de los miembros del COMITÉ SOCIAL IMPULSOR del
“PROGRAMA JUSTICIA 2020”, Enrique BENCICH, Diego César BUNGE, Enrique
DEL CARRIL, Daniel GRINSTEIN, Mercedes JONES SAGASTUME, Teodoro
KRECKLER, Sofía LAFERRERE, Renzo LAVIN, Josefina MAXIT, Irma MUÑOZ DE
MUSLERA, Torcuato SOZIO, Silvia RUEDA DE URANGA, Hugo WORTMAN JOFRE y
Enrique ZULETA PUCEIRO; y de los miembros del CONSEJO CONSULTIVO del
“PROGRAMA JUSTICIA 2020”, Claudia Amanda ALVARO, Gladys Stella ALVAREZ,
Maximiliano BENITEZ, Mario BONGIANINO, José Ignacio CAFFERATA NORES,
Aida KEMELMAJER, Fernando LODEIRO MARTINEZ, Carolina Beatriz
LOSPENNATO, Ezequiel Ricardo LUPPI, Eduardo MASSOT, Eduardo OTEIZA,
Ricardo RECONDO, Roberto Pablo SABA, Domingo Juan SESÍN.
Que se han consolidado en la comunidad jurídica las acciones, las
herramientas y los mecanismos propios de Gobierno Abierto gracias a las
actividades llevadas a cabo por el “PROGRAMA JUSTICIA 2020” – tal como
lo evidencia el Informe de Gestión incorporado a la presente como Anexo
I (IF-2019-105555615-APN-PRJU#MJ) –corresponde transferir el “PROGRAMA
JUSTICIA 2020” dependiente de la SECRETARÍA DE JUSTICIA a la DIRECCIÓN
NACIONAL DE MODERNIZACIÓN JUDICIAL .
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.
Que el suscripto es competente para el dictado de la presente en virtud
de los artículos artículos 4º, inciso a), apartado 3, e inciso b),
apartado 9, y 22° apartado 1° de la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O.
1992) y sus modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Danse por cumplidos los objetivos y las acciones del
“PROGRAMA JUSTICIA 2020”, detallados en los artículos 2° y 3° de la
Resolución M.J y D.H. N° 151 del 30 de marzo de 2016, de conformidad
con el Informe de Gestión que se acompaña como Anexo I
(IF-2019-105555615-APN-PRJU#MJ) a la presente.
ARTÍCULO 2°.- Reconócese la tarea del Coordinador General del “PROGRAMA
JUSTICIA 2020”, doctor Ricardo Rodolfo GIL LAVEDRA (DNI N° 7.851.276),
así como de su Coordinador Operativo, doctor Héctor Mario CHAYER (DNI
N° 16.948.862).
ARTÍCULO 3°.- Reconócese el compromiso y apoyo del COMITÉ SOCIAL IMPULSOR del “PROGRAMA JUSTICIA 2020”.
ARTÍCULO 4°.- Reconócese el compromiso y apoyo del CONSEJO CONSULTIVO del “PROGRAMA JUSTICIA 2020”.
ARTÍCULO 5°.- Transfiérese el “PROGRAMA JUSTICIA 2020” dependiente de
la SECRETARÍA DE JUSTICIA a la DIRECCIÓN NACIONAL DE MODERNIZACIÓN
JUDICIAL.
ARTCULO 6°.- Publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Germán Carlos Garavano
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 10/12/2019 N° 95050/19 v. 10/12/2019