COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO
Resolución 21/2019
Montevideo, 11/12/2019
Visto:
La necesidad de contribuir a la conservación y racional explotación de la especie besugo (Pagrus pagrus).
Considerando:
1º) Que por Resolución CTMFM Nº 5/19 se fijó una captura total
permisible para la especie besugo de 3.900 toneladas para el año 2019,
en la Zona Común de Pesca, así como una reserva de hasta el 400
toneladas.
2º) Que por Resolución CTMFM Nº 18/19 se habilitó la captura de la reserva antes mencionada.
3º) Que en atención a que las capturas del recurso besugo en la Zona
Común de Pesca están próximas a alcanzar el límite establecido en las
citadas Resoluciones, corresponde disponer el cierre de la pesquería
dirigida a la especie.
Atento:
A lo establecido en los artículos 80 y 82 inciso d) del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.
LA COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO
RESUELVE:
Artículo 1º) Ciérrese la captura dirigida a la especie besugo (Pagrus
pagrus) en la Zona Común de Pesca hasta el 31 de diciembre de 2019
inclusive.
Artículo 2º) Establécese que el desembarque de la especie como
resultado de la captura incidental no deberá superar el 10% del total
de lo desembarcado en cada marea.
Artículo 3º) Considérese la transgresión de la presente Resolución como un incumplimiento grave.
Artículo 4º) Comuníquese al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de
la República Oriental del Uruguay.
Artículo 5º) Publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina
y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay y
archívese. Roberto García Moritán - Julio C. Suárez
e. 18/12/2019 N° 97876/19 v. 18/12/2019