ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Decreto 50/2019

DCTO-2019-50-APN-PTE - Estructura organizativa.

Ciudad de Buenos Aires, 19/12/2019

Ver Antecedentes Normativos

VISTO el Expediente N° EX-2019-110309263-APN-DNO#JGM, la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992), sus modificatorios y su última modificación efectuada por el Decreto N° 7 del 10 diciembre de 2019, los Decretos Nº 174 del 2 de marzo de 2018, sus modificatorios y complementarios, y Nº 802 del 5 de septiembre de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 7/19 se sustituyó el artículo 1º de la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorios, determinando las Secretarías de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y los Ministerios que asistirán al PODER EJECUTIVO NACIONAL para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus competencias.

Que en función de las competencias asignadas a las distintas jurisdicciones ministeriales resulta necesario reordenar las responsabilidades de las distintas áreas del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que las reformas que se efectúan se encuentran fundadas en el análisis y evaluación de las funciones indelegables del Estado Nacional.

Que ese reordenamiento requiere establecer una nueva conformación organizativa de los niveles políticos, basado en criterios de racionalidad y eficiencia que posibiliten una rápida respuesta a las demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras dinámicas y adaptables a los cambios permanentes.

Que el reordenamiento de los niveles políticos conlleva la supresión de las Secretarías de Gobierno, y diversas Secretarías y Subsecretarías o su conversión en otras unidades integrantes del nuevo Organigrama de Aplicación de la Administración Pública Nacional.

Que las referidas modificaciones comprenden la transferencia de unidades organizativas con sus respectivas acciones, créditos presupuestarios, bienes, dotaciones y personal con su actual situación de revista.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico correspondiente.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, que como ANEXO I (IF-2019-111894415-APN-DNO#JGM) forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 2º.- Apruébanse los Objetivos de las Unidades Organizativas establecidas en el organigrama previsto en el artículo 1º, los que como ANEXO II (IF-2019-111894517-APN-DNO#JGM) forman parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 3º.- Establécense los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados que se detallan en el ANEXO III (IF-2019-111894683-APN-DNO#JGM), que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 4°.- Establécese que el/la Jefe/a de Gabinete de Ministros y los Secretarios y las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN podrán solicitar al Presidente de la Nación la creación de los cargos extraescalafonarios que resulten necesarios para el cumplimiento de las funciones asignadas a sus Jurisdicciones y a las Entidades actuantes en su órbita.

(Artículo sustituido por art. 23  del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020)

ARTÍCULO 5º.- La conformación organizativa que se aprueba por el presente decreto comprende las transferencias de las unidades organizativas estructurales vigentes con sus respectivas acciones, créditos presupuestarios, bienes, dotaciones y personal con su actual situación de revista.

ARTÍCULO 6º.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente mantendrán las acciones, dotaciones vigentes y personal con su actual situación de revista.

ARTÍCULO 7º.- Hasta tanto se perfeccionen las modificaciones presupuestarias y demás tareas que permitan la plena operatividad del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT y del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, los Servicios Administrativo-Financieros y Jurídicos Permanentes del MINISTERIO DEL INTERIOR, del MINISTERIO DE TRANSPORTE y del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, respectivamente, continuarán prestando los servicios relativos a la ejecución presupuestaria, contable, financiera, de compras, de recursos humanos y en materia jurídica a las nuevas autoridades ministeriales constituidas respecto de las áreas transferidas a las citadas Jurisdicciones.

ARTÍCULO 8º.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas por la presente medida se atenderán con cargo a los créditos presupuestarios previstos en las Jurisdicciones y Entidades de origen.

ARTÍCULO 9º.- Deróganse los artículos 1º, 2º y 3º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018, sus modificatorios y complementarios y el Decreto Nº 802 del 5 de septiembre de 2018.

ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 20/12/2019 N° 99106/19 v. 20/12/2019

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial.)

ANEXO I

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

I. - SECRETARÍA GENERAL (Apartado sustituido por art. 1° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

- UNIDAD GABINETE DE ASESORES

- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL

- SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN GENERAL

- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PRESIDENCIALES

- SUBSECRETARÍA DE VOCERÍA Y COMUNICACIÓN DE GOBIERNO

CASA MILITAR.

II. - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA (Apartado sustituido por art. 12 del Decreto Nº 45/2023 B.O. 15/12/2023)

- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES

- SUBSECRETARÍA TÉCNICA

- UNIDAD GABINETE DE ASESORES.

III. - SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO NORMATIVO (Apartado incorporado por art. 1° del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

- SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO NORMATIVO

- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN NORMATIVA INTERMINISTERIAL.

IV. - SECRETARÍA DE PRENSA (Apartado sustituido por art. 2° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

- SUBSECRETARÍA DE PRENSA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

V. - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS  (Apartado sustituido por art. 2° del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

- SUBSECRETARÍA LEGAL

- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA

- SUBSECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN Y REFORMA DEL ESTADO

- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO

SECRETARÍA EJECUTIVA DE GOBIERNO

- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE GABINETE

- SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN INTERINSTITUCIONAL

- SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA

SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y CON LA SOCIEDAD CIVIL

- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PARLAMENTARIOS

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

- SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN

- SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN

- SUBSECRETARÍA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

- SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y CONECTIVIDAD

- OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES

SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN DEL ESTADO

- SUBSECRETARÍA DE DESREGULACIÓN

- SUBSECRETARÍA DE CALIDAD REGULATORIA

SECRETARÍA DE EMPRESAS Y SOCIEDADES DEL ESTADO

- SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN SOCIETARIA

- SUBSECRETARÍA DE APOYO LEGAL SOCIETARIO

- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE GESTIÓN Y COORDINACIÓN GENERAL

SECRETARÍA DE ESTRATEGIA NACIONAL.

VI. - MINISTERIO DEL INTERIOR (Apartado sustituido por art. 1° del Decreto N° 33/2024 B.O. 09/01/2024)

- UNIDAD GABINETE DE ASESORES

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

-SUBSECRETARÍA LEGAL

- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS

- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LAS PROVINCIAS

- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LOS MUNICIPIOS

SECRETARÍA DE INTERIOR

- SUBSECRETARÍA DE INTERIOR

- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS

SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES

- SUBSECRETARÍA DE TURISMO

- SUBSECRETARÍA DE AMBIENTE

- SUBSECRETARÍA DE DEPORTES

VII.- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO (Apartado sustituido por art. 1° del Decreto N° 87/2023 B.O. 27/12/2023.)

- UNIDAD GABINETE DE ASESORES

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR

SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES

- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA EXTERIOR

- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS AMERICANOS

SECRETARÍA DE MALVINAS, ANTÁRTIDA, POLÍTICA OCEÁNICA Y ATLÁNTICO SUR

SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES

-SUBSECRETARÍA DE NEGOCIACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES E INTEGRACIÓN

-SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LAS EXPORTACIONES, LAS INVERSIONES, LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA

SECRETARÍA DE CULTO.

VIII. - MINISTERIO DE DEFENSA (Apartado sustituido por art. 3° del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

- UNIDAD GABINETE DE ASESORES

- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

- SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO LOGÍSTICO DE LA DEFENSA

- SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y COORDINACIÓN EJECUTIVA EN EMERGENCIAS

SECRETARÍA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES

- SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO Y POLÍTICA MILITAR

- SUBSECRETARÍA DE CIBERDEFENSA

SECRETARÍA DE ASUNTOS INTERNACIONALES PARA LA DEFENSA

SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN, POLÍTICA INDUSTRIAL Y PRODUCCIÓN PARA LA DEFENSA.

IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA (Apartado sustituido por art. 1° del Decreto N° 293/2024 B.O. 8/4/2024.)

- UNIDAD GABINETE DE ASESORES

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

- SUBSECRETARÍA LEGAL

- SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL

- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE ASUNTOS PRODUCTIVOS Y DE LA BIOECONOMÍA

- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INFRAESTRUCTURA

- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES DE DESARROLLO E INVERSIÓN PÚBLICA

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA

- SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MACROECONÓMICA

- SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MICROECONÓMICA

SECRETARÍA DE HACIENDA

- SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO

- SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS

- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN FISCAL PROVINCIAL

SECRETARÍA DE FINANZAS

- SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO

- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES

- SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS

- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN INTERNACIONAL

SECRETARÍA DE ENERGÍA

- SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

- SUBSECRETARÍA DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS

- SUBSECRETARÍA DE COMBUSTIBLES GASEOSOS

- SUBSECRETARÍA DE TRANSICIÓN Y PLANEAMIENTO ENERGÉTICO

SECRETARÍA DE MINERÍA

- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO MINERO

- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA

SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN PARA EL DESARROLLO PRODUCTIVO Y DE LA BIOECONOMÍA

- SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DE POLÍTICAS DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y DE LA BIOECONOMÍA

SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO

- SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

- SUBSECRETARÍA DE EMPRENDEDORES

- SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA INDUSTRIAL

- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PRODUCTIVA

- SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR

- SUBSECRETARÍA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LEALTAD COMERCIAL

SECRETARÍA DE BIOECONOMÍA

- SUBSECRETARÍA DE BIOINDUSTRIAS, BIOTECNOLOGÍAS E INNOVACIÓN

- SUBSECRETARÍA DE MERCADOS AGROPECUARIOS Y NEGOCIACIONES INTERNACIONALES

- SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA Y FORESTAL

- SUBSECRETARÍA DE RECURSOS ACUÁTICOS Y PESCA

SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, HÁBITAT Y VIVIENDA

- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL

- SUBSECRETARÍA DE HÁBITAT Y VIVIENDA

- SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIO URBANA

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

- SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS

- SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

- SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES

- SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR

- SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO

- SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AÉREO

SECRETARÍA DE CONCESIONES

- SUBSECRETARÍA DE LICITACIÓN DE PROYECTOS

- SUBSECRETARÍA DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL.

(Apartado X.- MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, derogado por art. 2° del Decreto N° 480/2022 B.O. 11/8/2022. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)

(Apartado XI.-MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA derogado por art. 2° del Decreto N° 480/2022 B.O. 11/8/2022. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)

(Apartado XII.- MINISTERIO DE TRANSPORTE, derogado por art. 3° del Decreto N° 73/2023 B.O. 22/12/2023.)

(Apartado XIII.- MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA derogado por art. 2° del Decreto N° 293/2024 B.O. 8/4/2024.)

XIV.- MINISTERIO DE JUSTICIA  (Apartado sustituido por art. 2° del Decreto N° 52/2024 B.O. 16/01/2024)

- UNIDAD GABINETE DE ASESORES

- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

SECRETARÍA DE JUSTICIA

- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA CRIMINAL

- SUBSECRETARÍA DE ACCESO A LA JUSTICIA

- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS REGISTRALES

SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS

- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS

- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS NACIONALES DE DERECHOS HUMANOS.

XV.- MINISTERIO DE SEGURIDAD (Aparatdo sustituido por art. 4° del Decreto N° 8/2024 B.O. 03/01/2024)

- UNIDAD GABINETE DE ASESORES

- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PENITENCIARIOS

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

- SUBSECRETARÍA LEGAL

- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL

- SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN FEDERAL Y ARTICULACIÓN LEGISLATIVA

SECRETARÍA DE SEGURIDAD

- SUBSECRETARÍA DE INTERVENCIÓN FEDERAL

- SUBSECRETARÍA DE DESPLIEGUE TERRITORIAL

SECRETARÍA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO Y LA CRIMINALIDAD ORGANIZADA

- SUBSECRETARÍA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO

- SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL

XVI. - MINISTERIO DE SALUD (Apartado sustituido por art. 1° del Decreto N° 10/2024 B.O. 04/01/2024)

- UNIDAD GABINETE DE ASESORES

SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

SECRETARÍA DE ACCESO Y EQUIDAD EN SALUD

- SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y PROGRAMACIÓN SANITARIA

- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES SECTORIALES Y ARTICULACIÓN

SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD

- SUBSECRETARÍA DE INSTITUTOS Y FISCALIZACIÓN

- SUBSECRETARÍA DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA, INFORMACIÓN Y ESTADÍSTICAS DE SALUD

SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA

- SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO EN MATERIA DE DROGAS

- SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN, INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICAS EN MATERIA DE DROGAS

XVII.- MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO (Apartado sustituido por art. 3° del Decreto N° 86/2023 B.O. 27/12/2023.)

- UNIDAD GABINETE DE ASESORES

- SUBSECRETARÍA DE PROTECCIÓN CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

- SUBSECRETARÍA LEGAL

- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS E INNOVACIÓN EDUCATIVA

- SUBSECRETARÍA DE INFORMACIÓN Y EVALUACIÓN EDUCATIVA

- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS

- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE EDUCACIÓN

SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES DEL TRABAJO

- SUBSECRETARÍA DE EMPLEO Y FORMACIÓN LABORAL

- SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL

- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE CULTURA

- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y DESARROLLO CULTURAL

- SUBSECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL

- SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN CULTURAL Y ARTÍSTICA

SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS FAMILIARES

- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS SOCIALES

- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS TERRITORIALES Y DESARROLLO HUMANO

- SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN EN ECONOMÍA SOLIDARIA

- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA.

(Apartado XVIII. - MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD derogado por art. 4° del Decreto N° 86/2023 B.O. 27/12/2023.)

(Apartado
XIX.- MINISTERIO DE EDUCACIÓN derogado por art. 4° del Decreto N° 86/2023 B.O. 27/12/2023.)

(Apartado XX.- MINISTERIO DE CULTURA derogado por art. 4° del Decreto N° 86/2023 B.O. 27/12/2023.)

(Apartado
XXI. - MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN derogado por art. 4° del Decreto N° 86/2023 B.O. 27/12/2023.)

(Apartado XXII. - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL derogado por art. 4° del Decreto N° 86/2023 B.O. 27/12/2023.)

(Apartado XXIII. - MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE derogado por art. 2° del Decreto N° 33/2024 B.O. 09/01/2024)

(Apartado XXIV. - MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES derogado por art. 2° del Decreto N° 33/2024 B.O. 09/01/2024)

(Apartado XXV.- MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, derogado por art. 3° del Decreto N° 73/2023 B.O. 22/12/2023.)

IF-2019-111894415 -APN-DNO# JGM



Hoja Adicional de Firmas

Anexo

Número: IF-2019-111894415-APN-DNO#JGM

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Jueves 19 de Diciembre de 2019

Referencia: Anexo I - EX-2019-110309263-APN-DNO#JGM

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ANEXO II

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

I. - SECRETARÍA GENERAL (Apartado sustituido por art. 2° del Decreto Nº 5/2024 B.O. 03/01/2024)

OBJETIVOS

1. Asistir en forma directa al PODER EJECUTIVO NACIONAL en las atribuciones que le asigna el artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, en lo relativo a las actividades de su competencia.

2. Intervenir en el seguimiento y la verificación del cumplimiento de las directivas emanadas de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y realizar las tareas especiales que ésta le encomiende.

3. Asesorar a la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN sobre el diseño y actualización de la política del PODER EJECUTIVO NACIONAL en el contexto de la realidad mundial y nacional, así como también en materia de consolidación del proceso democrático.

4. Participar con el PODER EJECUTIVO NACIONAL en el diseño de políticas públicas y en la relación con organizaciones y sectores representativos de la comunidad.

5. Entender en la supervisión del cumplimiento de los objetivos y metas establecidos por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

6. Participar en la elaboración del mensaje del Presidente de la Nación al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN sobre el estado de la Nación.

7. Intervenir en el seguimiento de los temas que sean considerados prioritarios por la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, informando su desarrollo y resultado.

8. Coordinar el análisis, desde el punto de vista político, de todas las disposiciones que sean sometidas a consideración del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

9. Intervenir en la coordinación de sus tareas con las de las distintas Secretarías de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con las de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y con las de las jurisdicciones ministeriales, con el objeto de optimizar el resultado de la acción de gobierno.

10. Entender en la coordinación de las relaciones entre el PODER EJECUTIVO NACIONAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.

11. Administrar y ejecutar el Presupuesto de la Jurisdicción y de los organismos a los que preste asistencia.

12. Participar en la asistencia en materia presupuestaria a las áreas presidenciales de su propia jurisdicción, a las que no cuenten con servicio administrativo financiero propio y a los organismos a los que preste asistencia.

13. Conducir los aspectos logísticos y administrativos, como así también la asistencia presupuestaria para los viajes del Presidente de la Nación y las comitivas oficiales que lo acompañen.

14. Entender en la administración de los recursos humanos, materiales, tecnológicos, de comunicaciones, financieros y legales afectados a la órbita de la Jurisdicción, así como también, a las que no cuenten con servicio administrativo financiero propio y a los organismos a los que preste asistencia.

15. Entender en el resguardo y preservación del patrimonio edilicio, cultural e histórico de la Casa de Gobierno, la Residencia Presidencial de la Quinta de Olivos, la Residencia Presidencial de Chapadmalal con el fin de preservar la memoria histórica y cultural de la investidura presidencial.

16. Entender en la asistencia al Titular del PODER EJECUTIVO NACIONAL en todo lo concerniente al ceremonial, protocolo, audiencias y designación de comitivas y asuntos de índole privada, requiriendo de los organismos pertinentes la colaboración necesaria para el cumplimiento de sus funciones.

17. Entender en la organización y logística de los eventos nacionales e internacionales en los que la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN de la REPÚBLICA ARGENTINA intervenga, que se realicen en territorio nacional y en el exterior, en coordinación con las áreas competentes en la materia de la Administración Pública Nacional.

18. Entender en la implementación del Programa de Cobertura Médica Presidencial y coordinar las acciones logísticas y operativas pertinentes para el resguardo de la salud del Presidente de la Nación.

19. Ejercer el control tutelar de los organismos descentralizados actuantes en su órbita.

20. Entender en la difusión de las actividades del Sector Público Nacional y de los actos del ESTADO NACIONAL y en su relación institucional con los medios de comunicación. (Objetivo incorporado por art. 3° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

21. Entender en la planificación, contratación y ejecución de la publicidad oficial de gestión centralizada y en la coordinación y ejecución de la publicidad oficial de gestión descentralizada. (Objetivo incorporado por art. 3° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

22. Entender en la formulación, planificación, ejecución y supervisión de la política de comunicación pública del ESTADO NACIONAL, en el ámbito de su competencia. (Objetivo incorporado por art. 3° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

23. Coordinar, en el ámbito de su competencia, el diseño, la planificación, la implementación y el seguimiento de las campañas de comunicación del ESTADO NACIONAL y de la producción de sus contenidos. (Objetivo incorporado por art. 3° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

24. Entender en el diseño y la elaboración de contenidos de las redes sociales del Presidente de la Nación. (Objetivo incorporado por art. 3° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

25. Entender en la relación con los medios de comunicación nacionales e internacionales. (Objetivo incorporado por art. 3° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

26. Entender en la información que se brinda sobre la gestión de gobierno a los medios de comunicación, nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales e internacionales. (Objetivo incorporado por art. 3° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

27. Participar en la obtención, análisis y sistematización de la información de las acciones de gobierno. (Objetivo incorporado por art. 3° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

28. Entender, en coordinación con las áreas con competencia en la materia, en lo relativo a las transmisiones presidenciales, incluyendo las tareas de producción, edición y fotografía. (Objetivo incorporado por art. 3° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

29. Coordinar la realización de mediciones, estudios e investigaciones y el desarrollo e implementación de herramientas para la evaluación de la ejecución de las políticas de la actividad presidencial y del ESTADO NACIONAL. (Objetivo incorporado por art. 3° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

30. Dirigir la planificación, coordinación y ejecución de la publicidad oficial de gestión centralizada, y coordinar y ejecutar la publicidad oficial de gestión descentralizada. (Objetivo incorporado por art. 3° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

31. Entender en la formulación, ejecución y control de las políticas de comunicación social y de medios de comunicación social, en particular a la difusión de opciones educativas. (Objetivo incorporado por art. 3° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

32. Coordinar, en el ámbito de su competencia, el desarrollo y la implementación de mecanismos para el seguimiento y la circulación de la información de gestión de los organismos y las acciones de gobierno. (Objetivo incorporado por art. 3° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

33. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la administración de los activos digitales del PODER EJECUTIVO NACIONAL. (Objetivo incorporado por art. 3° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

34 Intervenir, en coordinación con las áreas de la Administración Pública nacional con competencia específica en la materia, en lo inherente a las expresiones tecnológicas, artísticas, educativas, culturales, informativas y formativas, y aquellas vinculadas a la divulgación del conocimiento que el ESTADO NACIONAL propicie difundir a través de medios audiovisuales, redes digitales, parques temáticos y otros. (Objetivo incorporado por art. 3° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

35. Entender en el desarrollo de estudios, diagnósticos e informes que permitan realizar análisis para fortalecer el diseño, implementación y evaluaciones de impacto de las políticas de comunicación pública a nivel nacional. (Objetivo incorporado por art. 3° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

36. Participar en la definición de la estrategia de comunicación y de contenidos realizada por canales y plataformas de comunicación directa del ESTADO NACIONAL con los ciudadanos: “Mi Argentina”, “argentina.gob.ar” TINA, etc., en coordinación con las áreas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS con competencia específica en la materia. (Objetivo incorporado por art. 3° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

37. Asistir al PODER EJECUTIVO NACIONAL en la elaboración de los mensajes, discursos y declaraciones públicas, cuando se lo requiera. (Objetivo incorporado por art. 3° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

38. Entender en la producción, realización y emisión de Cadenas Nacionales y transmisiones de actos oficiales de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.  (Objetivo incorporado por art. 3° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

39. Intervenir en tareas vinculadas con el manejo de los diferentes tipos de lenguaje y aspectos lingüísticos requeridos en la comunicación de la gestión del ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.  (Objetivo incorporado por art. 3° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

40. Entender, desde el aspecto comunicacional, en la confección y seguimiento de la agenda presidencial y las actividades que requieren la presencia del Presidente de la Nación, coordinando con los Ministerios y demás organismos que conforman el Sector Público Nacional y organismos vinculados con la sociedad civil, para su difusión.
(Objetivo incorporado por art. 3° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

41. Participar en el cumplimiento de los objetivos de comunicación institucional de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN en redes según plataforma y medios.  (Objetivo incorporado por art. 3° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

42. Intervenir en la planificación y elaboración de contenidos gráficos, audiovisuales y digitales del ESTADO NACIONAL, impulsando el uso de herramientas tecnológicas en su producción.  (Objetivo incorporado por art. 3° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

43. Entender en la aplicación de los tratados y convenios nacionales e internacionales, leyes y reglamentos generales relativos a la materia de su competencia. (Objetivo incorporado por art. 3° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

44. Supervisar las tareas de vocería presidencial, comunicando las decisiones adoptadas por el Presidente de la Nación. (Objetivo incorporado por art. 3° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

SECRETARÍA GENERAL

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS

1. Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a dar adecuada y rápida respuesta a las cuestiones priorizadas por la SECRETARÍA GENERAL.

2. Coordinar el Gabinete de Asesores de la Secretaría.

3. Asistir a la SECRETARÍA GENERAL en los aspectos logísticos y administrativos propios del desarrollo de sus funciones institucionales.

4. Entender en el diseño, elaboración, definición de instrumentos, herramientas y procedimientos tendientes a posibilitar la disponibilidad de insumos de información, en coordinación con las áreas competentes y gestionar las acciones y actividades que le delegue la SECRETARÍA GENERAL.

5. Intervenir en la coordinación del despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa, como así también en la derivación de cada trámite a las dependencias de la SECRETARÍA GENERAL, así como la de los organismos a los que preste asistencia.

6. Supervisar y dar seguimiento al cumplimiento de la planificación estratégica de un programa de puesta en valor edilicio, patrimonio histórico y cultural, como así también la actualización tecnológica y sustentable de las dependencias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en forma conjunta con el área con competencia específica.

7. Coordinar el seguimiento de los planes, programas y proyectos de las distintas áreas de la SECRETARÍA GENERAL para la optimización de la gestión.

8. Coordinar los asuntos de la SECRETARÍA GENERAL relacionados con información institucional de las áreas de la Secretaría General.

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1. Entender en el asesoramiento, coordinación y ejecución de las tareas que le encomiende la SECRETARÍA GENERAL y en particular aquellas destinadas a asegurar la eficacia de la gestión y el mejor cumplimiento de sus competencias.

2. Asistir, en el ámbito de su competencia, en materia de asesoramiento, sobre el diseño de la política presupuestaria de la Jurisdicción, así como también de los organismos a los que preste asistencia, y en el control del movimiento efectivo de fondos y valores.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas de su órbita, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

4. Asistir a la SECRETARÍA GENERAL en la coordinación administrativa, financiera, de recursos humanos, informáticos y materiales, de todas las áreas integrantes de la Jurisdicción, de las entidades descentralizadas dependientes y organismos de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y organismos dentro del ámbito de incumbencia, a los cuales brinde apoyo administrativo como así también en la planificación de las actividades de coordinación administrativa.

5. Dirigir el seguimiento y trámite de los pedidos de informes que la SECRETARÍA GENERAL solicite en el ámbito de la Jurisdicción y a pedido del Presidente de la Nación.

6. Entender en la administración y coordinación de los sistemas informáticos y de comunicaciones de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

7. Asistir a la SECRETARÍA GENERAL en lo atinente a la coordinación administrativa de los viajes del Presidente de la Nación y las comitivas oficiales que lo acompañen.

8. Intervenir en la coordinación del servicio jurídico de la Jurisdicción y la representación del Estado en juicio en las causas en las que deba intervenir la Secretaría, sus dependencias y los organismos a los que preste asistencia.

9. Intervenir en los proyectos de actos administrativos vinculados con la actividad sustantiva de la Jurisdicción.

10. Atender la gestión económico-financiera, contable, patrimonial, presupuestaria y de servicios de la órbita de la SECRETARÍA GENERAL y de las Secretarías y los organismos a los que preste asistencia

11. Intervenir como enlace de acceso a la información pública en los términos de la Ley N° 27.275.

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL

OBJETIVOS

1. Asesorar en la instrumentación de los planes relacionados con el desarrollo de las políticas públicas emanadas de las propuestas efectuadas al PODER EJECUTIVO NACIONAL.

2. Participar en la relación con las organizaciones y los sectores políticos, sociales, económicos y representativos de la comunidad a nivel nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, en el ámbito de su competencia.

3. Entender en la elaboración de informes políticos dirigidos al Presidente de la Nación y a la SECRETARÍA GENERAL sobre los temas que le sean requeridos dentro del ámbito de su incumbencia.

4. Asesorar a la SECRETARÍA GENERAL en la implementación de acciones de coordinación y concertación que cubran las necesidades propias del organismo; e intervenir en lo atinente a la cooperación interinstitucional para llevar a cabo los programas de gobierno delegados por la SECRETARÍA GENERAL.

5. Asesorar al Presidente de la Nación y a la SECRETARÍA GENERAL en temáticas de coyunturas político institucionales cuando le sea requerido.

6. Asistir a la SECRETARÍA GENERAL en los asuntos vinculados a políticas de interés para el PODER EJECUTIVO NACIONAL, cuando le sea requerido.

7. Asistir a la SECRETARÍA GENERAL en el diseño y actualización de políticas públicas y en programas de gobierno vinculados con las organizaciones y sectores representativos de la comunidad.

8. Dirigir, gestionar y supervisar el cumplimiento de las actuaciones referidas a los artículos 4° y 5° de la Ley N° 25.603 de Servicios Aduaneros. (Objetivo incorporado por art. 2° del Decreto N° 232/2024 B.O. 8/3/2024.)

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN GENERAL

OBJETIVOS

1. Entender en lo relacionado con la planificación de los servicios generales necesarios para el funcionamiento de la SECRETARÍA GENERAL, así como también de los organismos a los que preste asistencia.

2. Entender en la planificación y en la administración de la Intendencia, el mantenimiento y el funcionamiento de la Casa de Gobierno, de la Residencia Presidencial de Olivos, de la Residencia Presidencial de Chapadmalal y de las sedes administrativas, cocheras y transporte de la SECRETARÍA GENERAL.

3. Entender en materia de higiene y seguridad en el trabajo y medio ambiente en los ámbitos de residencia permanente o transitoria del Presidente de la Nación y su grupo familiar, así como en todas las áreas integrantes de la SECRETARÍA GENERAL, realizando la planificación funcional y operativa para dar cumplimiento a las normas vigentes en la materia.

4. Intervenir en la planificación estratégica de un programa integral para la puesta en valor edilicio de todas las sedes, como así también del patrimonio histórico y cultural de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

5. Diseñar la planificación y la actualización tecnológica, en forma conjunta con el área de competencia específica, como así también la sustentabilidad de la infraestructura de las dependencias de la SECRETARÍA GENERAL.

6. Monitorear y dar seguimiento a las actividades de planificación, coordinación y ejecución relacionadas con los traslados terrestres y traslados aéreos del Presidente de la Nación y los que le encomiende expresamente la SECRETARÍA GENERAL para los integrantes del PODER EJECUTIVO NACIONAL en las sedes de Casa Rosada, Residencia Presidencial de Olivos y Residencia Presidencial de Chapadmalal, dentro y fuera del territorio nacional, como así también el funcionamiento y mantenimiento de la flota presidencial de aeronaves, en coordinación con la CASA MILITAR.

7. Gestionar la elaboración e implementación de las políticas públicas culturales, de preservación del patrimonio edilicio e intervenir en las actividades de investigación, conservación, restauración, difusión y acrecentamiento del patrimonio histórico a desarrollarse en el ámbito de la Casa de Gobierno, de la Residencia Presidencial de Olivos, de la Residencia Presidencial de Chapadmalal y de las sedes administrativas de la SECRETARÍA GENERAL.

8. Entender en la planificación y gestión de las actividades del MUSEO DEL BICENTENARIO y del Paseo de la República de la Residencia Presidencial de Olivos.

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PRESIDENCIALES

OBJETIVOS

1. Asistir a la SECRETARÍA GENERAL en todo lo atinente a las audiencias presidenciales.

2. Tramitar las audiencias solicitadas al Presidente de la Nación, tanto en el país como en el exterior, y asesorar a la SECRETARÍA GENERAL respecto del temario, importancia, prioridad y ordenamiento de gestión de las mismas.

3. Participar en la coordinación y en el tratamiento de la documentación de las cuestiones dirigidas por vía oral o escrita al Presidente la Nación, como así también en el análisis y coordinación de la documentación vinculada a las actividades protocolares del Presidente de la Nación.

4. Asistir a la SECRETARÍA GENERAL en lo relativo a ceremonial y protocolo, en coordinación con las áreas con competencia de la Jurisdicción.

5. (Objetivo derogado por art. 1° del Decreto N° 232/2024 B.O. 8/3/2024.)

6. Entender en la sistematización de los procedimientos para el otorgamiento del padrinazgo presidencial y las declaraciones de interés nacional.

7. Organizar y entender en el desarrollo de todo acto y ceremonia en donde intervenga el Presidente de la Nación y en aquellas que le encomiende expresamente la SECRETARÍA GENERAL.

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA DE VOCERÍA Y COMUNICACIÓN DE GOBIERNO

(Objetivos incorporados por art. 3° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

OBJETIVOS

1. Ejercer la vocería de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, comunicando las medidas de gobierno.

2. Efectuar las tareas de divulgación de la agenda presidencial a los medios de comunicación nacionales e internacionales.

3. Intervenir en la planificación de la comunicación digital de la actividad presidencial.

4. Desarrollar las actividades relacionadas con la producción, la difusión de actos y otros eventos que requieren la presencia del Presidente de la Nación, en coordinación con las áreas de la SECRETARÍA GENERAL con competencia en la materia.

5. Intervenir en la producción, realización y emisión de Cadenas Nacionales y transmisiones de actos oficiales de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

6. Asistir a la SECRETARÍA GENERAL en la confección y seguimiento de la agenda presidencial y las actividades que requieran la presencia del Presidente de la Nación, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

7. Coordinar las tareas relativas al manejo de los diferentes tipos de lenguaje y aspectos lingüísticos requeridos en la comunicación de la gestión del ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

8. Dirigir la ejecución y supervisión de la política y los contenidos de la comunicación del ESTADO NACIONAL, en el ámbito de su competencia.

9. Dirigir la elaboración de las campañas de comunicación y de la producción de

contenidos de difusión del ESTADO NACIONAL, y realizar su seguimiento.

10. Asistir a la SECRETARÍA GENERAL en los temas relacionados con la información pública del Gobierno Nacional.

11. Efectuar la planificación, contratación y ejecución de la publicidad oficial de gestión centralizada, así como la coordinación y ejecución de la publicidad oficial de gestión descentralizada.

12. Asistir a la SECRETARÍA GENERAL en la definición de los lineamientos relativos a la información de gobierno, para asesorar a los titulares de las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional.

13. Coordinar y promover en el ámbito de su competencia las relaciones institucionales con organismos privados, estatales o de la sociedad civil que requieran información sobre los objetivos gubernamentales.

14. Intervenir en la difusión de los objetivos de gestión del ESTADO NACIONAL a fin de proyectar la imagen del país en el ámbito interno y externo.

15. Asistir a la SECRETARÍA GENERAL en la elaboración de la propuesta relativa a la estrategia de comunicación y de contenidos realizada por canales y plataformas de comunicación directa del ESTADO NACIONAL con los ciudadanos: "Mi Argentina", "argentina.gob.ar" TINA, etc., en coordinación con las áreas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS con competencia específica en la materia.

16. Asistir a la SECRETARÍA GENERAL, en coordinación con las áreas de la Administración Pública nacional con competencia específica en la materia, en lo inherente a las expresiones tecnológicas, artísticas, educativas, culturales, informativas y formativas y aquellas vinculadas a la divulgación del conocimiento que el ESTADO NACIONAL propicie difundir a través de medios audiovisuales, redes digitales, parques temáticos y otros.

17. Coordinar el desarrollo de estudios, diagnósticos e informes que permitan realizar análisis para fortalecer el diseño, implementación y evaluaciones de impacto de las políticas de comunicación pública a nivel nacional.

18. Asistir a la SECRETARÍA GENERAL en la aplicación de los tratados y convenios nacionales e internacionales, leyes y reglamentos generales relativos a la materia de su competencia.

SECRETARÍA GENERAL

CASA MILITAR

OBJETIVOS

1. Proveer la seguridad del Presidente de la Nación, del Vicepresidente de la Nación, de los Ex Mandatarios y de sus familiares directos, como así también de la Casa de Gobierno, Residencia Presidencial de Olivos, Residencia Presidencial de Chapadmalal y otros lugares de residencia transitoria del Presidente de la Nación y de su familia tanto en el territorio nacional como en el ámbito internacional.

2. Ejecutar, junto con la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PRESIDENCIALES, la coordinación de las tareas de ceremonial militar del Presidente de la Nación y atender específicamente lo concerniente al ceremonial y protocolo del Regimiento de Granaderos a Caballo General San Martín.

3. Planificar, coordinar, supervisar y ejecutar las actividades relacionadas con los traslados aéreos del Presidente de la Nación y los que le encomiende expresamente la SECRETARÍA GENERAL, para los integrantes del PODER EJECUTIVO NACIONAL dentro y fuera del territorio nacional.

4. Entender en el funcionamiento y mantenimiento integral de la flota aérea presidencial y en la capacitación según normas internacionales del personal asignado al área.

5. Entender en la coordinación de los efectivos de la Policía Federal Argentina asignados a la división Custodia Presidencial, quienes actuarán bajo la dependencia de CASA MILITAR, a través de la Agrupación de Seguridad e inteligencia actuando de conformidad a las leyes y reglamentos que rigen su accionar.

6. Instruir a la Comisaría de Casa de Gobierno la actuación de las acciones operacionales requeridas.

7. Coordinar con la Policía Federal Argentina la seguridad exterior de la Casa de Gobierno.

8. Organizar, coordinar y supervisar las tareas de los agentes subordinados a CASA MILITAR, Regimiento de Granaderos a Caballo General San Martín, Policía Federal Argentina, Policía Aeroportuaria y las Fuerzas Policiales provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, para el desarrollo de los protocolos de seguridad vinculados al Presidente de la Nación.

9. Entender en la aprobación, establecimiento y ejecución de las normas de acceso para la seguridad integral de la Casa Rosada, la Residencia Presidencial de Olivos y Residencia Presidencial de Chapadmalal, como así también las sedes administrativas de la SECRETARÍA GENERAL.

(Nota Infoleg: por art. 4° del Decreto N° 299/2024 B.O. 9/4/2024 se establece que el término “ex Mandatarios” al que se hace referencia en los Decretos Nros. 648/04 y 50/19 y sus modificatorios son los “expresidentes” de la REPÚBLICA ARGENTINA. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)

II.- SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA

OBJETIVOS

1. Evaluar los aspectos legales y técnicos de los proyectos de actos administrativos, de la Administración, de Gobierno e institucionales que se sometan a consideración del PODER EJECUTIVO NACIONAL y del Jefe de Gabinete de Ministros y llevar el Despacho de ambas autoridades. Evaluar y, en su caso, elaborar anteproyectos de tales actos.

2. Elaborar anteproyectos de decretos reglamentarios, de textos ordenados y demás actos administrativos, de la Administración, de Gobierno e institucionales, cuya redacción le encomiende la Superioridad.

3. Analizar y dar intervención a los organismos que resulten competentes en razón de la materia, en los proyectos de ley sancionados por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, a los fines establecidos en los artículos 78, 80 y 83 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

4. Brindar, a través de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, asesoramiento jurídico a los organismos y dependencias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN que no cuenten con servicio específico propio, en los casos en los que conforme la normativa vigente corresponda la intervención del servicio jurídico permanente y a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en materia de decisiones administrativas.

5. Instruir, a través de la Dirección de Sumarios, los sumarios administrativos correspondientes a la Secretaría y a las áreas de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN que no cuenten con servicio específico propio.

6. Entender en el registro de los actos dictados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL que requieran refrendo ministerial, adoptando los recaudos necesarios para la publicación de los mismos.

7. Entender en el registro, despacho y custodia de la documentación vinculada con la Secretaría.

8. Entender en la elaboración de la Memoria de la Secretaría para ser presentada al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN en oportunidad de la apertura de las sesiones ordinarias.

9. Entender en la respuesta a los pedidos de informes formulados por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN con relación a las funciones o atribuciones de la Secretaría a requerimiento del Jefe de Gabinete de Ministros.

10. Controlar la edición del BOLETÍN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la publicación de leyes, decretos y otros actos de interés general.

11. Entender en la gestión económico-financiera, patrimonial y contable y en la administración de los recursos humanos de la Secretaría.

12. Entender, en su carácter de administrador del Dominio de Nivel Superior Argentina (.AR), en el procedimiento de registro de nombres de dominio Web de las personas físicas y jurídicas, como así también ejecutar los planes, programas y proyectos relativos al tema, interviniendo en los procesos de negociación y conclusión de acuerdos y otros instrumentos de carácter internacional, y propiciando las medidas necesarias tendientes a lograr armonizar las disposiciones generales y globales que regulan la registración de los nombres de dominio en la República con el derecho interno.

13. Entender en la digitalización de los archivos, documentos y expedientes producidos en primera generación en soporte papel que sean requeridos por las Jurisdicciones y Entidades de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL.

14. Participar en el ámbito de su competencia, en el proceso destinado a la implementación de la mejora en la calidad y simplificación normativa.

15. Participar, en el ámbito de su competencia, en el proceso destinado a implementar mejores prácticas regulatorias.

16. Participar en el Comité de Política Regulatoria de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA

SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES

OBJETIVOS

1. Analizar el ajuste a las normas constitucionales, legales y reglamentarias de los proyectos y anteproyectos de actos administrativos, de la Administración de Gobierno e institucionales que se sometan a consideración del PODER EJECUTIVO NACIONAL y del Jefe de Gabinete de Ministros y demás asuntos que tramiten en la Secretaría, proponiendo, en su caso, textos alternativos con sujeción a las normas jurídicas aplicables.

2. Brindar, a través de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, servicio jurídico a la Secretaría, a los organismos y dependencias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN que no cuenten con servicio específico propio, en los casos en los que conforme a la normativa vigente corresponda la intervención del servicio jurídico permanente y a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en materia de decisiones administrativas.

3. Intervenir en coordinación con la SUBSECRETARÍA TÉCNICA en la revisión y/o elaboración de los anteproyectos de decretos reglamentarios, de textos ordenados y demás actos cuya redacción le encomiende la Superioridad, con sujeción a las normas constitucionales, legales y reglamentarias de aplicación.

4. Intervenir en el análisis de los proyectos de ley sancionados por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN a los fines establecidos en los artículos 78, 80 y 83 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

5. Sustanciar, a través de la Dirección de Sumarios, los sumarios administrativos que se ordene instruir en la Secretaría y en las áreas de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN que no cuenten con servicio específico propio.

SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA

SUBSECRETARÍA TÉCNICA

OBJETIVOS

1. Analizar los aspectos técnicos y de gestión de los proyectos y anteproyectos de actos administrativos, de la Administración, de Gobierno e institucionales que se sometan a consideración del PODER EJECUTIVO NACIONAL y del Jefe de Gabinete de Ministros y demás asuntos que tramiten en la Secretaría, verificando además su encuadre en las normas legales y reglamentarias de aplicación; elaborar anteproyectos con ajuste a las disposiciones vigentes y asesorar sobre su elaboración a los organismos de la Administración Pública Nacional que lo soliciten.

2. Analizar y dar intervención a los organismos que resulten competentes en razón de la materia, en los proyectos de ley sancionados por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN a los fines establecidos en los artículos 78, 80 y 83 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

3. Intervenir, en coordinación con la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES, en la revisión y/o elaboración de los anteproyectos de decretos reglamentarios, de textos ordenados y demás actos cuya redacción le encomiende la Superioridad, con sujeción a las normas constitucionales, legales y reglamentarias de aplicación.

4. Entender en la gestión documental de las áreas de la Secretaría.

5. Intervenir en el registro y custodia de los actos dictados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL que requieran refrendo ministerial, adoptando los recaudos necesarios para la publicación de los mismos y en el registro de los actos dictados por la Secretaría y Subsecretarías del área.

6. Asistir en la elaboración de la respuesta a los pedidos de informes formulados por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN con relación a las funciones o atribuciones de la Secretaría.

7. Asistir en la elaboración de la Memoria de la Secretaría para ser presentada al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN en oportunidad de la apertura de las sesiones ordinarias.

8. Asistir en el diseño de la política presupuestaria de la Secretaría, como así también en la administración de los recursos financieros, informáticos, humanos, de servicios generales y patrimoniales.

9. Asistir en el control de la edición del BOLETÍN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA y de la publicación de leyes, decretos y otros actos de interés general.

10. Administrar el Dominio de Nivel Superior Argentina (.AR) y el registro de nombres de dominio Web de las personas físicas y jurídicas.

11. Coordinar el cumplimiento de lo dispuesto por la normativa que regula el acceso a la información pública, en cumplimiento del Decreto N° 1172/03 y sus modificatorios y complementarios.

12. Supervisar la digitalización de los archivos, documentos y expedientes producidos en primera generación en soporte papel que sean requeridos por las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional, en los términos del Decreto N° 1131/16.

13. Coordinar el proceso instado por la Secretaría en la implementación de las mejores prácticas regulatorias y del desarrollo de mecanismos que mejoren las prácticas regulatorias, brindando el soporte técnico necesario a tales fines.

SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS

1. Coordinar el Gabinete de Asesores de la Secretaría.

2. Asistir a la Secretaría en los aspectos logísticos y administrativos propios del desarrollo de sus funciones institucionales.

3. Asistir a la Secretaría en las relaciones institucionales, ceremonial y protocolo.

4. Asistir en el diseño, elaboración, definición de instrumentos, herramientas y procedimientos tendientes a posibilitar la disponibilidad de insumos de información, en coordinación con las áreas competentes.

5. Coordinar los asuntos de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA relacionados con la prensa y los medios de comunicación.

6. Coordinar el seguimiento de los programas y proyectos de las distintas áreas de la Secretaría para la optimización de la gestión.

7. Coordinar la comunicación institucional interna y externa, así como la difusión de contenidos, el desarrollo e implementación de la imagen institucional y contenidos digitales de la Jurisdicción.

8. Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a dar adecuada y rápida respuesta a las cuestiones priorizadas por la Secretaría.

III. - SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO NORMATIVO

(Apartado y Objetivos incorporados por art. 4° del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

OBJETIVOS

1. Entender, a requerimiento del Presidente de la Nación o de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en el diseño de la estrategia normativa requerida para el cumplimiento de los objetivos de gobierno.

2. Entender, a requerimiento del Presidente de la Nación o de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en la coordinación del proceso de planificación estratégica de los proyectos de leyes a ser remitidos al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, como así también respecto de los proyectos de decretos y demás actos administrativos, con la finalidad de integrar las iniciativas de las distintas áreas de la Administración Pública Nacional para dar cumplimiento a los objetivos de gobierno.

3. Entender, a requerimiento del Presidente de la Nación o de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en el análisis y consolidación de proyectos normativos que involucren la elaboración, reforma o modificación de leyes y actos administrativos.

4. Articular con la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN la elaboración y supervisión de los proyectos normativos prioritarios que

deban ser sometidos a consideración del Presidente de la Nación.

5. Asesorar al Presidente de la Nación en los asuntos normativos prioritarios para la gestión de Gobierno.

6. Supervisar la coherencia del conjunto de normas, anteproyectos de actos administrativos y proyectos de leyes definidos como prioritarios por el Presidente de la Nación y/o por la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

7. Entender en la coordinación interministerial atinente a la elaboración, reforma, modificación, o abrogación de leyes, decretos y demás actos administrativos que requiera la intervención de distintas áreas del gobierno, como así también de los anteproyectos y proyectos normativos estratégicos cuando la indique el Presidente de la Nación o la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

8. Intervenir, en coordinación con las áreas con competencia en la materia, en la elaboración de los proyectos de leyes a ser remitidos al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y que sean considerados prioritarios para el Presidente de la Nación y/o la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

9. Participar, en coordinación con la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN, en la elaboración de la estrategia jurídica para la defensa de los intereses estatales.

SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO NORMATIVO

SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO NORMATIVO

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en el diseño de la estrategia normativa definida por el Presidente de la Nación y/o requerida por la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN para el cumplimiento de los objetivos de gobierno.

2. Elaborar un plan estratégico de relevamiento de la normativa prioritaria de gobierno con la finalidad de integrar proyectos e iniciativas de las distintas áreas de la Administración Pública Nacional.

3. Asistir a la Secretaría en el análisis de las propuestas de proyectos normativos que involucren la elaboración, reforma o modificación de leyes y actos administrativos requeridos por el Presidente de la Nación y/o por la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

4. Elaborar, en su ámbito de competencia, los anteproyectos normativos requeridos por el Presidente de la Nación y/o por la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

5. Analizar la coherencia del conjunto de las normas, anteproyectos y proyectos de leyes y actos administrativos definidos como prioritarios por el Presidente de la Nación y/o por la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

6. Participar, en coordinación con las áreas con competencia en la materia, en la elaboración de los proyectos de leyes a ser remitidos al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.

7. Asistir a la Secretaría en la gestión de los asuntos normativos que le sean requeridos por el Presidente de la Nación y/o por la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO NORMATIVO

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN NORMATIVA INTERMINISTERIAL

OBJETIVOS

1. Identificar y proponer a la Secretaría procesos de coordinación interministerial para la definición de la estrategia normativa prioritaria definida por el Presidente de la Nación y/o requerida por la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

2. Asistir a la Secretaría en la articulación interinstitucional con otros organismos y jurisdicciones del ESTADO NACIONAL para coordinar los asuntos normativos que requieran la intervención de distintas áreas de gobierno.

3. Analizar, evaluar y elaborar, en coordinación con las áreas con competencia específica de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, los proyectos normativos prioritarios que requieran la participación de las distintas áreas de gobierno.

4. Asistir a la Secretaría en la recopilación, consolidación y análisis de antecedentes normativos de los Ministerios y de otras áreas de gobierno que sirvan como insumo para los proyectos de leyes y de actos administrativos prioritarios en el ámbito de su competencia.

5. Actuar como enlace normativo con las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional en materia de anteproyectos de leyes y otros actos administrativos que le sean requeridos.

6. Articular con las áreas correspondientes de la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN los asuntos prioritarios para la defensa de los intereses estatales que le sean requeridos.

7. Coordinar con las áreas con competencia específica en la materia, el seguimiento de los proyectos de leyes a ser remitidos al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.

IV.- SECRETARÍA DE PRENSA (Apartado sustituido por art. 5° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

OBJETIVOS

1. Desarrollar la imagen institucional de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

2. Entender en la planificación, ejecución y supervisión de la política de prensa de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

3. Elaborar, en el ámbito de su competencia, la información que se brinda sobre la gestión de gobierno a los medios de comunicación, nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales e internacionales.

4. Supervisar la elaboración de la síntesis de prensa para la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

5. Coordinar la realización de mediciones, estudios e investigaciones y el desarrollo e implementación de herramientas para la evaluación de la ejecución de las políticas de prensa de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

6. Entender en acciones de vinculación de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN con la ciudadanía, en el ámbito de su competencia.

7. Fortalecer la libertad de expresión y la pluralidad cultural e informativa.

8. (Objetivo derogado por art. 1° del Decreto N° 303/2024 B.O. 10/4/2024)

9. (Objetivo derogado por art. 1° del Decreto N° 303/2024 B.O. 10/4/2024)

10. (Objetivo derogado por art. 1° del Decreto N° 303/2024 B.O. 10/4/2024)

SECRETARÍA DE PRENSA

SUBSECRETARÍA DE PRENSA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en lo que es materia de su competencia en la planificación, ejecución y supervisión de la política de prensa.

2. Coordinar, en el ámbito de su competencia, la planificación y la elaboración de contenidos relativos a la actividad presidencial.

3. Asistir a la Secretaría en la elaboración de la información que se brinda sobre la gestión de gobierno a los medios de comunicación, nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales e internacionales.

4. Elaborar la Síntesis de Prensa para el área de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

5. Planificar y organizar la cobertura institucional de los actos de gobierno tanto audiovisual, gráficos y fotográficos como digital.

6. Asistir a la Secretaría en la gestión de la imagen institucional de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

V.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS  (Apartado sustituido por art. 18 del Decreto Nº 45/2023 B.O. 15/12/2023)

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1. Entender en el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de los distintos Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción.

2. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el diseño del anteproyecto de presupuesto de la Jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

3. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la realización de los trámites administrativos relacionados con la gestión de los recursos humanos y la obtención de materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro insumo necesario para las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas de los distintos Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción.

4. Supervisar y coordinar las acciones que hacen al desarrollo de las tareas relacionadas con los aspectos económicos, financieros, contables, patrimoniales, de sistemas informáticos y de control de gestión de los distintos Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción.

5. Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos y en la instrucción de los sumarios administrativos y disciplinarios de la Jurisdicción.

6. Entender la gestión documental de la Jurisdicción y en el seguimiento y archivo de todos los actos administrativos dictados por el Jefe de Gabinete de Ministros y por los titulares de las distintas dependencias de la Jurisdicción, como así también de toda la documentación administrativa vinculada con la actividad sustantiva de la misma.

7. Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo de la Jurisdicción.

8. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en materia de comunicación, prensa, relaciones institucionales, ceremonial y protocolo.

9. Entender en lo relativo al cumplimiento, por parte de la Jurisdicción de las previsiones establecidas en la Ley N° 27.275. (Objetivo incorporado por art. 6° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA LEGAL

OBJETIVOS

1. Coordinar el servicio jurídico permanente de la Jurisdicción e intervenir en los proyectos de actos administrativos vinculados con las actividades sustantivas de las áreas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

2. Dirigir la representación del ESTADO NACIONAL en los procesos judiciales en los que deba intervenir la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

3. Coordinar con las áreas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS con competencia en la materia el análisis jurídico de los proyectos normativos por ellas elaborados, con carácter previo a su dictado.

4. Supervisar las actuaciones en las que se substancien recursos administrativos contra actos emanados de la Jurisdicción.

5. Asistir a la Secretaría en la intervención que le compete en materia de proyectos de leyes y actos administrativos.

6. Supervisar la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de los convenios, acuerdos y demás instrumentos de carácter jurídico relativos a su competencia.

7. Coordinar el asesoramiento legal que brinde la Secretaría en todas aquellas materias que sean competencia de la Jurisdicción.

8. Intervenir en la tramitación de los sumarios administrativo-disciplinarios que se instruyan en la Jurisdicción.

9. Asistir a la Secretaría en la gestión documental de la Jurisdicción y en el seguimiento y archivo de todos los actos administrativos dictados por el Jefe de Gabinete de Ministros y por los titulares de las distintas dependencias de la Jurisdicción, como así también de toda la documentación administrativa vinculada con la actividad sustantiva de la misma.

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1. Dirigir el diseño e implementación de políticas administrativas, presupuestarias y financieras de los distintos Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción.

2. Asistir a la Secretaría en la aplicación de la política de recursos humanos, organización y sistemas administrativos de la Jurisdicción.

3. Intervenir en el diseño e implementación de las políticas presupuestarias y financieras de la Jurisdicción.

4. Intervenir en el diseño, formulación, coordinación de la ejecución, modificación y evaluación del cumplimiento del presupuesto de la Jurisdicción.

5. Asistir en la ejecución de las acciones necesarias para las contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios y demás adquisiciones destinadas a la Jurisdicción.

6. Dirigir, en el ámbito de su competencia, el desarrollo, implementación y mantenimiento de los sistemas informáticos y de comunicaciones y sus condiciones de seguridad.

7. Supervisar la gestión patrimonial, mantenimiento edilicio, administración de bienes muebles e inmuebles y servicios de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

8. Asistir a la Secretaría en la coordinación, monitoreo y supervisión de las acciones que hacen al desarrollo de las tareas relacionadas con los aspectos económicos, financieros, contables, patrimoniales, de sistemas informáticos y de control de gestión de la Jurisdicción.

9. Coordinar la comunicación, prensa, relaciones institucionales, ceremonial y protocolo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

10. Participar en la ejecución operativa de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiera contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo de la Jurisdicción, como así también de proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su competencia. (Objetivo incorporado por art. 3° del Decreto Nº 5/2024 B.O. 03/01/2024)

11. Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones y de las actividades de auditoría y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su competencia. (Objetivo incorporado por art. 3° del Decreto Nº 5/2024 B.O. 03/01/2024)

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA

OBJETIVOS

1. Entender en el diseño de políticas que promuevan el perfeccionamiento de la organización y el funcionamiento de la Administración Pública Nacional, con el objetivo de reducir el gasto público y propender a una administración pública moderna y eficiente.

2. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros con la transformación del Estado en los niveles nacional, provincial y municipal con vistas al desarrollo económico y social, el mejoramiento integral de las respectivas organizaciones administrativas y asesorar en relación a la determinación de las prioridades correspondientes.

3. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la transformación, modernización y desarrollo de la política de gestión del empleo público tendiendo a la optimización y fortalecimiento de los recursos humanos de la Administración.

4. Asistir a las distintas jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada en el diseño, implementación y evaluación de medidas encaminadas a mejorar la calidad y eficiencia de la gestión pública.

5. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el análisis y propuesta del diseño de la estructura de la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada.

6. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la implementación de las políticas relativas a la mejora estratégica de los recursos humanos y su capacitación, la política salarial del sector público, la promoción y el desarrollo de carrera de los agentes de la Administración Pública Nacional y en la propuesta de las normas reglamentarias en la materia.

7. Entender en la formulación de políticas nacionales en materia de recursos humanos, gestión del empleo público, evaluaciones de desempeño y compensaciones, en el ámbito de su competencia.

8. Integrar las Comisiones Negociadoras que se constituyan en el marco de la Ley N° 14.250 y sus modificatorias en las que intervengan organismos descentralizados, comprendiendo en estos últimos a las instituciones de seguridad social y entes estatales, empresas y Sociedades del Estado, como parte del sector empleador.

9. Asesorar y/o intervenir frente a requerimientos, consultas o presentaciones efectuadas por parte de entidades gremiales, estableciendo un criterio uniforme para toda la Administración Pública Nacional.

10. Representar al ESTADO NACIONAL en las negociaciones colectivas en las cuales el mismo sea parte, en coordinación con las demás Jurisdicciones y Entidades competentes.

11. Ejercer la representación del Estado empleador en el Consejo de Administración del Fondo Permanente de Capacitación y Recalificación Laboral (FOPECAP) y asistir técnicamente en la formulación y evaluación de los programas académicos a financiar por el referido Fondo.

12. Entender en la interpretación de la normativa de empleo público y relaciones laborales de empleo público, en el ámbito de su competencia.

13. Entender en la sistematización de los procesos de administración de los recursos humanos de la Administración Pública Nacional: liquidación de salarios, justificación de inasistencias, otorgamiento y convalidación de licencias y protección de la salud en el trabajo, en coordinación con la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA, Y TECNOLOGÍA.

14. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la temática de gestión y empleo público concerniente al Consejo Federal de la Función Pública (COFEFUP).

15. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el diseño, desarrollo e implementación de políticas públicas de fortalecimiento institucional y en la promoción de políticas de integridad en la función pública, en coordinación con los organismos del ESTADO NACIONAL con competencias en la materia.

16. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el diseño, desarrollo e implementación de las políticas de capacitación y carrera administrativa para el personal de la Administración Pública Nacional.

17. Entender en la elaboración de planes y programas tendientes a la vinculación y la cooperación técnico-académica en el ámbito de su competencia, con universidades nacionales e internacionales, Entidades y/o centros académicos, de formación y/o investigación, organismos internacionales y organizaciones de la sociedad civil.

18. Entender en la conducción del Cuerpo de Administradores Gubernamentales.

SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA

SUBSECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN Y REFORMA DEL ESTADO

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en el diseño de políticas que promuevan el perfeccionamiento de la organización y el funcionamiento general de la Administración Pública Nacional.

2. Intervenir en el diseño y elaboración de estándares para la medición y monitoreo de la gestión pública, en coordinación con las áreas con competencia de la Jurisdicción.

3. Proponer el dictado de actos administrativos que propicien la simplificación y transparencia de los procedimientos administrativos, articulando acciones con las áreas con competencia especifica de la Jurisdicción.

4. Colaborar, en el ámbito de su competencia, en lo concerniente al Consejo Federal de la Función Pública (COFEFUP).

5. Proponer lineamientos relacionados con el fortalecimiento institucional y la promoción de políticas de integridad en la función pública, en coordinación con las áreas con competencia del ESTADO NACIONAL.

6. Desarrollar y administrar instrumentos de seguimiento y análisis referidos a las políticas públicas de integridad y fortalecimiento institucional en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en coordinación con las áreas con competencia del ESTADO NACIONAL.

7. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la evaluación de la información originada en las Jurisdicciones cuyas competencias se encuentran vinculadas con los sistemas de control del Sector Público Nacional, las políticas públicas de integridad y fortalecimiento institucional del ESTADO NACIONAL, con el fin de obtener coherencia en el accionar de la administración e incrementar su eficacia.

8. (Objetivo derogado por art. 7° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

9. Establecer pautas y criterios metodológicos para la implementación de un modelo de gestión por resultados en los organismos de la Administración Pública Nacional.

10. Diseñar programas de desarrollo y fortalecimiento de la cultura organizacional en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional.

SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA

SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la planificación y formulación de políticas nacionales en materia de recursos humanos y gestión de la política salarial.

2. Promover la realización de programas dirigidos al desarrollo y modernización de la gestión del empleo público en los organismos del Sector Público Nacional, brindando asistencia técnica en la materia.

3. Implementar las políticas de evaluación de desempeño de los recursos humanos del Estado, y controlar la correcta ejecución de las políticas de selección y reclutamiento de personal.

4. Supervisar el análisis de la información vinculada a la evolución del empleo público, el diseño y la administración de la política salarial del personal de la Administración Pública Nacional.

5. Asistir en la sistematización de los procesos de administración de los recursos humanos tales como, liquidación de salarios, justificación de inasistencias, otorgamiento y convalidación de licencias y protección de la salud en el trabajo.

6. Colaborar con los gobiernos provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en el desarrollo de capacidades de gestión de empleo público.

7. Entender en la sistematización de las normas, doctrina y criterios jurisprudenciales relativos a la gestión de las relaciones laborales en el ámbito del Sector Público Nacional.

8. Asistir a la Secretaría en la interpretación y el control en la aplicación de la normativa que rige las relaciones laborales de empleo público, realizando estudios y propuestas normativas, proponiendo acciones para revisar y consolidar la legislación referida.

9. Coordinar la implementación de mecanismos de interacción con las áreas vinculadas a la gestión de las relaciones laborales y de recursos humanos del Sector Público Nacional.

10. Asistir a la Secretaría en las Comisiones Negociadoras que se constituyan en el marco de la Ley N° 14.250 y sus modificatorias, en las que intervengan organismos descentralizados, comprendiendo en estos últimos a las instituciones de seguridad social y entes estatales o empresas y Sociedades del Estado, como parte del sector empleador.

11. Intervenir en el análisis, aprobación y aplicación de las medidas relativas a la política salarial de la Administración Pública Nacional y de los sistemas de incentivos del empleo público.

12. Ejercer las funciones fijadas por la Ley N° 20.173 y sus normas modificatorias.

13. Intervenir en el diseño y planificación de las políticas para la capacitación permanente del personal del Sector Público Nacional y supervisar su correcta ejecución.

14. Asistir a la Secretaría en la formulación del Plan Federal de Formación y Capacitación en Gestión Pública, y monitorear su implementación.

15. Supervisar los planes de capacitación y de formación propuestos por los Ministerios y organismos descentralizados, así como determinar los créditos aplicables a cada actividad de capacitación, de conformidad con las políticas vigentes en la materia.

16. Entender en la ejecución de la política de capacitación y formación para el personal de las distintas Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional, estableciendo pautas metodológicas y didácticas, y brindar asistencia técnica a requerimiento de los gobiernos provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en el ámbito de su competencia.

17. Supervisar la operación y funcionamiento del Sistema Nacional de Capacitación, estableciendo normas de calidad de las acciones de formación, evaluando su impacto en el desempeño del personal y en las unidades organizativas en las que trabajen, en cumplimiento de los objetivos y metas de las distintas Jurisdicciones y Entidades.

18. Entender en el diseño y ejecución de programas de capacitación y de formación destinados a los funcionarios de nivel gerencial, en el ámbito de su competencia.

19. Entender en la acreditación, supervisión y evaluación de los planes, programas y acciones de formación y capacitación del Sector Público Nacional, en línea con la carrera administrativa.

20. Administrar los datos del registro de prestadores de servicios formativos.

21. Asistir técnicamente en la elaboración y/o desarrollo de programas de capacitación específicos e investigación a requerimiento de los gobiernos provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA EJECUTIVA DE GOBIERNO

OBJETIVOS

1. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en todas las cuestiones vinculadas a los aspectos logísticos y administrativos propios del desarrollo de sus funciones institucionales.

2. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la resolución de los temas que le indique el PODER EJECUTIVO NACIONAL y en los propios del ámbito de competencia de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

3. Asesorar al Jefe de Gabinete de Ministros en la elaboración de los planes y programas de las áreas bajo su responsabilidad directa y en la coordinación de los correspondientes a las jurisdicciones y los organismos descentralizados actuantes en sus órbitas, así como en la supervisión de su ejecución.

4. Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a dar adecuada y rápida respuesta a las cuestiones priorizadas por el Jefe de Gabinete de Ministros.

5. Coordinar el Gabinete de Asesores del Jefe de Gabinete de Ministros.

6. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el diseño y coordinación de políticas públicas de la Administración vinculadas con el cumplimiento de los objetivos de gobierno.

7. Entender, en la coordinación de vinculación institucional con organismos y autoridades del ámbito nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y/o municipal, así como con distintos sectores del ámbito público y privado.

8. Entender en la recopilación, análisis y sistematización de información de interés para el Jefe de Gabinete de Ministros, así como intervenir en su direccionamiento a los Ministerios y sus organismos dependientes.

9. Organizar la convocatoria y preparar las reuniones del Gabinete de Ministros.

10. Coordinar, con las áreas de gobierno correspondientes, la producción de información estratégica relativa a la gestión gubernamental como insumo para la toma de decisiones.

11. Intervenir en el diseño de estrategias de gobierno, coordinando las políticas públicas involucradas.

12. Entender en el diseño e implementación de la planificación estratégica de las políticas, proyectos y programas de gobierno a ser implementados en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional. (Objetivo sustituido por art. 8° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

13. Entender en la definición de los procedimientos de evaluación y seguimiento de los planes, programas y proyectos de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, así como también de las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional, la optimización de la gestión de los mismos, el intercambio y la evaluación de impacto en la implementación de las políticas. (Objetivo sustituido por art. 8° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

14. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la coordinación y ejecución de acciones tendientes a fortalecer la vinculación política e institucional con los distintos poderes del ESTADO NACIONAL, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipal y con el sector privado, académico y con las organizaciones de la sociedad civil.

15. Entender en la coordinación interinstitucional e interjurisdiccional de los temas delegados por el Jefe de Gabinete de Ministros que requieran intervención de las distintas áreas de gobierno, así como en la articulación de la gestión de los temas prioritarios con las provincias, los municipios y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

16. Diseñar y ejecutar una agenda política tendiente a la gestión de demandas y necesidades provenientes de organismos nacionales y sub-nacionales.

17. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en su participación en las relaciones, negociaciones y representación del país con los bancos y organismos multilaterales y bilaterales de crédito y de asistencia técnica para el desarrollo de los que la REPÚBLICA ARGENTINA forme parte, en los aspectos que hacen a las políticas de dichos organismos, en los préstamos, cooperaciones técnicas y donaciones provenientes de los mismos, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

18. (Objetivo derogado por art. 5° del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

19. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la coordinación y supervisión del análisis, la formulación y la evaluación de la estrategia presupuestaria, como así también en la elaboración del Proyecto de la Ley de Presupuesto Nacional y en el seguimiento de su ejecución.

20. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la determinación de los lineamientos estratégicos que permitan la evaluación y toma de decisiones con relación a los programas y proyectos de inversión, cualquiera sea su fuente de financiamiento, en coordinación con las áreas competentes.

21. Coordinar la evaluación del gasto, colaborando en el diagnóstico y seguimiento de la producción pública contemplada en el Presupuesto Nacional.

22. Colaborar en el seguimiento y análisis de la relación fiscal entre la Nación y las Provincias y monitorear el grado de cumplimiento de las metas fiscales contenidas en la Ley de Presupuesto Nacional.

23. Intervenir en la elaboración de los informes que, en materia presupuestaria, le sean requeridos por el Jefe de Gabinete de Ministros en oportunidad de su concurrencia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, como así también en aquellos informes que cualquiera de las Cámaras le solicite y los que deba brindar a la Comisión Bicameral Permanente del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN,

24. Dictar, en su carácter de Autoridad de Aplicación del SISTEMA NACIONAL DE INVERSIONES PÚBLICAS, creado por la Ley N° 24.354, las normas de instrumentación, complementarias y/o aclaratorias y celebrar todos los actos que se requieran para la debida implementación del mismo.

25. Intervenir en el estudio y ejecución de los proyectos de inversión, así como en el seguimiento, promoción, asistencia y toda otra actividad tendiente a lograr la concreción de los proyectos de inversión que surjan a partir de los mismos, en coordinación con las áreas competentes.

26. Entender en la centralización normativa de los contratos regidos por la Ley N° 27.328 y coordinar el apoyo consultivo, operativo y técnico a los órganos o entes licitantes, en las etapas de formulación del proyecto, elaboración de la documentación licitatoria y ejecución del contrato.

27. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el control tutelar de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD.

28. Entender en lo relativo a la planificación y proyección de la opinión pública y en los pedidos de información de gestión, así como en la realización de estudios y diagnósticos en la materia. (Objetivo incorporado por art. 9° del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

SECRETARÍA EJECUTIVA DE GOBIERNO

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE GABINETE

OBJETIVOS

(Objetivos sustituidos por art. 10 del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

1. Gestionar la coordinación integral de los circuitos destinados a dar adecuada y rápida respuesta a las cuestiones priorizadas por la Secretaría y por el Jefe de Gabinete de Ministros.

2. Supervisar el diseño y la elaboración de los procedimientos de planificación estratégica, evaluación y seguimiento de los planes, programas y proyectos de las distintas Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional.

3. Dirigir el diseño, elaboración, definición de ajustes y actualizaciones de instrumentos, herramientas y procedimientos tendientes a posibilitar la disponibilidad de insumos de información, en coordinación con las áreas competentes.

4. Asistir a la Secretaría en el seguimiento y control de gestión de los planes, programas y proyectos de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

5. Participar en la coordinación interinstitucional de los temas delegados por el Jefe de Gabinete de Ministros que requieran intervención de las distintas áreas de gobierno.

6. Entender en el diseño y elaboración de indicadores para la medición, monitoreo y control de la gestión de gobierno.

7. Entender en la coordinación del SISTEMA DE INFORMACIÓN MAPA DE LA ACCIÓN ESTATAL, creado por la Decisión Administrativa N° 1926/20.

SECRETARÍA EJECUTIVA DE GOBIERNO

SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN INTERINSTITUCIONAL

OBJETIVOS

(Objetivos sustituidos por art. 10 del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

1. Asistir a la Secretaría en la coordinación del Gabinete de Asesores del Jefe de Gabinete de Ministros.

2. Articular la coordinación interinstitucional con los organismos nacionales y subnacionales para la implementación de políticas y programas en todo el territorio.

3. Participar en el diseño y desarrollo de una agenda política tendiente a la gestión de demandas y necesidades de naturaleza nacional y local.

4. Asistir a la Secretaría en la coordinación y ejecución de acciones tendientes a fortalecer la vinculación política e institucional con los distintos poderes del ESTADO NACIONAL, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, sector privado, académico y organizaciones de la sociedad civil.

5. Articular la coordinación interjurisdiccional de los planes, programas y proyectos que comprendan la participación de las provincias, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de los municipios.

6. Asistir a la Secretaría en la coordinación interministerial de los planes, programas y proyectos que requieran la intervención de las distintas áreas de gobierno.

7. Asistir a la Secretaría en el desarrollo de estudios, diagnósticos e informes relativos a la planificación y proyección de opinión pública que permitan realizar análisis para fortalecer el diseño, implementación y evaluaciones de impacto de las políticas a nivel nacional.

SECRETARÍA EJECUTIVA DE GOBIERNO

SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA

OBJETIVOS

1. Asesorar a la Secretaría para la coordinación y supervisión del análisis, la formulación y la evaluación de la estrategia presupuestaria.

2. Asesorar a la Secretaría en la elaboración del Proyecto de la Ley de Presupuesto Nacional y en el seguimiento de su ejecución.

3. Participar en la evaluación del gasto contemplado en el Presupuesto Nacional y en el seguimiento y análisis de la relación fiscal entre la Nación y las provincias.

4. Participar en el monitoreo del grado de cumplimiento de las metas fiscales contenidas en la Ley de Presupuesto Nacional.

5. Asistir a la Secretaría en la elaboración de los informes que, en materia presupuestaria, le sean requeridos por el Jefe de Gabinete de Ministros.

6. Entender en el control de la formulación y evaluación de los proyectos de inversión realizadas por las Jurisdicciones, en cuanto al cumplimiento de las metodologías y procedimientos establecidos.

7. Participar en la elaboración del Plan Nacional de Inversiones Públicas (PNIP).

8. Gestionar el Banco de Proyectos de Inversión (BAPIN).

9. Asistir a la Secretaría en la determinación de los lineamientos estratégicos que permitan la evaluación y toma de decisiones con relación a los programas y proyectos de inversión, elaborando una propuesta de priorización.

10. Participar en el Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR (FOCEM).

11. Intervenir en la centralización normativa de los contratos regidos por la Ley N° 27.328 y prestar apoyo consultivo, operativo y técnico, a solicitud de los órganos o entes licitantes, en las etapas de formulación del proyecto, elaboración de la documentación licitatoria y ejecución del contrato de proyectos de participación público privada.

12. Entender en el control de la formulación y evaluación de los proyectos de inversión realizados en las Jurisdicciones, en cumplimiento de lo establecido en el inciso b) del artículo 5° de la Ley N° 24.354, cuando se trate de proyectos de inversión pública ejecutados a través de contratos de participación público privada en los términos de la Ley N° 27.328.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y CON LA SOCIEDAD CIVIL

OBJETIVOS

1. Diseñar e implementar las relaciones parlamentarias del PODER EJECUTIVO NACIONAL, cumpliendo las obligaciones y prerrogativas constitucionales inherentes a su vínculo con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.

2. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la evaluación de la oportunidad, mérito y conveniencia de los Proyectos de Ley, de mensajes al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y del decreto que disponga la prórroga de sesiones ordinarias o de la convocatoria a sesiones extraordinarias.

3. Coordinar las acciones necesarias para la concurrencia del Jefe de Gabinete de Ministros al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, en el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y confeccionar y supervisar la elaboración de la memoria detallada de la marcha del Gobierno de la Nación.

4. Entender en la elaboración de los informes solicitados por ambas Cámaras y la Comisión Bicameral Permanente del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 100, incisos 9, 10 y 11 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

5. Entender en las relaciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL con ambas Cámaras del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, sus comisiones e integrantes y en lo relativo a la tramitación de los actos que deban ser remitidos a ese Poder en cumplimiento de lo establecido en el artículo 100, inciso 6 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y demás normas que así lo establezcan.

6. Asesorar al Jefe de Gabinete de Ministros en las relaciones con organizaciones y sectores representativos de la comunidad.

7. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la relación con las organizaciones y sectores políticos, sociales, económicos y representativos de la comunidad.

8. Proponer los cursos de acción a seguir en materia de cooperación y diálogo entre los sectores representativos de la sociedad civil.

SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y CON LA SOCIEDAD CIVIL

SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PARLAMENTARIOS

OBJETIVOS

1. Organizar y coordinar la vinculación con ambas Cámaras del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, en lo atinente a la confección y presentación del Informe del Jefe de Gabinete de Ministros al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y la Memoria detallada del estado de la Nación, y asistir en el tratamiento de las materias y proyectos específicos del área.

2. Diseñar los mecanismos institucionales tendientes a la elaboración de los Informes del Jefe de Gabinete de Ministros al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.

3. Entender en la elaboración del Informe Mensual y la Memoria Anual, y su publicación.

4. Asistir a la Secretaría en la coordinación de las acciones necesarias para la concurrencia del Jefe de Gabinete de Ministros al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y confeccionar y supervisar la elaboración de la memoria detallada de la marcha del Gobierno de la Nación, asistiendo al Jefe de Gabinete de Ministros en el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

5. Coordinar las relaciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL con ambas Cámaras del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, sus Comisiones e integrantes y, en especial en lo relativo a la tramitación de los proyectos de ley y en particular los que deban ser remitidos a ese Poder en cumplimiento de lo establecido en el artículo 100, inciso 6 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

6. Asistir a la Secretaría en la elaboración de los informes que cualquiera de las Cámaras le solicite y los que deba brindar a la Comisión Bicameral Permanente del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, atento a lo normado por el artículo 100, incisos 9, 10 y 11 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

7. Gestionar a requerimiento del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, el suministro de información y documentación solicitada ante los organismos competentes y la asistencia de funcionarios cuando sean debidamente notificados.

8. Coordinar el seguimiento de los proyectos legislativos considerados prioritarios por la Secretaría, produciendo los informes correspondientes.

9. Asistir a la Secretaría en la coordinación de las relaciones institucionales y políticas con los representantes de ambas Cámaras del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y sus autoridades.

10. Asistir a la Secretaría en los asuntos jurídicos y constitucionales relativos a la relación con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

OBJETIVOS

1. Diseñar, proponer y coordinar las políticas de innovación administrativa y tecnológica del Sector Público Nacional en sus distintas áreas y determinar los lineamientos estratégicos y la propuesta de las normas reglamentarias en la materia.

2. Entender en el diseño de las políticas que promuevan el gobierno abierto, la gobernanza y gestión de datos y el gobierno digital, como principios de diseño aplicables al ciclo de políticas públicas en el Sector Público Nacional.

3. Diseñar y desarrollar servicios digitales transversales para el ESTADO NACIONAL.

4. Promover políticas, programas y acuerdos de servicios digitales e innovación pública en el territorio nacional, en particular en las Jurisdicciones provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales.

5. Intervenir en la definición de estrategias y estándares sobre tecnologías de la información, comunicaciones asociadas y otros sistemas electrónicos de tratamiento de información de la Administración Pública Nacional.

6. Colaborar con las provincias, con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y con los municipios en sus procesos de innovación administrativa y tecnológica, coordinando las acciones específicas de las Entidades y Jurisdicciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

7. Diseñar, coordinar e implementar la incorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura informática y sistemas y tecnologías de gestión del Sector Público Nacional.

8. Proponer mejoras en el diseño de los procedimientos administrativos y en su relación con los servicios que ésta brinda a los ciudadanos, a fin de propiciar su simplificación, transparencia y control social y elaborar los desarrollos informáticos correspondientes, en coordinación con la SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN DEL ESTADO.

9. Actuar como Autoridad de Aplicación del régimen normativo que establece la infraestructura de firma digital dispuesta por la Ley N° 25.506.

10. Entender en el desarrollo de sistemas tecnológicos con alcance transversal, o comunes a los organismos y Entes de la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada.

11. Entender en la ciberseguridad y protección de infraestructuras críticas de información y comunicaciones asociadas del Sector Público Nacional y de los servicios de información y comunicaciones definidos en el artículo 1° de la Ley N° 27.078.

12. Entender en la elaboración y ejecución de políticas vinculadas al desarrollo, uso y fomento del software público, su interoperabilidad, estandarización y reutilización por parte del ESTADO NACIONAL.

13. Entender en la elaboración y en la ejecución de la política en materia de telecomunicaciones e intervenir en la elaboración de las estructuras arancelarias en materia de comunicaciones. (Objetivo sustituido por art. 6° del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

14. Entender en la elaboración de las políticas, proyectos de leyes y tratados de su competencia y supervisar a los organismos y entes de control de los prestadores de los servicios en materia de comunicaciones y de las normas de regulación de las licencias, autorizaciones, permisos o registros de servicios de comunicaciones, o de otros títulos habilitantes pertinentes otorgados por el ESTADO NACIONAL o las provincias acogidas por convenios a los regímenes federales en la materia. (Objetivo sustituido por art. 6° del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

15. Entender en la promoción del acceso universal a las nuevas tecnologías como herramientas de información y conocimiento, como asimismo en la coordinación con las provincias y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, las empresas y los organismos de su dependencia, en relación a la optimización del uso de las facilidades y redes existentes.

16. Administrar las participaciones del ESTADO NACIONAL en VEHÍCULO ESPACIAL DE NUEVA GENERACIÓN S.A.

17. Ejercer el control tutelar del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM).

18. Entender en lo relativo a las políticas, normas y sistemas de compras del Sector Público Nacional y supervisar las acciones desempeñadas por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

19. Intervenir en la formulación e implementación de las políticas en materia de inscripción y calificación de constructores y firmas consultoras de obras públicas y ejercer el contralor en todo lo relacionado con el accionar del REGISTRO NACIONAL DE CONSTRUCTORES Y FIRMAS CONSULTORAS DE OBRAS PÚBLICAS, creado por el artículo 13 de la Ley N° 13.064 y sus modificatorias.

20. Establecer las políticas nacionales y las prioridades consiguientes bajo la forma de planes nacionales de ciencia, tecnología e innovación.

21. Impulsar la creación de Fondos Sectoriales, para financiar proyectos de investigación e innovación en áreas prioritarias para el sector productivo o en sectores con alto contenido de bienes públicos, en coordinación con los Ministerios con competencia específica.

22. Formular las políticas y establecer los mecanismos, instrumentos e incentivos necesarios para que el sector privado contribuya con recursos a las actividades e inversiones en el campo científico, tecnológico e innovativo.

23. Encomendar la realización de estudios que promuevan el desarrollo de la ciencia, la tecnología y de la innovación en el país.

24. Establecer la política de cooperación internacional en materia de ciencia, tecnología e innovación, y las alianzas estratégicas, para promover su implementación, en el marco de sus competencias.

25. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la coordinación funcional de los organismos del Sistema Científico Tecnológico de la Administración Nacional, y evaluar su actividad.

26. Ejercer la coordinación ejecutiva del Consejo Interinstitucional de Ciencia y Tecnología (CICYT), establecido por la Ley N° 25.467, promoviendo mecanismos de coordinación entre los organismos del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación procurando el consenso, el intercambio y la cooperación entre todas las unidades y organismos que lo conforman.

27. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en las actividades relativas a la Presidencia y Coordinación Ejecutiva del Gabinete Científico Tecnológico (GACTEC), en los términos de la normativa vigente en la materia.

28. Contribuir al mejoramiento y la consolidación de las instituciones de ciencia y tecnología a través de la realización de evaluaciones institucionales, programáticas, de proyectos y temáticas, y a la implementación de los planes que se deriven de las mismas.

29. Entender en la conformación de redes entre las instituciones del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, posibilitando su funcionamiento interactivo, coordinado y flexible ante los requerimientos de la sociedad y optimizando los vínculos entre las instituciones del sector público y el sector privado y la participación del sector privado en la inversión en ciencia y tecnología e innovación, para contribuir a mejorar la capacidad de innovación, la competitividad y la creación de empleo genuino.

30. Promover, en el ámbito de su competencia, la formación y empleo de recursos humanos calificados, en cuanto a su promoción y movilidad; así como la utilización, renovación y ampliación de los recursos físicos y las infraestructuras disponibles.

31. Concertar y coordinar las acciones de los gobiernos nacional, provincial y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, tendientes al desarrollo nacional de la ciencia y la tecnología.

32. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el ejercicio del control tutelar del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET), y de la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN.

33. Ejercer el control tutelar de la COMISIÓN NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES (CONAE) y del BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS (BNDG).

34. Entender en la promoción y el impulso de la investigación, y en la aplicación, el financiamiento y la transferencia de los conocimientos científicos tecnológicos.

35. Intervenir en la formulación y celebración de convenios internacionales de integración científica y tecnológica de carácter bilateral o multilateral y coordinar la cooperación internacional en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación productiva.

36. Intervenir en la formulación de las políticas y programas para el establecimiento y funcionamiento del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, así como en la gestión de los instrumentos para la aplicación de la Ley N° 23.877 de Innovación Tecnológica.

37. Intervenir en materia de promoción de la industria del software con los alcances del régimen establecido por la Ley N° 25.922, de promoción de la biotecnología moderna en el ámbito de su competencia, y de promoción de la nanotecnología a través de la Fundación de Nanotecnología -FAN- (Decreto N° 380/05).

38. Dirigir la gestión del SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN NACIONAL TRIBUTARIO Y SOCIAL (SINTyS).

39. Entender en la elaboración, ejecución, fiscalización y reglamentación del régimen del servicio postal. (Objetivo incorporado por art. 7° del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

40. Administrar las participaciones del ESTADO NACIONAL en EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES (AR-SAT) y en CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A. (Objetivo incorporado por art. 7° del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

41. Ejercer la representación del ESTADO NACIONAL ante los organismos internacionales vinculados con materia satelital, de comunicaciones y servicios postales, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional. (Objetivo incorporado por art. 7° del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en el desarrollo y coordinación de las políticas que promuevan la apertura y el gobierno digital como principios de diseño aplicables al ciclo de políticas públicas en el Sector Público Nacional.

2. Asistir a la Secretaría en el desarrollo de una estrategia nacional de gobierno abierto, en el marco de la agenda de innovación del Sector Público Nacional.

3. Desarrollar y coordinar, en el ámbito de su competencia, las políticas, marcos normativos y plataformas tecnológicas necesarias para el gerenciamiento de la información pública como un activo estratégico para el desarrollo de políticas, productos y servicios públicos basados en la evidencia.

4. Entender en el diseño, planificación y ejecución de la estrategia de apertura de datos e información pública del Sector Público Nacional.

5. Entender en la formulación y seguimiento del Plan de Acción Nacional de Gobierno Abierto en el marco de la participación en la Alianza para el Gobierno Abierto.

6. Promover la realización de acuerdos bilaterales, multilaterales e interjurisdiccionales que favorezcan la apertura de datos del Sector Público Nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, en coordinación con los organismos competentes.

7. Desarrollar y coordinar las políticas, marcos normativos y plataformas tecnológicas necesarias para promover la participación ciudadana en el proceso de formulación de políticas públicas colaborativas.

8. Diseñar y desarrollar servicios digitales transversales para el ESTADO NACIONAL.

9. Promover la creación de una red de innovación pública y gobierno abierto a nivel nacional generando espacios de trabajo colaborativo, intercambio y capacitación con el Sector Público Nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, el sector privado, académico y organizaciones de la sociedad civil.

10. Verificar el cumplimiento de los estándares y normativas definidas por la Secretaría en las soluciones informáticas que se propongan o implementen desde ella.

11. Dirigir y supervisar el accionar de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN (ONTI), promoviendo la integración de nuevas tecnologías, su compatibilidad e interoperabilidad de acuerdo con los objetivos y estrategias definidas en el Plan de Modernización del Estado.

12. Asistir a la Secretaría en la ciberseguridad y protección de infraestructuras críticas de información y comunicaciones asociadas del Sector Público Nacional y de los servicios de información y comunicaciones definidos en el artículo 1° de la Ley N° 27.078, en coordinación con los Ministerios con competencia específica.

13. Entender en el desarrollo de tableros de reportes de sistemas transversales que se implementen en el ámbito de su competencia y proveer información a los organismos competentes. (Objetivo incorporado por art. 8° del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

14. Asistir a la Secretaría en la gestión del SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN NACIONAL TRIBUTARIO Y SOCIAL (SINTyS). (Objetivo incorporado por art. 8° del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN

OBJETIVOS

1. Promover y coordinar la aplicación de las nuevas tecnologías de gestión documental para la paulatina supresión del soporte papel como medio de almacenamiento y legalidad de los actos administrativos, en el ámbito del Sector Público Nacional, municipal, provincial y de otros poderes.

2. Coordinar el accionar de los referentes de tecnología y procesos de los organismos del ESTADO NACIONAL para la implementación de los Sistemas de Gestión Documental y su integración con sus sistemas verticales.

3. Supervisar la implementación de las iniciativas de innovación relativas a la gestión documental, procesos, servicios de tramitación a distancia y sistemas de autenticación electrónica de personas, en relación con los sistemas transversales centrales, coordinando acciones con las áreas con competencia específica de la Jurisdicción.

4. Intervenir en el diseño de políticas de innovación que tiendan a la mejora de los procesos en los organismos del Sector Público Nacional, coordinando acciones con las áreas con competencia específica de la Jurisdicción.

5. Intervenir en el marco regulatorio del régimen relativo a la validez legal del documento y firma digital, así como en los aspectos vinculados con la incorporación del documento y firma digital a los circuitos de información del Sector Público Nacional y con su archivo en medios alternativos al papel.

6. Monitorear el cumplimiento de los estándares y normativas definidas por la Secretaría en las soluciones transversales que se propongan o implementen.

7. (Objetivo derogado por art. 9° del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

8. Asistir a la Secretaría en la promoción de políticas, programas y acuerdos de innovación pública en el territorio nacional, en particular en las Jurisdicciones provinciales, municipales y en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, coordinando acciones con las áreas con competencia específica de la Jurisdicción.

9. Asistir a la Secretaría en la promoción de acuerdos federales y en el desarrollo de programas de asistencia técnica a los gobiernos provinciales, municipales, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y a otros poderes del ESTADO NACIONAL, en la implementación de los productos y programas de la Secretaría.

10. Prestar colaboración para la simplificación, mejora y digitalización de los principales trámites a nivel provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, gestionando una plataforma digital única, diseñada de forma personalizada y de acuerdo con los perfiles de los diferentes usuarios, en coordinación con la SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN DEL ESTADO.

11. Asistir a los gobiernos provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales en materia de estándares, normativas y procesos de innovación pública definidos por la Secretaría.

12. Asistir a la Secretaría en la promoción de políticas, programas y acuerdos de servicios digitales en el territorio nacional, en particular en las Jurisdicciones provinciales, municipales y en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

13. Supervisar el funcionamiento del Programa Punto Digital en todo el territorio nacional.

14. (Objetivo derogado por art. 9° del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

SUBSECRETARÍA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en el desarrollo de las políticas nacionales y las prioridades consiguientes bajo la forma de planes nacionales de ciencia, tecnología e innovación.

2. Impulsar, fomentar y consolidar la generación y aprovechamiento social de los conocimientos, buscando la igualdad en oportunidades para personas, organismos y regiones de la REPÚBLICA ARGENTINA.

3. Colaborar en la creación de Fondos Sectoriales para financiar proyectos de investigación e innovación en áreas prioritarias para el sector productivo o en sectores con alto contenido de bienes públicos, en coordinación con los Ministerios con competencia específica.

4. Establecer espacios para la investigación científica y la innovación tecnológica, procurando la interacción y armonización entre ambas, y difundiendo, transfiriendo, y diseminando los conocimientos para su aprovechamiento en la actividad productiva.

5. Colaborar en la formulación de políticas y el establecimiento de mecanismos, instrumentos e incentivos para que el sector privado contribuya con recursos a las actividades e inversiones en el campo científico, tecnológico e innovativo, como así también, encomendar la realización de estudios que promuevan el desarrollo de la ciencia, la tecnología y de la innovación productiva en el país.

6. Patrocinar la realización de análisis prospectivos que permitan prever nuevos escenarios para el desarrollo de procesos de planeamiento estratégico.

7. Impulsar la divulgación de la ciencia y la tecnología a todos los sectores sociales y en el acercamiento de la ciencia y la innovación a la sociedad.

8. Entender en el desarrollo de acciones de cooperación e integración institucional entre la jurisdicción y organismos de los distintos poderes del Estado, en el ámbito internacional, Nacional, provincial, municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, entes regionales e instituciones intermedias; como así también en el diseño y ejecución de políticas públicas destinadas a jóvenes actores de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación Productiva.

9. Colaborar en la coordinación ejecutiva del CONSEJO INTERINSTITUCIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA (CICYT), promoviendo mecanismos de coordinación entre los organismos del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación procurando el consenso, el intercambio y la cooperación entre todas las unidades y organismos que lo conforman.

10. Asistir a la Secretaría en relación al mejoramiento y la consolidación de las instituciones de ciencia y tecnología a través de la realización de evaluaciones institucionales, programáticas, de proyectos y temáticas, y a la implementación de los Planes de Mejoramiento que se deriven de las mismas.

11. Generar y facilitar la articulación de políticas de innovación pública y ciencia abierta que favorezcan la gestión de los datos e información del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación como un activo cívico.

12. Promover la conformación de redes entre las instituciones del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, posibilitando su funcionamiento interactivo, coordinado y flexible ante los requerimientos de la sociedad y optimizando los vínculos entre las instituciones del sector público y el sector privado y la participación del sector privado en la inversión en ciencia y tecnología e innovación, para contribuir a mejorar la capacidad de innovación, la competitividad y la creación de empleo genuino.

13. Llevar el registro de los organismos y entidades científicas y tecnológicas de todo el país, en el marco del Régimen de Importaciones para Insumos destinados a Investigaciones Científico-Tecnológicas, en virtud de la Ley N° 25.613.

14. Proponer a la Secretaría el presupuesto anual de ingresos y gastos de la función ciencia y tecnología a ser incorporado al proyecto de ley de presupuesto de la administración pública nacional y/o al Plan Nacional de Inversión Pública.

15. Gestionar un Observatorio de Ciencia, Tecnología e Innovación.

16. Asistir a la Secretaría en la formulación de las políticas y programas para el establecimiento y funcionamiento del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, así como en la gestión de los instrumentos para la aplicación de la Ley N° 23.877 de Innovación Tecnológica.

17. Colaborar en lo relativo al Gabinete Científico Tecnológico (GACTEC).

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES

OBJETIVOS

1. Proponer políticas de contrataciones y de organización del Sistema de Contrataciones de la Administración Pública Nacional, especialmente a fin de promover el estricto cumplimiento de los principios generales a los que debe ajustarse la gestión de las contrataciones públicas.

2. Desarrollar mecanismos que promuevan la adecuada y efectiva instrumentación de criterios de sustentabilidad ambientales, éticos, sociales y económicos en las contrataciones públicas.

3. Promover el perfeccionamiento permanente del Sistema de Contrataciones de la Administración Pública Nacional.

4. Diseñar, implementar y administrar los sistemas que sirvan de apoyo a la gestión de las contrataciones, los que serán de utilización obligatoria por parte de las Jurisdicciones y Entidades contratantes.

5. Diseñar, implementar y administrar un sistema de información en el que se difundirán las políticas, normas, sistemas, procedimientos, instrumentos y demás componentes del Sistema de Contrataciones de la Administración Pública Nacional.

6. Administrar, en el ámbito de su competencia, la información que remitan las Jurisdicciones y Entidades contratantes en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes.

7. Administrar el sitio web en el que se difundan las políticas, normas, sistemas, procedimientos, instrumentos y demás componentes del Sistema de Contrataciones de la Administración Pública Nacional.

8. Colaborar en la administración y reglamentación del funcionamiento del Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas creado por el artículo 13 de la Ley N° 13.064 y sus modificatorias, debiendo intervenir en la formulación e implementación de las políticas de inscripción y calificación de constructores y firmas consultoras de obras públicas y ejercer el contralor en todo lo relacionado con el accionar del citado Registro.

9. Administrar el Sistema Electrónico de Contrataciones.

10. Proyectar las normas legales y reglamentarias en la materia de su competencia.

11. Intervenir en forma previa y obligatoria en la elaboración de los proyectos de normas vinculados con el ámbito de su competencia producidos por otros organismos cuando las mismas resulten aplicables a todas o algunas de las Jurisdicciones y Entidades comprendidas en el artículo 8°, inciso a) de la Ley N° 24.156.

12. Asesorar y dictaminar en las cuestiones particulares que, en materia de contrataciones públicas, sometan las Jurisdicciones y Entidades a su consideración y dictar las normas aclaratorias, interpretativas y complementarias en el ámbito de su competencia.

13. Elaborar el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para las contrataciones de obras públicas y concesiones de obras públicas, establecer su régimen de penalidades y la forma, plazo y demás condiciones para confeccionar e informar el Plan Anual de Contrataciones.

14. Aplicar las sanciones fijadas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para las contrataciones de obras públicas y concesiones de obras públicas.

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y CONECTIVIDAD

(Objetivos incorporados por art. 10 del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en el diseño de políticas y regulaciones tendientes al desarrollo e inclusión de las comunicaciones y de los servicios postales, y elaborar estudios y propuestas de regulaciones, en el ámbito de su competencia.

2. Diseñar y proponer a la Secretaría la actualización de los marcos regulatorios de telecomunicaciones, postal y otras actualizaciones normativas en el ámbito de su competencia.

3. Asistir a la Secretaría en el control tutelar del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM).

4. Recomendar alternativas para la adecuada utilización de la infraestructura de Red de EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES (AR-SAT) y el desarrollo satelital.

5. Analizar el desarrollo de los servicios postales y promover el desarrollo de la distribución de logística liviana.

6. Promover la actualización y coordinación internacional del Cuadro Nacional de Atribución de Bandas del Espectro Radioeléctrico, tendientes a la universalización de internet y los servicios móviles.

7. Elaborar recomendaciones a la Secretaría para un mejor ejercicio de los derechos societarios de las participaciones accionarias o de capital del ESTADO NACIONAL en EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES (AR-SAT) y del CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A.

8. Elaborar las propuestas que presente la Secretaría en las reuniones de consultas, técnicas o negociaciones con autoridades de comunicaciones y postales de los demás países, como insumo para la elaboración de los instrumentos de regulación, estandarización y coordinación del sector.

9. Asistir a la Secretaría respecto de la participación accionaria que le compete respecto de la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES (AR-SAT) y del CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A.

10. Asistir a la Secretaría en la interpretación de las Leyes Nros. 19.798, 20.216, 26.522 y 27.078, en el marco de su competencia.

11. Elaborar propuestas para el dictado de los Planes Técnicos Fundamentales de Numeración, Señalización, y Portabilidad Numérica.

12. Proponer a la Secretaría planes y programas para la aplicación del fondo fiduciario de servicio universal.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN DEL ESTADO

OBJETIVOS

1. Colaborar en el diseño de la política de simplificación y desburocratización de los trámites y procesos del Sector Público Nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, articulando acciones con las áreas con competencia específica.

2. Colaborar en la formulación de políticas, propuestas, implementación, evaluación, revisión integral de los marcos regulatorios y control de los procesos y trámites del ESTADO NACIONAL, con especial atención en aquellos que afectan al sector productivo y a la inversión, coordinando acciones con las áreas de la Administración Pública con competencia específica en la materia.

3. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la definición y monitoreo de los temas vinculados a la desregulación y simplificación de trámites y procesos de la Administración Pública Nacional centralizada, descentralizada y organismos desconcentrados, con especial foco en aquellos concernientes al sector productivo nacional, en el ámbito de su competencia.

4. Diseñar, proponer y coordinar, junto a la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, las políticas de desarrollo administrativo y tecnológico del ESTADO NACIONAL en sus distintas áreas, su administración central y descentralizada, y determinar los lineamientos estratégicos y la propuesta de las normas reglamentarias en la materia.

5. Promover, en el marco de su competencia, los principios de calidad regulatoria y la aplicación de estándares internacionales, en materia de simplificación y desburocratización de los trámites y procesos en el Sector Público Nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, a fin de facilitar la competitividad, el libre mercado y promover el desarrollo productivo de la REPÚBLICA ARGENTINA, en miras a constituir un estado que se encuentre al servicio del ciudadano y el sector productivo.

6. Establecer principios de buenas prácticas en materia de desregulación, simplificación y desburocratización, bajo estándares internacionales, para ser aplicados en la Administración Pública Nacional centralizada, descentralizada y organismos desconcentrados.

7. Participar en el ámbito de su competencia en la elaboración de programas de capacitación del personal de la Administración Pública Nacional centralizada, descentralizada y organismos desconcentrados en materia de desregulación, simplificación y desburocratización, para el dictado de actos administrativos, coordinando acciones con las áreas competentes de la Jurisdicción.

8. Colaborar, en el marco de su competencia, con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y los municipios en procesos de desarrollo administrativo y tecnológico, coordinando las acciones con las áreas competentes de la Jurisdicción.

9. Promover, en el ámbito de su competencia, procesos de reforma y modernización transversales al Sector Público Nacional, coadyuvando asimismo con los sectores públicos provinciales y locales, protegiendo la interacción estratégica entre el Estado, los ciudadanos y la matriz productiva, destinadas a fortalecer e impulsar una agenda común de mejora regulatoria que incluya políticas de revisión normativa, de desregulación, simplificación y desburocratización, fomentando el uso de herramientas tecnológicas, en coordinación con las áreas con competencia específica de la Jurisdicción.

10. Participar, en el ámbito de su competencia específica, en la planificación de las políticas dirigidas al sector productivo y de los procesos de seguimiento, monitoreo y evaluación de los planes y programas de desburocratización para que el sistema productivo y comercial opere con eficiencia en su relacionamiento con el ESTADO NACIONAL.

11. Diseñar, proponer e implementar planes y programas de control de gestión destinados a facilitar el cumplimiento de las metas de desburocratización, desregulación y simplificación de trámites y procesos, para facilitar la toma de decisiones y promover la mejora continua de los mismos, como también de monitoreo del cumplimiento de los principios de buenas prácticas establecidos en la materia.

12. Diseñar e implementar una metodología de análisis de impacto regulatorio, con el fin de garantizar la calidad regulatoria y supervisar que los beneficios de las mismas sean superiores a sus costos.

13. Participar, en el ámbito de su competencia, en el diseño de la estrategia de inserción internacional del país en relación con organismos internacionales en que la REPÚBLICA ARGENTINA sea parte o tenga participación, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

14. Participar en el Comité de Política Regulatoria de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

15. Promover, en coordinación con la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, la implementación de herramientas tecnológicas en todos los procesos del Sector Público Nacional, a fin de agilizar el intercambio de información entre las distintas áreas del ESTADO NACIONAL, basado en el objetivo estratégico de alcanzar un gobierno digital y tecnológico al servicio del ciudadano y del sector productivo.

16. Proponer, en coordinación con la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, diseños en los procedimientos administrativos que propicien su simplificación, transparencia y control social y elaborar los desarrollos informáticos correspondientes.

17. Establecer pautas y criterios metodológicos para la implementación de un modelo de gestión por resultados en la Administración Pública Nacional y organismos descentralizados, coordinando su accionar con las áreas con competencia específica de la Jurisdicción.

18. Promover acuerdos con organismos provinciales y locales, en el ámbito de su competencia.

19. Diseñar y ejecutar mecanismos que permitan establecer canales de consulta pública ciudadana, así como su publicación y difusión, para fortalecer la participación de la sociedad en el proceso de toma de decisiones que afectan la vida, la libertad o el patrimonio de las personas y las empresas, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN DEL ESTADO

SUBSECRETARÍA DE DESREGULACIÓN

OBJETIVOS

1. Ejecutar planes, programas y proyectos de simplificación en el ámbito nacional de los trámites de la Administración Pública Nacional centralizada, descentralizada y organismos desconcentrados.

2. Ejecutar planes, programas, proyectos y participar en el diseño de medidas e instrumentos para la promoción y ejecución de las políticas de desregulación y simplificación de trámites, bajo la aplicación de los principios de calidad regulatoria.

3. Asistir a la Administración Pública centralizada, descentralizada, organismos desconcentrados del ámbito nacional, así como a las provincias y a los municipios a su requerimiento, en la formulación de programas de seguimiento y evaluación para la implementación de reformas basadas en la calidad regulatoria y simplificación de trámites y procesos.

4. Asistir a los organismos del Sector Público Nacional en el diseño de políticas de innovación administrativa que tiendan a la mejora de los procesos, y coordinar acciones para lograr la ejecución de las mismas, en coordinación con las áreas con competencia específica de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

5. Colaborar en la formulación de políticas, propuestas, implementación, evaluación, revisión integral de todos los marcos regulatorios, con especial atención en aquellos que afectan al sector productivo y a la inversión, directa o indirectamente, en el marco de su competencia.

6. Asistir a la Secretaría en la promoción de acuerdos con organismos provinciales y locales, en materia de su competencia.

7. Colaborar en el diseño de mecanismos que permitan establecer canales de consulta pública ciudadana, así como su publicación y difusión.

SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN DEL ESTADO

SUBSECRETARÍA DE CALIDAD REGULATORIA

OBJETIVOS

1. Analizar el cumplimiento a las normas referidas a desregulación, desburocratización y simplificación administrativa de los proyectos y anteproyectos de actos administrativos, de la Administración Pública nacional centralizada, descentralizada y organismos desconcentrados en el ámbito nacional, proponiendo, en su caso, modificaciones con sujeción a las normas jurídicas aplicables.

2. Proponer los contenidos estratégicos y las modalidades para la formación de expertos en los niveles gerenciales que conforman la Administración Pública Nacional, en los temas de competencia de la Secretaría, en coordinación con las áreas con competencia específica de la Jurisdicción.

3. Realizar estudios acerca de normativa que implique una carga administrativa o costos a las empresas y ciudadanos según mejores prácticas internacionales.

4. Implementar planes, programas y proyectos para el diseño de medidas e instrumentos para la promoción y ejecución de las políticas de calidad regulatoria promovidas por el gobierno nacional, gestionar y velar por el cumplimiento de las herramientas de análisis de impacto regulatorio.

5. Asistir a la Secretaría en el análisis de las normas referidas a desregulación, de los proyectos y anteproyectos de actos administrativos, de la administración de gobierno e institucionales que se sometan a consideración del PODER EJECUTIVO NACIONAL y del Jefe de Gabinete de Ministros y demás asuntos que tramiten en la Secretaría proponiendo, en su caso, modificaciones con sujeción a las normas jurídicas aplicables.

6. Asistir a la Secretaría en la promoción de acuerdos con organismos provinciales y locales, en materia de su competencia.

SECRETARÍA DE EMPRESAS Y SOCIEDADES DEL ESTADO

OBJETIVOS

1. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la coordinación, seguimiento y evaluación de los planes de acción y los presupuestos de las empresas, sociedades del Estado, cuentas y fondos especiales, cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica en su área.

2. Diseñar, implementar los instrumentos para el seguimiento de los planes de acción y los presupuestos de las empresas y sociedades del Estado, con el objeto de resguardar el interés público general comprometido.

3. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la competencia que tiene asignada en materia de intervención, liquidación, cierre, privatización, fusión, disolución o centralización de empresas, sociedades del Estado, cuentas y fondos especiales cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica en su área.

4. Proponer al Jefe de Gabinete de Ministros los lineamientos sobre los que deberán ajustar su actuación los titulares de las dependencias del ESTADO NACIONAL que posean bajo su ámbito la titularidad del ejercicio de los derechos societarios en las empresas y sociedades del Estado, cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica, con el objeto de resguardar el interés público general comprometido.

5. Asistir al Jefe de Gabinete en la definición de las directivas y recomendaciones a las que deberán ajustar su actuación los titulares de las dependencias del ESTADO NACIONAL que posean bajo su ámbito la titularidad del ejercicio de los derechos societarios en las empresas y sociedades del Estado cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica con el objeto de resguardar el interés público general comprometido.

6. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la intervención previa a la designación de los directores que actuarán en representación del ESTADO NACIONAL en las empresas y sociedades actuantes en la órbita de los Ministerios y Secretarías que conforman la Administración Pública Nacional.

7. Dirigir el diseño y desarrollo de un sistema de monitoreo permanente del desempeño de las empresas y sociedades del Estado, actuantes en la órbita de los Ministerios y Secretarías que conforman la Administración Pública Nacional.

8. Dirigir la obtención de datos e información relevante o prioritaria para la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS que permitan efectuar la evaluación y seguimiento de los planes de acción proveniente de las empresas y sociedades del Estado, y cuentas y fondos especiales cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica.

9. Intervenir en la administración, coordinación y ejecución de las políticas y acciones que hacen al ejercicio de los derechos societarios correspondientes a las participaciones accionarias pertenecientes al ESTADO NACIONAL en las empresas de su ámbito.

10. Administrar las participaciones del ESTADO NACIONAL en la COORPORACIÓN ANTIGUO PUERTO MADERO S.A.

11. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el control tutelar de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (AABE).

12. Intervenir, de conformidad con las pautas y lineamientos impartidos por el Jefe de Gabinete de Ministros, en la administración y funcionamiento de RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA S.E., integrada por LS82 Canal 7, LRA Radio Nacional y Radiodifusión Argentina al Exterior (RAE). (Objetivo incorporado por art. 11 del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

13. Intervenir, de conformidad con las pautas y lineamientos impartidos por el Jefe de Gabinete de Ministros, en la administración y el funcionamiento de TÉLAM S.E. y de CONTENIDOS PÚBLICOS S.E., así como en la operación, desarrollo y explotación del contenido y funcionamiento del Polo de Producción Audiovisual y de las señales integrantes de dicha sociedad. (Objetivo incorporado por art. 11 del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

14. Entender en la participación del ESTADO NACIONAL en TELESUR, de conformidad con las pautas y lineamientos impartidos por el Jefe de Gabinete de Ministros. (Objetivo incorporado por art. 11 del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

15. Ejercer la presidencia del CONSEJO ASESOR DEL SISTEMA ARGENTINO DE TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE, pudiendo delegar dicha función en un funcionario de la Secretaría con rango no inferior a Subsecretario. (Objetivo incorporado por art. 11 del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

16. Entender en la administración, operación y desarrollo del Banco Audiovisual de Contenidos Universales Argentino (BACUA), sus señales, medios relacionales y conexos. (Objetivo incorporado por art. 11 del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024)

17. Administrar, de conformidad con las pautas y lineamientos impartidos por el Jefe de Gabinete de Ministros, las participaciones del ESTADO NACIONAL en CORREDORES VIALES SOCIEDAD ANÓNIMA, AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AYSA) y ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO (AGPSE). (Objetivo incorporado por art. 11 del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

SECRETARÍA DE EMPRESAS Y SOCIEDADES DEL ESTADO

SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN SOCIETARIA

OBJETIVOS

1. Supervisar el seguimiento y evaluación de la formulación y programación presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero respecto de las empresas y sociedades del Estado.

2. Proponer proyectos integrales vinculados a la intervención, liquidación, cierre, privatización, fusión, disolución, centralización de las empresas y sociedades del Estado, analizando su factibilidad en el ámbito de su competencia.

3. Participar en la evaluación y seguimiento de los planes de acción y presupuestos de las empresas y sociedades del Estado.

4. Realizar los análisis e informes requeridos por la Secretaría previos a la designación de los directores que actuarán en representación del ESTADO NACIONAL en las empresas y sociedades actuantes en la órbita de los Ministerios y Secretarías que conforman la Administración Pública Nacional.

5. Proponer recomendaciones, en el marco de su competencia, sobre las que deberán ajustar su actuación los titulares de las dependencias del ESTADO NACIONAL que posean bajo su ámbito la titularidad del ejercicio de los derechos societarios representantes del ESTADO NACIONAL en las empresas y sociedades del Estado.

6. Asistir a la Secretaría en la administración, coordinación y ejecución de las políticas y acciones que hacen al ejercicio de los derechos societarios correspondientes a las participaciones accionarias pertenecientes al ESTADO NACIONAL en las empresas de su ámbito.

7. Asistir a la Secretaría en la administración de las participaciones del ESTADO NACIONAL en la CORPORACIÓN ANTIGUO PUERTO MADERO S.A.

SECRETARÍA DE EMPRESAS Y SOCIEDADES DEL ESTADO

SUBSECRETARÍA DE APOYO LEGAL SOCIETARIO

OBJETIVOS

1. Articular las cuestiones vinculadas a los aspectos legales y normativos propios del desarrollo de las funciones institucionales de la Secretaría.

2. Asesorar a la Secretaría, desde el punto de vista legal, en las participaciones del Estado en las entidades, sociedades y empresas en materia de su competencia.

3. Evaluar los aspectos legales y normativos de los proyectos integrales de intervención, liquidación, cierre, privatización, fusión, disolución, centralización o descentralización de las sociedades del Estado, analizando su factibilidad en el ámbito de su competencia.

4. Efectuar recomendaciones relativas a las mandas de cada dependencia del ESTADO NACIONAL respecto de su participación en asambleas de empresas y sociedades del Estado.

5. Asesorar a la Secretaría desde el punto de vista legal respecto de los derechos societarios de las empresas y sociedades del Estado, cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica.

6. Brindar asistencia técnica legal a las dependencias del ESTADO NACIONAL que posean bajo su ámbito la titularidad del ejercicio de los derechos políticos empresas y sociedades del Estado que lo requieran, así como a las empresas y sociedades del estado en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

SECRETARÍA DE EMPRESAS Y SOCIEDADES DEL ESTADO

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE GESTIÓN Y COORDINACIÓN GENERAL

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la definición de políticas y el establecimiento de lineamientos de implementación, la evaluación y el seguimiento de las empresas y sociedades del Estado respecto a la responsabilidad financiera y los objetivos de gestión, la transparencia en compras y contrataciones, la eficiencia en la gestión de capital humano, la gestión eficaz del riesgo operacional y el control de gestión.

2. Implementar y administrar un sistema de monitoreo permanente del desempeño de las empresas y sociedades del Estado, cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica en su área.

3. Desarrollar y proponer recomendaciones respecto a la formulación de objetivos de gestión e indicadores clave de desempeño a ser controlados en las empresas y sociedades del Estado, así como respecto a los mecanismos de seguimiento del logro de dichos objetivos.

4. Elaborar lineamientos de implementación respecto de las normativas vigentes que promuevan la transparencia en las compras y contrataciones de las sociedades del Estado y realizar su seguimiento.

5. Formular directivas que promuevan la gestión eficiente del capital humano en las empresas y sociedades del Estado y realizar su seguimiento.

6. Establecer recomendaciones y lineamientos de implementación que promuevan la gestión del riesgo operacional en las sociedades del Estado y realizar su seguimiento.

7. Diseñar mecanismos que promuevan la transparencia de gestión en las sociedades del Estado referidas a la implementación de controles internos, controles de cumplimiento normativo, auditorías internas y/o externas, entre otros, y realizara el seguimiento de su implementación.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE ESTRATEGIA NACIONAL

OBJETIVOS

1. Entender en la identificación, el análisis y el seguimiento de aquellos asuntos que resulten prioritarios para el desarrollo la seguridad nacional y deban ser sometidos a consideración del Jefe de Gabinete de Ministros.

2. Participar en el desarrollo de una estrategia de seguridad nacional, así como otros documentos conceptuales y criterios en esta materia, coordinando con las áreas competentes del ESTADO NACIONAL.

3. Asesorar al Jefe de Gabinete de Ministros en cuestiones internacionales, de seguridad, defensa y en la identificación de información estratégica relevante en la materia.

4. Coordinar el análisis, planeamiento, seguimiento y evaluación de los asuntos vinculados a la estrategia internacional y de seguridad nacional, en el ámbito de su competencia.

5. (Objetivo derogado por art. 12 del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

6. Asistir y asesorar al Jefe de Gabinete de Ministros en la articulación de acciones con las diferentes áreas del Estado Nacional, Provincial y Municipal, frente a situaciones de crisis que puedan afectar la estrategia de seguridad nacional.

7. (Objetivo derogado por art. 12 del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

8. Entender en la identificación, el análisis y el seguimiento de aquellos asuntos que resulten estratégicos para el desarrollo nacional y deban ser sometidos a consideración del Jefe de Gabinete de Ministros, incluyendo la gestión de crisis y emergencias.

9. Intervenir en el establecimiento, el análisis, la planificación y el seguimiento de los temas prioritarios y estratégicos para el desarrollo nacional en materia productiva y territorial.

10. Intervenir en cuestiones relativas a las prioridades de la estrategia de inserción internacional del país, en coordinación con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y demás áreas de la Administración Pública Nacional competentes.

11. Participar en el diseño de la estrategia de inserción internacional del país en relación con organismos internacionales (UNASUR, G20, G24, OCDE, MERCOSUR, CELAC y otras instancias internacionales en que la REPÚBLICA ARGENTINA sea parte o tenga participación), en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

12. Participar en la coordinación de la agenda de vinculación internacional e institucional del Jefe de Gabinete de Ministros, en coordinación con las áreas de la Administración Publica Nacional con competencia en la materia.

13. Participar en la coordinación estratégica de los temas relacionados con la participación de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en cumbres, viajes y visitas de Jefes de Estado y de Gobierno, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

VI.- MINISTERIO DEL INTERIOR (Apartado sustituido por art. 3° del Decreto N° 33/2024 B.O. 09/01/2024)

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS

1. Coordinar el Gabinete de Asesores del Ministro.

2. Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a dar respuesta a las cuestiones priorizadas por el Ministro.

3. Entender y asistir al Ministro en todas las cuestiones vinculadas a los aspectos logísticos y administrativos propios del desarrollo de sus funciones institucionales.

4. Asistir al Ministro en materia de relaciones institucionales, ceremonial y protocolo.

5. Coordinar la comunicación institucional interna y externa, así como la difusión de contenidos, el desarrollo e implementación de la imagen institucional y contenidos digitales de la Jurisdicción.

6. Coordinar la relación con la prensa y los medios de comunicación de la Jurisdicción.

7. Coordinar el seguimiento de los planes, programas y proyectos de las distintas áreas del Ministerio para optimizar la gestión.

8. Entender en el diseño, elaboración, definición de instrumentos, herramientas y procedimientos para generar información de gestión en coordinación con las áreas competentes.

MINISTERIO DEL INTERIOR

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1. Dirigir el diseño e implementación de las políticas administrativas, presupuestarias y financieras de los Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción.

2. Coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de los Servicios Administrativos Financieros del Ministerio.

3. Asistir, en el ámbito de su competencia, a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

4. Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos del Ministerio.

5. Entender en el despacho y la gestión documental del Ministerio.

6. Entender en la instrucción de las informaciones sumarias, como así también en los sumarios administrativos y disciplinarios del Ministerio.

7. Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios y demás adquisiciones efectuadas por los servicios Administrativos Financieros del Ministerio.

8. Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiero-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo de la Jurisdicción.

9. Intervenir en la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones, y de las actividades de control y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo del Ministerio.

10. Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial, de infraestructura, de mantenimiento, de administración de bienes muebles e inmuebles y de servicios del Ministerio.

11. Entender en la administración y coordinación de los sistemas y recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones del Ministerio.

12. Dirigir el diseño e implementación de las políticas de seguridad de la información, transparencia e integridad que se desarrollen en el ámbito de la Jurisdicción, de acuerdo a las previsiones que establezca la Autoridad de Aplicación en cada materia.

13. Coordinar el suministro de información pública en los términos de la Ley N° 27.275 en relación a los fines, competencias y funcionamiento del Ministerio.

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA LEGAL

OBJETIVOS

1. Coordinar el servicio jurídico de la Jurisdicción, en lo que respecta a la emisión de dictámenes.

2. Dirigir la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL, en lo que es competencia del Ministerio, en los asuntos judiciales, prejudiciales y arbitrajes, así como en la contestación de los requerimientos del Poder Judicial.

3. Monitorear el accionar de las unidades organizativas con competencia en temas legales existentes en el ámbito de la Jurisdicción.

4. Asistir a la Secretaría en la intervención que le compete en materia de proyectos de leyes y actos administrativos.

5. Supervisar la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de los convenios, acuerdos y demás instrumentos de carácter jurídico relativos a su competencia.

6. Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en relación con los contratos de obras y servicios públicos de la Jurisdicción.

7. Coordinar el asesoramiento legal que brinde la Secretaría en todas aquellas materias que sean competencia de la Jurisdicción.

8. Intervenir en la tramitación de informaciones sumarias, y en los sumarios administrativo-disciplinarios que se instruyan en el Ministerio.

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1. Asistir en el diseño de la política presupuestaria de los Servicios Administrativos Financieros del Ministerio y en la evaluación de su cumplimiento.

2. Colaborar con las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas de los Servicios Administrativos Financieros del Ministerio, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

3. Asistir, en el ámbito de su competencia, a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos e insumos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos en el Ministerio.

4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que presta servicio, así como la planificación de las actividades de administración general de los Servicios Administrativos Financieros del Ministerio.

5. Coordinar la aplicación de la política de administración del personal y de los recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones, de la política de seguridad de la información, así como la gestión de los espacios físicos del Ministerio.

6. Participar en la ejecución operativa de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiero-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo de la Jurisdicción, como así también de proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su competencia.

7. Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones, y de las actividades de control y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su competencia.

MINISTERIO DEL INTERIOR

SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS

OBJETIVOS

1. Articular las actividades político-institucionales que, en el marco de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y la forma federal de gobierno, el Gobierno Nacional, desarrolle con las provincias y con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y las correspondientes a las relaciones interprovinciales.

2. Promover políticas públicas y acuerdos a nivel federal y regional, tendientes a la armonización entre las políticas del Gobierno Nacional y los Gobiernos Provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, con miras al desarrollo federal.

3. Intervenir en la evaluación técnica de la asignación del Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las provincias, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley N° 23.548.

4. Entender en el análisis de los proyectos de legislación nacional en los que sea necesario coordinar normas nacionales, provinciales y municipales.

5. Entender en la formulación y ejecución de políticas de descentralización y coordinar las políticas inherentes a la regionalización de las provincias y las iniciativas de desarrollo regional, conforme con lo dispuesto en el artículo 124 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

6. Asistir al Ministro en lo relativo al régimen jurídico de las aguas de los ríos interprovinciales y sus afluentes.

7. Asistir al Ministro, en coordinación con otras áreas, en la promoción de la reforma política a nivel provincial y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en el ámbito de su competencia.

8. Celebrar convenios con las provincias, con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, con los municipios y con otras Entidades gubernamentales, organizaciones civiles y organismos internacionales para el desarrollo e implementación de los programas y acciones de su competencia.

9. Impulsar la realización de acuerdos entre los municipios para la solución de problemáticas regionales o de interés común y a la optimización de la cooperación internacional dirigida a éstos.

10. Asistir técnicamente a los municipios para la innovación de los sistemas administrativos locales y el fortalecimiento de su capacidad de gestión.

11. Actuar como unidad ejecutora de proyectos de fortalecimiento institucional de los gobiernos provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, en el marco de su competencia.

12. Participar, en coordinación con otras áreas de la Administración Pública Nacional con competencia específica en la materia, en la evaluación y seguimiento de los sistemas financieros de los Estados provinciales, los procesos de privatizaciones y desregulación y en general todo lo atinente al examen y resolución de las cuestiones objeto de controversia en el campo económico, financiero y/o fiscal entre la Nación y las provincias.

13. Diseñar planes y coordinar acciones con los gobiernos de las provincias, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y con los municipios, en el ámbito de su competencia, asesorando en la formulación y gestión de proyectos de carácter federal, y coordinar con el MINISTERIO DE ECONOMÍA el desarrollo de las políticas y programas de asistencia a las provincias, a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y a los municipios.

14. Asistir al Ministerio en su participación en el FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL, creado por la Ley N° 24.855, y en lo atinente a otros fondos fiduciarios y fideicomisos vinculados a su competencia.

15. Asistir al Ministerio en el monitoreo y seguimiento del cumplimiento de las obligaciones asumidas en carácter de autoridad de aplicación de las normas que establecen su competencia.

16. Participar, en coordinación con los organismos competentes en la materia, en las acciones de prevención y respuesta requeridas para la protección civil de los habitantes ante hechos del hombre y de la naturaleza, coordinando con los gobiernos provinciales.

17. Elaborar medidas que sirvan como insumo para la definición de las políticas que hacen a la protección de la comunidad y colaborar con los entes nacionales, provinciales o privados para hacer frente a desastres naturales o causados por el hombre y a ilícitos que, por naturaleza, sean de su competencia.

SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LAS PROVINCIAS

OBJETIVOS

1. Desarrollar acciones de fortalecimiento institucional a nivel provincial y regional, orientadas a la promoción del desarrollo económico y social.

2. Asistir a la Secretaría en la promoción de la reforma política a nivel provincial y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

3. Coordinar, con las distintas dependencias del Ministerio y con los demás Ministerios con competencia en la materia, los aspectos vinculados con el apoyo institucional a las políticas de desarrollo provincial y municipal.

4. Participar en el análisis de la determinación, encuadre y seguimiento de lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 23.548 del Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias.

5. Proponer, en el ámbito de su competencia, instrumentos de asistencia a las provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en coordinación las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

6. Participar, en el ámbito de su competencia y con los organismos correspondientes, en la instrumentación de lo vinculado con el régimen de coparticipación federal de impuestos y en el seguimiento y control de la aplicación de la normativa vigente en la materia, o de regímenes especiales de transferencia de recursos nacionales a las provincias.

7. Promover acciones de coordinación de las políticas de endeudamiento del Gobierno Nacional con relación a los gobiernos provinciales y municipales, y realizar el seguimiento de los niveles de endeudamiento de estos últimos y de su incidencia en sus finanzas públicas.

8. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en el desarrollo de las relaciones con los gobiernos de las provincias y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y a lo vinculado con cuestiones interjurisdiccionales.

9. Dirigir la elaboración de estudios y diagnósticos relevantes para la planificación estratégica regional.

10. Asistir a la Secretaría en lo atinente a la celebración de convenios con las provincias, con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, con entidades gubernamentales, organizaciones civiles y organismos internacionales para el desarrollo e implementación de los programas y acciones de su competencia.

11. Proponer a la Secretaría acciones de prevención y respuesta requeridas para la protección civil de los habitantes ante hechos del hombre y de la naturaleza, coordinando con los Gobiernos Provinciales y con los organismos con competencia en la materia.

12. Asistir a la Secretaría, en la formulación de las medidas y políticas para la protección de la comunidad y colaborar, en el ámbito de su competencia, con los entes nacionales, provinciales o privados para hacer frente a desastres naturales o causados por el hombre, y a ilícitos que por naturaleza sean de su competencia.

SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LOS MUNICIPIOS

OBJETIVOS

1. Coordinar la implementación de los proyectos referidos al mejoramiento de la capacidad de gestión de los gobiernos municipales, a la modernización de sus sistemas administrativos y de gestión y al fortalecimiento de la capacidad de gerenciamiento de las políticas públicas de los gobiernos municipales.

2. Diseñar, evaluar y proponer cursos de acción a seguir en materia de promoción y desarrollo de micro-regiones, proponer planes y proyectos, como así también diseñar los instrumentos adecuados para su implementación y capacitación.

3. Participar en la suscripción de convenios con gobiernos municipales, entidades gubernamentales, organizaciones civiles y organismos internacionales, en el marco de su competencia.

4. Asistir a la Secretaría en su relación con las autoridades municipales, así como en el intercambio de información para la elaboración de informes y análisis vinculados a la implementación de las políticas públicas, planes y programas de la Secretaría.

5. Proponer planes y programas tendientes a la descentralización de funciones desde las provincias hacia los municipios, en el ámbito de su competencia.

6. Proponer y desarrollar mecanismos de coordinación institucional, nacional y sectorial en materia de su competencia.

7. Dirigir la elaboración de diagnósticos que sean de utilidad para la planificación estratégica de micro-regiones.

MINISTERIO DEL INTERIOR

SECRETARÍA DE INTERIOR

OBJETIVOS

1. Proponer y planificar políticas, planes y proyectos en materia poblacional y de migraciones y elaborar estudios sobre la situación demográfica del país en los aspectos de su composición poblacional, su distribución territorial y el nivel y tendencias de su crecimiento.

2. Proponer, en el ámbito de su competencia, las acciones necesarias para la implementación de reformas políticas, en coordinación con otras áreas de la Jurisdicción.

3. Intervenir en la convocatoria para los actos eleccionarios que le competen e intervenir en la difusión pública de los procedimientos y normas útiles a la ciudadanía durante el acto eleccionario.

4. Intervenir en la elaboración de reformas y adecuación de la legislación en materia de partidos políticos y conceder franquicias e intervenir en la distribución de los aportes del Fondo Partidario Permanente a las agrupaciones políticas.

5. Desarrollar las acciones necesarias para la implementación de reformas políticas, realizando el relevamiento de opiniones y de propuestas y la elaboración de proyectos de normas modificatorias de aquellas que rigen el funcionamiento del sistema político.

6. Asistir al Ministerio en las propuestas de reforma de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y en las relaciones con las convenciones que se reúnen a tal efecto.

7. Intervenir en los temas conexos con la declaración de estado de sitio, intervenciones del gobierno federal a las provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, la sanción de leyes de amnistía política y en lo relativo a la concesión del derecho de asilo.

8. Dirigir la realización estudios e investigaciones que sirvan de insumo en materia de políticas demográficas y de fortalecimiento de la identidad nacional.

9. Entender en las relaciones con las colectividades extranjeras en el área de su competencia y llevar un registro actualizado de las mismas.

10. Proponer políticas para el desarrollo e integración de las áreas de frontera y el afianzamiento de la identidad nacional.

11. Coordinar, en el ámbito de su competencia, la aplicación de la Ley N° 22.352 y el Decreto Ley N° 15.385 (Ley N° 12.913) en todo lo relacionado con la preservación de la seguridad de las áreas y zonas de frontera.

12. Intervenir en la gestión de los centros de frontera.

13. Asistir al Ministerio en lo concerniente a los actos de carácter patriótico, efemérides, feriados, custodia de emblemas y símbolos nacionales, uso de emblemas y símbolos extranjeros e intervenir en lo relativo a la erección y emplazamiento de monumentos.

14. Entender en la coordinación del Consejo Federal de Población.

15. Mantener la vinculación institucional en materia poblacional y migratoria con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.

16. Entender en el diseño de las políticas del ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN.

17. Ejercer el control tutelar de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS y de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.

18. Coordinar acciones con organismos nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, en el ámbito de su competencia.

19. Evaluar y proponer al Ministerio políticas de descentralización y federalización del Sector Público Nacional.

20. Participar en los consejos federales constituidos a los fines de realizar el análisis de políticas públicas que sean materia de competencia del Ministerio.

21. Entender en los temas atinentes a la Comisión Nacional de Ex Combatientes de Malvinas.

SECRETARÍA DE INTERIOR

SUBSECRETARÍA DE INTERIOR

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la vinculación institucional en materia poblacional y migratoria con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.

2. Coordinar la elaboración de investigaciones y estudios en materia de política demográfica e identidad nacional.

3. Mantener vinculaciones con organismos nacionales e internacionales que producen información sobre el comportamiento de variables demográficas y migratorias.

4. Coordinar los trabajos de elaboración de diagnósticos sobre el comportamiento de las variables demográficas y sobre sus particularidades sociales, económicas y regionales.

5. Proponer proyectos de normas inherentes a las migraciones internas e internacionales.

6. Asistir a la Secretaría en la elaboración de las políticas y supervisar la gestión del ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN.

7. Asistir a la Secretaría en el ejercicio del control tutelar de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS y de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.

8. Proponer a la Secretaría proyectos de políticas de descentralización y federalización del Sector Público Nacional.

9. Asistir a la Secretaría en la gestión de los Centros de Frontera previstos de la Ley N° 22.352.

SECRETARÍA DE INTERIOR

SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS

OBJETIVOS

1. Programar, organizar y ejecutar las tareas que la legislación vigente asigna al Ministerio en materia electoral y de partidos políticos.

2. Participar en las propuestas de reforma de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y en las relaciones con las convenciones que se reúnan a tal efecto.

3. Proponer los proyectos de convocatoria para los actos eleccionarios que le competen y participar en la difusión pública de los procedimientos y normas útiles a la ciudadanía durante el acto eleccionario

4. Proponer las medidas conducentes para perfeccionar el Registro Nacional de Electores y custodiar los ejemplares autenticados del padrón electoral.

5. Asistir a la Secretaría en la elaboración de reformas y adecuación de la legislación en materia de partidos políticos, y participar en la concesión de franquicias y distribución de los aportes del Fondo Partidario Permanente a las agrupaciones políticas.

6. Intervenir en la elaboración de reformas y adecuación de la legislación en materia institucional y programar, planificar, ejecutar y realizar el seguimiento de la política de fortalecimiento de las instituciones democráticas.

7. Participar en el desarrollo de las acciones necesarias para la implementación de reformas políticas, realizando el relevamiento de opiniones y de propuestas y la elaboración de proyectos de normas modificatorias de aquellas que rigen el funcionamiento del sistema político.

8. Entender en la elaboración de estudios estadísticos de los actos eleccionarios y difundir sus resultados.

9. Asistir en la planificación, elaboración, ejecución y seguimiento de las políticas, programas y proyectos orientados a la comunidad y a sus instituciones representativas.

10. Promover la realización de actividades político-institucionales y el desarrollo de normativa tendiente a consolidar la autonomía del gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

11. Asistir a la Secretaría en los temas conexos con la declaración de estado de sitio, las intervenciones del gobierno federal a las provincias, la sanción de leyes de amnistía política y en lo relativo a la concesión del derecho de asilo.

12. Intervenir en los temas atinentes a la Comisión Nacional de Ex Combatientes de Malvinas.

13. Intervenir, en el ámbito de sus competencias, en el marco de la Ley General de Reconocimiento y Protección al Refugiado N° 26.165.

14. Actuar como autoridad de aplicación del Reglamento General para la Publicidad de la Gestión de Intereses en el ámbito del PODER EJECUTIVO NACIONAL, como organismo coordinador en los Reglamentos Generales de Audiencias Públicas para el PODER EJECUTIVO NACIONAL y para la Elaboración Participativa de Normas, aprobadas por el Decreto N° 1172/03, y como coordinador de la Mesa de Coordinación Institucional sobre Acceso a la Información Pública, creada por el Decreto N° 899/17.

MINISTERIO DEL INTERIOR

SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES

OBJETIVOS

1. Intervenir en la formulación de las políticas de turismo, ambiente y deportes en el ámbito nacional.

2. Definir, implementar y ejecutar planes, programas y proyectos vinculados al turismo, al ambiente y a los deportes, conforme las directrices que imparta el Ministro.

3. Intervenir en lo relativo al alcance y aplicación normativa inherente al ámbito de su competencia.

4. Entender en lo relativo al impacto de los planes, programas y proyectos ejecutados, desarrollando una metodología acorde y estratégica para cada área en el ámbito de su competencia.

5. Asistir al Ministerio en la formulación, implementación y ejecución de la política ambiental y su desarrollo sostenible, en el marco de lo dispuesto en el artículo 41 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, en los aspectos técnicos relativos a la política ambiental y a la gestión ambiental de la Nación, a los regímenes normativos relativos al ordenamiento ambiental del territorio y su calidad ambiental.

6. Entender, en el ámbito de su competencia, en la formulación de programas para su evaluación ante organismos de financiamiento externo, como también proyectos de participación público-privada y programas de financiamiento internacional para el sector turístico, deportivo y ambiental.

7. Participar, en coordinación con los demás organismos nacionales con competencia en la materia, en la planificación, ejecución y supervisión de obras de infraestructura para las áreas bajo su competencia.

8. Participar, en coordinación con las áreas competentes del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y conforme a las directrices que imparta el Ministerio, en la representación de la REPÚBLICA ARGENTINA en todas las reuniones, convenciones, foros y eventos internacionales vinculadas a las áreas del ámbito de su competencia.

9. Entender en la celebración de instrumentos jurídicos y/o acuerdos con las organizaciones y organismos locales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, provinciales, nacionales, regionales e internacionales, de carácter público- privado, gubernamentales o no gubernamentales, en el ámbito de sus competencias.

10. Asistir al Ministerio en lo relativo a la convocatoria y coordinación operativa de las actividades del Consejo Nacional del Deporte y la Actividad Física y del Consejo Federal de Turismo.

11. Asistir al Ministro en sus competencias vinculadas con el Consejo Federal del Medio Ambiente (COFEMA).

12. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en el fomento de la ‘Marca País Argentina”, en coordinación con los demás organismos nacionales con competencia en la materia.

13. Gestionar los programas de turismo social y responsable dirigidos a los grupos vulnerables de la sociedad.

14. Entender en las actividades turísticas y deportivas que se desarrollen en las Unidades Turísticas de Chapadmalal y Embalse.

15. Impulsar y entender en las estrategias de innovación para la mejora del turismo, del medio ambiente y del deporte, y promover el desarrollo de la biotecnología, en el ámbito de su competencia.

16. Promover la generación y difundir la información estadística sobre las áreas de su competencia.

17. Asistir en lo relativo a la promoción y desarrollo de la actividad turística en el país, así como en el establecimiento de planes, programas y proyectos que aseguren el crecimiento y desarrollo del turismo nacional e internacional receptivo de manera responsable y sostenible.

18. Asistir al Ministerio en la conducción del INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA, como así también en el Comité Interministerial de Facilitación Turística y entender en lo relativo a la promoción turística internacional.

19. Asistir al Ministerio en la Administración del FONDO NACIONAL DE TURISMO.

20. Participar en las propuestas de declaración de "Fiesta Nacional” y de interés turístico de aquellos eventos que, originados en condiciones naturales o acontecimientos económicos, culturales, deportivos o históricos, se convierten por su trascendencia en instrumentos de promoción turística nacional o internacional.

21. Colaborar con las áreas competentes del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA y para fines exclusivamente vinculados al sector turístico, en la política nacional de navegación aerocomercial, así como en las acciones referidas a la percepción, depósito y fiscalización del impuesto sobre pasajes aéreos al exterior en vuelos regulares o no regulares de pasajeros.

22. Asistir al Ministro en el ejercicio del control tutelar de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.

23. Intervenir en todo lo relativo a la preservación y administración y a la gestión sostenible de los bosques, parques y reservas nacionales, áreas protegidas y monumentos naturales, recursos hídricos, flora y fauna silvestre y preservación del suelo, en el ámbito de su competencia.

24. Intervenir en la promoción del desarrollo sostenible de los asentamientos humanos, garantizando la calidad de vida y conservación de los recursos naturales.

25. Intervenir en el relevamiento, conservación, recuperación, protección y uso sostenible de los recursos naturales, renovables y no renovables.

26. Intervenir en la planificación y ordenamiento ambiental del territorio nacional, su espacio costero marino y su plataforma continental, en el ámbito de su competencia.

27. Asistir al Ministro en el control y fiscalización ambiental y en la prevención de la contaminación.

28. Formular, ejecutar y evaluar políticas, programas y proyectos vinculados a productos químicos y residuos, incluyendo los domiciliarios, de generación universal, especiales, peligrosos y/o cualquier otro que pudiere estar previsto en normativa especial, en el ámbito de competencia del Ministerio.

29. Colaborar en todo lo relacionado a las acciones preventivas ante emergencias naturales y catástrofes climáticas.

30. Elaborar promover e implementar políticas planes proyectos y programas relacionados con la mitigación y adaptación climática, vinculadas a la preservación ambiental.

31. Asistir al Ministerio en sus funciones de autoridad de aplicación de la Ley N° 26.815 y entender en la organización, sostenimiento y gestión del Servicio Nacional de Manejo del Fuego.

32. Contribuir a alcanzar los Objetivos del Desarrollo Sostenible (ODS) y sus metas, relacionados con los temas de su competencia.

33. Intervenir en la asignación de recursos destinados al fomento del deporte a nivel nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, en el marco de su competencia específica.

34. Asistir al Ministro en su participación como socio fundador del ENTE NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO, creado por la Ley N° 26.573.

35. Intervenir en la elaboración y aplicación de políticas de promoción de la práctica, el desarrollo y la competencia deportiva en las distintas disciplinas olímpicas y paralímpicas, dentro de los programas y juegos nacionales y regionales; todo ello en coordinación con las federaciones nacionales, el Comité Olímpico Argentino (COA), Comité Paralímpico Argentino (COPAR) y el Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (ENARD).

36. Intervenir en la realización de los torneos federativos proyectados por el Comité Paralímpico Argentino (COPAR), instrumentando el apoyo para la presencia del equipo técnico deportivo especializado y los clasificadores funcionales para el desarrollo de cada torneo.

37. Intervenir en la coordinación y ejecución programas de promoción y desarrollo del deporte de alto rendimiento sobre la base de los estándares internacionales de cada disciplina.

SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES

SUBSECRETARÍA DE TURISMO

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la formulación de las políticas de turismo en el ámbito nacional.

2. Definir, implementar y ejecutar planes, programas y proyectos en el área de su competencia, conforme las directrices que imparta la Secretaría.

3. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la aplicación de la Ley Nacional de Turismo N° 25.997 y demás normas que regulen la actividad turística.

4. Coordinar las políticas de registro, autorización de operación y fiscalización de prestadores turísticos.

5. Entender en lo relativo a la implementación de la Ley N° 25.599 y sus modificatorias.

6. Evaluar el impacto de los planes, programas y proyectos ejecutados por el Ministerio, en el ámbito de su competencia.

7. Asesorar, en el ámbito de su competencia, sobre cuestiones relacionadas con las inversiones en materia turística.

8. Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en la planificación, ejecución, implementación, desarrollo y supervisión de las obras de infraestructura turística a nivel nacional.

9. Colaborar con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, en el ámbito de su competencia, en la solicitud, formulación y seguimiento de programas y proyectos con financiamiento internacional.

10. Asistir a la Secretaría en la representación de la REPÚBLICA ARGENTINA en reuniones y eventos internacionales vinculados al sector turístico.

11. Intervenir, en el marco de su competencia, en el desarrollo de las relaciones institucionales con las organizaciones y organismos locales, provinciales, nacionales, regionales e internacionales, de carácter público y/o privados vinculados a la actividad turística.

12. Coordinar el Consejo Federal de Turismo, de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Secretaría.

13. Participar y contribuir al seguimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y sus metas, en el área de su competencia.

14. Promover la innovación y transformación digital en el sector turístico.

15. Dirigir la elaboración de información estadística sobre el sector turístico y de las políticas implementadas.

16. Asistir a la Secretaría en la elaboración, ejecución y coordinación de la política nacional de navegación aerocomercial, así como en las acciones referidas a la percepción, depósito y fiscalización del impuesto sobre pasajes aéreos al exterior en vuelos regulares o no regulares de pasajeros, exclusivamente relacionados al área de turismo.

17. Intervenir en el desarrollo de políticas para la promoción y desarrollo de la actividad turística en el país, que aseguren el crecimiento y desarrollo del turismo nacional e internacional receptivo, de manera responsable y sostenible.

18. Asistir en la celebración de Convenios con entidades públicas y privadas, en el ámbito de su competencia.

19. Coordinar y ejecutar la asignación de apoyo económico a entidades públicas y/o privadas, en el marco de sus competencias específicas en materia turística.

20. Proponer a la Secretaría un plan plurianual de desarrollo de la "Marca País Argentina”, con criterios e indicadores que permitan un adecuado control estratégico sobre su efectiva instrumentación, conforme los objetivos de gestión y en el ámbito de su competencia.

21. Entender en las estrategias institucionales para el fomento y prestación del turismo social y responsable y de las Unidades Turísticas de Embalse y Chapadmalal.

SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES

SUBSECRETARÍA DE AMBIENTE

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la formulación, implementación y ejecución de la política ambiental y su desarrollo sostenible, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y demás normas y Convenios que regulan la materia.

2. Intervenir en la promoción y elaboración de regímenes normativos relativos al ordenamiento ambiental del territorio y su calidad ambiental.

3. Colaborar con las provincias y con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en la gestión ambiental sostenible de los recursos hídricos, bosques, flora y fauna silvestre y en la preservación del suelo.

4. Participar en la promoción del desarrollo sostenible de los asentamientos humanos, mediante acciones que garanticen la calidad de vida y la disponibilidad y conservación de los recursos naturales.

5. Asistir a la Secretaría en las relaciones con las organizaciones no gubernamentales vinculadas a los temas ambientales y al desarrollo sostenible, y establecer un sistema de información pública sobre el estado del ambiente y las políticas que se desarrollan.

6. Intervenir las solicitudes de acceso a la información pública ambiental y su procedimiento conforme lo previsto en la Ley N° 25.831.

7. Participar, en el ámbito de su competencia, en la elaboración de políticas y programas para la preservación de los parques y reservas nacionales, áreas protegidas y monumentos naturales.

8. Asistir a la Secretaría en el diseño, planificación, implementación, monitoreo y evaluación de los planes, programas y proyectos en el marco de la Ley 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de Bosques Nativos.

9. Asistir a la Secretaría en la implementación y diseño de políticas, programas y proyectos vinculados a la preservación, prevención, monitoreo, fiscalización, control y recomposición ambiental.

10. Asistir a la Secretaría en la planificación y ordenamiento ambiental del territorio nacional, su espacio costero marino y su plataforma continental.

11. Participar, en el ámbito de su competencia, en el control y fiscalización ambiental y en la prevención de la contaminación.

12. Entender en los aspectos relativos a las competencias otorgadas a la Autoridad Ambiental Nacional por la Ley N° 24.449 y su Decreto Reglamentario N° 779/95 y normas complementarias.

13. Colaborar con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, en el ámbito de su competencia, en la solicitud, formulación y seguimiento de programas y proyectos con financiamiento internacional.

14. Entender en los procedimientos de evaluación de impacto ambiental, en el marco de sus competencias.

15. Proponer a la Secretaría políticas, programas y proyectos vinculados a productos químicos y residuos, incluyendo los domiciliarios, de generación universal, especiales, peligrosos y/o cualquier otro que pudiere estar previsto en normativa especial, en el ámbito de competencia del Ministerio.

16. Asistir a la Secretaría en la representación del ESTADO NACIONAL ante organismos internacionales e interjurisdiccionales, vinculados a la política ambiental nacional.

17. Integrar el Consejo Federal del Medio Ambiente (COFEMA) y proporcionar los instrumentos de gestión necesarios para su funcionamiento como ámbito de concertación federal de política ambiental.

18. Participar, en el ámbito de su competencia, en los temas relativos a la aplicación de la Ley N° 26.815 y colaborar con la Secretaría en la organización, sostenimiento y gestión del Servicio Nacional de Manejo del Fuego creado por la Ley mencionada.

19. Asistir a la Secretaría en la elaboración, promoción e implementación de políticas, planes, proyectos y programas relacionados con los objetivos establecidos por la Ley N° 27.520.

20. Participar y contribuir al seguimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y sus metas, en el ámbito de su competencia.

21. Intervenir en la implementación de la política de educación ambiental en los ámbitos formales y no formales, articulando acciones a esos efectos con la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO y con las Jurisdicciones y actores relevantes en la materia.

22. Colaborar con la Secretaría en las cuestiones vinculadas al control tutelar de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.

23. Articular, en coordinación con organismos locales, nacionales, regionales, multilaterales u otras organizaciones públicas y/o privadas vinculadas al área de su incumbencia, la integración de la política ambiental en las políticas públicas sectoriales.

SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES

SUBSECRETARÍA DE DEPORTES

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la promoción y el desarrollo en el país de la actividad física y deportiva en todas sus formas.

2. Participar en la planificación del uso de los recursos aplicados al desarrollo del deporte en general.

3. Asistir a la Secretaría en el desarrollo de una estrategia articulada para el fomento del deporte, en el diseño de programas y proyectos, en su etapa de desarrollo y alto rendimiento a nivel federal, promoviendo los principios de la ética deportiva y haciendo partícipe de ella a todos los integrantes del sistema deportivo nacional.

4. Promover y asistir las prácticas deportivas a nivel competitivo nacional, regional e internacional.

5. Entender en el desarrollo del deporte de base en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, en coordinación con los organismos nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales y con instituciones privadas.

6. Asistir a la Secretaría en la promoción de sistemas integrados de planificación, proyecto, dirección y supervisión de las obras de infraestructura deportiva a nivel nacional, considerando especialmente el desarrollo de centros regionales de alto y mediano rendimiento y de tecnología aplicada al deporte que permitan aumentar la cantidad de competencias internacionales que se desarrollan en el país.

7. Colaborar con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, en el ámbito de su competencia, en la solicitud, formulación y seguimiento de programas y proyectos con financiamiento internacional.

8. Intervenir en la promoción y en la orientación del entrenamiento deportivo y el desarrollo de competencias, en coordinación con los organismos públicos o privados correspondientes.

9. Desarrollar políticas de promoción de la igualdad de género en el deporte, las cuales articularán estrategias de promoción y de remoción de obstáculos administrativos y/o normativos en todos los ámbitos de competencia y práctica.

10. Intervenir en la formación permanente de los recursos humanos que actúan en las actividades físicas y deportivas.

11. Desarrollar políticas de promoción del deporte adaptado e inclusivo para personas con discapacidad.

12. Coordinar y ejecutar programas de promoción y desarrollo del deporte de alto rendimiento sobre la base de los estándares internacionales de cada disciplina.

13. Coordinar la asignación, administración y otorgamiento de becas, subsidios, subvenciones u otro instrumento similar estipulado para el fomento de la actividad deportiva, en la cancelación de dichos beneficios en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo de los beneficiarios, y en la inhabilitación de los mismos hasta su regularización, de acuerdo a los términos de la reglamentación correspondiente.

14. Articular con el Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (ENARD) las políticas del Deporte de Alto Rendimiento.

15. Articular con el MINISTERIO DE SALUD, con los actores sanitarios competentes en cada caso y con el Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (ENARD) las acciones necesarias para brindar el apoyo preventivo sanitario para el desarrollo de las actividades físicas y deportivas.

16. Entender en la promoción de la investigación científica en el campo del deporte, así como en la asistencia al deportista, cualquiera sea su nivel competitivo, en el cuidado de su salud, en la mejora de su rendimiento y en la prevención del dopaje, en coordinación con los organismos competentes en la materia.

17. Implementar medidas activas para la erradicación de cualquier tipo de práctica discriminatoria, xenofóbica y/o racista en el ámbito del deporte, en coordinación con los demás organismos nacionales con competencia en la materia.

18. Entender en lo relativo a la implementación de la Ley N° 27.098.

19. Asistir a la Secretaría en la elaboración y aplicación de políticas de promoción de la práctica, el desarrollo y la competencia deportiva en las distintas disciplinas deportivas, dentro de los programas y juegos nacionales y regionales; todo ello en coordinación con las federaciones nacionales, el Comité Olímpico Argentino (COA), el Comité Paralímpico Argentino (COPAR), y el Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (ENARD).

20. Asistir a la Secretaría en la realización de los torneos federativos proyectados por el Comité Paralímpico Argentino (COPAR), instrumentando el apoyo para la presencia del equipo técnico deportivo especializado y los clasificadores funcionales para el desarrollo de cada torneo.

21. Coordinar, de acuerdo con lo establecido por la Ley N° 26.912, la representación del Ministerio ante la Comisión Nacional Antidopaje.

22. Diseñar, en articulación con el MINISTERIO DE SALUD, estrategias para la asistencia médica en competencias deportivas.

VII.- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO (Apartado sustituido por art. 2° del Decreto N° 87/2023 B.O. 27/12/2023.)

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS:

1. Asistir al Ministro en el cumplimiento de todas sus funciones y coordinar su Gabinete.

2. Intervenir en las estrategias de comunicación.

3. Intervenir en la coordinación de las actividades de interpretación y traducción de la documentación solicitada por las distintas áreas del Ministerio y por la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

4. Supervisar el desarrollo de las tareas vinculadas al análisis de documentos, a la agenda del Ministro, a la preparación de discursos y a la asesoría técnica en materias afines.

5. Intervenir en la tramitación de las solicitudes de audiencias formuladas al Ministro, tanto en el país como en el exterior, y asesorarlo respecto de su temario, estableciendo su importancia y su prioridad.

6. Entender en la coordinación de la atención de las delegaciones y de las personalidades que concurran a entrevistarse con el Ministro.

7. Supervisar el análisis y derivaciones a los organismos correspondientes de aquellas solicitudes cuyo tenor no hiciera necesaria la concreción de entrevistas directas con el Ministro.

8. Entender en la definición y conducción política y en los cursos de acción a seguir en materia de cooperación internacional bilateral y multilateral; así como en las modalidades de instrumentación de los programas y proyectos de cooperación internacional y las alternativas de financiación para su ejecución.

9. Asistir al Ministro en el ceremonial de Estado y asuntos protocolares de la REPÚBLICA ARGENTINA, así como en la aplicación del régimen de franquicias diplomáticas.

10. Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a dar adecuada y rápida respuesta a las cuestiones priorizadas por el Ministro y asesorar sobre las cuestiones estratégicas y prioritarias para la gestión del Ministerio

11. Ejercer las funciones de enlace con la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en los aspectos vinculados a la implementación de las políticas en materia de modernización del Estado dispuestas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

12. Evaluar la oportunidad, mérito y conveniencia de los proyectos de actos administrativos y de los convenios que se sometan a consideración, firma o refrendo del Ministro, y coordinar su publicación en el Boletín Oficial a través de la Dirección de Gestión Documental.

13. Coordinar con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR la identificación y decisión de ejecución de actividades críticas, con el fin de optimizar la asignación de recursos.

14. Asesorar al Ministro en materia de elaboración y puesta en práctica de los lineamientos generales de política exterior.

15. Asesorar al Ministro en materia de la formulación de estrategias de política exterior relacionadas con la defensa, sobre la base del análisis geopolítico y el estudio de los conflictos internacionales.

16. Entender, en el ámbito de su competencia, en la coordinación institucional entre el Ministerio y los demás ministerios, los Poderes Legislativo y Judicial, las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, los municipios y las organizaciones intermedias.

17. (Objetivo derogado por art. 13 del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR

OBJETIVOS:

1. Entender en materia de administración, gestión de recursos humanos y en la planificación, gestión y modernización de los procesos y sistemas vinculados con su administración en el país y en las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior.

2. Ejercer la Presidencia de la Junta Calificadora del Servicio Exterior de la Nación, establecida por el artículo 36 de la Ley N° 20.957, y prestar apoyo en relación a otros escalafones del personal.

3. Ejercer el rol de organismo de coordinación en materia de implementación de programas y proyectos en el marco del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y de la Oficina de Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS) en la REPÚBLICA ARGENTINA.

4. Entender en la ejecución operativa y en los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiero-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo, como así también de proyectos de participación público-privada.

5. Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones y de las actividades de control y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación público-privada.

6. Entender en las cuestiones vinculadas con la formulación presupuestaria de la gestión económica, financiera, patrimonial, contable, de infraestructura, de mantenimiento y de servicios; y con los bienes del Ministerio, tanto en el país como en el exterior.

7. Entender en el asesoramiento jurídico e intervenir en la elaboración de los proyectos de leyes y actos administrativos vinculados con las competencias de la Jurisdicción.

8. Entender en materia de cooperación jurídica internacional y actuar como autoridad de aplicación en las convenciones internacionales en la materia.

9. Entender en las informaciones sumarias y sumarios que se instruyan en la Jurisdicción.

10. Entender, programar y coordinar las actividades relativas a los servicios de mantenimiento y administración de los bienes muebles e inmuebles, propios, en posesión o tenencia del Ministerio y de las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior.

11. Planificar el mantenimiento, la contratación y prestación de los servicios necesarios para el funcionamiento de la infraestructura del Ministerio en el país y en las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior.

12. Entender en los procesos y actividades referidos a la seguridad y protección de las personas, de los bienes y de la información de la Jurisdicción y de las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior.

13. Entender, planificar e intervenir en las acciones relativas a la gestión y administración de las tecnologías de la información y las comunicaciones asociadas del Ministerio en el país y en las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior.

14. Intervenir en el cumplimiento de lo dispuesto en la normativa que regula el acceso a la información pública, establecida por la Ley N° 27.275.

15. Entender en la gestión de la habilitación otorgada a la Jurisdicción por la Asociación del Transporte Aéreo Internacional (I.A.T.A.) para la emisión de pasajes aéreos a través del sistema "Billing Settlement Plan (B.S.P.)’’.

16. Entender y planificar las acciones relativas al sistema de seguimiento y control de gestión de las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior.

17. Entender en la gestión documental de la Jurisdicción y supervisar las acciones tendientes a la gestión electrónica.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES

OBJETIVOS

1. Asistir al Ministro, desde el punto de vista de la política exterior, en las relaciones con los países y con los organismos internacionales.

2. Coordinar con las otras Secretarías del Ministerio los diversos aspectos de la política exterior y su armonización en base a criterios funcionales y geográficos.

3. Asistir al Ministro, en el ámbito de su competencia, en la formulación de políticas, en la elaboración de planes, programas y cursos de acción, así como en la representación del ESTADO NACIONAL ante los organismos internacionales y regionales en materia de derechos humanos, de género, de seguridad internacional, nuclear y espacial, de seguridad humana y cibernética, de lucha contra el uso indebido de drogas, el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, la política de desarme y no proliferación de tecnologías sensitivas vinculadas a las armas de destrucción, como así también en la prevención y sanción de delitos internacionales, en el ámbito de su competencia.

4. Asistir al Ministro, en el ámbito de su competencia, en la formulación de políticas, en la elaboración de planes, programas y cursos de acción, así como en la representación del ESTADO NACIONAL ante los organismos internacionales y regionales vinculados al desarrollo e innovación tecnológica; los temas energéticos; las operaciones de mantenimiento de paz; el desarrollo de áreas y zonas de frontera; la preservación y protección de los recursos naturales, los asuntos ambientales, los recursos del territorio terrestre y marítimo así como el espacio aéreo de la REPÚBLICA ARGENTINA y sus áreas adyacentes, en el ámbito de su competencia.

5. Intervenir, desde el punto de vista de la política exterior, en todo lo inherente a las actividades de las misiones especiales enviadas a la REPÚBLICA ARGENTINA por los gobiernos extranjeros o por organismos o entidades internacionales.

6. Entender en el diseño y en la ejecución de la asistencia humanitaria, la atención de las emergencias y la gestión integral del riesgo de desastres, en coordinación con los organismos competentes del Sistema de las Naciones Unidas y otros organismos internacionales.

7. Intervenir en la planificación, conducción y ejecución de las acciones del programa internacional denominado "Cascos Blancos”, apoyada en el Cuerpo de Voluntarios.

8. Formular y conducir la política y cursos de acción a seguir en materia de asuntos consulares, como también los asuntos relativos a las cuestiones de política de migración e inmigración en el plano internacional, en coordinación con la autoridad migratoria nacional.

9. Coordinar, junto a la CÁMARA NACIONAL ELECTORAL y el MINISTERIO DEL INTERIOR, la realización de los comicios en las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en ocasión de elecciones nacionales.

10. Intervenir, desde el punto de vista de la política exterior, y en coordinación con los organismos regionales, nacionales, provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en el desarrollo de los procesos de integración física con los países limítrofes, en la negociación y tramitación de los tratados de arreglos concernientes a los límites internacionales y en el registro y difusión de los mapas oficiales de los límites de la REPÚBLICA ARGENTINA.

11. Coordinar con otras áreas de la Administración Pública Nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal los temas de competencia de la Cartera que tengan impacto en las relaciones internacionales de la REPÚBLICA ARGENTINA.

12. Asistir al Ministro en la identificación y elaboración y consecución de los objetivos de política exterior de carácter bilateral y multilateral con todos los actores de la comunidad internacional.

13. Intervenir en la concesión del derecho de asilo y en el otorgamiento de la condición de refugiado.

14. Entender en la aplicación de los principios y las normas del Derecho Internacional Público y Privado, y supervisar y coordinar las acciones relacionadas con asuntos contenciosos internacionales en materia de derechos humanos y en la confección y registro de los instrumentos internacionales de los que sea parte la REPÚBLICA ARGENTINA

15. Entender en los asuntos relativos al Instituto Nacional del Hielo Continental Patagónico.

SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA EXTERIOR

OBJETIVOS

1. Efectuar las gestiones para la consecución de los objetivos de política exterior asignados a la Secretaría, de carácter bilateral o multilateral, con los países de EUROPA, ÁFRICA, MEDIO ORIENTE, ASIA y OCEANÍA.

2. Preparar, implementar y efectuar, en el ámbito de su competencia, el seguimiento de las negociaciones con los organismos internacionales.

3. Intervenir en la elaboración de políticas, planes y programas, y en la representación del ESTADO NACIONAL ante los organismos internacionales en materia de derechos humanos y de asuntos de género dentro del ámbito de la política exterior, y participar en la formulación de la legislación nacional en dichas materias.

4. Participar en la formulación de las políticas, cursos de acción y mecanismos de financiamiento multilaterales relativos a los asuntos ambientales y a la preservación de los recursos naturales del territorio terrestre y marítimo argentino y sus áreas adyacentes; así como del espacio aéreo y marítimo, en el ámbito de su competencia.

5. Participar en la formulación de las políticas y cursos de acción a seguir en los asuntos relativos a la seguridad internacional, nuclear y espacial, así como también en los asuntos relativos a la seguridad humana, la lucha contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, la seguridad cibernética, la política de desarme, la no proliferación de tecnologías sensitivas vinculadas a las armas de destrucción, el antiterrorismo internacional y otros delitos transnacionales, en el ámbito de su competencia.

6. Participar en la formulación de las políticas y cursos de acción a seguir relativas al desarrollo e innovación tecnológica, en el ámbito de su competencia.

7. Colaborar, en el ámbito de su competencia, en la programación de objetivos y actividades en reuniones, congresos y conferencias de carácter internacional y en misiones especiales ante gobiernos extranjeros en las que la REPÚBLICA ARGENTINA participe, como así también los que se desarrollen en organismos y entidades internacionales, así como en las instrucciones que corresponda impartir en cada caso y su ejecución.

8. Participar en el otorgamiento de la condición de refugiado.

SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES

SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS AMERICANOS

OBJETIVOS

1. Contribuir a la identificación y elaboración de los objetivos de política exterior, de carácter bilateral o multilateral, con los países de AMÉRICA y efectuar las gestiones necesarias para la consecución de esos objetivos.

2. Identificar, planificar y coordinar las políticas y acciones necesarias para instrumentar y desarrollar el proceso de profundización de la integración política con los países pertenecientes a AMÉRICA, y con los organismos y foros de integración regional, en coordinación con los organismos nacionales, provinciales y regionales de enlace.

3. Programar objetivos y formular estrategias de negociación y planificación de las actividades ante los organismos internacionales, conferencias, congresos, reuniones o foros multilaterales en materia de desarrollo, vinculadas con la región, coordinando con las demás unidades competentes de la Jurisdicción y los demás Ministerios con competencia en la materia.

4. Intervenir en el marco de la política exterior, en lo relativo a los espacios marítimos y fluviales de la REPÚBLICA ARGENTINA.

5. Intervenir, en el ámbito de su competencia, y en coordinación con los organismos nacionales, provinciales y regionales de enlace, en el desarrollo de los procesos de integración física con los países limítrofes.

6. Asistir al Secretario, desde el punto de vista de la política exterior, en la negociación y tramitación de los tratados de arreglos concernientes a los límites internacionales, en el registro y difusión de los mapas oficiales de los límites de la REPÚBLICA ARGENTINA y en el desarrollo de zonas de frontera.

7. Entender en todo lo relativo a las comisiones internacionales vinculadas con la Cuenca del Plata.

8. Coordinar los asuntos relativos al Instituto Nacional del Hielo Continental Patagónico.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

SECRETARÍA DE MALVINAS, ANTÁRTIDA, POLÍTICA OCEÁNICA Y ATLÁNTICO SUR

OBJETIVOS

1. Entender en los temas vinculados a las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SÁNDWICH DEL SUR y a los espacios marítimos circundantes en el Atlántico Sur.

2. Diseñar estrategias y coordinar acciones desde el punto de vista de la política exterior, en el ámbito bilateral y multilateral, para la mejor defensa de los derechos e intereses de la REPÚBLICA ARGENTINA sobre las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SÁNDWICH DEL SUR y los espacios marítimos circundantes en el Atlántico Sur, coordinando las acciones que fueran necesarias con las unidades de la Jurisdicción y demás ministerios con competencia en la materia.

3. Proponer y ejecutar las acciones para la difusión de los derechos de la REPÚBLICA ARGENTINA sobre las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SÁNDWICH DEL SUR y los espacios marítimos circundantes en el Atlántico Sur.

4. Promover estudios e investigaciones históricas y jurídicas sobre los temas vinculados a los territorios y espacios marítimos bajo disputa de soberanía en el Atlántico Sur, complementando y preservando el acervo documental sobre el tema.

5. Asistir al Ministro en el diseño y ejecución de la política oceánica y del Atlántico Sur, desde el punto de vista de la política exterior, para el impulso de la investigación científica marina y la protección del medio ambiente y de los recursos oceánicos, coordinando las acciones que fueran necesarias con las demás áreas de la Jurisdicción ministerial y otros ministerios con competencia en la materia.

6. Entender en la planificación y dirección de la política antártica y ejecutar la actividad Antártica de la REPÚBLICA ARGENTINA, armonizando sus alcances y efectos con los criterios globales de política exterior e implementando los compromisos internacionales que correspondan.

7. Entender en lo relacionado con el límite exterior de la plataforma continental de la REPÚBLICA ARGENTINA y ejercer la presidencia de la Comisión Nacional de Límite Exterior de la Plataforma Continental.

8. Entender en el desarrollo de las políticas y acciones que realiza el Consejo Consultivo de Temas Vinculados al Atlántico Sur.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES

OBJETIVOS

1. Entender, desde el punto de vista de la política exterior, en la formulación de estrategias, políticas y cursos de acción a seguir en las negociaciones económicas y comerciales bilaterales, regionales y multilaterales con todos los países y organismos de integración con los que la REPÚBLICA ARGENTINA mantenga relaciones, así como con los organismos económicos y comerciales internacionales, regionales y subregionales y, en particular, con el Mercado Común del Sur (MERCOSUR).

2. Asistir al Ministro, en el ámbito de su competencia, en la formulación, definición de contenidos y ejecución de la política económica y comercial internacional bilateral, regional y multilateral.

3. Entender en los asuntos institucionales, económicos y comerciales internacionales relacionados con la formulación y conducción del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y en los procesos de integración en los que participa la REPÚBLICA ARGENTINA como, así también, en el establecimiento y conducción de los órganos comunitarios surgidos de dichos procesos, y en todo lo relativo a su convergencia futura con otros procesos de integración.

4. Entender en la materia y en la negociación de acuerdos bilaterales y otros instrumentos de promoción y protección recíproca de las inversiones extranjeras en los que participe la REPÚBLICA ARGENTINA.

5. Intervenir en la solución de controversias económicas y comerciales internacionales, en coordinación con las demás áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

6. Entender, en el ámbito de su competencia, en la formulación de estrategias y cursos de acción a seguir en las negociaciones internacionales relativas a la gobernanza internacional de las cuestiones inherentes a los efectos económicos comerciales de medidas ambientales, de la energía y de la tecnología, en coordinación con las Jurisdicciones y Entidades nacionales que correspondan.

7. Entender, en el ámbito de su competencia, en la formulación, definición y contenidos de las estrategias de las políticas de promoción comercial, participando en su ejecución a través de la organización y participación en exposiciones, ferias, concursos, muestras y misiones de carácter económico y comercial, oficiales y privadas en el exterior y en la ejecución de las políticas de internacionalización de las empresas argentinas en el exterior, en coordinación con los demás organismos competentes a nivel nacional y provincial.

8. Intervenir en todo lo referido a la FUNDACIÓN ARGENTINA PARA LA PROMOCIÓN DE INVERSIONES Y COMERCIO INTERNACIONAL constituida en virtud de lo dispuesto por el Decreto N° 2303/93; participando, por sí o por quien designe, en el Consejo de Administración y demás órganos de la Fundación.

9. Entender, en el ámbito de su competencia, en la promoción de las exportaciones de bienes y servicios de la oferta exportable argentina y en la planificación de estrategias para el desarrollo de nuevos mercados en el mundo para la misma.

10. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la promoción en el exterior del turismo, el deporte, las industrias culturales, los servicios basados en el conocimiento, la educación, la ciencia y la tecnología, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

11. Entender en el diseño de instrumentos de análisis económico y comercial internacional y en los estudios e investigaciones que elabore el Centro de Economía Internacional con el fin de brindar información para elaborar y llevar a la práctica los objetivos de política exterior de la REPÚBLICA ARGENTINA en materia económica y comercial.

12. Entender en el monitoreo, evaluación y control de los objetivos de gestión y planes de acción económico-comerciales de las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior.

13. Entender en los aspectos relativos a la preparación y ejecución de las misiones económico-comerciales que realicen la PRESIDENCIA y la VICEPRESIDENCIA DE LA NACIÓN, los Ministros, los Secretarios y los Subsecretarios del PODER EJECUTIVO NACIONAL al exterior.

14. Intervenir en la ejecución de la política de desarrollo de captación de la inversión extranjera de carácter productivo en el país, así como en la ejecución de acciones tendientes a ese objetivo en el exterior, en coordinación con los organismos nacionales y provinciales con competencia en la materia.

15. Participar en toda negociación económica y comercial entre las autoridades provinciales y los representantes de terceros países que implique alguna obligación en la que se prevean garantías por parte del ESTADO NACIONAL, en coordinación con los demás organismos nacionales con competencia en la materia.

16. Impartir, en el ámbito de su competencia, las directivas e instrucciones en materia económica y comercial a las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA ante gobiernos extranjeros y organismos internacionales económicos y comerciales, así como a las delegaciones que participen en negociaciones económicas y comerciales bilaterales, regionales y multilaterales.

17. Intervenir en la coordinación de la representación nacional y preparación de reuniones económicas bilaterales, regionales y multilaterales que se desarrollen en la REPÚBLICA ARGENTINA y en el exterior, cuyo objeto sea el seguimiento de relaciones bilaterales, regionales y multilaterales en materia económica, en articulación con las restantes dependencias que correspondan.

SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES

SUBSECRETARÍA DE NEGOCIACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES E INTEGRACION

OBJETIVOS

1. Intervenir en las negociaciones económicas y comerciales bilaterales, regionales y multilaterales de las que participa la REPÚBLICA ARGENTINA, y en particular las vinculadas con el Mercado Común del Sur (MERCOSUR), en lo relativo a sus dimensiones económica, comercial e institucional y en su relacionamiento externo con otros países y bloques de países.

2. Intervenir en el diseño y formulación de políticas y cursos de acción que tiendan al desarrollo económico a través de las relaciones económicas y comerciales a nivel bilateral, regional y multilateral, y de la integración económica con todas las naciones con las que la REPÚBLICA ARGENTINA mantenga relaciones, así como también en ámbitos multilaterales.

3. Impulsar los objetivos prioritarios de política exterior respecto de las negociaciones en materia económica y comercial con los organismos multilaterales y con el Mercado Común del Sur (MERCOSUR), implementando los mecanismos requeridos para avanzar en dicha política, en coordinación con los organismos de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

4. Identificar, planificar y coordinar las políticas y acciones para instrumentar y desarrollar el proceso de profundización de la integración económica y comercial con los Estados Parte y Estados Asociados del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), en coordinación con los organismos nacionales, provinciales y regionales de enlace.

5. Intervenir en la formulación y desarrollo de acuerdos asociativos bilaterales preferentes de naturaleza económica, comercial y de inversiones con todos los países con los que la REPÚBLICA ARGENTINA mantenga relaciones, proponiendo los planes, programas y proyectos pertinentes, como así también los instrumentos adecuados para su ejecución, coordinando con las dependencias nacionales competentes.

6. Participar en las reuniones económicas y comerciales multilaterales que se desarrollen en los organismos continentales, regionales y subregionales, y en las negociaciones económicas con las misiones enviadas a la REPÚBLICA ARGENTINA por organizaciones multilaterales regionales y subregionales, incluyendo los esquemas de integración en el continente americano y en la formulación de las directivas y de las instrucciones pertinentes.

7. Intervenir en la elaboración de las instrucciones y de las directivas para las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA y delegaciones oficiales, en los aspectos de competencia de la Subsecretaría, de conformidad con los lineamientos establecidos por de la Secretaría.

8. Intervenir en la solución de controversias económicas, comerciales e institucionales de naturaleza bilateral y regional que surjan en el marco de organismos multilaterales y del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), y de los mecanismos de solución de controversias de los acuerdos comerciales de los que la REPÚBLICA ARGENTINA es parte, en coordinación con los organismos de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

9. Intervenir en las negociaciones en la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC) y en los demás organismos multilaterales internacionales de carácter económico y comercial, en coordinación con los organismos de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia, y elaborar las instrucciones correspondientes.

10. Intervenir, en coordinación con las demás áreas competentes, en las negociaciones para la adhesión a la ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO (OCDE), y representar al país en los comités y órganos de dicha organización en las que actualmente participa la REPÚBLICA ARGENTINA.

11. Intervenir en las negociaciones internacionales relativas a los efectos económico- comerciales de medidas ambientales, la energía y la tecnología, en coordinación con los organismos de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

12. Intervenir en la negociación de acuerdos bilaterales y otros instrumentos de promoción y protección recíproca de las inversiones extranjeras en los que participe la REPÚBLICA ARGENTINA, en coordinación con los organismos de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

13. Intervenir en la ejecución de los planes de acción en materia económica, comercial y de inversiones, en el ámbito de las competencias de la Subsecretaría.

14. Participar en las negociaciones económicas bilaterales con todas las naciones con las que la REPÚBLICA ARGENTINA mantenga relaciones, así como también en ámbitos multilaterales y regionales.

15. Intervenir en el monitoreo, evaluación y control de los objetivos de gestión y planes de acción económico-comerciales de las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior.

16. Asistir a la Secretaría en la coordinación de la representación nacional y preparación de reuniones económicas bilaterales, regionales y multilaterales que se desarrollen en nuestro país y en el exterior, cuyo objeto sea el seguimiento de relaciones bilaterales, regionales y multilaterales en materia económica, en coordinación con los organismos de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES

SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LAS EXPORTACIONES, LAS INVERSIONES, LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA

OBJETIVOS

1. Intervenir en la formulación de políticas y estrategias para el desarrollo y apertura de nuevos mercados en el exterior para la oferta exportable argentina de bienes y servicios, en coordinación con los organismos de la Administración Pública Nacional y provinciales con competencia en la materia.

2. Formular e implementar estrategias, políticas e instrumentos para el desarrollo de inversiones de empresas extranjeras en el país que contribuyan al desarrollo nacional, complementado la inversión doméstica, así como para la internacionalización de las empresas locales, en coordinación con los organismos de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

3. Establecer, en el ámbito de su competencia y en articulación con los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, los organismos con competencias sectoriales y las representaciones del sector privado, las estrategias para el desarrollo de políticas de promoción comercial internacional, que permitan difundir los bienes y servicios nacionales en los mercados extranjeros.

4. Entender en la definición de estrategias de promoción comercial, organización y participación en exposiciones, ferias, concursos, muestras y misiones de carácter económico y comercial, oficiales y privadas en el exterior, en el marco de la política económica global y sectorial que se defina y en función de las prioridades nacionales, en coordinación con las dependencias nacionales, provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con competencia en la materia.

5. Entender en las acciones de promoción del comercio de bienes y servicios argentinos en el exterior, así como en la promoción de inversiones en la REPÚBLICA ARGENTINA por la FUNDACIÓN ARGENTINA PARA LA PROMOCIÓN DE INVERSIONES Y COMERCIO INTERNACIONAL, constituida en virtud de lo dispuesto por el Decreto N° 2303/93; elaborando las instrucciones y las directivas para las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA y delegaciones oficiales en los aspectos de su competencia, de conformidad con los lineamientos de la Secretaría.

6. Intervenir en el diseño de documentos de análisis y estudios de impacto a mediano y largo plazo que elabore el Centro de Economía Internacional, para orientar la estrategia en la promoción comercial, así como la elaboración de los estudios relativos a la apertura de mercados y a la colocación de la oferta exportable de bienes y servicios argentinos.

7. Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en la promoción en el exterior del turismo, el deporte, las industrias culturales y servicios basados en el conocimiento, la educación, la ciencia y la tecnología, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

8. Coordinar las actividades conducentes a la participación de la REPÚBLICA ARGENTINA en los eventos del “Bureau International des Expositions”.

9. Diseñar y promover políticas y cursos de acción que tiendan al desarrollo y a la integración de las iniciativas de promoción comercial, tanto a nivel bilateral como multilateral, con todas las naciones con las que la REPÚBLICA ARGENTINA mantenga relaciones, así como con los organismos económicos y comerciales internacionales, regionales y subregionales y, en particular, con el Mercado Común del Sur (MERCOSUR), a través de herramientas de inteligencia económica y comercial, en coordinación con las demás dependencias nacionales con competencia en la materia

10. Colaborar en el desarrollo de las relaciones económicas bilaterales y participar en las negociaciones económicas y comerciales bilaterales, regionales y multilaterales.

11. Intervenir en los aspectos relativos a la preparación y ejecución de las misiones económico-comerciales que realicen la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y la VICEPRESIDENCIA DE LA NACIÓN, los Ministros, los Secretarios y los Subsecretarios del PODER EJECUTIVO NACIONAL al exterior.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

SECRETARÍA DE CULTO

OBJETIVOS

1. Intervenir en la formulación de políticas referidas a las relaciones de la REPÚBLICA ARGENTINA con la Santa Sede y con la Soberana y Militar Orden de Malta.

2. Intervenir en la negociación y celebración de Concordatos y acuerdos que se relacionen con la materia religiosa y/o el culto.

3. Asistir al Ministro en todo lo inherente a las relaciones del Gobierno con la Iglesia Católica Apostólica Romana, centralizando las gestiones con la Iglesia, especialmente, con relación a asuntos eclesiásticos y en el cumplimiento de las normas relativas al sostenimiento del Culto Católico Apostólico Romano, así como en el otorgamiento de las credenciales eclesiásticas.

4. Entender en las solicitudes de reconocimiento e inscripción de las Iglesias, Confesiones, Comunidades o Entidades Religiosas distintas de la Iglesia Católica Apostólica Romana y de institutos de vida consagrada, que desarrollen su actividad en el territorio nacional.

5. Asistir al Ministro en lo inherente a las relaciones del Gobierno con todas las Iglesias, Confesiones, Comunidades o Entidades Religiosas distintas de la Iglesia Católica Apostólica Romana que existen en el país, así como en la centralización de las gestiones que ante las autoridades públicas hicieren las mismas.

6. Intervenir en la planificación y desarrollo de los objetivos y estrategias correspondientes para posicionar internacionalmente a la REPÚBLICA ARGENTINA como Estado comprometido con la libertad e igualdad religiosa, la diversidad y el diálogo interreligioso.

7. Entender en lo inherente a las reuniones, congresos y conferencias de carácter nacional e internacional y misiones especiales ante gobiernos extranjeros y entidades internacionales que se relacionen con la materia religiosa y/o el culto.

8. Intervenir en las acciones relativas a las solicitudes de reconocimiento e inscripción y demás trámites administrativos que las Iglesias, Confesiones, Comunidades o Entidades Religiosas realicen ante la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE CULTOS.

VIII.- MINISTERIO DE DEFENSA (Apartado sustituido por art. 2° del Decreto N° 6/2024 B.O. 03/01/2024)

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS

1. Coordinar el Gabinete de Asesores del Ministro.

2. Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a dar respuesta a las cuestiones priorizadas por el Ministro.

3. Entender y asistir al Ministro en todas las cuestiones vinculadas a los aspectos logísticos y administrativos propios del desarrollo de sus funciones institucionales.

4. Asistir al Ministro en materia de relaciones institucionales, ceremonial y protocolo.

5. Coordinar la comunicación institucional interna y externa, así como la difusión de contenidos, el desarrollo e implementación de la imagen institucional y contenidos digitales de la Jurisdicción.

6. Coordinar la relación con la prensa y con los medios de comunicación de la Jurisdicción.

7. Coordinar el seguimiento de los planes, programas y proyectos de las distintas áreas del Ministerio para optimizar la gestión.

8. Entender en el diseño, elaboración, definición de instrumentos, herramientas y procedimientos para generar información de gestión en coordinación con las áreas competentes.

9. Coordinar acciones orientadas al fortalecimiento institucional, destinadas al seguimiento de los planes, programas y proyectos de las distintas áreas del Ministerio para la optimización de la gestión en la implementación de las políticas.

10. Asesorar en las cuestiones relacionadas con los proyectos de convenios en materia de competencia del Ministerio.

11. Entender en el diseño, elaboración, definición de ajustes y actualizaciones de instrumentos, herramientas y procedimientos tendientes a posibilitar la disponibilidad de insumos de información en coordinación con las áreas competentes.

12. Favorecer el desarrollo de programas y acciones tendientes al fortalecimiento de los vínculos entre las Fuerzas Armadas y la sociedad civil e implementar los proyectos especiales que puedan ser encomendados por la máxima autoridad del Ministerio.

13. Diseñar y proponer lineamientos relacionados con la transparencia institucional y la promoción de políticas de integridad en la función pública en el ámbito de la Jurisdicción. (Objetivo incorporado por art. 14 del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

MINISTERIO DE DEFENSA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo del Ministerio, así como la planificación de las actividades de administración, asesoramiento administrativo contable y efectuar los pagos correspondientes.

2. Coordinar el diseño e implementación de políticas administrativas, presupuestarias y financieras en el Ministerio.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas de la Jurisdicción en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

4. Entender en la aplicación de la política de recursos humanos, su administración, desarrollo y organización en el ámbito del Ministerio y coordinar las políticas de administración de los recursos humanos de las Fuerzas Armadas, civiles y militares.

5. Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y disciplinarios de la Jurisdicción.

6. Entender en la gestión documental de la Jurisdicción.

7. Coordinar el servicio jurídico e intervenir en los proyectos de actos administrativos en el ámbito de su competencia y supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos dependientes, y la relación con los correspondientes a los organismos descentralizados de la Jurisdicción.

8. Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las contrataciones, compras y licitaciones necesarias para el funcionamiento del Ministerio.

9. Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo.

10. Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones y de las actividades de auditoría y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo.

11. Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial, de infraestructura, mantenimiento, administración de bienes muebles e inmuebles y servicios del Ministerio.

12. Entender en la administración y coordinación de los sistemas y recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones de la Jurisdicción y supervisar, en el ámbito de su competencia, el cumplimiento de las políticas para la protección de las redes y sistemas desarrollados por la SUBSECRETARÍA DE CIBERDEFENSA.

13. (Objetivo derogado por art. 14 del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

MINISTERIO DE DEFENSA

SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO LOGÍSTICO DE LA DEFENSA

OBJETIVOS

1. Entender en la identificación y consolidación de requerimientos de los bienes y servicios de uso común de las Fuerzas Armadas y en la gestión operativa de las contrataciones consolidadas de los mismos.

2. Intervenir en la implementación de sistemas que permitan mantener la trazabilidad de los requerimientos con el fin de optimizar la disponibilidad de recursos asignados.

3. Entender en la confección y mantenimiento actualizado del registro estadístico de consumo de la totalidad de bienes y servicios de las Fuerzas Armadas.

4. Entender en la aprobación de normas y procedimientos internos que regirán la elaboración de los planes anuales de contrataciones de las Fuerzas Armadas, y en la supervisión de su ejecución.

5. Intervenir en la gestión de las contrataciones de los sistemas de armas que se adquieran, así como de los programas de modernización que se apliquen a los sistemas de armas existentes, en el ámbito de su competencia.

6. Entender en la promoción, coordinación y dirección de la elaboración de convenios de cooperación cuyo objeto impliquen la adquisición o modernización de sistemas de armas, en el ámbito de su competencia.

7. Intervenir en la planificación y conducción del proceso de formulación del anteproyecto de presupuesto de la Jurisdicción y en el seguimiento y evaluación de su ejecución.

8. Intervenir en la distribución de los recursos presupuestarios asignados, de conformidad con las prioridades emergentes del Planeamiento Militar Conjunto.

9. Entender en la aplicación, coordinación y control del Sistema Integral de Gestión de Inversiones para la Defensa (SIGID), en los proyectos de inversión conformados por los organismos y Entidades de la Jurisdicción y en la consolidación del Plan de Inversiones de Defensa (PIDEF) tendiente a alcanzar las capacidades militares determinadas como necesarias según el Planeamiento Militar de Mediano Plazo y proponer su aprobación.

10. Entender en la implementación, ejecución y control de las políticas referidas a bienes inmuebles e infraestructura de las fuerzas que dependen de la Jurisdicción.

MINISTERIO DE DEFENSA

SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y COORDINACIÓN EJECUTIVA EN EMERGENCIAS

OBJETIVOS

1. Asistir al Ministro en la respuesta ante situaciones de emergencia y/o desastres naturales, en la coordinación del apoyo y despliegue de las Fuerzas Armadas, para el desarrollo de tareas, actividades y en las acciones de preparación, prevención y respuesta inmediata y post crisis.

2. Intervenir en los acuerdos y convenios de empleo de las Fuerzas Armadas en apoyo a emergencias en zonas de fronteras, en el marco de las políticas de cooperación que establezca la política exterior de la REPÚBLICA ARGENTINA y en coordinación con las áreas competentes del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

3. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en las acciones de prevención y respuesta requeridas para la protección civil de los habitantes ante hechos del hombre y de la naturaleza, coordinando su accionar con el Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil creado por la Ley N° 27.287, con el Sistema Nacional de Manejo del Fuego creado por la Ley N° 26.815 y con los organismos con competencia en la materia.

4. Efectuar el planeamiento de las medidas y acciones necesarias para asistir a los entes nacionales, provinciales o privados para hacer frente a desastres naturales o causados por el hombre y a ilícitos que por naturaleza sean de su competencia.

5. Diseñar, planificar e implementar mecanismos de actuación frente a situaciones de emergencia, coordinando la ejecución de las acciones previstas en el marco de las competencias asignadas a la Jurisdicción.

6. Ejecutar los protocolos de actuación coordinada en situaciones de emergencia y catástrofe, en el marco de las competencias de la Jurisdicción y en coordinación con las demás áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

7. Entender en la coordinación de los programas de entrenamiento especializado del personal militar para la actuación en situaciones de emergencias o catástrofes.

8. Desarrollar las estrategias necesarias para definir las acciones de participación en situaciones de emergencia, en el marco de su competencia.

9. Entender en la elaboración de los planes para promover la capacitación, racionalización, difusión y optimización del uso y empleo de los medios y de los recursos humanos y materiales disponibles en el MINISTERIO DE DEFENSA y en las Fuerzas Armadas para la preparación y la respuesta frente a emergencias y/o desastres y catástrofes.

10. Intervenir en la recepción, coordinación y canalización de la ayuda recibida de terceros frente a situaciones de catástrofe o emergencias.

11. Intervenir en la coordinación de las acciones tendientes a detectar situaciones extraordinarias o emergencias que se produzcan en el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA.

12. Participar en la organización, coordinación y ejecución de las políticas de reducción de riesgos de desastres, mitigando, reduciendo o en la recuperación, en los eventos de origen natural o causados por el hombre, y actuando en conjunto con otros Organismos del ESTADO NACIONAL con competencia en materia ambiental, climática, planeamiento territorial, recursos hídricos y en otros recursos ambientales y energéticos.

13. Intervenir en la mitigación y recuperación de las consecuencias que producen las situaciones de emergencia y catástrofe y en la implementación de acciones preventivas que hagan al desarrollo de las infraestructuras provinciales y regionales en coordinación con los organismos pertinentes.

14. Colaborar en la formulación de los planes de mitigación a desarrollar por los organismos de Protección y Defensa Civil de las provincias y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

15. Participar en la formulación e implementación del Plan Nacional para la Reducción del Riesgo de Desastres.

16. Organizar y conducir ejercicios y simulacros para la implementación, comprobación y mantenimiento de los planes de preparación y atención de desastres a desarrollar por las Fuerzas Armadas en apoyo al Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo de Desastres y la Protección Civil.

MINISTERIO DE DEFENSA

SECRETARÍA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES

OBJETIVOS

1. Entender en la elaboración de la política de Defensa Nacional y en la orientación y dirección de los conceptos estratégicos contenidos en la Directiva Estratégica Nacional, su seguimiento y supervisión dentro del correspondiente planeamiento estratégico, interactuando con las áreas correspondientes de política exterior y de política económica para su desarrollo coordinado y continuo.

2. Proponer la convocatoria del Consejo de Defensa Nacional (CODENA) y ejercer su Secretaría.

3. Entender en el Planeamiento Militar Conjunto, determinando los requerimientos de la Defensa Nacional, formulando las políticas nacionales de la defensa y fiscalizando su cumplimiento.

4. Entender en la política general de conducción de las Fuerzas Armadas, formulando los correspondientes planes, como así también respecto de la política de movilización y el Plan de Movilización Nacional y su ejecución en caso de guerra.

5. Promover la acción conjunta de las Fuerzas Armadas en las áreas de competencia específica y coordinar este objetivo con otras unidades ejecutoras de la Jurisdicción.

6. Entender en el estudio, elaboración y propuesta del dimensionamiento de los medios operativos y de apoyo de las Fuerzas Armadas en función de las necesidades de la Directiva Estratégica Nacional y del Planeamiento Militar Conjunto.

7. Intervenir en el dimensionamiento y estructura del personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y su plan de ejecución, como así también de las nuevas unidades orgánicas y despliegue de las Fuerzas Armadas.

8. Entender en las políticas de enseñanza de la Defensa Nacional y de formación e instrucción militar en todos sus niveles.

9. Intervenir en la problemática de los Derechos Humanos vinculada con las Fuerzas Armadas, en concurrencia con las facultades que en esta materia corresponden a las áreas competentes del MINISTERIO DE JUSTICIA.

10. Entender en la instrumentación y difusión de las normas del Derecho Internacional Humanitario y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos en el área de su competencia y en los planes de capacitación que deban llevarse a cabo en el ámbito de las Fuerzas Armadas, en concurrencia con las facultades que en esta materia corresponden a las áreas competentes del MINISTERIO DE JUSTICIA y del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

11. Entender en la formulación, aprobación y supervisión de las políticas de Ciberdefensa en el ámbito de competencia específica de la Jurisdicción, como así también en el cumplimiento de las políticas y programas de los organismos de investigación y desarrollo del sector Ciberdefensa y en la coordinación y conducción superior de los organismos científicos y tecnológicos de dicho sector.

12. Participar en la planificación y ejecución de políticas de contralor del material para la defensa.

MINISTERIO DE DEFENSA

SECRETARÍA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES

SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO Y POLÍTICA MILITAR

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la determinación de la política de Defensa Nacional, coordinando la formulación y actualización de los estudios para el diseño de los cursos de acción, así como su supervisión, evaluación y control.

2. Asistir a la Secretaría en materia de normativa de defensa nacional, incluyendo su elaboración y/o su actualización.

3. Asistir a la Secretaría en la formulación y supervisión del Planeamiento de la Defensa en sus niveles ministerial y militar conjunto, proponiendo el documento político que origina al Ciclo de Planeamiento para la Defensa.

4. Asesorar en la formulación de la agenda y proposición del programa de trabajo del Consejo de Defensa Nacional (CODENA).

5. Participar en la gestión de los asuntos institucionales de las Fuerzas Armadas, así como en lo relacionado con la dirección y coordinación operativa y funcional del instrumento militar.

6. Participar en la supervisión de los estudios y las acciones relacionadas con la estructura y el dimensionamiento de los recursos humanos y de los medios operativos y de apoyo operativo del instrumento militar.

7. Asistir a la Secretaría en la formulación del régimen legal del personal militar y proponer el diseño de los perfiles profesionales de dicho personal.

8. Asistir a la Secretaría en la gestión del personal militar, incluyendo la supervisión del bienestar, y en el desarrollo normativo referido a su administración.

9. Asistir a la Secretaría en la administración del sistema de disciplina militar.

10. Asistir a la Secretaría en las coordinaciones interagenciales de interés para la defensa nacional.

SECRETARÍA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES

SUBSECRETARÍA DE CIBERDEFENSA

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en el desarrollo doctrinario, planeamiento, diseño y elaboración de la política de Ciberdefensa, de acuerdo a lo establecido en el Ciclo de Planeamiento de la Defensa Nacional en coordinación con la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO Y POLÍTICA MILITAR y en el diseño de la política de Ciberdefensa y Seguridad de la Información para el MINISTERIO DE DEFENSA y su Jurisdicción.

2. Entender en los aspectos regulatorios del sistema de ciberdefensa para la Jurisdicción y las infraestructuras críticas de la Defensa.

3. Entender en el desarrollo de las políticas, normas y procedimientos para la seguridad de la información y las comunicaciones de la Jurisdicción.

4. Entender en la coordinación con los organismos y autoridades de los Poderes del Estado para contribuir desde la Jurisdicción a la política nacional de ciberseguridad y de protección de infraestructuras críticas.

5. Entender en la coordinación con las agencias u organismos reguladores de la prestación de los servicios esenciales y de producción de bienes de interés para la Defensa Nacional, como contribución para la elaboración de normas específicas relativas a la protección de la tecnología operacional (OT) de esas infraestructuras críticas y de los procesos productivos de interés para la Defensa Nacional.

6. Intervenir en la planificación, desarrollo y establecimiento de los procedimientos operativos que hacen al funcionamiento del equipo de respuesta ante emergencias informáticas en el MINISTERIO DE DEFENSA (CSIRT DEFENSA), así como la relación con otros CSIRTs nacionales e internacionales, conforme los convenios vigentes.

7. Fomentar políticas de convocatoria, incentivo y formación de recursos humanos para la Ciberdefensa, así como promover las actividades de difusión y concientización dentro y fuera de la Jurisdicción en la materia.

8. Impulsar acuerdos de cooperación e intercambio en materia de investigación y asistencia técnica en Ciberdefensa con organismos públicos y privados.

9. Extender y ampliar los programas de captación de talento, investigación avanzada, ejercicios y capacitación en Ciberdefensa en cooperación con Universidades, centros especializados y otros organismos públicos y privados, como así también otras Jurisdicciones provinciales y municipales.

10. Promover políticas tendientes al fortalecimiento de la capacidad de asistencia a los sistemas de infraestructuras críticas.

11. Entender en el diseño de normativas y protocolos para la incorporación de tecnología e infraestructura de Ciberdefensa.

12. Ejercer el control funcional sobre el COMANDO CONJUNTO DE CIBERDEFENSA DE LAS FUERZAS ARMADAS.

MINISTERIO DE DEFENSA

SECRETARÍA DE ASUNTOS INTERNACIONALES PARA LA DEFENSA

OBJETIVOS

1. Entender en la negociación de acuerdos bilaterales interinstitucionales y asesorar técnicamente en la negociación de instrumentos multilaterales inherentes a Defensa Nacional, en todos sus aspectos.

2. Intervenir en el análisis, elaboración y la aprobación de los acuerdos bilaterales y/o multilaterales celebrados por el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS y los ESTADOS MAYORES GENERALES DE LAS FUERZAS ARMADAS.

3. Intervenir en la política y cursos de acción a seguir en materia de Cooperación Internacional para la Defensa y realizar el control de la instrumentación de las acciones de cooperación internacional propuestas.

4. Intervenir en la planificación y seguimiento de la ejecución de Ejercicios Conjuntos Combinados y/o Ejercicios Específicos Combinados en las que participen otras fuerzas extranjeras.

5. Intervenir en la planificación y seguimiento de la ejecución de las Operaciones Militares de Paz en que participen las Fuerzas Armadas Argentinas.

6. Intervenir en el cumplimiento de las competencias asignadas al MINISTERIO DE DEFENSA y a las Fuerzas Armadas frente a otros Estados libres, ante la Organización de las Naciones Unidas (ONU), ante la Organización de Estados Americanos (OEA) y ante los demás organismos de carácter bilateral y multilateral que fomenten la cooperación internacional y el mantenimiento de la paz, en concordancia con la política exterior y objetivos estratégicos de gobierno.

7. Intervenir en la vinculación del MINISTERIO DE DEFENSA y las Fuerzas Armadas Argentinas con los Ministerios de Defensa y con las Fuerzas Armadas de otras naciones.

8. Participar en la formulación de la posición de la REPÚBLICA ARGENTINA en lo relativo a acuerdos bilaterales o multilaterales de desarme.

9. Asistir al Ministro en materia de política y campaña Antártica.

10. Intervenir en al ámbito de sus competencias en el procedimiento de selección de los funcionarios propuestos como Agregados de Defensa y de las Fuerzas Armadas.

11. Articular con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y con la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la participación de representantes del Estado Mayor Conjunto y de las Fuerzas Armadas en las acciones para contribuir al mantenimiento del Atlántico Sur como zona de paz y cooperación.

MINISTERIO DE DEFENSA

SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN, POLÍTICA INDUSTRIAL Y PRODUCCIÓN PARA LA DEFENSA

OBJETIVOS

1. Entender en la formulación de las políticas, planes, programas y proyectos de investigación y de producción para la Defensa que posibiliten la obtención de recursos del sector, y en la supervisión de las actividades vinculadas a esas áreas que realicen los institutos, organismos, sociedades y empresas del área del MINISTERIO DE DEFENSA, e intervenir en los requerimientos de medios materiales formulados por las Fuerzas Armadas.

2. Entender en la administración de las empresas, sociedades, participaciones accionarias y todo ente de producción o servicios de la Jurisdicción, actuando así también, como asistente planificador y ejecutor de los procesos de reestructuración de los mismos y controlar su gestión.

3. Intervenir en la promoción, coordinación, dirección y celebración de convenios de cooperación en las áreas industrial, tecnológica y comercial en el ámbito de su competencia, controlando su ejecución.

4. Entender en el análisis, aprobación y contralor de la ejecución de los planes, programas y presupuestos anuales de las empresas, sociedades y organismos de investigación y producción dependientes del MINISTERIO DE DEFENSA, promoviendo la cooperación y coordinación con otras áreas del sector público y privado, manteniendo actualizado el conocimiento de las capacidades de la industria nacional relacionada con la investigación y producción para la Defensa, interviniendo en los requerimientos de radicación y funcionamiento en el país de instalaciones destinadas para la Defensa.

5. Intervenir en la planificación y ejecución de los procesos de reestructuración de las empresas, sociedades, participaciones accionarias y todo otro ente de investigación, producción o servicios de la Jurisdicción, controlando la aplicación de las cláusulas de salvaguarda previstas para preservar aspectos de interés para la Defensa, en aquellos que han sido privatizados.

6. Asistir al Ministro en la definición y formulación de las políticas para la Jurisdicción en el ámbito de la ciencia, la tecnología y la producción para la Defensa, como así también en su aprobación y supervisión por los organismos de investigación y desarrollo del sector, en el marco de la articulación de planes que se definan a nivel nacional.

7. Entender en la coordinación y conducción superior de los organismos científicos y tecnológicos del área del MINISTERIO DE DEFENSA y de las Fuerzas Armadas, como asimismo en los aspectos de la Jurisdicción relativos al Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.

8. Entender en la conducción del Sistema de Aeronavegabilidad de la Defensa.

9. Entender en la supervisión y coordinación de la gestión de los institutos vinculados a la producción de información geográfica, meteorológica e hidrográfica.

10. Supervisar la gestión de FABRICACIONES MILITARES SOCIEDAD DEL ESTADO.

11. Entender en la elaboración de un plan plurianual científico y tecnológico para la defensa y sus reformulaciones, como así también en la complementación y apoyo entre el Sistema Científico Tecnológico para la Defensa y el sector privado.

12. Entender en la gestión, elaboración y concreción de programas, acuerdos y convenios de cooperación científica y tecnológica de empresas y organismos de investigación, política industrial y producción del MINISTERIO DE DEFENSA con organismos públicos, instituciones académicas y centros de investigación vinculados al tema, en el ámbito nacional.

13. Entender en la evaluación, acreditación y control de la ejecución de planes, programas y proyectos de investigación, política industrial y producción para la defensa que realicen los institutos y organismos del área del MINISTERIO DE DEFENSA y de las Fuerzas Armadas.

14. Entender en la coordinación y en el establecimiento del destino final de los recursos del Fondo para la Investigación y Desarrollo para la Defensa (FONID), con el objeto de financiar el "Programa de Financiamiento de Proyectos de Investigación y Desarrollo para la Defensa.

IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA (Apartado sustituido por art. 3° del Decreto N° 293/2024 B.O. 8/4/2024.)

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS

1. Asistir al Ministro en la priorización de las políticas públicas a implementarse desde el Ministerio y en la coordinación de los objetivos estratégicos que le encomiende el titular de la Jurisdicción.

2. Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a dar adecuada y rápida respuesta a las cuestiones priorizadas por el Ministro.

3. Coordinar el seguimiento de los planes, programas y proyectos de las distintas áreas del Ministerio para optimizar la gestión.

4. Asistir en el diseño de proyectos especiales que contribuyan a la viabilidad de políticas sustantivas en el ámbito de competencia del Ministerio.

5. Entender en el diseño, elaboración, definición de instrumentos, herramientas y procedimientos para generar información de gestión, en coordinación con las áreas competentes.

6. Sistematizar reportes e información producida por las unidades dependientes del Ministerio relativa a la implementación y ejecución de las diferentes políticas públicas de competencia de la Jurisdicción.

7. Brindar apoyo en el diseño de la agenda institucional del Ministerio de acuerdo a los objetivos planteados para la gestión.

8. Colaborar en el análisis de las propuestas de acuerdos y convenios a celebrarse por el Ministerio.

9. Entender y asistir al Ministro en todas las cuestiones vinculadas con la gestión logística propias del desarrollo de sus funciones institucionales.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1. Dirigir el diseño e implementación de políticas administrativas, presupuestarias y financieras de los distintos Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción.

2. Coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo técnico y administrativo de los distintos Servicios Administrativos Financieros del Ministerio.

3. Coordinar las actividades de apoyo legal del servicio jurídico del Ministerio.

4. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero, con excepción de los que por su especificidad sustantiva corresponden a la gestión de otras unidades programáticas.

5. Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos del Ministerio.

6. Entender en el despacho y la gestión documental del Ministerio.

7. Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y disciplinarios del Ministerio.

8. Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios, y demás adquisiciones efectuadas por los distintos Servicios Administrativos Financieros del Ministerio, como así también en los proyectos de participación público-privada.

9. Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo de la Jurisdicción.

10. Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones, y de las actividades de auditoría y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo del Ministerio.

11. Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial, de infraestructura, mantenimiento, administración de bienes muebles e inmuebles y servicios del Ministerio.

12. Entender en la administración y coordinación de los sistemas y recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones del Ministerio.

13. Dirigir el diseño e implementación de las políticas de seguridad de la información, transparencia e integridad que se desarrollen en el ámbito de la Jurisdicción, de acuerdo a las previsiones que establezca la Autoridad de Aplicación en cada materia.

14. Dirigir el cumplimiento, por parte del Ministerio, de las previsiones establecidas en la Ley N° 27.275.

15. Coordinar la comunicación institucional interna y externa.

16. Coordinar la difusión de contenidos, el desarrollo e implementación de la imagen institucional y contenidos digitales de la Jurisdicción.

17. Coordinar la relación con la prensa y los medios de comunicación de la Jurisdicción.

18. Asistir al Ministro en todo lo concerniente a las relaciones institucionales de la Jurisdicción.

19. Asistir al Ministro en materia de ceremonial y protocolo.

20. Brindar información procesada como aporte a la comunicación institucional interna y externa de la Jurisdicción.

21. Asesorar a las autoridades de la Jurisdicción en la elaboración de mecanismos de fortalecimiento institucional, en materia de su competencia.

22. Supervisar la promoción de la gestión cultural, el fortalecimiento institucional y las relaciones basadas en el patrimonio artístico, aplicando el marco jurídico relativo a los bienes culturales.

23. Coordinar el Centro de Documentación e Información y entender en la recuperación y conservación del patrimonio cultural, así como fortalecer el acervo editorial de la Jurisdicción.

24. Coordinar el suministro de la información solicitada por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS relativa a empresas y sociedades del estado en las que el Ministerio tenga participación societaria.

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA LEGAL

OBJETIVOS

1. Coordinar el servicio jurídico del Ministerio, en lo que respecta a la emisión de opiniones y dictámenes jurídicos.

2. Dirigir la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL, en lo que es competencia del Ministerio, en los asuntos judiciales, prejudiciales y arbitrajes y en la contestación de los requerimientos del Poder Judicial.

3. Monitorear el accionar de las unidades organizativas con competencia en temas legales existentes en el ámbito de la Jurisdicción.

4. Asistir a la Secretaría en la intervención que le compete en materia de proyectos de leyes y actos administrativos.

5. Supervisar la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de los convenios, acuerdos y demás instrumentos de carácter jurídico relativos a su competencia.

6. Participar en materia de cancelación de pasivos mediante bonos de consolidación de deuda y de los saldos de deudas a cargo de la Administración Pública Nacional.

7. Asistir a la Secretaría en relación con los contratos de obras y servicios públicos de la Jurisdicción.

8. Coordinar el asesoramiento legal que brinde la Secretaría en todas aquellas materias que sean competencia de la Jurisdicción.

9. Intervenir en la tramitación de los sumarios administrativo-disciplinarios que se instruyan en la órbita del Ministerio.

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL

OBJETIVOS

1. Asistir en el diseño y evaluación del cumplimiento de la política presupuestaria de los Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción, con excepción de aquellos asignados a la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE ASUNTOS PRODUCTIVOS Y DE LA BIOECONOMÍA y a la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INFRAESTRUCTURA.

2. Colaborar con la Secretaría en su asistencia a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, correspondientes a los Servicios Administrativos Financieros asignados a su órbita, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, correspondientes a los Servicios Administrativos Financieros asignados a su órbita, efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y los insumos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos para la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA, la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA, la SECRETARÍA DE HACIENDA, la SECRETARÍA DE FINANZAS, la SECRETARÍA DE ENERGÍA y la SECRETARÍA DE MINERÍA.

4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que presta servicio, así como la planificación de las actividades de administración general, con excepción de aquellas que por su especificidad sustantiva correspondan a la gestión de otras unidades programáticas.

5. Intervenir en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial, de infraestructura, mantenimiento y administración de bienes muebles e inmuebles, y de servicios correspondientes a los Servicios Administrativos Financieros asignados a su órbita.

6. Supervisar la gestión documental de las áreas vinculadas a los Servicios Administrativos Financieros asignados a su órbita.

7. Coordinar la aplicación de la política de administración del personal y de los recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones, de la política de seguridad de la información, así como la gestión de los espacios físicos del Ministerio y de las áreas vinculadas a los Servicios Administrativos Financieros asignados a su órbita.

8. Dirigir la aplicación de los programas de administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen de operar por cualquier causa; así como coordinar todo lo vinculado con la liquidación de aquellos fondos fiduciarios que comprometen bienes y/o aportes que se realicen a través de las Entidades y/o Jurisdicciones de la Administración Pública Nacional y de otros cuya liquidación sea encomendada al Ministerio, como así también de sus bienes, derechos y obligaciones remanentes.

9. Proponer las acciones vinculadas a los procesos de reconversión empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del ESTADO NACIONAL, en lo que es materia de su competencia, y coordinar la aplicación del régimen de compensación de créditos y deudas entre el Sector Público Nacional y el sector privado, en el marco de las normas vigentes.

10. Dirigir la representación en las empresas donde la Secretaría posea participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las pautas y lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

11. Coordinar, conforme las pautas y lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la gestión de los directores que representan al ESTADO NACIONAL en aquellas empresas con participación estatal en el ámbito de la Jurisdicción, como así también, la representación del MINISTERIO DE ECONOMÍA en aquellos órganos societarios de los entes donde la Jurisdicción y/o el ESTADO NACIONAL posean participación accionaria y la tenencia accionaria sea ejercida por el MINISTERIO DE ECONOMÍA, con excepción de aquellas empresas con participación estatal y órganos societarios que pertenezcan a los sectores de hacienda, financieros, energéticos y mineros, de industria, comercio, de bioeconomía, agricultura, ganadería y pesca, de obras públicas y transporte.

12. Coordinar la implementación y la ejecución de los Programas de Propiedad Participada que se desarrollen en el ámbito de la Jurisdicción y la gestión en sede administrativa vinculada con la cancelación de pasivos cuyo pago deba materializarse en bonos de consolidación de deuda, en el marco de las competencias asignadas.

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE ASUNTOS PRODUCTIVOS Y DE LA BIOECONOMÍA

OBJETIVOS

1. Asistir en el diseño y en la evaluación del cumplimiento de la política presupuestaria de los Servicios Administrativos Financieros de las áreas vinculadas a la industria, el comercio y el desarrollo productivo, la bioeconomía, la agricultura, ganadería y pesca.

2. Colaborar con las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas de los Servicios Administrativos Financieros de las áreas vinculadas a la industria, el comercio y el desarrollo productivo, la bioeconomía, la agricultura, ganadería y pesca, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas correspondientes a los Servicios Administrativos Financieros de las áreas vinculadas a la industria, el comercio y el desarrollo productivo, la bioeconomía, la agricultura, ganadería y pesca efectuando los trámites administrativos necesarios para la gestión de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y los insumos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos en las áreas de su competencia.

4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que presta servicio, así como la planificación de las actividades de administración general, con excepción de aquellas que por su especificidad sustantiva correspondan a la gestión de otras unidades programáticas.

5. Intervenir en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial, de infraestructura, mantenimiento y administración de bienes muebles e inmuebles, y servicios correspondientes a los Servicios Administrativos Financieros asignados a su órbita.

6. Coordinar la aplicación de la política de administración del personal y de los de recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones, de la política de seguridad de la información, así como la gestión de los espacios físicos de las áreas vinculadas a los Servicios Administrativos Financieros asignados a su órbita.

7. Supervisar la gestión documental de las áreas vinculadas a los Servicios Administrativos Financieros asignados a su órbita.

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INFRAESTRUCTURA

OBJETIVOS

1. Asistir en el diseño y en la evaluación del cumplimiento de la política presupuestaria de los Servicios Administrativos Financieros de las áreas vinculadas a desarrollo territorial y hábitat, obras públicas, transporte y concesiones.

2. Colaborar con las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas de los Servicios Administrativos Financieros de las áreas vinculadas a su órbita, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas correspondientes a los Servicios Administrativos Financieros de las áreas vinculadas a su órbita, efectuando los trámites administrativos necesarios para la gestión de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y los insumos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos en las áreas de su competencia.

4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que presta servicio, así como la planificación de las actividades de administración general a su cargo, con excepción de aquellas que por su especificidad sustantiva correspondan a la gestión de otras unidades programáticas.

5. Intervenir en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial, de infraestructura, mantenimiento y administración de bienes muebles e inmuebles y servicios correspondientes a los Servicios Administrativos Financieros asignados a su órbita.

6. Supervisar la gestión documental de las áreas vinculadas a los Servicios Administrativos Financieros asignados a su órbita.

7. Coordinar la aplicación de la política de administración del personal y de los recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones, de la política de seguridad de la información, así como la gestión de los espacios físicos correspondientes a las áreas vinculadas a desarrollo territorial y hábitat, obras públicas, transporte y concesiones.

8. Participar en los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiera- contable de los diversos programas y proyectos, correspondientes a las áreas vinculadas a su órbita, con excepción de aquellos financiados con crédito externo.

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES DE DESARROLLO E INVERSIÓN PÚBLICA

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la ejecución operativa y de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo de la Jurisdicción, como así también de proyectos de participación público- privada, en lo que es materia de su competencia.

2. Asistir a la Secretaría en la coordinación de la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones, y de las actividades de auditoría y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su competencia.

3. Participar en las acciones relativas a la planificación, programación y formulación de los proyectos a ser presentados para su evaluación ante los organismos financieros internacionales, como así también, de los proyectos de participación público-privada, definiendo los aspectos vinculados a la gestión ejecutiva, financiera y fiduciaria, en coordinación con las áreas pertinentes de la Secretaría y demás áreas sustantivas del Ministerio con competencia en la materia.

4. Coordinar, en el ámbito de sus competencias, las gestiones tendientes a la priorización y relevamiento de demandas de programas y proyectos con financiamiento externo, en coordinación con las restantes áreas competentes de la Jurisdicción.

5. Articular, con las áreas sustantivas de la Jurisdicción, las acciones necesarias para velar por el cumplimiento de los requisitos ambientales y sociales para la preparación, aprobación y ejecución de los programas y proyectos con financiamiento externo y/o proyectos de participación público-privada de la Jurisdicción.

6. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas de la Jurisdicción que ejecutan programas con financiamiento externo, efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y los insumos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos, en coordinación con la SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE ASUNTOS PRODUCTIVOS Y DE LA BIOECONOMÍA y la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INFRAESTRUCTURA.

7. Participar en la articulación de la información y las relaciones con los organismos nacionales e internacionales vinculados con la ejecución de programas y proyectos con financiamiento externo y proyectos de participación público-privada, en la órbita de la Jurisdicción.

8. Intervenir en las actuaciones administrativas relativas a la gestión y aprobación del financiamiento internacional e inversiones con participación público-privada, en materia de su competencia.

9. Participar, conforme los lineamientos impartidos por la Secretaría, en la tramitación de los proyectos y convenios, modificaciones y adendas a ser suscriptos en el marco de adquisiciones y contrataciones relativas a programas y proyectos con financiamiento externo y proyectos de participación público-privada, en la órbita de la Jurisdicción.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA

OBJETIVOS

1. Coordinar el diseño, elaboración y propuesta de los lineamientos estratégicos para la programación de la política económica y la planificación del desarrollo.

2. Coordinar el desarrollo e instrumentación de los mecanismos institucionales que promuevan la sistematicidad, coherencia, unidad y organicidad en la toma de decisiones de las diferentes áreas de la Jurisdicción, en lo que es materia de su competencia.

3. Efectuar la evaluación del impacto económico del cumplimiento de las políticas, planes y programas ejecutados en el ámbito de su competencia, desarrollando criterios e indicadores que permitan un control estratégico sobre su instrumentación.

4. Entender en la determinación de los objetivos de política económica y elaborar las pautas que orienten al esquema de reestructuración y negociación de los contratos suscritos por el Sector Público Nacional en el ámbito de su competencia.

5. Ejercer la representación en los grupos y comisiones de trabajo en el ámbito del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y otros espacios económicos integrados, en los temas vinculados con su competencia específica.

6. Coordinar el seguimiento sistemático de la coyuntura local y mundial y publicar indicadores e informes periódicos que permitan evaluar el desempeño de la economía, y el impacto sobre la economía local de los cambios en el contexto internacional, en coordinación con las áreas de la Jurisdicción con competencia en la materia.

7. Programar y coordinar la realización de diagnósticos y el seguimiento de los niveles de vida, de pobreza, del empleo y la distribución del ingreso de la población y coordinar la elaboración, propuesta y seguimiento de estrategias y políticas tendientes a promover el crecimiento económico con inclusión social.

8. Entender en la elaboración y propuesta de criterios para la fijación de prioridades en materia de recursos y erogaciones fiscales, desde el punto de vista de la finalidad e impacto económico de los mismos, y de pautas macroeconómicas que sirvan de base para la programación fiscal en el marco de la política económica vigente.

9. Entender en la programación regional y sectorial de la política económica nacional, en coordinación con las distintas Jurisdicciones del ESTADO NACIONAL a fin de establecer coherencia y complementariedad en los lineamientos estratégicos de la política económica para el desarrollo a largo plazo.

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA

SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MACROECONÓMICA

OBJETIVOS

1. Programar, coordinar y dirigir las tareas correspondientes al seguimiento de la economía nacional e internacional, y entender en el análisis de evaluación del impacto de los cambios en el contexto internacional sobre la economía nacional, en coordinación con la SECRETARÍA DE FINANZAS.

2. Coordinar la elaboración e implementación de modelos de programación macroeconómica, efectuar el análisis de consistencia de las políticas macroeconómicas y asistir en la elaboración y propuesta de pautas macroeconómicas que sirvan de base para la programación fiscal en el marco de la política económica vigente.

3. Dirigir el seguimiento sistemático de la coyuntura económica y la elaboración de indicadores e informes periódicos que permitan evaluar el desempeño de la economía y efectuar el seguimiento de las pautas de programación fiscal nacional vigentes, evaluando su impacto sobre la economía real.

4. Elaborar y proponer pautas de programación fiscal a mediano y largo plazo basadas en experiencias internacionales o en acuerdos de coordinación de políticas macroeconómicas.

5. Efectuar el seguimiento y el diagnóstico de los niveles de empleo, pobreza e indigencia y de distribución del ingreso, proponer vías de acción para su mejoramiento, y asistir a la Secretaría en la coordinación del diseño de estrategias y políticas tendientes a promover el crecimiento económico con inclusión social.

6. Asistir a la Secretaría en la elaboración y propuesta de criterios para la fijación de prioridades en materia de recursos y erogaciones fiscales desde el punto de vista de su finalidad e impacto económico, así como en la determinación de los objetivos y pautas generales de la política económica.

7. Dirigir el seguimiento sistemático de las distintas cuentas del balance de pagos y proponer las medidas tendientes a fortalecer el desempeño del sector externo.

8. Asistir a la Secretaría y a las áreas correspondientes del Ministerio en la representación ante los grupos y comisiones de trabajo en el marco del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y de otros espacios económicos integrados, en los temas vinculados con su competencia específica.

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA

SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MICROECONÓMICA

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en el diseño y análisis de la política económica, considerando el impacto de los componentes presupuestarios, tributarios y regulatorios en el desarrollo productivo a nivel regional y sectorial.

2. Asistir a la Secretaría en el diseño de la programación microeconómica regional y sectorial, coordinando su accionar con las Jurisdicciones con competencia en la materia.

3. Intervenir en el diseño e implementación de instrumentos de seguimiento y análisis del impacto sobre la actividad de las iniciativas presupuestarias, tributarias y de las regulaciones o desregulaciones, a nivel regional y sectorial, y emitir informes periódicos sobre los datos relevados y análisis efectuados.

4. Dirigir la evaluación de los impactos de las iniciativas productivas a nivel regional y sectorial sobre los resultados fiscales, en coordinación con las áreas con competencia en la materia del ESTADO NACIONAL.

5. Coordinar el análisis de rentabilidad, estructura de costos e incidencia de los impuestos y regulaciones nacionales o locales en la actividad microeconómica, como insumo para la definición de la política tributaria.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE HACIENDA

OBJETIVOS

1. Coordinar la aplicación de las políticas y la administración presupuestaria y financiera del gasto público nacional.

2. Dirigir y supervisar los sistemas de Presupuesto, Tesorería y Contabilidad y ejercer, con la SECRETARÍA DE FINANZAS, las funciones de Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional.

3. Coordinar lo vinculado con el registro de los bienes físicos del ESTADO NACIONAL.

4. Intervenir en la definición de las necesidades de financiamiento del Sector Público Nacional, las provincias o sus organismos o empresas, por las que se originen, o puedan eventualmente originarse obligaciones de pago y desarrollar políticas y programas de asistencia a las mismas en lo que es materia de su competencia.

5. Dirigir la representación en las empresas donde la Secretaría posea participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las pautas y lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

6. Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO NACIONAL en aquellas empresas donde la Secretaría posea participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las pautas y lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

7. Entender en la constitución y funcionamiento de los fondos fiduciarios que comprometan bienes y/o aportes que se realicen a través de las Entidades y/o Jurisdicciones de la Administración Pública Nacional.

8. Proponer la política salarial del Sector Publico Nacional y desarrollar el control y análisis presupuestario del gasto en personal del Sector Publico Nacional, en coordinación con las áreas correspondientes de otras jurisdicciones del ESTADO NACIONAL con competencia en la materia.

9. Participar en los procesos de modernización y transparencia del ESTADO NACIONAL, en el ámbito de su competencia.

10. Entender en todo lo vinculado a los aspectos contables, fiscales y económicos en la relación entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y elaborar propuestas respecto al perfil de la deuda pública de las provincias y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con el ESTADO NACIONAL.

11. Asistir al Ministro en su participación en la instrumentación y seguimiento, en forma concurrente con los otros ministerios competentes, de políticas fiscales, económicas y financieras entre el Gobierno Nacional y los Gobiernos Provinciales.

12. Intervenir en el otorgamiento de asistencia transitoria a las provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a través de anticipos a cuenta de las respectivas participaciones en los impuestos nacionales coparticipables.

13. Coordinar, en el ámbito de su competencia, la participación del Ministerio y el accionar de los representantes de la REPÚBLICA ARGENTINA en los foros financieros internacionales y en los organismos internacionales de crédito.

14. Intervenir en la representación o representar, cuando corresponda, al Ministerio en los grupos intergubernamentales o foros de cooperación y consulta en temas relacionados con el Sistema Financiero Internacional.

15. Intervenir en las relaciones, negociaciones y representación del país con los organismos financieros internacionales de crédito de los que la REPÚBLICA ARGENTINA forma parte, en los aspectos que hacen a las políticas generales y particulares de dichos organismos y en los préstamos provenientes de los mismos.

16. Intervenir en todo lo vinculado a las relaciones y negociaciones con los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales y multilaterales para el desarrollo, actualización y mantenimiento de los sistemas de información destinados a optimizar la ejecución de los programas con dichos organismos.

17. Intervenir en la autorización del endeudamiento del Sector Público No Financiero Provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, así como en el análisis de propuestas respecto al perfil de su endeudamiento con el ESTADO NACIONAL.

18. Entender en el seguimiento de la evolución fiscal del Sector Público Argentino a través de la instrumentación de un sistema de información del Sector Público Nacional, Provincial y Municipal.

19. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en las negociaciones salariales, dictado de actos administrativos de alcance general que otorguen beneficios económicos de cualquier tipo a los agentes comprendidos en las jurisdicciones del Sector Público Nacional o en aquellas negociaciones salariales que, directa o indirectamente, signifiquen erogaciones del Tesoro Nacional.

20. Coordinar las relaciones entre la SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

21. Intervenir en la negociación de acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera y participar en aquellos que afecten recursos de la seguridad social.

22. Entender en el diseño de la política impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social, como así también participar en el diseño de los regímenes de promoción económica que involucren esos aspectos.

23. Diseñar, en el marco de sus competencias y en coordinación con las áreas con competencia en la materia, convenios interjurisdiccionales relativos a la política tributaria y de distribución de la base imponible, en los que intervengan las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y los municipios.

24. Participar en el seguimiento y control de la aplicación de la normativa vigente en materia de coparticipación de impuestos o de regímenes especiales de transferencia de recursos nacionales a las provincias, en coordinación con el MINISTERIO DEL INTERIOR.

25. Participar en los organismos de instrumentación, control y análisis donde tenga intervención el ESTADO NACIONAL sobre el Régimen Transitorio de Distribución de Recursos Fiscales, establecido por el Artículo 1° de la Ley N° 23.548.

26. Asistir al Ministro en su participación en el Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal como órgano de Aplicación del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal, creado por el artículo 27 de la Ley N° 25.917.

27. Coordinar acciones entre los tres niveles de gobierno, y los organismos nacionales, internacionales, bilaterales y multilaterales que brinden asistencia para el fortalecimiento de las políticas fiscales, económicas y financieras.

28. Participar en mecanismos de resolución de cuestiones objeto de controversia en el campo económico, fiscal y/o financiero entre la Nación y las provincias o la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

29. Coordinar la determinación de los procedimientos y metodologías de aplicación para las valuaciones fiscales de los inmuebles, establecidos por el Comité Ejecutivo del ORGANISMO FEDERAL DE VALUACIONES DE INMUEBLES (OFEVI), en el territorio de las provincias y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

SECRETARÍA DE HACIENDA

SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO

OBJETIVOS

1. Coordinar las diversas etapas del proceso presupuestario de los organismos y entidades del Sector Público Nacional.

2. Coordinar la implementación del sistema de contabilidad gubernamental del Sector Público Nacional.

3. Coordinar el sistema de administración de fondos del Sector Público Nacional.

4. Desarrollar y coordinar la utilización del Sistema Integrado de Información Financiera (SIDIF) y la capacitación de los recursos humanos del Sector Público Nacional en la materia.

5. Asistir en la coordinación de los aspectos contables e informativos del Gobierno Nacional, los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

6. Asistir a la Secretaría en los procesos de modernización y transparencia del ESTADO NACIONAL, en el ámbito de su competencia.

7. Organizar, dirigir y fiscalizar el registro de los bienes físicos del ESTADO NACIONAL.

8. Realizar, en el ámbito de su competencia, el control y análisis presupuestario del gasto en personal del Sector Público Nacional, en coordinación con las Jurisdicciones con competencia en la materia.

9. Asistir a la Secretaría en la aplicación de la política salarial en el marco de los límites presupuestarios establecidos por la ley, en el ámbito de sus competencias.

SECRETARÍA DE HACIENDA

SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS

OBJETIVOS

1. Formular el cálculo general de ingresos públicos y controlar su ejecución, así como también calcular los gastos tributarios.

2. Entender en el cálculo del impacto fiscal sobre los ingresos públicos de las propuestas de reformas de política impositiva, aduanera y de recursos de la seguridad social, así como de los acuerdos internacionales en materia impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social.

3. Efectuar el seguimiento sistemático de la recaudación y distribución de los recursos tributarios nacionales.

4. Diseñar, mediante la aplicación de instrumentos de política tributaria, propuestas para el desarrollo económico con inclusión social.

5. Participar en el diseño de regímenes de promoción económica, en lo atinente a los aspectos tributarios y en los fines extra-fiscales que se persigan a través de ellos, actuando como autoridad de control en la utilización de beneficios promocionales a partir de la información suministrada por los organismos de aplicación y fiscalización competentes en la materia, y de aplicación cuando las normas respectivas así lo establezcan.

6. Entender en el análisis e interpretación de las leyes, decretos y otras normas que afectan la estructura de los impuestos y de los recursos de la seguridad social, en el seguimiento de su aplicación y en las propuestas de modificación de las bases imponibles, las alícuotas, las exenciones y de cualquier otro aspecto del sistema de determinación de aquellos.

7. Dirigir el desarrollo e instrumentación de mecanismos de articulación y coordinación institucional con la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS.

8. Ejercer el control tutelar del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN.

9. Asistir a la Secretaría en su intervención en la negociación de acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera y participar en la negociación de aquellos que afecten recursos de la seguridad social, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

10. Asistir a la Secretaría en la coordinación de la participación del Ministerio ante organismos internacionales, en aspectos impositivos, aduaneros y de los recursos de la seguridad social.

11. Participar, en el ámbito de su competencia y por medio de sus representantes, en la ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICOS (OCDE), en los distintos Comités de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE ADUANAS (OMA) y de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC), en la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), de la ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS (OEA), comités técnicos vinculados a los temas de su competencia específica y en las sesiones de otros organismos o grupos de trabajo nacionales e internacionales de carácter técnico en materia aduanera, impositiva y de los recursos de la seguridad social.

12. Asistir a la Secretaría en su participación en la Comisión Federal de Impuestos y en la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.

13. Articular relaciones con los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en materia tributaria, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

14. Participar, en coordinación con las áreas con competencia en la materia, en los procesos de integración regional en materia impositiva y aduanera orientados a un equilibrio tributario.

SECRETARÍA DE HACIENDA

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN FISCAL PROVINCIAL

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en relación a la participación en la instrumentación y seguimiento de políticas fiscales, económicas y financieras entre el ESTADO NACIONAL y los Gobiernos Provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales.

2. Proponer a la Secretaría instrumentos de financiamiento para asistir a las provincias en la implementación de programas fiscales y financieros.

3. Coordinar, en el marco de sus competencias, la instrumentación y actualización de un banco de datos fiscales, económicos y financieros sobre provincias y municipios.

4. Participar en la coordinación de las políticas fiscales, económicas y financieras y sus impactos sociales entre el Gobierno Nacional y los Sectores Públicos Provinciales y municipales.

5. Diseñar y operar un sistema de información sobre la gestión de las provincias y municipios que permita su integración a las cuentas nacionales.

6. Participar en lo atinente a opciones de cooperación y asistencia nacional e internacional, bilateral y multilateral disponibles para las provincias y municipios en apoyo de sus políticas y acciones fiscales, económicas y financieras, en coordinación con las áreas con competencia específica de la Administración Pública Nacional.

7. Asistir a la Secretaría en el diseño de convenios con las provincias, municipios y/u otras entidades para el desarrollo e implementación de los programas y acciones de su competencia.

8. Asistir a la Secretaría en la participación en los organismos vinculados con el control del Régimen Transitorio de Distribución de Recursos Fiscales.

9. Asistir a la Secretaría en el seguimiento de la aplicación de la normativa vigente en materia de coparticipación de impuestos o de regímenes especiales de transferencia de recursos nacionales a las provincias.

10. Asistir a la Secretaría en las autorizaciones de endeudamiento del sector público no financiero provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal.

11. Promover acciones de coordinación de las políticas de endeudamiento del Gobierno Nacional con relación a los gobiernos provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, y realizar el seguimiento de los niveles de endeudamiento de estos últimos y de su incidencia en sus finanzas públicas.

12. Articular relaciones con los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en materia tributaria, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la temática.

13. Asistir a la Secretaría en la resolución de cuestiones objeto de controversia en el campo económico, fiscal y/o financiero entre la Nación y las provincias y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

14. Coordinar la realización de asistencias técnicas dirigidas a las provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, destinadas a la homogenización de metodologías de información fiscal y financiera de las cuentas públicas provinciales, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales.

15. Asistir a la Secretaría en el análisis de controversias de distribución de recursos del Régimen Transitorio de Distribución de Recursos Fiscales.

16. Participar de los Foros y Organismos de coordinación presupuestaria interjurisdiccional con las provincias y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE FINANZAS

OBJETIVOS

1. Entender en la ejecución de las políticas y medidas relativas a los aspectos crediticios de la política financiera y el endeudamiento externo e interno de la REPÚBLICA ARGENTINA, interviniendo en las negociaciones inherentes al tema con entes financieros nacionales y extranjeros, públicos y privados, y con el Fondo Monetario Internacional (FMI), tomando a su cargo las relaciones con la comunidad financiera internacional y la coordinación de las representaciones en el exterior.

2. Diseñar las acciones tendientes a la preservación del crédito público.

3. Coordinar la elaboración de las proyecciones presupuestarias del endeudamiento público y efectuar su seguimiento.

4. Dirigir y supervisar el Sistema de Crédito Público, coordinar la administración de la deuda pública y ejercer, con la SECRETARÍA DE HACIENDA, las funciones de Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional.

5. Establecer las políticas de administración de los activos financieros del ESTADO NACIONAL y coordinar el análisis de los aspectos financieros de los fondos fiduciarios en los que éste sea parte.

6. Entender en las relaciones, negociaciones y representación del país con los organismos financieros internacionales de crédito de los que la Nación forma parte, en los aspectos que hacen a las políticas generales y particulares de dichos organismos y en los préstamos provenientes de los mismos.

7. Entender en todo lo vinculado a las relaciones y negociaciones con los organismos financieros internacionales de crédito, para el desarrollo, actualización y mantenimiento de los sistemas de información destinados a optimizar la ejecución de los programas con dichos organismos.

8. Entender en el diseño e implementación de políticas públicas vinculadas a la inclusión financiera y en la elaboración de propuestas tendientes a coordinar el accionar de las entidades financieras oficiales nacionales.

9. Entender en el diseño de medidas orientadas al desarrollo de los servicios financieros, el mercado de capitales, el mercado asegurador y el financiamiento de la actividad productiva.

10. Entender en el análisis de la estructuración financiera del plan de inversión pública, propiciando la preservación del crédito público de la REPÚBLICA ARGENTINA e intervenir en la definición de los requerimientos de financiamiento del Sector Público Nacional por los que se originen o puedan eventualmente originarse obligaciones de pago.

11. Entender en el análisis de la asunción de riesgos y obligaciones por parte del Sector Público Nacional, con relación a la estructura financiera de los proyectos a instrumentarse en el marco del régimen de Participación Público- Privada, en la medida que involucre endeudamiento público.

12. Entender en la representación del Ministerio en aquellos órganos societarios en empresas del sector financiero, donde la Jurisdicción y/o el ESTADO NACIONAL posean participación accionaria y la tenencia accionaria sea ejercida por el Ministerio.

13. Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO NACIONAL en aquellas empresas donde la Secretaría posea participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las pautas y lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

14. Entender en las relaciones entre la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN y los demás órganos del PODER EJECUTIVO NACIONAL, y en los aspectos administrativos de las relaciones del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, del BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR y del BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA y con los demás órganos del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

15. Coordinar la participación y el accionar de los representantes del Ministerio ante los organismos y foros internacionales en temas relacionados con el sistema financiero internacional.

16. Proponer políticas para el desarrollo y la integración económica a nivel bilateral y multilateral, en coordinación con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

17. Articular las relaciones con otros miembros y representantes de organismos gubernamentales de la REPÚBLICA ARGENTINA, en temas relacionados con los asuntos internacionales de competencia del Ministerio.

18. Elaborar y ejecutar la estrategia de relacionamiento internacional, bilateral y multilateral del Ministerio, en el ámbito de su competencia.

19. Conducir en el marco de su competencia, investigaciones y estudios sobre asuntos económicos y políticos internacionales en línea con la estrategia de relacionamiento internacional, bilateral y multilateral de la REPÚBLICA ARGENTINA.

20. Asistir al Ministro en su rol institucional de Gobernador ante el Fondo Monetario Internacional (FMI) en lo relativo a las acciones que como país miembro se desarrollen.

21. Entender en el proceso de definición de prioridades en términos productivos y sociales y en las relaciones interjurisdiccionales vinculadas con la gestión y ejecución del financiamiento proveniente de organismos internacionales de crédito, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

22. Entender en las relaciones, negociaciones y representación del país con los bancos y organismos multilaterales y bilaterales de crédito y de asistencia técnica para el desarrollo de los que la REPÚBLICA ARGENTINA forme parte, en los aspectos que hacen a las políticas de dichos organismos, en los préstamos, cooperaciones técnicas y donaciones provenientes de los mismos, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

SECRETARÍA DE FINANZAS

SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO

OBJETIVOS

1. Participar en la formulación de los aspectos crediticios de la política financiera.

2. Asistir en el diseño y ejecución de políticas y medidas relativas al financiamiento externo e interno de la REPÚBLICA ARGENTINA, interviniendo en las negociaciones inherentes a la materia con entes financieros nacionales, extranjeros, públicos y privados.

3. Asistir en la dirección y supervisión del Sistema de Crédito Público y en la ejecución de las funciones como Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional.

4. Establecer las estimaciones y proyecciones presupuestarias del servicio de la deuda pública y supervisar su cumplimiento.

5. Supervisar la organización de los sistemas de información y el registro del endeudamiento público.

6. Ejecutar las políticas de administración de los activos financieros del ESTADO NACIONAL y asistir en los aspectos financieros de los fondos fiduciarios en los que éste sea parte.

7. Asistir en las acciones orientadas a preservar el crédito público.

8. Coordinar el análisis de la asunción de riesgos y obligaciones por parte del Sector Público Nacional relacionado con la estructura financiera de los proyectos a instrumentarse en el marco del régimen de Participación Público Privada, en la medida que involucre endeudamiento público.

SECRETARÍA DE FINANZAS

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES

OBJETIVOS

1. Asesorar en las negociaciones y en la representación del país ante los organismos financieros internacionales de crédito de los que la REPÚBLICA ARGENTINA forma parte, en los aspectos que hacen a las políticas de dichos organismos y en los préstamos provenientes de los mismos.

2. Asistir a la Secretaría en el diseño de la estrategia internacional con bancos bilaterales y multilaterales de desarrollo y otras instancias internacionales en que la REPÚBLICA ARGENTINA sea parte.

3. Efectuar el seguimiento de las prioridades en términos productivos y sociales y las relaciones interjurisdiccionales vinculadas con la gestión y ejecución del financiamiento proveniente de organismos internacionales de crédito.

4. Coordinar todo lo vinculado con las relaciones y negociaciones con los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales y multilaterales, en coordinación con las áreas competentes.

5. Gestionar sistemas de información destinados a optimizar la ejecución de los programas con los organismos financieros internacionales de crédito, en coordinación con las áreas competentes.

6. Realizar la programación, formulación, negociación y gestión de la cartera de préstamos con los organismos internacionales, multilaterales, bilaterales y regionales de crédito y la revisión de las operaciones de cartera existentes.

7. Supervisar la administración de programas y proyectos con financiamiento externo del Sector Público Nacional y efectuar su evaluación y control.

8. Intervenir en el diligenciamiento de las actuaciones correspondientes a la aprobación y suscripción de Convenios de Donación y Cooperación Técnica no Reembolsable.

9. Participar en la programación presupuestaria en lo relativo a los proyectos y/o programas financiados con los organismos internacionales de crédito, en coordinación con las áreas competentes.

10. Intervenir en la programación de la cartera de préstamos con los organismos financieros internacionales, proponiendo las asignaciones en los programas y/o proyectos de inversión pública financiados con recursos externos.

11. Intervenir en la identificación de fuentes y modalidades de financiamiento externo de los programas y proyectos que conforman el Plan Nacional de Inversión Pública en el marco de la Ley N° 24.354 -Inversión Pública-.

12. Informar a la Secretaría las desviaciones detectadas en la ejecución de los proyectos y proponer medidas correctivas tendientes a resolver los desvíos detectados.

13. Dirigir la ejecución operativa y de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo del Sector Público Nacional.

SECRETARÍA DE FINANZAS

SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS

OBJETIVOS

1. Supervisar la organización de los sistemas de información sobre mercados de capitales.

2. Asesorar en el diseño de medidas orientadas al desarrollo de los servicios financieros del mercado de capitales y del financiamiento de la actividad productiva.

3. Asesorar en el diseño e implementación de políticas públicas vinculadas a la inclusión financiera y en la elaboración de propuestas tendientes a coordinar el accionar de las entidades financieras oficiales nacionales.

4. Entender en la elaboración de propuestas que vinculen las normas involucradas en los distintos servicios financieros y de aquellas medidas que propicien la transparencia de los mercados financieros y la protección del consumidor en dicho ámbito.

5. Participar en los grupos intergubernamentales, foros financieros internacionales y foros de cooperación y consulta en temas relacionados con el Sistema Financiero Internacional en coordinación con la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN INTERNACIONAL.

6. Asistir a la Secretaría en la coordinación de las relaciones entre la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN y el PODER EJECUTIVO NACIONAL, como así también los aspectos administrativos de las relaciones del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, el BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR y del BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA con los demás órganos del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

7. Asistir a la Secretaría en la coordinación y ejecución de las políticas y acciones y en las cuestiones administrativas que hacen al ejercicio de los derechos societarios en empresas del sector financiero, donde la Jurisdicción y/o el ESTADO NACIONAL posean participación accionaria y la tenencia accionaria sea ejercida por el Ministerio.

8. Asistir en la coordinación de la gestión de los directores que representan al ESTADO NACIONAL en aquellas empresas donde la Secretaría posea participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las pautas y lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

SECRETARÍA DE FINANZAS

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN INTERNACIONAL

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en su participación en los grupos intergubernamentales, foros financieros internacionales y foros de cooperación y consulta en temas relacionados con el Sistema Financiero Internacional.

2. Asistir a la Secretaría en la articulación de propuestas y negociaciones que promuevan el desarrollo y la integración a nivel bilateral y multilateral en relaciones económicas y financieras internacionales, en el ámbito de su competencia.

3. Diseñar productos y soportes de información que faciliten la ejecución de la estrategia de asuntos financieros y económicos internacionales referidos a los sectores público y privado.

4. Asistir a la Secretaría en las funciones de enlace con las áreas del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO sobre las acciones llevadas adelante por la Secretaría.

5. Proponer a la Secretaría, en el marco de su competencia, políticas vinculadas con la coyuntura económica internacional.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE ENERGÍA

OBJETIVOS

1. Intervenir en la elaboración y ejecución de la política energética nacional.

2. Entender en los planes, programas y proyectos del área de su competencia y en su gestión presupuestaria, contable y financiera.

3. Intervenir en la elaboración y fiscalización del régimen de combustibles y entender en los procedimientos de fijación de sus precios, cuando así corresponda, acorde con las pautas respectivas.

4. Intervenir en la elaboración de las políticas y normas regulatorias de los servicios públicos del área energética, en la supervisión de los organismos y entes de control de los concesionarios de obra y de servicios públicos, así como en la elaboración de normas regulatorias de las licencias o concesiones de servicios públicos aplicables a los regímenes federales en materia energética, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

5. Ejercer las funciones de Autoridad de Aplicación de las leyes que regulan el ejercicio de las actividades en materia energética.

6. Entender en los mecanismos de fijación de las tarifas de los servicios públicos del área energética en relación con los subsidios destinados a los usuarios finales, como así también en la elaboración de estructuras arancelarias en materia de energía.

7. Entender en el diseño y ejecución de la política de reembolsos y reintegros a la exportación de energía.

8. Ejercer las atribuciones otorgadas a los órganos del ESTADO NACIONAL en la Ley N° 27.007.

9. Dirigir la representación en las empresas donde la Secretaría posea participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las pautas y lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

10. Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO NACIONAL en aquellas empresas donde la Secretaría posea participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las pautas y lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

11. Promover la aplicación de la política sectorial fomentando la explotación racional de los recursos naturales y la preservación del ambiente.

12. Entender en el diseño y la ejecución de la política de relevamiento, conservación, recuperación, defensa y desarrollo de los recursos naturales en el área de energía.

13. Intervenir en la promoción de la utilización de nuevas fuentes de energía y la incorporación de oferta hidroeléctrica convencional.

14. Asistir al Ministro en la elaboración de las políticas, planes y programas sobre energías renovables, eficiencia energética, electromovilidad, biocombustibles, hidrógeno, transición energética, minerales asociados con la transición y nuevas tecnologías bajas en carbono, y promover el dictado y/o la modificación de la normativa aplicable a esas materias.

15. Participar, en el ámbito de su competencia, en la planificación de las políticas, planes y programas tendientes a reducir la contaminación ambiental y al cumplimiento de las metas de emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) comprometidas por el país.

16. Entender en la definición de la política nuclear, en todo lo relacionado con los usos pacíficos de la energía nuclear o fuentes radiactivas, el ciclo de combustibles, la gestión de residuos radiactivos, el desarrollo e investigación de la actividad nuclear, y en particular lo relacionado con la generación de energía nucleoeléctrica.

17. Participar en la negociación y celebración de los acuerdos de cooperación e integración internacionales e inter-jurisdiccionales en materia energética en los que la Nación sea parte, y supervisar su ejecución.

18. Propiciar y celebrar convenios con entidades públicas y privadas, y participar en las negociaciones con organismos nacionales e internacionales en materia de energía.

19. Ejercer la representación del ESTADO NACIONAL en el Consejo Federal de la Energía Eléctrica (CFEE).

20. Asistir al Ministerio en la investigación y el desarrollo tecnológico en las distintas áreas del sector de la energía.

21. Ejercer el control tutelar del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), y de la UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA (UESTEE).

22. Asistir al Ministro en el control tutelar de la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA).

SECRETARÍA DE ENERGÍA

SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

OBJETIVOS

1. Participar en la elaboración de las políticas del sector e intervenir en la definición de la política nacional en materia de producción de energía eléctrica y en la elaboración de la política nacional en materia de desarrollo y expansión de infraestructura de transporte y distribución de energía eléctrica.

2. Elaborar la normativa correspondiente para el cumplimiento de los planes y las políticas del sector, para asegurar el abastecimiento sostenible de energía eléctrica de la REPÚBLICA ARGENTINA.

3. Participar, en el ámbito de su competencia, en los procesos de planificación de la integración energética regional, en lo relativo a la infraestructura requerida y en la coordinación de los despachos de energía entre los países intervinientes.

4. Definir y promover proyectos de infraestructura energética y de generación de energía eléctrica, en el ámbito de competencia de la Secretaría.

5. Dirigir la elaboración de los planes de incorporación de oferta y expansión de la infraestructura de transporte y distribución que sirvan de insumos para la planificación y toma de decisiones estratégicas sobre el sector.

6. Efectuar el seguimiento del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) para el cumplimiento del marco regulatorio eléctrico y mantener la normativa técnica actualizada conforme a las normas IRAM-IEC.

7. Proponer los criterios de regulación del transporte de energía eléctrica, y los criterios, procedimientos y financiamiento de la expansión del sistema de trasmisión de energía eléctrica.

8. Participar en la instrumentación del Sistema Unificado de Información Energética, como fuente central e integrada de información estadística sobre el sector.

9. Asistir en la definición de la política nuclear, en todo lo relacionado con los usos pacíficos de la energía nuclear o fuentes radiactivas, el ciclo de combustibles, la gestión de residuos radiactivos, el desarrollo e investigación de la actividad nuclear y, en particular, lo relacionado con la generación de energía nucleoeléctrica.

10. Intervenir en la planificación y el seguimiento de los proyectos de inversión pública y privada en el sector nucleoeléctrico y monitorear los componentes científicos y tecnológicos de los proyectos, fiscalizando el cumplimiento de las metas planteadas.

11. Intervenir en las acciones que propendan al cumplimiento de los compromisos internacionales de la REPÚBLICA ARGENTINA en materia de no proliferación de armas nucleares, salvaguardias nucleares, seguridad física nuclear y otros compromisos internacionales en materia nuclear.

12. Asistir en las cuestiones vinculadas a la demanda y oferta de energía eléctrica mayorista y a la importación y exportación de energía eléctrica.

13. Asistir a la Secretaría en la formulación de la política tarifaria en los servicios públicos de transporte y distribución de electricidad.

14. Administrar una base actualizada de información sobre los recursos hídricos no aprovechados en materia eléctrica y del estado de avance de los proyectos previstos.

15. Coordinar el funcionamiento del Consejo Federal de Energía Eléctrica y ejercer su presidencia suplente.

16. Participar en la definición de las modalidades para incentivar la inversión que permita incorporar nueva oferta de energía renovable en cumplimiento de las metas legales nacionales y/o acuerdos internacionales celebrados.

17. Participar en la elaboración de las propuestas normativas específicas vinculadas con las distintas etapas de la industria eléctrica, evaluar su impacto ambiental -en coordinación con las áreas competentes- y promocionar programas conducentes al desarrollo de las nuevas fuentes renovables vinculadas al uso racional de la energía eléctrica.

18. Participar en la elaboración, coordinación, ejecución y monitoreo de los proyectos vinculados con el desarrollo de generación autónoma renovable de energía eléctrica en poblaciones dispersas o alejadas de las redes de distribución de energía.

19. Asistir a la Secretaría en la coordinación de las relaciones con el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y con la UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA (UESTEE).

20. Intervenir en la ejecución del RÉGIMEN DE FOMENTO NACIONAL PARA EL USO DE FUENTES RENOVABLES DE ENERGÍA DESTINADA A LA PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA, establecido por la Ley N° 26.190 y sus modificatorias y complementarias, y del RÉGIMEN DE FOMENTO A LA GENERACIÓN DISTRIBUIDA DE ENERGÍA RENOVABLE INTEGRADA A LA RED ELÉCTRICA PÚBLICA, establecido por la Ley N° 27.424 y sus modificaciones.

21. Participar en el FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL, creado por la Ley N° 24.855, en coordinación con otras áreas del Ministerio con competencia en la materia.

22. Asistir en lo relacionado al diseño, la elaboración e implementación de un plan estratégico nacional sustentable de la energía nuclear, en el marco de la matriz energética nacional.

23. Intervenir en la coordinación de acciones orientadas al cumplimiento de las funciones y los objetivos establecidos por la Ley N° 24.804 y sus normas modificatorias, complementarias y reglamentarias, con excepción de las que establecen funciones regulatorias.

24. Controlar el funcionamiento del complejo industrial nuclear, promoviendo políticas que tiendan a mejorar la eficiencia del sistema e incluyendo reformas institucionales, optimización de procesos y participación del capital privado, cuando corresponda.

SECRETARÍA DE ENERGÍA

SUBSECRETARÍA DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS

OBJETIVOS

1. Intervenir en la elaboración de políticas sectoriales inherentes al desarrollo y control de las actividades de exploración, producción, almacenamiento, transporte, industrialización, despacho y comercialización de combustibles líquidos, en el marco de una producción racional y sustentable de los recursos, en coordinación con las provincias.

2. Elaborar propuestas para la modificación y actualización de normativas técnicas o regulatorias, que promuevan las actividades de la cadena de valor de los combustibles líquidos.

3. Coordinar, en el ámbito de su competencia, con las áreas correspondientes el otorgamiento de permisos de exploración, concesiones de explotación, y autorizaciones de producción, transporte y expendio de combustibles líquidos.

4. Ejercer las funciones de control respecto de la seguridad de las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos y otros combustibles líquidos, así como las instalaciones de elaboración, transformación, almacenamiento, despacho, expendio y transporte.

5. Participar en la instrumentación del Sistema Unificado de Información Energética, como fuente central e integrada de información estadística sobre el sector.

6. Asistir a la Secretaría en todo lo relacionado con la industria de los hidrocarburos y combustibles líquidos, y en materia de integración energética regional.

7. Asistir a la Secretaría en la promoción y supervisión de la explotación racional de los recursos hidrocarburíferos y la preservación del ambiente en todas las etapas, de la industria petrolera y otros combustibles líquidos.

8. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la recepción y el análisis de las auditorías de reservas de hidrocarburos en todo el país.

9. Elaborar propuestas para la regulación del almacenaje y el transporte de petróleo crudo y subproductos y controlar el cumplimiento del marco regulatorio vigente.

10. Fiscalizar, en el ámbito de su competencia, el régimen de canon, superficiarios y expedición de servidumbres, así como las obligaciones de permisionarios y concesionarios en materia de pago de regalías.

11. Implementar programas y proponer normativa en materia de especificaciones de combustibles líquidos y biocombustibles, refinación y comercialización de petróleo crudo y derivados, y realizar la caracterización técnica pertinente.

12. Registrar y controlar a las empresas elaboradoras y comercializadoras de combustibles líquidos.

13. Definir las modalidades de operación y contratación dentro del ámbito de su competencia y los procedimientos para la autorización de importación y exportación de hidrocarburos y otros combustibles líquidos, cualquiera sea su origen.

14. Ejercer el poder de policía en materia de seguridad y comercialización de gas licuado de petróleo a granel y fraccionado.

15. Coordinar, con los organismos correspondientes en la materia, acciones tendientes a evitar la evasión del impuesto sobre los combustibles líquidos y el gas natural.

SECRETARÍA DE ENERGÍA

SUBSECRETARÍA DE COMBUSTIBLES GASEOSOS

OBJETIVOS

1. Intervenir en la elaboración de políticas sectoriales inherentes al desarrollo de las actividades de exploración, producción, almacenamiento, transporte, industrialización, despacho y comercialización de gas natural, gas licuado de petróleo (GLP), gas natural licuado (GNL) y demás combustibles gaseosos, en el marco de una producción racional y sustentable de los recursos, en coordinación con las provincias.

2. Elaborar propuestas para la modificación y actualización de normativas técnicas o regulatorias, que promuevan las actividades de la cadena de valor de los distintos combustibles gaseosos.

3. Coordinar con las áreas correspondientes, el otorgamiento de permisos de exploración, concesiones de explotación, autorizaciones de producción, transporte y expendio de combustibles gaseosos, en el ámbito de su competencia.

4. Implementar los controles necesarios para resguardar la seguridad pública y la seguridad energética, en el ámbito de su competencia.

5. Participar en la instrumentación del Sistema Unificado de Información Energética, como fuente central e integrada de información estadística sobre el sector.

6. Asistir a la Secretaría en todo lo relacionado con la industria de los hidrocarburos y combustibles gaseosos, como así también en materia de integración energética regional.

7. Asistir a la Secretaría en la promoción y supervisión de la explotación racional de los recursos hidrocarburíferos y la preservación del ambiente en todas las etapas de la industria de los combustibles gaseosos.

8. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la recepción y el análisis de las auditorías de reservas de hidrocarburos en todo el país.

9. Elaborar propuestas para la regulación del almacenaje y el transporte de combustibles gaseosos y controlar el cumplimiento del marco regulatorio vigente.

10. Fiscalizar el régimen de canon, superficiarios y expedición de servidumbres, así como las obligaciones de permisionarios y concesionarios en materia de pago de regalías, en materia de su competencia.

11. Implementar programas y proponer normativa en materia de especificaciones de combustibles y biocombustibles gaseosos, y realizar la caracterización técnica pertinente.

12. Registrar y controlar a las empresas elaboradoras y comercializadoras de combustibles gaseosos.

13. Definir las modalidades de operación y contratación dentro del ámbito de su competencia y los procedimientos para la autorización de importación y exportación de hidrocarburos y otros combustibles gaseosos, cualquiera sea su origen.

14. Asistir a la Secretaría en el ejercicio de sus atribuciones de Autoridad de Aplicación del marco regulatorio del gas y del régimen jurídico de los hidrocarburos y otros combustibles gaseosos -cualquiera sea su origen- e intervenir en las acciones de control y fiscalización de las diversas actividades involucradas.

15. Intervenir en la formulación de la política tarifaria en los servicios públicos de transporte y distribución de gas natural.

16. Asistir a la Secretaría en la coordinación de las relaciones con el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS).

SECRETARÍA DE ENERGÍA

SUBSECRETARÍA DE TRANSICIÓN Y PLANEAMIENTO ENERGÉTICO

OBJETIVOS

1. Asistir y representar a la Secretaría en temas relativos a transición y planeamiento energético, en los ámbitos que corresponda.

2. Entender en la caracterización técnica y económica de los recursos energéticos del país.

3. Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en la coordinación con instituciones y organismos competentes, instrumentos y regulaciones que permitan la transición hacia una economía baja en carbono, para asegurar el cumplimiento de los compromisos del país en el marco del Acuerdo de París.

4. Proponer a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, medidas y regulaciones tendientes a reducir la contaminación, estableciendo límites de derechos de emisión de cumplimiento obligatorio para todos los sujetos del sector público y privado, en articulación con las áreas con competencia en la materia.

5. Proponer e implementar, en el ámbito de su competencia, procedimientos de asignación de derechos de emisión gratuitos a cada sector y subsector de la economía, para el cumplimiento de las metas de emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) comprometidas por el país.

6. Proponer la implementación, en el ámbito de su competencia, de un plan de monitoreo global basado en los datos del Inventario Nacional de Gases de Efecto Invernadero, y elaborar e implementar un mercado de transacciones de derechos de emisión y su plataforma de registro, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

7. Definir las condiciones y los instrumentos para facilitar a las empresas privadas, al sector público y a otros organismos, el cumplimiento de los límites de derechos de emisión de Gases de Efecto Invernadero, y en particular la transición a las pequeñas y medianas empresas (PYMES), en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

8. Implementar, en el ámbito de sus competencias, acciones que permitan el acceso al financiamiento climático y elaborar procedimientos para definir medidas elegibles de mitigación y/o de adaptación, a fin de cumplir las metas de emisiones de Gases de Efecto Invernadero, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

9. Asesorar a la Secretaría en los temas relacionados con energías renovables, eficiencia energética, electromovilidad, biocombustibles, hidrógeno, transición energética, minerales asociados con la transición y nuevas tecnologías bajas en carbono.

10. Intervenir en la recolección de datos del sector energético y en la elaboración del Balance Energético Nacional (BEN) y el Balance de Energía Útil (BEU).

11. Desarrollar escenarios energéticos de demanda y de oferta y proponer planes y cursos de acción a seguir.

12. Entender en las cuestiones vinculadas con tecnologías bajas en carbono, y proponer mecanismos para facilitar su implementación.

13. Proponer, en el ámbito de su competencia, medidas de eficiencia energética y energías renovables en instalaciones de la Administración Pública Nacional, que permitan bajar emisiones de la flota pública para no superar el límite de derechos de emisión asignados, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

14. Dirigir el diseño de programas de información pertinente, capacitaciones, campañas de difusión, concientización y sensibilización en temas de transición hacia una economía baja en carbono, en el ámbito de su competencia.

15. Elaborar, en el ámbito de su competencia, propuestas para la adaptación del sector energético a los escenarios climáticos futuros y entender en temas de vulnerabilidad del sector energético frente a la afectación del ambiente analizando impactos en la oferta y la demanda.

16. Asesorar a la Secretaría en el desarrollo de la planificación energética y de los marcos regulatorios en aquellos aspectos concernientes a la transición energética, y monitorear las relaciones entre los diferentes actores y operadores del sistema, facilitando información acerca de las condiciones de demanda, oferta, transmisión y distribución de energía eléctrica en el corto, mediano y largo plazo.

17. Asistir a la Secretaría en materia de planeamiento energético, en el análisis de la asignación de subsidios de servicios públicos en materia energética y los escenarios de estructuras arancelarias en materia de energía.

18. Promover, desarrollar, implementar, evaluar y monitorear programas y alternativas regulatorias de ahorro y uso eficiente de los recursos energéticos, tanto en la oferta de fuentes primarias como en las etapas de transformación, transporte y distribución de energía y en los distintos sectores de consumo.

19. Entender en el desarrollo y la actualización del Sistema Unificado de Información Energética de la REPÚBLICA ARGENTINA.

20. Gestionar la información de las obras de infraestructura energética, tanto de las áreas centralizadas como descentralizadas actuantes en la órbita de la Secretaría.

21. Promover la investigación e impulsar programas y proyectos tecnológicos para el desarrollo de nuevas fuentes renovables y el uso eficiente de los recursos energéticos.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE MINERÍA

OBJETIVOS

1. Asistir al Ministro en el diseño e implementación de las políticas mineras, en lo referido a la interacción con las provincias, los municipios y la comunidad en su conjunto, procurando el desarrollo sostenible de la minería.

2. Asistir al Ministro en el diseño e implementación de las políticas mineras, en lo referido a la interacción con los inversores y las empresas del sector, y en las acciones destinadas a promover el desarrollo de la minería en el país.

3. Formular el planeamiento estratégico del sector minero con objetivos de corto, mediano y largo plazo, apuntando al aprovechamiento racional de los recursos geológico-mineros en beneficio del desarrollo socio-económico integral de la REPÚBLICA ARGENTINA.

4. Proponer, ejecutar y controlar la política minera de la REPÚBLICA ARGENTINA, tendiendo a la consecución de los objetivos de corto, mediano y largo plazo implícitos en la visión global.

5. Coordinar con las provincias la aplicación de la política minera nacional, buscando consenso y participación a través de la Organización Federal de Estados Mineros (OFEMI) y el Consejo Federal de Minería (COFEMIN).

6. Implementar acciones tendientes a la consolidación y desarrollo de la actividad minera en el territorio nacional, incluyendo actividades de fomento, promoción y educación minera en coordinación con las áreas de la Jurisdicción con competencia en la materia, con el objeto de sensibilizar a la población en general sobre la temática.

7. Dirigir la representación en las empresas donde la Secretaría posea participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las pautas y lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

8. Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO NACIONAL en aquellas empresas donde la Secretaría posea participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las pautas y lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

9. Ejercer el control tutelar del SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR).

10. Coordinar los programas de cooperación bilateral y multilateral, nacionales e internacionales en materia de su competencia, en apoyo al sector minero, informando sobre las mejores prácticas industriales, ambientales y sociales practicadas internacionalmente y fomentado su aplicación e implementación en las provincias, en coordinación con las áreas de la Jurisdicción con competencia en la materia.

11. Entender, en materia de su competencia, en las relaciones con los diferentes organismos provinciales, nacionales, regionales, internacionales y multilaterales, participar en los foros y eventos que permitan consolidar las relaciones existentes y captar nuevos mercados, teniendo como objeto el desarrollo minero en el territorio nacional de manera coordinada con las provincias, y asesorar a los posibles inversores que pretenda realizar actividades en la REPÚBLICA ARGENTINA.

12. Coordinar con los diferentes organismos provinciales, nacionales, regionales e internacionales, la elaboración e implementación de planes y programas tendientes a la capacitación de los recursos humanos, planificación del desarrollo de las regiones mineras y modernización del sector de infraestructura de obras de minería, en coordinación con las áreas de la Jurisdicción con competencia en la materia.

13. Dirigir el diseño e implementación de sistemas de información minera, accesibles a los diferentes actores y a la comunidad en general.

14. Dirigir la elaboración de estudios y análisis prospectivos relativos a la actividad minera, a fin de promover políticas acordes a las necesidades del sector.

15. Impulsar acciones de relacionamiento e interacción entre los distintos actores vinculados a la actividad minera, que permitan la formulación e implementación de iniciativas de inversión y desarrollo.

16. Coordinar con los organismos provinciales, nacionales, internaciones y el sector privado, políticas de desarrollo de la cadena de valor e industrialización de los recursos mineros.

17. Entender en la revisión y actualización de las normas nacionales aplicables en el sector.

SECRETARÍA DE MINERÍA

SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO MINERO

OBJETIVOS

1. Diseñar e implementar acciones y políticas que, en el marco de la planificación estratégica de mediano y largo plazo, promuevan las inversiones nacionales e internacionales en todas las etapas de la actividad minera.

2. Asistir a la Secretaría en las relaciones con los actores vinculados a la actividad minera para propiciar la concreción de posibles inversiones, mediante la provisión de información relativa a aspectos legales, geológicos, catastrales, de proyectos mineros y de actores de la industria minera argentina.

3. Entender en la instrumentación y administración de las acciones que deriven de la aplicación de las leyes nacionales referidas a la actividad minera y su normativa asociada, y ejercer los controles pertinentes.

4. Asistir a la Secretaría en la vinculación con los inversores, las empresas mineras, organizaciones y cámaras del sector, actuando como enlace entre ellas y las distintas áreas de la Administración Pública Nacional.

5. Asistir a la Secretaría en las relaciones con los organismos internacionales y multilaterales en materia de su competencia.

6. Asistir a la Secretaría en la generación de estudios e informes vinculados al sector, como así también en la realización de análisis de posibles escenarios económicos y productivos de la actividad minera.

SECRETARÍA DE MINERÍA

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA

OBJETIVOS

1. Promover, en acuerdo con las provincias, el desarrollo de mejores prácticas ambientales y sociales para la sustentabilidad de la actividad minera, con arreglo a los estándares internacionales aplicables.

2. Impulsar, en acuerdo con las provincias, acciones de desarrollo de la ciencia y la innovación aplicadas a la actividad minera.

3. Diseñar, elaborar e implementar herramientas de gestión que, junto con el sector privado y los gobiernos provinciales y municipales, maximicen los beneficios y minimicen los riesgos del impacto de los proyectos mineros en las comunidades aledañas, promoviendo para ello una adecuada participación de la comunidad.

4. Impulsar, en el ámbito de su competencia, programas de fortalecimiento institucional en coordinación con organismos nacionales, provinciales y municipales, como sí también el fomento de la educación y sensibilización social en materia minera, en coordinación con las áreas de la Jurisdicción con competencia en la materia.

5. Coordinar con las autoridades nacionales y provinciales competentes, la identificación y el desarrollo de obras de infraestructura y logística que puedan potenciar el desarrollo de regiones mineras.

6. Elaborar herramientas y programas que incentiven, en un marco de competitividad, el desarrollo de proveedores de bienes y servicios a la actividad minera, promoviendo su interrelación con la ciencia y la innovación, para potenciar la cadena de valor integrando a la minería con el resto de los sectores productivos.

7. Asistir a la Secretaría en las relaciones con los organismos internacionales y multilaterales en materia de su competencia.

8. Asistir a la Secretaría en la planificación de acciones y programas atinentes a la capacitación de los recursos humanos, planificación del desarrollo de las regiones mineras y modernización del sector de infraestructura de obras de minería, en coordinación con las áreas de la Jurisdicción con competencia en la materia.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN PARA EL DESARROLLO PRODUCTIVO Y DE LA BIOECONOMÍA

OBJETIVOS

1. Asistir al Ministro en la determinación de los objetivos y las políticas para la industria y el comercio, las pequeñas y medianas empresas, los emprendedores y la economía del conocimiento; y la bioeconomía, agricultura, ganadería y pesca y en la coordinación de la gestión operativa de dichas áreas.

2. Articular la planificación y seguimiento de los planes, programas y proyectos estratégicos de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO, la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO y la SECRETARÍA DE BIOECONOMÍA.

3. Participar en el diseño, implementación y evaluación de la política de simplificación y desburocratización del Sector Público Nacional, que afecte a los sectores productivos, y a los sectores de la bioeconomía, agricultura, ganadería y pesca, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia específica en la materia.

4. Asistir en la definición y planificación de las políticas de desarrollo de las estructuras productivas regionales y/o provinciales y de la mejora de la competitividad de las mismas, con perspectiva federal.

5. Celebrar convenios subsidiarios de ejecución de proyectos con gobiernos provinciales, entidades empresarias, organizaciones gubernamentales y no gubernamentales y universidades, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

6. Supervisar el desarrollo de las actividades técnicas, administrativas y legales que tengan significancia económica y/o relevancia institucional y aquellas destinadas a dar respuesta a las cuestiones priorizadas por el Ministro, en el ámbito de su competencia, en coordinación con la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE ASUNTOS PRODUCTIVOS Y DE LA BIOECONOMÍA y con la SUBSECRETARÍA LEGAL, ambas dependientes de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

7. Participar en la comunicación institucional interna y externa en materia de desarrollo productivo, y de la bioeconomía, agricultura, ganadería y pesca, en coordinación con las áreas de la Jurisdicción con competencia específica en la materia.

8. Participar en el diseño, elaboración, definición de instrumentos, herramientas y procedimientos para generar información de gestión en materia de desarrollo productivo, y de la bioeconomía, agricultura, ganadería y pesca, en coordinación con las áreas competentes del Ministerio.

9. Asistir al Ministro en su participación en las relaciones, negociaciones y representación del país con bancos y organismos multilaterales y bilaterales de crédito y de asistencia técnica para el desarrollo, de los que la REPÚBLICA ARGENTINA forme parte, en los aspectos que hacen a la política de desarrollo productivo, y de la bioeconomía, agricultura, ganadería y pesca.

10. Asistir al Ministro en la vinculación institucional con organismos y autoridades del ámbito nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, así como con distintos sectores del ámbito público y privado, en materia de desarrollo productivo, y de la bioeconomía, agricultura, ganadería y pesca.

11. Colaborar en la identificación y gestión de fuentes de financiamiento para promover la mejora de la competitividad, el nivel de inversión y el desarrollo de las estructuras productivas regionales, en coordinación con las áreas de la Jurisdicción con competencia específica en la materia.

SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN PARA EL DESARROLLO PRODUCTIVO Y DE LA BIOECONOMÍA

SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DE POLÍTICAS DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y DE LA BIOECONOMÍA

OBJETIVOS

1. Diseñar y proponer a la Secretaría instrumentos de monitoreo y seguimiento de programas, proyectos y acciones relativos a los sectores productivos, la bioeconomía, agricultura, ganadería y pesca.

2. Asistir a la Secretaría en la evaluación de planes, programas y proyectos de los sectores productivos y de bioeconomía, agricultura, ganadería y pesca.

3. Asistir a la Secretaría en el seguimiento de las actividades técnicas y administrativas que tengan impacto económico y/o relevancia institucional y aquellas destinadas a dar respuesta a las cuestiones priorizadas por el Ministro, en el ámbito de su competencia.

4. Dirigir el análisis de los circuitos administrativos y de trámites que tengan impacto en el sector productivo, y en la bioeconomía, agricultura, ganadería y pesca; y proponer políticas de simplificación y desregulación, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

5. Dirigir el diseño de los instrumentos, herramientas y procedimientos necesarios para generar información de gestión, en coordinación con las áreas competentes, en materia de desarrollo productivo, y de la bioeconomía, agricultura, ganadería y pesca.

6. Proponer lineamientos y acciones para el fortalecimiento institucional y la promoción de políticas públicas en relación al desarrollo de los sectores productivos, y de la bioeconomía, agricultura, ganadería y pesca.

7. Participar en el desarrollo e implementación de la imagen y contenidos institucionales y de la comunicación institucional interna y externa, en el ámbito de su competencia y en coordinación con las áreas de la Jurisdicción con competencia en la materia.

8. Entender, en el ámbito de su competencia, en el diseño, ejecución y seguimiento de políticas de mejora de la productividad y el desarrollo de las economías subnacionales y regionales, de polos productivos del interior del país, promoviendo la inserción de los productos con enfoque regional e internacional, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

9. Elaborar y proponer programas, proyectos y acciones tendientes a mejorar la competitividad, la proyección internacional y el fomento y la atracción de inversiones que coadyuven al crecimiento y diversificación de las estructuras productivas subnacionales y regionales, en el ámbito de su competencia.

10. Asistir a la Secretaría en la celebración de convenios con entidades empresarias, organizaciones gubernamentales y no gubernamentales y universidades, en materia de su competencia.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO

OBJETIVOS

1. Entender en la aplicación de las Leyes N° 24.467, N° 25.300, N° 25.872, N° 27.264, N° 27.506, del Título I de la Ley N° 27.349 y del Título I de la Ley N° 27.440, sus modificatorias y complementarias, en su carácter de Autoridad de Aplicación de las mismas.

2. Definir los lineamientos estratégicos de fomento del desarrollo regional y proponer las prioridades con sentido federal en materia de políticas y programas relativos a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) y los Emprendedores, y la creación de empresas dentro de las definiciones de políticas globales y sectoriales dispuestas por el Gobierno Nacional.

3. Entender en la elaboración, propuesta y definición de políticas públicas y estudios dirigidos a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) y los Emprendedores.

4. Establecer y definir los parámetros y/o características para la definición de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES), y los emprendedores, como así también de los servicios basados en el conocimiento en materia de su competencia.

5. Contribuir a la creación, desarrollo y consolidación de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) y a los emprendedores, a través de políticas de capacitación, financiamiento y asistencia técnica, incluso en "cluster", polos productivos del interior del país y en el desarrollo de los corredores productivos ubicados en las economías regionales, procurando su inserción en el mercado internacional.

6. Promover procesos de transformación productiva, tanto a nivel sectorial como regional e intervenir en el fortalecimiento, reestructuración y reingeniería de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES), fomentando la productividad, la incorporación del conocimiento, la digitalización, la creación y consolidación del empleo genuino, la agregación de valor, el desarrollo local, la formalización, internacionalización y competitividad.

7. Detectar las necesidades financieras, de capacitación y asistencia técnica de los emprendedores, emprendimientos y las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) y con el objetivo de fomentar, promover y facilitar su acceso al crédito en las mejores condiciones.

8. Intervenir en la facilitación, fomento y organización del acceso a los mercados de capitales domésticos y al mercado financiero nacional e internacional de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) y de los emprendedores, a través de las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

9. Diseñar e implementar políticas de asistencia financiera que contemplen tanto instrumentos de crédito como herramientas fiscales que fortalezcan las garantías que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas puedan ofrecer para facilitar el acceso al financiamiento, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

10. Intervenir en la elaboración de programas nacionales para la capacitación y asistencia técnica de los cuadros gerenciales, técnicos y profesionales de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) así como también de los emprendores.

11. Participar, en el ámbito de su competencia, en la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera internacional proveniente de otros países y organismos internacionales, para el cumplimiento de los objetivos y políticas del sector.

12. Colaborar con las áreas de la Jurisdicción y de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia, en la elaboración y ejecución de programas y acciones relativas a la simplificación de trámites destinadas a promover las exportaciones de bienes y servicios de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y los Emprendedores.

13. Participar en el ámbito de su competencia, en ferias y congresos internacionales, integrando delegaciones oficiales para promover las exportaciones de bienes y servicios de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y los Emprendedores, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

14. Promover y participar en la celebración de convenios con entidades empresarias, organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, universidades y empresas, en el marco de sus competencias.

15. Promover el desarrollo de la competitividad de los sectores productivos en el ámbito de su competencia mediante la incorporación de diseño e innovación a los productos y procesos.

16. Entender en la definición de programas de promoción de las actividades económicas que apliquen el uso del conocimiento y la digitalización de la información, apoyados en los avances de la ciencia y de las tecnologías y orientados a la obtención de bienes, prestación de servicios y/o mejoras de procesos.

17. Impulsar la actualización y el uso de nuevas tecnologías tanto en las empresas de sectores productivos tradicionales como en aquellas empresas ligadas a los sectores del conocimiento a fin de optimizar su competitividad.

18. Promover, en el ámbito de su competencia, la capacitación e incorporación al conjunto del entramado productivo de recursos humanos que posean las capacidades y habilidades acordes a los requerimientos del nuevo paradigma de la economía basado en el conocimiento.

19. Colaborar en el desarrollo de la infraestructura y los recursos humanos necesarios para el fortalecimiento a nivel federal de las actividades de la economía del conocimiento, en articulación con los gobiernos locales.

20. Articular acciones con otros organismos del ESTADO NACIONAL, entidades empresarias, organizaciones no gubernamentales, universidades y empresas, para impulsar nuevas modalidades de formación de recursos humanos que respondan con flexibilidad, dinámica y calidad a las demandas del sector productivo.

21. Intervenir en la definición y creación de programas y líneas de financiamiento dirigidos a empresas de la Economía del Conocimiento, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

22. Diseñar políticas para fomentar la digitalización y actualización en tecnologías 4.0 del entramado productivo nacional.

23. Ejercer las facultades y deberes que le corresponden al Ministerio en su rol de fiduciante del Fondo Fiduciario para la Promoción de la Economía del Conocimiento (FONPEC), creado por la Ley N° 27.506.

24. Articular la definición, planificación, seguimiento y control de los lineamientos, políticas y programas estratégicos del área, en coordinación con la SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN PARA EL DESARROLLO PRODUCTIVO Y DE LA BIOECONOMÍA.

SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO

SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la aplicación de las Leyes N° 24.467, N° 25.300 y N° 27.264, del Régimen de devolución de crédito fiscal y del Régimen de Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs del Título I de la Ley N° 27.440.

2. Asistir a la Secretaría en la definición de políticas de mejora de la productividad, y del financiamiento y desarrollo regional de la Pequeña y Mediana Empresas (PyMES).

3. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la ejecución de los distintos instrumentos, programas y líneas de financiamiento a cargo de la Secretaría.

4. Asistir a la Secretaría en la elaboración, difusión, ejecución y seguimiento de alternativas de asistencia financiera, regímenes de promoción que atiendan a la problemática de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES).

5. Desarrollar e implementar mecanismos de coordinación institucional nacional y sectorial en materia de financiamiento y mejora de competitividad para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES).

6. Analizar la problemática de financiamiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) y proponer políticas y acciones de mejora.

7. Intervenir en el Sistema de Sociedades de Garantía Recíproca, y proponer las normas complementarias que resulten necesarias para mejorar su funcionamiento y utilización por parte de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES).

8. Proponer y gestionar, en el ámbito de su competencia programas de asistencia financiera y programas de capacitación direccionados a sectores estratégicos del aparato productivo nacional, en línea con los programas del Ministerio.

9. Articular acciones, en el ámbito de su competencia, con el sistema financiero público y privado para promover y difundir las políticas y programas de la Secretaría.

10. Asistir a la Secretaría en el desarrollo del régimen de fomento para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) establecido por la Ley N° 27.264 y el Régimen de devolución de crédito fiscal.

11. Desarrollar e implementar mejoras en el Registro de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) y sus datos, así como en el Legajo Único Financiero y Económico (LUFE), procesando la información para que sea utilizada como insumo en el diseño e implementación de políticas e instrumentos para el sector.

12. Asistir a la Secretaría en su relación con organismos e instituciones públicas y/o privadas locales e internacionales para promover la firma de convenios o acuerdos orientados al fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES).

13. Analizar la problemática de los sectores y espacios regionales correspondientes a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) para identificar necesidades tecnológicas y de asistencia técnica.

14. Asistir a la Secretaría en el diseño, ejecución y evaluación de programas y acciones de fomento, asistencia y promoción que atiendan a la problemática de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) en todas sus ramas, en el ámbito de su competencia.

15. Colaborar en el desarrollo de la competitividad de los sectores productivos mediante la incorporación de diseño e innovación a los productos y procesos para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que realizan actividades en el campo de la innovación y el diseño.

16. Proponer y coordinar la ejecución de las actividades destinadas a la elaboración de políticas de desarrollo regional, en el ámbito de su competencia.

17. Promover y generar condiciones para el desarrollo de ecosistemas productivos para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES).

18. Entender en la promoción, desarrollo y consolidación del asociativismo entre las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES).

19. Asistir a la Secretaría en la promoción de las exportaciones de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES), facilitando su acceso a mercados internacionales mediante la participación en ferias, congresos e integrando delegaciones oficiales comerciales al exterior, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO

SUBSECRETARÍA DE EMPRENDEDORES

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la definición de los lineamientos estratégicos de fomento del desarrollo regional y en la elaboración y propuesta de políticas para el desarrollo de los emprendedores y Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES).

2. Intervenir en la aplicación de la Ley N° 25.872 y del Título I de la Ley N° 27.349, así como también en las acciones relativas a fomentar el espíritu emprendedor, y en los aspectos relacionados a la creación, desarrollo y consolidación de empresas nacionales y de aceleradoras y vehículos para el desarrollo del capital emprendedor.

3. Desarrollar, en el ámbito de su competencia, herramientas para estimular el acceso al capital a través de esquemas de coinversión pública-privada e instrumentos que promuevan y faciliten la generación de capital emprendedor en la REPÚBLICA ARGENTINA.

4. Desarrollar programas e iniciativas competitivas, innovadoras, sustentables en el tiempo y generadoras de valor y empleo, tendientes a la creación, desarrollo y consolidación de Emprendedores y Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES).

5. Promover la creación y el desarrollo de redes de inversores de proximidad que participen activamente en el financiamiento de empresas en etapas tempranas para contribuir en el desarrollo de una masa crítica de empresas de alto potencial.

6. Asistir a la Secretaría en el diseño e implementación de estrategias e iniciativas de capacitación y formación para facilitar la creación, desarrollo y consolidación de Emprendedores.

7. Promover e impulsar herramientas fiscales, impositivas, financieras y no financieras para mejorar la productividad y competividad, a través de la introducción de innovaciones, del desarrollo de talento y del apoyo a la creación y evolución de emprendimientos generadores de empleo y de mayor valor agregado e impacto social.

8. Articular acciones con otros organismos del ESTADO NACIONAL, entidades empresarias, organizaciones no gubernamentales, universidades y empresas, en el ámbito de su competencia.

9. Asistir a la Secretaría en la promoción de las exportaciones de los emprendedores, facilitando su acceso a mercados internacionales, mediante la participación en ferias, congresos e integrando delegaciones oficiales comerciales al exterior, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO

SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la definición de programas de promoción de las actividades económicas que apliquen el uso del conocimiento y la digitalización de la información, apoyados en los avances de la ciencia y de las tecnologías y orientados a la obtención de bienes, prestación de servicios y/o mejoras de procesos.

2. Implementar estrategias para la aplicación, fiscalización y control del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento aprobado por la Ley N° 27.506 y del Régimen de Desarrollo y Producción de la Biotecnología Moderna aprobado por la Ley N° 26.270.

3. Asesorar a la Secretaría en materia de actualización y el uso de nuevas tecnologías tanto en las empresas de sectores productivos tradicionales como en aquellas empresas ligadas a los sectores del conocimiento a fin de optimizar su competitividad.

4. Planificar e implementar programas de desarrollo de las capacidades humanas en el sector de la economía del conocimiento tendientes al fortalecimiento a nivel federal, en articulación con las áreas con competencia en la materia.

5. Desarrollar y promover políticas, programas, y plataformas tecnológicas necesarias para el desarrollo del capital humano del sector de la economía del conocimiento que permita el incremento de los perfiles necesarios para generar valor en la matriz productiva, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

6. Asistir, en el ámbito de su competencia, en coordinación con otros organismos del ESTADO NACIONAL y mediante el esquema de innovación, en la generación de proyectos de inversión público-privada para encarar nuevos desarrollos en áreas estratégicas.

7. Asistir a la Secretaría en la definición y creación de programas y líneas de financiamiento dirigidos a empresas de la Economía del Conocimiento, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

8. Colaborar con otros organismos del ESTADO NACIONAL en la implementación de las herramientas de protección de resultados generados por las actividades de la economía del conocimiento susceptibles de tener valor comercial.

9. Fomentar el proceso de identificación, aplicación, valorización, protección y transferencia de conocimiento hacia sectores productivos en general y áreas estratégicas con potencial exportador en particular, que fortalezcan las posibilidades de competitividad de las empresas, en el ámbito de su competencia.

10. Promover la producción nacional de productos y servicios de alto valor agregado surgidos de la aplicación de las actividades de la economía del conocimiento, que resulten estratégicos para lograr la diversificación productiva, promoviendo nuevos conglomerados exportadores para fortalecer cadenas de valor en favor del fortalecimiento de la producción nacional.

11. Fomentar y generar una red de empresas con capacidad comercial y tecnológica para apoyar y potenciar el desarrollo de empresas basadas en el conocimiento.

12. Impulsar la generación y expansión de nuevas empresas con alto contenido tecnológico mediante estrategias de innovación abierta que permitan generar empleo de calidad y el desarrollo de productos y/o servicios con valor agregado diferencial para potenciar el perfil exportador de la economía nacional.

13. Asistir a la Secretaría en el desarrollo de la infraestructura y los recursos humanos necesarios para el fortalecimiento a nivel federal de las actividades de la economía del conocimiento, en articulación con los gobiernos locales.

14. Administrar y gestionar los recursos del Fondo Fiduciario para la Promoción de la Economía del Conocimiento (FONPEC).

15. Colaborar con la Secretaría en las acciones relativas a la celebración de convenios con entidades empresarias, organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, universidades y empresas, en el marco de su competencia.

16. Elaborar análisis prospectivos y proyecciones de las variables del sector de la economía del conocimiento para la identificación de nichos y tendencias relevantes a nivel local, regional y mundial.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

OBJETIVOS

1. Entender en la formulación y ejecución de la política comercial, industrial y en el diseño y gestión de los instrumentos para promover el desarrollo y crecimiento de los sectores productivos.

2. Articular las relaciones que, desde el Ministerio, se establezcan con otras Jurisdicciones, para fortalecer los lineamientos estratégicos de la política comercial.

3. Evaluar, en el ámbito de su competencia, el impacto económico en relación al cumplimiento de las medidas generadas y ejecutadas por las distintas áreas asignadas a su órbita, desarrollando criterios e indicadores que permitan el control estratégico y la generación de proyectos a futuro.

4. Evaluar la oportunidad, mérito y conveniencia de las políticas y acciones que impacten sobre el comercio.

5. Entender en las actividades vinculadas con el seguimiento y verificación de lo relacionado con la aplicación de las Leyes N° 19.511 del Sistema Métrico Legal Argentino (SIMELA), N° 24.240 de Defensa del Consumidor, N° 25.065 de Tarjetas de Crédito y sus modificaciones, y N° 26.993 del Sistema de Resolución de Conflictos en las Relaciones de Consumo, Título I, N° 27.521 del Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (SUNITI) y el Decreto N° 274/19 de Lealtad Comercial.

6. Entender en la elaboración de propuestas, control y ejecución de las políticas comerciales internas relacionadas con la defensa y la promoción de los derechos de los consumidores.

7. Entender en la elaboración e implementación de las políticas y marcos normativos necesarios para afianzar la competencia de los derechos de los consumidores y el aumento en la oferta de bienes y servicios.

8. Supervisar la ejecución de las políticas comerciales internas destinadas a la defensa de la competencia y el accionar de la COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA, actuando como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 27.442, hasta tanto se constituya la AUTORIDAD NACIONAL DE LA COMPETENCIA creada por el artículo 18 de la Ley N° 27.442, en los términos de los artículos 4° y 5° del Decreto N° 480/18, y de los Tribunales Arbitrales de Defensa del Consumidor.

9. Entender en las propuestas y coordinación de políticas comerciales vinculadas a la actividad del sector privado, así como en las medidas comerciales relacionadas con otras políticas públicas, a fin de asegurar su coherencia y consistencia interna y brindar asistencia técnica en la materia.

10. Evaluar, proponer y dictar medidas tendientes a mejorar la fluidez de los mercados de bienes y servicios tanto públicos como privados, con el objeto de favorecer su transparencia y desarrollo en función del interés público, en el ámbito de su competencia.

11. Realizar el seguimiento de las políticas que desarrolle la CORPORACIÓN DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES, y su correspondencia con las políticas públicas implementadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, teniendo a su cargo la relación con las demás jurisdicciones que la integran.

12. Dirigir la representación en las empresas donde la Secretaría posea participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las pautas y lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

13. Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO NACIONAL en aquellas empresas donde la Secretaría posea participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las pautas y lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

14. Supervisar la ejecución de las políticas comerciales internas de defensa de los consumidores y de defensa de la competencia.

15. Evaluar el grado de competividad en todos los ámbitos de la actividad económica elaborando las estructuras de costo de los bienes y servicios que conforman los mercados, en el ámbito de su competencia.

16. Promover la articulación de políticas de comercio con los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

17. Intervenir en materia de estructuras arancelarias, de políticas de reembolsos y reintegros a la exportación y de seguro de crédito a la exportación, en el ámbito de su competencia.

18. Supervisar la gestión de los instrumentos y regímenes de administración del comercio exterior, en coordinación con las áreas competentes en la materia.

19. Entender en la implementación, administración y funcionamiento del Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA) y supervisar el accionar de su Unidad Ejecutora.

20. Supervisar el accionar de la COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR.

21. Programar y proyectar las actividades de las áreas bajo su competencia, para la mejora de los regímenes de promoción industrial y del desarrollo de proveedores en las cadenas de valor manufactureras.

22. Entender en el análisis de la problemática de los diferentes sectores industriales, detectando las necesidades de asistencia financiera y tecnológica, entre otras, así como promover el fortalecimiento productivo, tanto a nivel sectorial como regional.

23. Ejercer como Autoridad de Aplicación del Régimen Compre Argentino y Desarrollo de Proveedores, aprobado por la Ley N° 27.437, respecto de las cuestiones remanentes o pendientes de conclusión.

24. Realizar y definir negociaciones sectoriales en el área industrial del proceso de integración regional y/o acuerdos especiales con otros países en materia de su competencia.

25. Participar, en el ámbito de su competencia, en los acuerdos de cooperación e integración internacionales e interjurisdiccionales, en los que la REPÚBLICA ARGENTINA sea parte, y en su supervisión.

26. Ejercer el control tutelar del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI) y de la AGENCIA REGULATORIA DE LA INDUSTRIA DEL CÁÑAMO Y DEL CANNABIS MEDICINAL (ARICCAME).

27. Diseñar las políticas de desarrollo productivo en el marco de las políticas macroeconómicas definidas por el Poder Ejecutivo Nacional, enfocadas hacia la incorporación de valor agregado y la mejora de la productividad.

28. Implementar las políticas del Gobierno Nacional relativas a los sectores industriales y a la propiedad industrial.

29. Establecer, en el ámbito de su competencia, mecanismos de colaboración entre el sector público y privado para identificar oportunidades de mejora y proponer proyectos para solucionar los problemas y desafíos identificados.

30. Entender en el análisis y planificación de las políticas de desarrollo industrial y productivo, en el ámbito de su competencia.

31. Intervenir en la interpretación y aplicación de los regímenes de origen vigentes y reconocimiento de certificados de origen, en materia de su competencia, como así también en la elaboración de su normativa.

32. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la aplicación de la política de promoción comercial.

33. Asistir al Ministro en los aspectos relativos a la participación en ferias, exposiciones y misiones destinadas a estimular el intercambio con el exterior.

34. Entender en lo referente a las prácticas comerciales desleales y salvaguardias, incluyendo los derechos antidumping, los subsidios y las medidas compensatorias, en el ámbito de su competencia.

35. Intervenir en la aplicación del Régimen de Desarrollo y Fortalecimiento del Autopartismo Argentino, Ley N° 27.263; del Régimen de Promoción de Inversiones en la Industria Automotriz-Autopartista y su cadena de valor, Ley N° 27.686; del Registro de Beneficiarios y Productos del Régimen de Incentivo para Fabricantes de Bienes de Capital creado por el Decreto N° 379/01 y sus modificaciones; del Régimen en Aduana Factoría, Decreto N° 688/02; en el Régimen de Importación de Vehículos Incompletos, Totalmente Desarmados, a los efectos de su ensamble con la incorporación de autopartes locales en la REPÚBLICA ARGENTINA, Decreto N° 310/23 y del Régimen de Devolución Saldo T écnico de IVA, creado por la Resolución de la Ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA N° 17/18.

36. Intervenir en el Régimen de Exención Impositiva para la PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR creado por la Ley N° 19.640 y sus complementarias; y en los Regímenes de Aduana en Factoría creado por el Decreto N° 688/02, de Importación de Líneas de Producción Usadas, creado por el Decreto N° 1174/16 y sus modificatorios, así como en las detracciones contempladas en el Decreto N° 1067/18, sus modificatorios y complementarios; de Importación de Bienes Usados, regulados por la Resolución del Ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS N° 909/94 y sus modificatorias; de importación de los productos comprendidos por la Resolución del Ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS N° 1388/97 y sus modificatorias; y de Importación de Bienes Integrantes de Grandes Proyectos de Inversión creado por la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMÍA N° 256/00 y sus modificatorias.

37. Entender en el marco de las políticas de fomento al desarrollo del sector automotriz y autopartista, en las nuevas modalidades de movilidad sustentable, electromovilidad, sistemas híbridos y otras tecnologías sostenibles.

38. Articular la definición, planificación, seguimiento y control de los lineamientos, políticas y programas estratégicos del área de su competencia, en coordinación con la SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN PARA EL DESARROLLO PRODUCTIVO Y DE LA BIOECONOMÍA.

39. Intervenir en lo relativo a la aplicación del Régimen de Promoción de la Industria Naval Argentina, creado por la Ley N° 27.418.

40. Administrar el Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales, creado por el Decreto N° 716/20.

41. Impulsar, con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia, el desarrollo de proyectos de investigación aplicada, en colaboración con instituciones de investigación y desarrollo, académicas y del sector privado para impulsar la innovación industrial y la adopción de tecnología.

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA INDUSTRIAL

OBJETIVOS

1. Generar espacios de articulación que promuevan el diálogo entre actores del sector público nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, como así también con el sector privado y el tercer sector, para analizar las necesidades productivas, así como identificar los requerimientos de los proyectos industriales estratégicos.

2. Asistir a la Secretaría en la articulación de las políticas públicas con los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con el objeto de dar respuesta a las necesidades de naturaleza productiva que surjan en el territorio.

3. Dirigir la elaboración y administración de programas y proyectos para la mejora de los regímenes de promoción industrial, en los sectores tradicionales y no tradicionales, y la expansión del desarrollo de la industria sostenible.

4. Entender en el desarrollo en los programas bajo su órbita vinculados a la competitividad industrial.

5. Asistir a la Secretaría en la aplicación del Régimen de Desarrollo y Fortalecimiento del Autopartismo Argentino, Ley N° 27.263; del Régimen de Promoción de Inversiones en la Industria Automotriz-Autopartista y su cadena de valor, Ley N° 27.686; del Registro de Beneficiarios y Productos del Régimen de Incentivo para Fabricantes de Bienes de Capital creado por el Decreto N° 379/01 y sus modificaciones, del Régimen de Aduana en Factoría, Decreto N° 688/02; en el Régimen de Importación de Vehículos Incompletos, Totalmente Desarmados, a los efectos de su ensamble con la incorporación de autopartes locales en la REPÚBLICA ARGENTINA, Decreto N° 310/23 y del Régimen de Devolución Saldo Técnico de IVA Resolución de la Ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA N° 17/18.

6. Identificar tendencias y cambios en la industria a nivel mundial para anticipar oportunidades y desafíos para la industria nacional, y elaborar informes con propuestas para ser elevados a la autoridad.

7. Entender en la elaboración de estudios y análisis que sirvan de insumo para la planificación y diseño de las políticas de desarrollo productivo nacional y definir indicadores de seguimiento para la evaluación de impacto.

8. Intervenir en el marco de las políticas de fomento al desarrollo del sector automotriz y autopartista, en las nuevas modalidades de movilidad sustentable, electromovilidad, sistemas híbridos y otras tecnologías sostenibles.

9. Participar en las negociaciones con la Unión Europea (UE) y el Mercado Común del Sur (MERCOSUR), en las temáticas de su competencia en todo lo referido a la Ley N° 27.437 y sus complementarias, en las cuestiones remanentes o pendientes de conclusión.

10. Establecer los sectores productivos estratégicos de la economía nacional, en coordinación con otras áreas de competencia en la materia, para identificar oportunidades de crecimiento y de inversión.

11. Coordinar e implementar, en el ámbito de su competencia, las políticas de desarrollo del sector industrial y el fortalecimiento de cadenas de valor manufactureras.

12. Intervenir en todo lo referido a la Ley N° 27.437 y sus complementarias, en las cuestiones remanentes o pendientes de conclusión.

13. Estimular, en el ámbito de su competencia, el desarrollo integral de las economías regionales y los nodos productivos para fortalecer la interconexión y la competitividad.

14. Asistir a la Secretaría en la formulación de políticas que estimulen prácticas de calidad y certificaciones en la industria para promover el agregado de valor y posicionar los productos nacionales en mercados globales.

15. Coordinar e implementar el Programa Nacional de Fortalecimiento de la Calidad, creado por la Resolución N° 815/21 de la Ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA.

16. Promover el desarrollo de la competitividad de las industrias y su inserción internacional, así como desarrollar estrategias que promuevan la sostenibilidad en la industria y la adopción de prácticas ambientalmente sustentables.

17. Promover el desarrollo de parques, agrupamientos y polígonos industriales tendientes a fortalecer el entramado productivo y generar economías de aglomeración.

18. Asistir a la Secretaría en la administración del Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales, creado por el Decreto N° 716/20, sus modificaciones y normas complementarias.

19. Coordinar con el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), la elaboración de políticas relacionadas a innovación, diseño, manufactura avanzada, calidad, actualización y transferencia tecnológica, ensayos, certificaciones, prototipos y plantas piloto, eficiencia energética, entre otros.

20. Coordinar, con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia, el desarrollo de proyectos de investigación aplicada en colaboración con instituciones de investigación y desarrollo, académicas y del sector privado para impulsar la innovación industrial y la adopción de tecnología.

21. Ejercer la coordinación del Subgrupo de Trabajo N° 7 - Industria- (SGT N° 7) y cuando corresponda, en otros ámbitos del Mercado Común del Sur (MERCOSUR).

22. Participar en las negociaciones de los procesos de integración de bloques comerciales en los que la REPÚBLICA ARGENTINA sea parte, en los temas de su competencia.

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PRODUCTIVA

OBJETIVOS

1. Contribuir en la simplificación de regulaciones industriales para reducir la carga burocrática y promover la agilidad en el sector Industrial, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

2. Coordinar, con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia, la armonización de normativas y regulaciones relacionadas con la competitividad industrial para evitar barreras innecesarias.

3. Colaborar, en el ámbito de su competencia, en la creación de un entorno legal favorable para atraer inversiones en la industria, promoviendo la seguridad jurídica y la confianza empresarial.

4. Verificar el cumplimiento de las normas y acciones de promoción y desarrollo industrial en el ámbito de la Secretaría.

5. Programar, proyectar y administrar las actividades orientadas a la mejora de los regímenes de promoción industrial, en los sectores tradicionales y no tradicionales, y la expansión del desarrollo de la industria sostenible.

6. Asistir a la Secretaría en la implementación de los programas a su cargo vinculados con la promoción industrial sectorial.

7. Asesorar a los organismos descentralizados actuantes en la órbita de la Secretaría, cuando le sea requerido, sobre la implementación de estrategias para favorecer el desarrollo y la sostenibilidad industrial, contribuyendo a la articulación de las políticas definidas.

8. Participar en las negociaciones de los procesos de integración de bloques comerciales en los que la REPÚBLICA ARGENTINA sea parte, en los temas de su competencia.

9. Asistir a la Secretaría en lo relativo al Régimen de Exención Impositiva para la PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR creado por la Ley N° 19.640 y sus complementarias y en los Regímenes de Aduana en Factoría, creado por el Decreto N° 688/02; de Importación de Líneas de Producción Usadas, creado por el Decreto N° 1174/16 y sus modificatorias; así como en las detracciones contempladas en el Decreto N° 1067/18, sus modificatorios y complementarios; de Importación de Bienes de Capital Usados, regulado por la Resolución del Ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS N° 909/94 y sus modificatorias; de importación de los productos comprendidos en la Resolución del Ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS N° 1388/97 y sus modificatorias y de Importación de Bienes Integrantes de Grandes Proyectos de Inversión creado por la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMÍA N° 256/00 y sus modificatorias.

10. Verificar el desarrollo y otorgamiento de los certificados de homologación de vehículos y de autopartes de seguridad para su comercialización de conformidad con la Ley de Tránsito N° 24.449.

11. Participar en la autorización de importación de vehículos automotores usados con características especiales de uso, establecido en el régimen creado por la Resolución de la Ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA N° 26/19.

12. Entender, en el ámbito de su competencia, en el Régimen de Importación de Autopartes no Producidas con AEC del 2% en el marco de la Resolución de la Ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA N° 67/18.

13. Asistir a la Secretaría en lo relativo a la aplicación del Régimen de Promoción de la Industria Naval Argentina creado por la Ley N° 27.418.

14. Intervenir en el análisis de la problemática de los diferentes sectores industriales, en la definición de la política industrial y su diseño y en la ejecución de los instrumentos que contribuyan a la promoción del desarrollo industrial en forma articulada con los diferentes sectores y regiones del país.

15. Coordinar y promover las Mesas Sectoriales para articular con entidades públicas, privadas y del tercer sector en relación a las necesidades productivas y a la identificación de las necesidades de los proyectos industriales estratégicos.

16. Asistir a la Secretaría en el diseño y rediseño de políticas industriales nacionales y sectoriales.

17. Participar, en el ámbito de su competencia, en las negociaciones internacionales que involucren al sector industrial.

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR

OBJETIVOS

1. Intervenir en lo referente a la interpretación de las normas pertinentes al comercio exterior, en materia de su competencia, elaborando propuestas y medidas acordes a los requerimientos del sector privado sobre temas vinculados a las transacciones comerciales internacionales.

2. Participar, en el ámbito de su competencia, en las negociaciones comerciales internacionales, propendiendo al dictado y suscripción de convenios, tratados y acuerdos comerciales y de inversión.

3. Ejercer la representación de la Jurisdicción en los grupos y comisiones de trabajo en el ámbito del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y participar en el diseño de las políticas con otros espacios de integración comercial y económica internacional, en coordinación con las dependencias nacionales competentes.

4. Asistir a la Secretaría en lo referente a las prácticas comerciales desleales y salvaguardias, incluyendo los derechos antidumping, los subsidios y las medidas compensatorias, en el ámbito de su competencia.

5. Participar en la elaboración y propuesta de los aspectos normativos vinculados a aranceles y nomenclaturas, reembolsos y reintegros, normas tendientes a la promoción de exportaciones, seguro de crédito a la exportación, cupos, "draw back", admisión temporaria y otros regímenes específicos, como también los relacionados con el Sistema Generalizado de Preferencias.

6. Intervenir en materia de su competencia en los aspectos atinentes a los regímenes vinculados a las importaciones y otras normas resultantes de los Acuerdos de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC) y otros organismos e instituciones internacionales con competencia en el ámbito del comercio internacional.

7. Coordinar, elaborar y proponer desarrollos normativos relacionados con instrumentos para la promoción de las exportaciones, zonas francas y aquellos vinculados a los regímenes de importaciones, a la nomenclatura y a los aranceles de importación.

8. Intervenir en la interpretación y aplicación de los regímenes de origen vigentes y reconocimiento de certificados de origen, en materia de su competencia, como así también en la elaboración de su normativa e impartir instrucciones de carácter operativo en las entidades autorizadas a emitir certificados de origen y evaluar su funcionamiento.

9. Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en la elaboración, propuesta y seguimiento de los reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad respecto de las normas técnicas aplicables a la comercialización de bienes y servicios, en el marco de las previsiones dispuestas por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC).

10. Diseñar y coordinar, en el ámbito de su competencia, la implementación de políticas para promover la mejora de competitividad de los productores nacionales, así como el desarrollo de infraestructura de calidad con un perfil exportador.

11. Promover la adopción de estándares de calidad y herramientas de mejora continua en procesos y productos por parte de la industria nacional, y de medidas orientadas a superar las barreras técnicas comerciales de entrada a mercados externos, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

12. Coordinar la evaluación de impacto de políticas, programas y acciones orientados a la promoción del desarrollo exportador, y en el seguimiento de la implementación de herramientas de fomento productivo para las diferentes industrias, verificando su consistencia con la estrategia de inserción internacional.

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

SUBSECRETARÍA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LEALTAD COMERCIAL

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la ejecución y control de las políticas comerciales internas de defensa de los consumidores.

2. Intervenir en el diseño e implementación de políticas y marcos normativos necesarios para afianzar la competencia, los derechos del consumidor y el aumento en la oferta de bienes y servicios.

3. Asistir a la Secretaría en la aplicación de las Leyes Nros. 19.511 del SISTEMA MÉTRICO LEGAL ARGENTINO (SIMELA) y sus modificaciones; 24.240 de Defensa del Consumidor y sus modificatorias; 25.065 de Tarjetas de Crédito y sus modificaciones; 25.542 de Libros; 26.993 del Sistema de Resolución de Conflictos en las Relaciones de Consumo, en lo que es materia de su competencia, y sus modificatorias; 27.521 del Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria y el Decreto N° 274/19 de Lealtad Comercial.

4. Proponer y efectuar el control de las políticas relacionadas con la defensa de los consumidores, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

5. Asistir a la Secretaría en la elaboración de proyectos normativos en el ámbito de su competencia, en especial en materia de defensa de los consumidores y de lealtad comercial, para armonizar los marcos regulatorios vigentes.

6. Asistir a la Secretaría en la supervisión del accionar de los Tribunales Arbitrales de defensa del consumidor.

7. Articular el trabajo de la Secretaría con el sector privado que intervenga en la cadena de comercialización, en lo que refiere a políticas en materia de gestión comercial interna, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

8. Asistir, en el ámbito de su competencia, en la implementación de acciones de divulgación de las políticas, planes y programas de la Secretaría que se encuentren relacionados a sus objetivos.

9. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la elaboración de proyectos de capacitación que brinden herramientas para la defensa de los derechos de los consumidores.

10. Intervenir en el diseño y elaboración de propuestas de programas y planes de acción de la Secretaría y su articulación con otras áreas de gobierno, en materia de su competencia.

11. Participar en la evaluación y asesorar sobre el grado de oportunidad, mérito y conveniencia para la puesta en marcha de políticas y acciones que impacten sobre el comercio interior, como así también en la elaboración de planes, programas y proyectos que faciliten la desregulación del mercado interno, en el ámbito de la Secretaría.

12. Asistir a la Secretaría en la evaluación del grado de competitividad en todos los ámbitos de la actividad económica, tipificando las estructuras de costos de los bienes que conforman el mercado.

13. Asistir a la Secretaría en las tareas relacionadas a la supervisión del accionar de la COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA, hasta tanto se constituya la AUTORIDAD NACIONAL DE LA COMPETENCIA.

14. Fiscalizar las actividades relacionadas con las leyes que regulen la defensa de los consumidores, a fin de procurar que los bienes y servicios comercializados en el país cumplan con las condiciones de seguridad, calidad y comercialización establecidas por la normativa vigente.

15. Coordinar el seguimiento y análisis de la normativa de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial en el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y los reglamentos nacionales que en su consecuencia deben dictarse, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

16. Efectuar la vigilancia respecto del uso de los instrumentos de medición reglamentados en el país, junto con el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI) y las entidades públicas y/o privadas autorizadas al efecto.

17. Supervisar la sustanciación de los sumarios administrativos en los que se investiguen posibles infracciones a las leyes cuya fiscalización sea competencia de la Subsecretaría.

18. Participar, en el ámbito de su competencia, en la negociación de acuerdos multilaterales o bilaterales de la REPÚBLICA ARGENTINA que involucren regulación del comercio interior.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE BIOECONOMÍA

OBJETIVOS

1. Elaborar y ejecutar planes, programas y políticas de producción, tecnología, calidad y sanidad en materia agropecuaria, pesquera y forestal, coordinando y conciliando los intereses del ESTADO NACIONAL, las provincias y los diferentes subsectores; así como asistir en lo relativo a la aplicación de la política comercial de productos agropecuarios.

2. Dirigir el desarrollo de instrumentos para la inserción económica en el mundo de la producción agroalimentaria nacional, para el desarrollo de la bioeconomía, incluyendo los aspectos bioenergéticos, biotecnológicos y producción de bioproductos, que contengan líneas de acción, instrumentos de promoción, y mecanismos institucionales de interacción con otras áreas con competencia en la materia.

3. Promover la utilización y conservación de los agro-ecosistemas y recursos naturales destinados a la producción agropecuaria, pesquera y forestal a fin de promover el desarrollo económico del sector, incluyendo la diferenciación y el valor agregado en su transformación.

4. Asistir y participar en el diseño y ejecución de las políticas de desarrollo, promoción, financiamiento, calidad, bioseguridad y sanidad de productos agropecuarios incluida su transformación, para consumo alimentario de origen animal o vegetal, promoviendo los estándares de comercialización respectivos, en coordinación con las áreas competentes en la materia.

5. Entender, en el ámbito de su competencia, en las estrategias, estudios, investigaciones y análisis prospectivos que fomenten el consumo, la comercialización y el valor agregado de alimentos de origen agropecuario, coordinando acciones con los organismos de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

6. Intervenir en el control de la aplicación de los marcos regulatorios y el cumplimiento de las prestaciones de los servicios públicos del sector agropecuario que son brindados por el sector privado.

7. Dirigir la representación en las empresas donde la Secretaría posea participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las pautas y lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

8. Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO NACIONAL en aquellas empresas donde la Secretaría posea participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las pautas y lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

9. Elaborar y ejecutar las políticas y acciones vinculadas a la sostenibilidad ambiental de los productos primarios provenientes de la agricultura, la ganadería y la pesca, incluida su transformación; y coordinar el diseño de planes, programas, proyectos y normas que promuevan e impulsen la producción agroindustrial sostenible, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

10. Coordinar, en el ámbito de su competencia, acciones con las distintas regiones del país dirigidas a desconcentrar la ejecución de las políticas del área y facilitar la integración con los distintos sectores agropecuarios, forestal y pesquero.

11. Asistir en la creación y actualización de un sistema integral de gestión de información y estadística agropecuaria.

12. Entender en el estudio de los distintos factores que afectan el desarrollo de la actividad agropecuaria, pesquera y forestal y de las transformaciones asociadas, la evaluación de sus tendencias, y proponer medidas que impulsen el desarrollo de dicha actividad, en el ámbito de su competencia.

13. Ejercer el control tutelar del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV), del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (INTA), del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP), del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS (INASE) y del INSTITUTO NACIONAL DE LA AGRICULTURA FAMILIAR, CAMPESINA E INDÍGENA.

14. Entender en la supervisión de los programas, proyectos y actividades del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (INTA), del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP), del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS (INASE), del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), del INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE, del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV) y del INSTITUTO NACIONAL DE LA AGRICULTURA FAMILIAR, CAMPESINA E INDÍGENA.

15. Entender en la fiscalización sanitaria de la producción agropecuaria, forestal y pesquera, así como en la normatización, registro, control y fiscalización sanitaria, de inocuidad y calidad agroalimentaria, en el ámbito de su competencia.

16. Entender en la matriculación, registro y fiscalización de las operatorias de las personas humanas o jurídicas que intervengan en el comercio e industrialización de las distintas cadenas agroalimentarias y agroindustriales, ejerciendo las funciones de control, fiscalización y poder de policía previstas por las Leyes N° 21.453, N° 21.740 y N° 25.507, por el artículo 12 de la Ley N° 25.345, por el Decreto-Ley N° 6.698/63, modificado por el artículo 1° de la Resolución N° 592/93 del Ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, por los Decretos N° 1405/01, N° 2647/02 y N° 1067/05, y la Resolución N° 109/06 de la Ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, implementando todas las acciones necesarias a tales fines en todo el territorio nacional y aplicando su régimen sancionatorio.

17. Entender en la aplicación de la Ley N° 26.141 -Régimen para la recuperación, fomento y desarrollo de la actividad caprina- y de la Ley N° 25.422 para la recuperación de la ganadería ovina.

18. Entender en lo relativo a la aplicación y contralor de la Ley N° 25.127.

19. Desarrollar e impulsar políticas de transferencia de riesgos climáticos, promoviendo el acceso de los productores agropecuarios a instrumentos de cobertura, articulando acciones con las áreas con competencia en la materia.

20. Entender en materias vinculadas al Consejo Federal Agropecuario, en los ámbitos de su competencia.

21. Entender en las tareas vinculadas con el análisis de costos, evaluación de márgenes y rentabilidad de las empresas del sector agropecuario.

22. Entender en la elaboración de la propuesta para la fijación de los valores FOB mínimos e índices de exportación.

23. Participar en el otorgamiento de los certificados de origen y calidad de los productos destinados a la exportación vinculados con su competencia.

24. Entender en la tipificación, certificación de calidad y normalización para la comercialización de los productos primarios de origen agropecuario, forestal y pesquero, incluida su transformación

25. Proponer estrategias para la solución de controversias, en todo lo referido al acceso de productos de los sectores agroalimentarios y agroindustriales a los mercados externos, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

26. Planificar, diseñar e implementar planes y programas que promuevan el fortalecimiento productivo, integral y sustentable de los pequeños y medianos productores agroalimentarios.

27. Promover relaciones de cooperación e integración con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y los municipios, con el fin de promover el desarrollo bioeconómico, de la agricultura, ganadería y pesca de las distintas regiones del país.

28. Entender en el otorgamiento de las certificaciones oficiales de calidad, de los cupos o cuotas de los productos destinados a la exportación y/o mercado interno vinculados con su competencia.

29. Entender en la elaboración de políticas, objetivos y acciones atinentes al desarrollo y competitividad de las economías regionales, con la inclusión de los productores agropecuarios y las productoras agropecuarias, en el ámbito de su competencia.

30. Asistir al Ministro en la aplicación de la Ley N° 26.509 sobre el Sistema Nacional para la Prevención y Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios.

31. Entender, en lo referido a la coordinación de las acciones de las Consejerías Agrícolas de la REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior, en coordinación con las distintas áreas competentes.

32. Articular la definición, planificación, seguimiento y control de los lineamientos, políticas y programas estratégicos del área, en coordinación con la SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN PARA EL DESARROLLO PRODUCTIVO Y DE LA BIOECONOMÍA.

SECRETARÍA DE BIOECONOMÍA

SUBSECRETARÍA DE BIOINDUSTRIAS, BIOTECNOLOGÍAS E INNOVACIÓN

OBJETIVOS

1. Participar en la propuesta y ejecución de políticas y medidas tendientes a mejorar la distribución del valor agregado en los eslabones de las cadenas agroindustriales, la transparencia del mercado, la igualdad de oportunidades y la libre concurrencia de los productores organizados al mismo.

2. Proponer e impulsar la adopción de procesos de biorrefinería, contribuyendo al resguardo climático y la protección de los ecosistemas.

3. Proponer políticas que incrementen la generación de materias primas, productos o subproductos para ser utilizados en la generación de bioenergía; promoviendo estrategias y actividades para un mejor uso de los recursos biomásicos de origen agropecuario, agroindustrial y urbano.

4. Impulsar el crecimiento de las industrias elaboradoras de bioproductos y biomateriales potenciando la innovación a través de la creación y el desarrollo de nuevos biomateriales y bioproductos, o productos sustitutivos a los de origen fósil.

5. Colaborar con las instituciones del Sistema Científico Tecnológico contribuyendo en la investigación y desarrollo de biocombustibles, biomateriales, bioinsumos agropecuarios e industriales, alimentos, y otros posibles productos que puedan ser obtenidos en forma sustentable, a partir de recursos de la biomasa y de la biodiversidad.

6. Intervenir en la aprobación de eventos biotecnológicos y la aplicación de los marcos regulatorios y políticas relativas a los productos biotecnológicos, y colaborar con otras áreas con competencia en la materia, para el otorgamiento de las autorizaciones de liberación y comercialización de productos biotecnológicos para uso agropecuario.

7. Promover acciones que faciliten la confluencia entre las Biotecnologías, las Nanotecnologías y las Tecnologías Digitales, que permitan el desarrollo de procesos integrados y sostenibles en las empresas del sector.

8. Promover la adopción de tecnologías digitales entre los productores agropecuarios y agroindustriales argentinos, con el propósito de mejorar la rentabilidad, competitividad, sustentabilidad, trazabilidad, agregado de valor y diversificación de productos, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

9. Colaborar, en el ámbito de su competencia, con universidades, institutos de investigación y organizaciones del sector agropecuario para la generación de información que permita analizar el ecosistema de innovación y emprendimiento en tecnologías digitales aplicadas a la actividad agropecuaria y agroindustrial, para fomentar el diseño de políticas y acciones interinstitucionales y fortalecer el desarrollo de dicho ecosistema.

10. Intervenir, en coordinación con los organismos con competencia en la materia, en el desarrollo de las políticas, acciones y programas tendientes a promover al uso de bioinsumos y su relación con la conservación de la diversidad biológica, como así también los recursos genéticos para la alimentación y la agricultura, incluyendo la valorización de la diversidad genética del suelo.

SECRETARÍA DE BIOECONOMÍA

SUBSECRETARÍA DE MERCADOS AGROPECUARIOS Y NEGOCIACIONES INTERNACIONALES

OBJETIVOS

1. Coordinar la realización de estudios e investigaciones acerca de los componentes económicos de las políticas sectoriales en materia agropecuaria y su compatibilización con las políticas macroeconómicas.

2. Asistir a la Secretaría en las tareas vinculadas con el análisis de costos, evaluación de márgenes y rentabilidad de las empresas del sector agropecuario.

3. Entender en el relevamiento, análisis y elaboración de propuestas y ejecución de acciones de mejora de toda la cadena de infraestructura y logística vinculada a la producción y comercialización tanto interna como externa de productos primarios, provenientes de la agricultura, la ganadería y la pesca, incluida su transformación, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

4. Asesorar en lo relativo a la generación de las políticas tributarias referidas al sector agropecuario, articulando y coordinando su accionar con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia primaria en la materia.

5. Coordinar acciones con organismos multilaterales, bilaterales y nacionales en los proyectos y programas de cooperación, en materia de su competencia, para mejorar la transparencia, el desempeño y la expansión de los mercados.

6. Intervenir en la elaboración de la propuesta para la fijación de los valores FOB mínimos e índices de exportación.

7. Analizar el impacto económico de políticas y acciones de mejora de la transparencia, el desempeño y la expansión de diferentes mercados agrícolas.

8. Coordinar la realización de estudios y programas de monitoreo y evaluación permanente de los mercados internos y externos, en articulación con otras áreas con competencia en la materia de la Jurisdicción.

9. Entender en el seguimiento de las actividades de las bolsas, cámaras y mercados agropecuarios, promoviendo la transparencia y el cumplimiento de la normativa que rige su funcionamiento.

10. Actuar como Autoridad de Aplicación y control de la Ley N° 9.643 en lo relativo a Warrants y certificados de depósito.

11. Colaborar en el análisis en materia de apertura de mercados externos e iniciativas para incrementar la presencia del sector en el comercio internacional, aportando propuestas de negociación.

12. Colaborar en materias vinculadas al Consejo Federal Agropecuario, en el ámbito de su competencia.

13. Asistir a la Secretaría en el control de la aplicación de los marcos regulatorios y el cumplimiento de las prestaciones de los servicios públicos del sector agropecuario que son brindados por el sector privado.

14. Asistir a la Secretaría en lo relativo a la matriculación, registro y fiscalización de las operatorias de las personas humanas o jurídicas que intervengan en el comercio e industrialización de las distintas cadenas agroalimentarias y agroindustriales, ejerciendo las funciones de control, fiscalización y poder de policía previstas por las Leyes N° 21.453, N° 21.740 y N° 25.507, por el artículo 12 de la Ley N° 25.345, por el Decreto-Ley N° 6698 del 9 de agosto de 1963, modificado por el artículo 1° de la Resolución N° 592 del 4 de junio de 1993 del ex-MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, por los Decretos N° 1405/01, N° 2647/02 y N° 1067/05, y la Resolución de la Ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN N° 109/06, implementando todas las acciones necesarias a tales fines en todo el territorio nacional y aplicando su régimen sancionatorio.

15. Promover planes, programas y proyectos para el fortalecimiento de la competitividad de las cadenas de valor de alimentos, con especial atención de los eslabones vinculados con sus insumos para nuevas empresas exportadoras, sobre la base de la asociatividad de pequeñas y medianas, empresas y cooperativas productoras de alimentos para el consumo, con alto agregado de valor en origen y elevada diferenciación, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

16. Monitorear los valores de correspondencia entre los mercados de productos regionales con los índices de transparencia y simetría entre las partes, en coordinación con las provincias y proponer las políticas de intervención necesarias.

17. Coordinar la actualización del Código Alimentario Argentino (CAA), así como el desarrollo, organización y seguimiento de la Comisión Nacional de Alimentos (CONAL), de acuerdo a las competencias establecidas en la normativa vigente, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

18. Colaborar en materias vinculadas al Consejo Federal Agropecuario en los ámbitos de su competencia.

19. Asistir a la Secretaría en las relaciones internacionales en materia de alimentos, desarrollos biotecnológicos, bioenergéticos y zonas de frontera, especialmente en los distintos Grupos de Trabajo del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), del CODEX ALIMENTARIUS INTERNACIONAL, de la ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA ALIMENTACIÓN Y LA AGRICULTURA (FAO), la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC), el CONVENIO SOBRE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA (CBD), y el CONSEJO AGROPECUARIO DEL SUR (CAS), entre otros, en coordinación con las áreas de competencia en la materia.

20. Proponer e impulsar la creación de nuevas empresas exportadoras sobre la base de la asociatividad de pequeñas y medianas, empresas y cooperativas productoras de agroalimentos para el consumo con alto agregado de valor en origen, elevada diferenciación, descomoditización y sustentabilidad productiva, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

21. Asistir a la Secretaría en el desarrollo de las acciones de las Consejerías Agrícolas de la REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior.

SECRETARÍA DE BIOECONOMÍA

SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA Y FORESTAL

OBJETIVOS

1. Diseñar, proponer y coordinar la ejecución de políticas, planes y programas relacionados con los productores y con la producción agrícola, procurando el adecuado equilibrio entre productividad, sostenibilidad de los recursos naturales y distribución territorial.

2. Asistir a la Secretaría en la relación con los gobiernos provinciales en materia de producción agrícola.

3. Asistir en el diseño de planes, programas y proyectos vinculados con la competitividad de las cadenas productivas agrícolas, insumos, almacenamiento, logística, maquinaria agrícola y la actividad de los contratistas rurales, en el ámbito de su competencia.

4. Desarrollar programas específicos de fortalecimiento de las capacidades de gestión, integración vertical y horizontal de productores y de Pequeñas y Medianas Empresas del rubro alimentario, para la diferenciación de productos que fortalezcan su participación en la comercialización e inserción en el mercado nacional e internacional, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

5. Entender en el diseño y ejecución de políticas de desarrollo de las producciones de las economías regionales y mejora de la competitividad, promoción comercial para mercados internos y externos y de la calidad, en la bioseguridad de los productos de la agricultura, la ganadería y la pesca, incluida su transformación y en la inserción en las cadenas de valor de los productos de las economías regionales.

6. Promover la diferenciación de los alimentos producidos en las economías regionales y en los diferentes territorios de la REPÚBLICA ARGENTINA para satisfacer las demandas locales y ampliar la oferta exportable.

7. Asistir a la Secretaría en la aplicación de los marcos regulatorios y en el cumplimiento de las prestaciones de los servicios públicos del sector agropecuario que son brindados por el sector privado, en el ámbito de su competencia.

8. Participar en la definición de las políticas sanitaria, comercial y tecnológica vinculadas a las diferentes actividades de su área de competencia.

9. Diseñar, proponer y coordinar la ejecución de políticas, planes y programas relacionados con la producción vacuna, ovina, porcina, equina y otras producciones de origen animal.

10. Diseñar, proponer y coordinar la ejecución de políticas, planes y programas de producción, fiscalización, calidad, sanidad y regulación en materia de producción correspondientes a las áreas de su competencia, procurando su modernización, reconversión, complementación, diversificación y el adecuado equilibrio entre productividad, sustentabilidad ambiental, sostenibilidad de los recursos naturales y distribución territorial.

11. Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en el diseño, la elaboración y ejecución de políticas y medidas tendientes a mejorar la distribución del valor agregado en los eslabones de las cadenas agroindustriales, la transparencia del mercado, la igualdad de oportunidades y la libre concurrencia de los productores y productoras organizados al mismo.

12. Asistir en la definición de las políticas de riego y gestión de los recursos hídricos vinculados a las diferentes producciones agrícolas.

13. Asistir a la Secretaría en la aplicación de la Ley N° 26.141 -Régimen para la recuperación, fomento y desarrollo de la actividad caprina- y de la Ley N° 25.422 para la recuperación de la ganadería ovina.

14. Establecer las normas de clasificación y tipificación del ganado, de la carne y de la leche destinadas al consumo y a la exportación, y de todos los productos y subproductos de la ganadería y demás producciones de origen animal.

15. Entender en la promoción y desarrollo de la actividad hípica en la REPÚBLICA ARGENTINA y en el conocimiento de la producción en el exterior; así como también en el control de la aplicación de la normativa que rige dicha actividad.

16. Entender en el desarrollo del mercado interno lechero nacional tanto para el consumo interno, como así también el mercado orientado a la exportación.

17. Participar en la ejecución de las políticas relacionadas con la biotecnología para uso agrícola y en el fortalecimiento de la competitividad de los sectores productivos agrícolas y agroindustriales, proponiendo medidas de carácter global o sectorial que permitan impulsar su desarrollo, en el ámbito de su competencia.

18. Gestionar la normatización y registración de productos y establecimientos elaboradores de alimentos, en particular los provenientes de las economías regionales, asegurando la calidad e inocuidad de los alimentos, en coordinación con las otras áreas con competencia en la materia.

19. Establecer los lineamientos generales vinculados a Denominaciones de Origen, Indicaciones Geográficas, Diferenciación y Calidad de Productos, de acuerdo a la normativa vigente, en lo que es materia de su competencia.

20. Colaborar en materias vinculadas al Consejo Federal Agropecuario en los ámbitos de su competencia.

21. Asistir a la Secretaría en la propuesta, diseño y ejecución de planes y programas que promuevan el fortalecimiento productivo, integral y sustentable de los pequeños y medianos productores agroalimentarios.

22. Dirigir la implementación de programas y acciones destinados a promover y fortalecer la transferencia y desarrollo tecnológico de los pequeños y medianos productores agroalimentarios, a fin de mejorar su productividad con acciones específicas y estándares propios.

23. Articular acciones vinculadas a la innovación tecnológica específicas para los pequeños y medianos productores agroalimentarios, en el desarrollo productivo integral de agroalimentos, en forma conjunta con universidades, centros de investigación y organizaciones de la sociedad civil.

24. Supervisar y dirigir la ejecución de acciones de asistencia técnica, formación y capacitación de los pequeños y medianos productores.

25. Promover la competitividad de los pequeños y medianos productores agroalimentarios, con el objeto de fomentar su participación en el mercado interno y externo.

26. Entender en las tareas vinculadas con el análisis de costos, la evaluación de márgenes y la rentabilidad de la producción de los pequeños y medianos productores agroalimentarios, articulando acciones con las áreas y organismos pertinentes, para su inserción en las cadenas de valor específicas.

27. Promover, fortalecer y potenciar las capacidades productivas de los jóvenes y de las mujeres en el sector agroalimentario para un desarrollo territorial equitativo y sustentable.

SECRETARÍA DE BIOECONOMÍA

SUBSECRETARÍA DE RECURSOS ACUÁTICOS Y PESCA

OBJETIVOS

1. Proponer y ejecutar la política pesquera nacional para la protección de los intereses nacionales relacionados con la pesca marítima, continental y la acuicultura; procurando el máximo desarrollo compatible con el aprovechamiento racional de los recursos.

2. Ejecutar la Ley Federal de Pesca N° 24.922 en las aguas de jurisdicción nacional, en coordinación con el Consejo Federal Pesquero.

3. Coordinar la Mesa de la Pesca con las cámaras y los distintos organismos nacionales y provinciales a fin de fijar las políticas tributarias, aduaneras, financieras, de control y de comercio exterior vinculadas al sector pesquero.

4. Entender en la administración del Registro de la Pesca, otorgamiento de permisos de pesca, su transferencia y suspensión, de conformidad con la Ley N° 24.922 y sus normas complementarias, en coordinación con el Consejo Federal Pesquero.

5. Ejecutar la fiscalización de capturas, cuotas por especie, métodos y artes de pesca en todas las aguas de jurisdicción nacional; así como sustanciar y aplicar las sanciones que resulten de los sumarios por infracciones a la normativa vigente.

6. Asistir a la Secretaría en las negociaciones internacionales en las que se traten temas pesqueros, tanto en negociaciones bilaterales como multilaterales, y/o con organismos internacionales, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

7. Intervenir en el desarrollo de procesos que promuevan la obtención de valor agregado y el empleo de mano de obra argentina, en coordinación con las áreas competentes en la materia.

8. Proponer las medidas tendientes a regularizar la actividad pesquera y de acuicultura, su explotación y cultivo, como así también promover las tareas de fiscalización e investigación que se desarrollen sobre recursos acuáticos vivos y las especies migratorias en todos los ámbitos sujetos a la jurisdicción nacional.

9. Intervenir en la política sanitaria referida a la actividad pesquera.

10. Asistir a la Secretaría en el ejercicio del control tutelar del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP).

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, HÁBITAT Y VIVIENDA

OBJETIVOS

1. Asistir al Ministro, en orden a sus competencias, en todo lo inherente a las políticas de ordenamiento social y territorial y de desarrollo de vivienda, hábitat e integración urbana, así como entender en el diseño de estrategias, planes y programas en el ámbito de su competencia.

2. Intervenir en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia.

3. Intervenir en la formulación, elaboración y ejecución de la política nacional en todas las materias relacionadas con el impulso a nivel local, provincial y regional de la descentralización política y económica para la consolidación del reequilibrio social y territorial.

4. Dirigir la formulación, elaboración y ejecución de la política nacional en todas las materias relacionadas con el desarrollo del hábitat, la vivienda y la integración urbana, atendiendo a las diversidades, demandas y modos de habitar de las diferentes regiones del país.

5. Asistir al Ministro en el diseño y ejecución de las políticas de gestión de suelo, innovando y generando instrumentos urbanísticos y jurídicos que garanticen el crecimiento conveniente de las áreas metropolitanas, de las ciudades pequeñas y medianas, y de la protección de los cordones periurbanos, en coordinación con provincias y municipios.

6. Coordinar acciones que realicen el ESTADO NACIONAL, las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y los municipios en lo referente a la planificación del territorio, a los usos del suelo y a los programas de infraestructura y hábitat, en el marco de lo que establezca la política de ordenamiento territorial.

7. Dirigir la elaboración de planes y programas de fortalecimiento y actualización de las políticas de desarrollo que tengan como objetivo la competitividad y complementariedad territorial, tanto urbana como rural.

8. Proponer lineamientos para el fomento del desarrollo urbano equilibrado y sustentable en el territorio nacional, en coordinación con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y los municipios.

9. Asistir al Ministro en la formulación, desarrollo y coordinación de políticas de regularización del suelo, mejoramiento y construcción de vivienda e integración socio urbana.

10. Intervenir, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia específica, en la ejecución de las gestiones y obras relativas a la implementación de los programas de integración socio urbanos.

11. Dirigir la elaboración de planes y programas para el desarrollo de ciudades y áreas periurbanas compactas, integradas, inclusivas, sustentables y resilientes, mediante el diseño y ejecución de obras de infraestructura y servicio urbano.

12. Diseñar e implementar programas habitacionales que faciliten el acceso al hábitat y el arraigo en la vivienda, en sus diferentes modalidades.

13. Articular estrategias para la promoción de programas que fomenten la participación del sector privado en el incremento de la oferta habitacional, tanto en el mercado inmobiliario como en el de alquileres.

14. Promover la inversión de recursos en el ámbito de la vivienda para diferentes sectores sociales, a través de la implementación de programas específicos.

15. Dirigir el diseño e implementación de acciones que permitan mejorar la calidad del hábitat de los sectores que habitan y/o trabajan en las áreas rurales y/o costeras.

16. Asistir al Ministro en la promoción y el desarrollo de nuevas tecnologías en lo que respecta a materiales, estandarización y equipamientos, y técnicas regionales sustentables articulando con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia específica en la materia.

SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, HÁBITAT Y VIVIENDA

SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la definición, formulación y gestión de políticas de desarrollo y ordenamiento territorial, fortaleciendo la estructura federal del país, así como entender en el diseño de estrategias, planes y programas de inversión pública y privada en el ámbito de su competencia.

2. Coordinar acciones con organismos nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, impulsando, promoviendo y articulando estratégicamente los diferentes niveles de organización territorial nacional e internacional.

3. Participar, junto con las provincias y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, de las estrategias de reequilibrio del territorio y de la formulación de los documentos técnicos específicos para implementar y comunicar las políticas, planes, programas, acciones, proyectos, obras e impacto de la inversión pública y/o privada.

4. Participar, articulando con los organismos nacionales, provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con competencia en la materia, en el relevamiento de suelos vacantes o disponibles, como así también en la actualización, adecuación, homogenización de los sistemas de inventario de los mismos y en la definición e implementación de criterios, metodologías, herramientas y plataformas de gestión de información para la mejora continua de los procesos de planificación y diseño de proyectos territoriales.

5. Intervenir en la formulación de un cuerpo normativo y de instrumentos y/o mecanismos de cooperación y articulación entre las distintas Jurisdicciones y organizaciones para el abordaje territorial equilibrado del desarrollo urbano.

6. Asistir con programas específicos y coordinar acciones tendientes a que los organismos nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales definan regulaciones sobre el suelo urbano, teniendo en cuenta las particularidades de cada territorio.

7. Entender en la cooperación y asistencia técnica a organismos públicos y privados y promover la capacitación y el perfeccionamiento de profesionales y técnicos, en materia de su competencia.

SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, HÁBITAT Y VIVIENDA

SUBSECRETARÍA DE HÁBITAT Y VIVIENDA

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la formulación, implementación y ejecución de políticas públicas de acceso a soluciones habitacionales.

2. Promover el acceso a soluciones habitacionales en su aspecto cuantitativo y cualitativo, mediante la implementación de políticas de urbanización de barrios, regularización dominial y producción de suelo urbano, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

3. Elaborar e impulsar planes de urbanización de barrios y propiciar la dotación de infraestructura básica y equipamiento comunitario.

4. Entender en el diseño, elaboración e implementación de planes nacionales de regularización dominial de barrios.

5. Asistir a la Secretaría en el desarrollo de acciones tendientes a la identificación de inmuebles de dominio del ESTADO NACIONAL que puedan ser afectados a las políticas y programas habitacionales, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

6. Implementar, junto con otros organismos nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales y con las organizaciones no gubernamentales pertinentes, las tareas vinculadas con la identificación y adquisición estratégica de suelos para el desarrollo de programas de acceso a la vivienda digna.

7. Elaborar y proponer las políticas públicas y programas de acceso a soluciones habitacionales, en coordinación con las autoridades provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales y con los representantes de las organizaciones de la sociedad civil.

8. Formular programas de asistencia económica, subsidios y créditos, en el ámbito de su competencia.

9. Intervenir en el diseño de las herramientas necesarias para llevar adelante censos y relevamientos poblacionales, en el marco de su competencia.

10. Celebrar convenios, en el ámbito de su competencia, con organismos estatales provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales, como así también con asociaciones profesionales, organizaciones de la sociedad civil, centros universitarios y organismos internacionales públicos y privados.

SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, HÁBITAT Y VIVIENDA

SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIO URBANA

OBJETIVOS

1. Entender en el diseño y la implementación de políticas de integración urbana y desarrollo territorial.

2. Entender en la transformación urbana de barrios, mediante un abordaje integral que favorezca su integración y el desarrollo humano.

3. Entender en el fortalecimiento de la organización comunitaria y en el diseño de mecanismos de participación para el desarrollo e implementación de los proyectos de integración urbana.

4. Participar en el diseño y en la ejecución de proyectos de infraestructura urbana y de mejoramiento del hábitat.

5. Entender en la implementación de iniciativas tendientes a la vinculación y al desarrollo productivo en los proyectos de integración urbana que se aborden.

6. Participar en el diseño e implementación de políticas de acceso a soluciones habitacionales en los proyectos de integración urbana que se aborden.

7. Coordinar acciones con organismos nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales en los asuntos inherentes al área de su competencia.

8. Entender en la administración y gestión del REGISTRO NACIONAL DE BARRIOS POPULARES EN PROCESO DE INTEGRACIÓN SOCIO URBANA (RENABAP) y realizar su evaluación y seguimiento.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

OBJETIVOS

1. Intervenir en la elaboración, propuesta y ejecución de la política nacional en todas las materias relacionadas con obras públicas de infraestructura viales, hídricas y de saneamiento, y de prevención sísmica, en especial en los programas de inversión y preinversión pública de su competencia, y en la coordinación de los planes, programas y proyectos relativos a dichas obras a nivel internacional, nacional, regional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal que correspondan a la Jurisdicción.

2. Dirigir la elaboración, junto con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y demás organismos nacionales y provinciales que correspondan, de los documentos técnicos necesarios para implementar y difundir las políticas, estrategias, planes, programas, proyectos, obras e impactos de la inversión pública, en coordinación con las áreas de la Jurisdicción con competencia en la materia.

3. Participar en la propuesta, elaboración y ejecución del marco regulatorio y proyectos de programas a realizar en materia de obras públicas de infraestructura hídrica, de prevención sísmica y de planificación territorial de la inversión pública, como así también de las que surjan de los entes desconcentrados y descentralizados, a nivel internacional, regional, nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, en coordinación con las demás áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

4. Dirigir la representación en las empresas donde la Secretaría posea participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las pautas y lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

5. Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO NACIONAL en aquellas empresas donde la Secretaría posea participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las pautas y lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

6. Entender en el diseño e implementación de acciones y políticas que, en el marco de la planificación estratégica de mediano y largo plazo, promuevan las inversiones nacionales e internacionales en obras de infraestructura, en el ámbito de su competencia.

7. Coordinar con las autoridades regionales, nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, la identificación y ejecución de obras de infraestructura y logística que potencien el desarrollo.

8. Entender en el diseño de proyectos de conservación, preservación, mantenimiento, construcción y reciclaje, tanto edilicios como de infraestructura y espacio público, y de obras específicas solicitadas por los organismos o reparticiones del ESTADO NACIONAL.

9. Intervenir en la ejecución de obras y en la administración de los contratos, según las distintas modalidades de contratación, públicas y público-privadas, de las obras y proyectos cuya realización sea encomendada al Ministerio por otras Jurisdicciones y áreas del ESTADO NACIONAL.

10. Entender en la definición e implementación de criterios, metodologías, herramientas y plataformas de gestión de información para la mejora continua de los procesos de planificación, desarrollo de proyectos y ejecución de obras.

11. Entender, en coordinación con las áreas con competencia en la materia, en la elaboración y ejecución del Plan de Construcción de Obras Penitenciarias, de readecuación de instalaciones y ampliación de los establecimientos carcelarios y unidades dependientes del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL y en el monitoreo y supervisión de las obras penitenciarias, actualmente no afectadas al alojamiento de internos.

12. Entender en el desarrollo y coordinación de las políticas de infraestructura que reduzcan la desigualdad entre la región Norte -comprendida por las provincias de SALTA, JUJUY, TUCUMÁN, LA RIOJA, CATAMARCA, MISIONES, CORRIENTES, CHACO, FORMOSA y SANTIAGO DEL ESTERO- y el resto del país, en coordinación con las áreas del ESTADO NACIONAL competentes en la materia.

13. Proponer el marco regulatorio relativo al manejo de los recursos hídricos y a la organización y fortalecimiento del sector de agua potable y saneamiento, vinculando y coordinando la acción de las demás jurisdicciones provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales y de los organismos intervinientes en la prestación y expansión de dichos servicios.

14. Participar en la propuesta, elaboración y ejecución del marco regulatorio y de proyectos de programas a realizar en materia de obras de infraestructura hídricas y planificación territorial de la inversión pública a nivel internacional, nacional, regional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, como así también de las que surjan de los entes desconcentrados y descentralizados, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

15. Ejercer las facultades de Autoridad de Aplicación del Contrato de Concesión de AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AySA), en cumplimiento del Marco Regulatorio de la Concesión establecido por la Ley N° 26.221.

16. Coordinar las actividades inherentes al Comité Ejecutor del Plan de Gestión Ambiental y de manejo de la Cuenca Hídrica Matanza-Riachuelo.

17. Entender en lo atinente al Fideicomiso de Infraestructura Hídrica, en el marco de lo previsto en el Decreto N° 1381/01, y en lo atinente a otros fondos fiduciarios y fideicomisos vinculados a su competencia.

18. Ejercer el contralor del accionar de la COMISIÓN REGIONAL DEL RÍO BERMEJO (COREBE), del COMITÉ INTERJURISDICCIONAL DEL RÍO COLORADO (COIRCO) y de la AUTORIDAD INTERJURISDICCIONAL DE LAS CUENCAS DE LOS RÍOS LIMAY, NEUQUÉN Y NEGRO, así como de todo otro organismo de gestión de cuencas, en representación del ESTADO NACIONAL, y participar, en la órbita de su competencia, en la COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL DEL PROGRAMA HIDROVÍA PARAGUAY - PARANÁ.

19. Participar en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones para los llamados a concurso y/o licitaciones, como también en los procesos licitatorios o contrataciones directas que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.

20. Intervenir en el diseño de la política exterior de la REPÚBLICA ARGENTINA en materia de recursos hídricos internacionales compartidos, cuencas, cursos de ríos sucesivos y contiguos, y cuerpos de agua en general, asumir la representación técnica, y asistir en la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera internacional, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

21. Participar en la planificación, programación, evaluación y/o ejecución de proyectos de mitigación de las inundaciones en zonas rurales y periurbanas, avenamiento y protección de infraestructura en zonas rurales y periurbanas, incluyendo proyectos de obras de emergencia, solicitadas por las provincias.

22. Participar en la definición y monitoreo de los objetivos y metas que involucren al agua (recursos hídricos y servicios de agua y saneamiento) establecidas por los organismos internacionales en los cuales interviene y suscribe el ESTADO NACIONAL.

23. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la elaboración, propuesta y ejecución de las políticas sobre puertos y vías navegables.

24. Ejercer el control tutelar del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN (TTN), el ENTE NACIONAL DE OBRAS HÍDRICAS DE SANEAMIENTO (ENOHSA), el ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP) y el INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA.

25. Asistir, en el ámbito de su competencia, al Ministerio en la definición, formulación y gestión de políticas de desarrollo, fortaleciendo la estructura federal de la REPÚBLICA ARGENTINA.

26. Entender en el diseño de estrategias, planes y programas de inversión pública y participación público-privado en el ámbito de su competencia.

27. Entender en los procesos y procedimientos de redeterminación de precios de las obras que se ejecuten en el ámbito de la Jurisdicción.

28. Coordinar la Comisión de Control y Seguimiento del Régimen de Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública y de Consultoría de Obra Pública de la Administración Pública Nacional, en el ámbito de su competencia.

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la elaboración, propuesta y ejecución de los programas, proyectos y acciones en materia de infraestructura pública.

2. Establecer estándares de calidad para la construcción y gestión de las obras de infraestructura, en coordinación con las áreas involucradas, y dictar normas para la fiscalización de los materiales utilizados en la construcción de las obras de infraestructura pública y de los supuestos de participación público-privada.

3. Celebrar convenios con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, los municipios y con otras entidades para el desarrollo e implementación de proyectos, programas y acciones en el marco de su competencia.

4. Evaluar e intervenir en la gestión y la obtención de cooperación técnica y financiera para el cumplimiento de los objetivos y políticas del ámbito de su competencia, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional competentes.

5. Asistir a la Secretaría en la elaboración y planificación de la política nacional de obras de infraestructura y coordinar los planes y programas a nivel nacional, regional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal que correspondan a la Jurisdicción.

6. Asistir a la Secretaría en la elaboración y ejecución del Plan de Construcción de Obras Penitenciarias, de readecuación de instalaciones y ampliación de los establecimientos carcelarios y unidades dependientes del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL y en el monitoreo y supervisión de las obras penitenciarias, actualmente no afectadas al alojamiento de internos.

7. Asistir a la Secretaría en la ejecución de los programas, proyectos y acciones en materia de obra, infraestructura pública, infraestructura vial y a la organización y fortalecimiento del sector de agua potable y saneamiento.

8. Participar, en el ámbito de su competencia, en la elaboración y en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones particulares para los llamados a contrataciones públicas que se efectúen con motivo de las obras a realizarse.

9. Asistir a la Secretaría en la ejecución de obras y administración de los contratos según las distintas modalidades de contratación, públicas y público-privadas, de las obras y proyectos cuya realización sea encomendada al Ministerio por otras Jurisdicciones y áreas del ESTADO NACIONAL y ejecutar las obras correspondientes a la construcción, conservación de los edificios públicos y restauración de monumentos históricos nacionales.

10. Asistir a la Secretaría en la ejecución de la política nacional de obras de infraestructura, coordinando acciones a nivel nacional, regional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal que correspondan a la Jurisdicción.

11. Participar, en el ámbito de su competencia, en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones en los procedimientos de selección.

12. Gestionar un sistema de control e información geográfica de las obras de infraestructura públicas de su competencia, consideradas en los planes estratégicos sectoriales y globales.

13. Participar, en el ámbito de su competencia, a solicitud de la Jurisdicción responsable, en todo lo atinente al Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional, creado por la Ley N° 24.855.

14. Intervenir en la ejecución de los compromisos del ESTADO NACIONAL con las diferentes agencias y organismos internacionales en cuanto a la debida realización de los programas y proyectos que se establezcan bajo su órbita, tanto en su gestión contable y financiera como en el seguimiento y evaluación de resultados e impacto de la ejecución.

15. Entender en la inspección, control, administración y seguimiento de las obras de infraestructura pública en el ámbito de la Secretaría.

16. Celebrar convenios con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, los municipios y con otras Entidades para el desarrollo e implementación de los proyectos, programas y acciones en el área de su competencia.

17. Coordinar la ejecución de obras de infraestructura de integración físico territorial internacional, en coordinación con las áreas competentes en la materia.

18. Asistir a la Secretaría en los procesos y procedimientos de redeterminación de precios de las obras que se ejecuten en el ámbito de su competencia.

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS

OBJETIVOS

1. Gestionar proyectos vinculados a las obras públicas hidráulicas, de concesión de obras hídricas y de adaptación a los extremos climáticos, realizando la gestión relativa a la participación de la Secretaría en todo el ciclo de vida de las mismas, comprendiendo sus etapas de proyecto, licitación, construcción, operación, mantenimiento y cese de utilidad.

2. Asistir a la Secretaría respecto de las necesidades planteadas por las distintas jurisdicciones para solucionar problemas de naturaleza hídrica y contribuir al desarrollo de las economías en cuencas nacionales e internacionales.

3. Participar en la elaboración de los pliegos y en el proceso de licitación y de adjudicación de la obra pública hidráulica, en el marco de su competencia, de conformidad con la legislación nacional vigente.

4. Monitorear las obras financiadas y/o licitadas por la Secretaría que se encuentran en ejecución en el área de su competencia, efectuando la supervisión, inspección, control de marcha de obra, certificación y redeterminación de precios, en el ámbito de su competencia.

5. Colaborar con las áreas del Ministerio con competencia específica en la elaboración de proyectos de obras hidráulicas orientados al uso, aprovechamiento, conservación, protección y monitoreo de los recursos hídricos.

6. Asistir a la Secretaría en la evaluación y promoción del establecimiento y aplicación de normas de la obra pública hidráulica y su concesión.

7. Asesorar a la Secretaría en los aspectos relativos a la contratación de la obra pública hidráulica y de concesión de obras hídricas, como también en lo inherente a la elaboración de los términos de la relación contractual, en coordinación con las áreas competentes.

8. Supervisar el cumplimiento de la legislación vigente en materia ambiental y de normas de seguridad e higiene en el trabajo en las distintas etapas de ejecución de las obras, en el marco de su competencia.

9. Asistir a la Secretaría en sus acciones en la COMISIÓN REGIONAL DEL RÍO BERMEJO (COREBE), del COMITÉ INTERJURISDICCIONAL DEL RÍO COLORADO (COIRCO) y de la AUTORIDAD INTERJURISDICCIONAL DE LAS CUENCAS DE LOS RÍOS LIMAY, NEUQUÉN Y NEGRO, así como de todo otro organismo de gestión de cuencas, en representación del ESTADO NACIONAL; y en la COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL DEL PROGRAMA HIDROVÍA PARAGUAY - PARANÁ.

10. Ejercer la Secretaría General del Consejo Hídrico Federal (COHIFE).

11. Asistir a la Secretaría en el diseño de la política exterior de la REPÚBLICA ARGENTINA en materia de recursos hídricos internacionales compartidos, cuencas, cursos de ríos sucesivos y contiguos y cuerpos de agua en general, participando en la representación técnica, asistiendo en la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera internacional, en el marco de su competencia.

12. Informar sobre el estado de ejecución de las obras dentro del área de influencia de la Autoridad de Cuenca Matanza-Riachuelo (ACUMAR).

13. Intervenir en la planificación, coordinación, ejecución y supervisión de la gestión operativa de los proyectos llevados a cabo por la Secretaría, en el marco de la planificación estratégica de la gestión de los recursos hídricos, para la preservación, el uso y el aprovechamiento de los mismos, en coordinación con los organismos competentes en la materia y Jurisdicciones involucradas.

14. Asistir en la confección del planeamiento estratégico de la gestión de los recursos hídricos, para su desarrollo sustentable y en forma coordinada con los otros recursos naturales.

15. Promover la formulación y ejecución de planes, programas y proyectos orientados al uso, aprovechamiento, conservación, protección y monitoreo de los recursos hídricos.

16. Gestionar los programas nacionales de monitoreo de recursos hídricos, como la Red Hidrológica Nacional, el Sistema Nacional de Radares Meteorológicos, y otros similares en el ámbito de su competencia.

17. Asistir en la evaluación y/o ejecución de los proyectos de infraestructura de obras hídricas multipropósito o de recuperación de tierras productivas, de mitigación de inundaciones en zonas rurales y periurbanas y avenamiento y protección de infraestructura en zonas rurales y periurbanas, en el marco de lo establecido por el Decreto N° 1381/01 y de los convenios firmados con las provincias, a financiarse mediante el Fideicomiso de Infraestructura Hídrica o préstamos de organismos internacionales.

18. Participar en el proceso de licitación, adjudicación, contratación y concesión de la obra pública hidráulica y de saneamiento, en el marco del circuito operativo de su competencia.

19. Elaborar informes sobre el estado de ejecución físico y financiero de las obras financiadas por el Fondo de Infraestructura y por el Tesoro Nacional.

20. Coordinar la aplicación de los recursos financieros planificando la inversión en obras en materia de su competencia.

21. Intervenir en los procesos y procedimientos de redeterminaciones de precios de los contratos de obra hídrica, en materia de su competencia.

22. Celebrar convenios, en el ámbito de su competencia, con organismos estatales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, así como con asociaciones profesionales, organizaciones de la sociedad civil, centros universitarios y organismos internacionales públicos y privados.

23. Promover la capacitación y el perfeccionamiento de profesionales y técnicos en la materia de su competencia.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

OBJETIVOS

1. Asistir al Ministro en la propuesta, elaboración y ejecución de las políticas y planes en materia de sistemas de transporte.

2. Intervenir en la supervisión, regulación, coordinación, fomento y desarrollo técnico y económico de los sistemas de transporte.

3. Dirigir la representación en las empresas donde la Secretaría posea participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las pautas y lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

4. Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO NACIONAL en aquellas empresas donde la Secretaría posea participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las pautas y lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

5. Intervenir en la elaboración, aplicación y fiscalización del régimen de flotas de transporte, tanto terrestre como mercante, fluvial, de cabotaje y ultramar y aérea.

6. Participar en las relaciones entre la Jurisdicción y los organismos y empresas actuantes en la órbita de la Jurisdicción, en materia de planificación y regulación del transporte.

7. Asistir al Ministro en la formulación, elaboración y ejecución de la política nacional en materia relativa al impulso local, provincial y regional, en el área de su competencia.

8. Asistir al Ministro en la elaboración de las políticas y normas de regulación de los servicios públicos del área de su competencia.

9. Intervenir en la construcción, habilitación y fiscalización de las infraestructuras correspondientes a transporte, en particular vías terrestres, aeropuertos, puertos y vías navegables.

10. Intervenir en la elaboración de normas de regulación de las licencias de servicios públicos del área de su competencia, otorgadas por el ESTADO NACIONAL o las provincias acogidas por convenios a los regímenes federales en la materia.

11. Entender en la elaboración de las estructuras arancelarias y tarifarias en materia de transporte.

12. Asistir al Ministro en las funciones de Autoridad de Aplicación de las leyes que regulan el ejercicio de las actividades relativas al transporte.

13. Entender en la elaboración de normas de definición de estándares industriales para los equipamientos en materia de transporte.

14. Intervenir en el ejercicio de facultades de contralor respecto de aquellos entes u organismos de control de las áreas privatizadas o dadas en concesión en materia de transporte, así como también hacer cumplir los marcos regulatorios correspondientes.

15. Intervenir en la investigación y desarrollo tecnológico en materia de transporte, a fin de facilitar los cambios tecnológicos, la integración de datos y la implementación de innovaciones que promuevan el desarrollo sostenible de todo el sistema.

16. Intervenir en la elaboración y aplicación de políticas estratégicas de armonización federal, mediante la coordinación nacional, la registración y sistematización de datos relativos al Sistema Nacional de la Seguridad Vial.

17. Intervenir en la elaboración y ejecución de la política nacional de transporte aéreo y terrestre, así como en su regulación y coordinación.

18. Intervenir en todo lo relacionado con el transporte internacional terrestre, fluvial, marítimo y aéreo.

19. Intervenir en la supervisión, regulación, coordinación, fomento y desarrollo técnico y económico de los sistemas de transporte.

20. Intervenir en la elaboración y ejecución de la política de transporte de carga reservada para la matrícula nacional.

21. Entender en el seguimiento y actualización del Plan Nacional del Transporte Sostenible, proponiendo el diseño y coordinación de los estudios de funcionamiento de medios de transporte eléctricos y/o que utilicen combustibles alternativos para determinar sus capacidades, viabilidad e impacto.

22. Intervenir en la ejecución de la política nacional de fletes.

23. Intervenir en la elaboración y ejecución de la política de transporte de carga reservada para la matrícula nacional.

24. Entender en el diseño, elaboración y propuesta de la política regulatoria del sistema de transporte de jurisdicción nacional en sus distintas modalidades.

25. Participar en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones de procesos para el otorgamiento de concesiones de permisos y/o cualquier otra figura jurídica que implique prestación de servicio de transporte, y supervisar la aplicación de los procedimientos respectivos.

26. Entender en el desarrollo de recursos humanos y técnicos y en el fortalecimiento de capacidades institucionales en materia de transporte.

27. Entender en la propuesta de nuevos servicios de transporte y mecanismos de control y en la planificación de sistemas de organización territorial, en materia de su competencia.

28. Entender en la realización de los estudios y acciones que propendan al perfeccionamiento del sistema de transporte en todas sus modalidades y en particular a la coordinación intermodal.

29. Intervenir en el funcionamiento de un sistema integrado de transporte terrestre, fluvial, aéreo, marítimo, lacustre y de las vías navegables, así como del transporte multimodal.

30. Intervenir en la interacción de la Jurisdicción con organismos públicos, privados, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, en la definición de las políticas públicas relativas a los medios de transporte y sus actividades subsidiarias, y en los programas integrales de desarrollo regional promovidos por el ESTADO NACIONAL, en el ámbito de su competencia.

31. Entender en la asignación de los planes, programas y proyectos relacionados a las compensaciones de tarifas y/o subsidios a operadores y/o usuarios del sistema de transporte y en la compensación tarifaria, autorizaciones de pago y/o resarcimientos financiados con fondos fiduciarios cuya administración se encuentre a su cargo y en coordinación con las áreas competentes de la Jurisdicción.

32. Entender en los mecanismos de control y fiscalización para la liquidación de las compensaciones tarifarias relacionadas con los servicios de transporte que se prestan a través de los diferentes modos.

33. Entender en la administración y gestión de los planes y proyectos del Sistema Único de Boleto Electrónico o el que en el futuro lo reemplace; gestionar los datos y la información generados por dicho sistema y el Sistema de Gestión de Flota.

34. Entender, en el ámbito de su competencia, en lo relativo al Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional, creado por la Ley N° 24.855.

35. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en los aspectos vinculados a las Leyes N° 24.449 y N° 26.363.

36. Intervenir en la organización, dirección y fiscalización del registro de inscripción, fijación de capacidades y calificación de las empresas vinculadas al sector transporte.

37. Intervenir en la homologación de los acuerdos armatoriales y sus accesorios.

38. Ejercer el control tutelar de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE (CNRT), la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV), el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), la JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE, el ENTE NACIONAL DE CONTROL Y GESTIÓN DE LA VÍA NAVEGABLE y la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD (DNV).

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES

OBJETIVOS

1. Intervenir en la elaboración, ejecución y evaluación de políticas y planes referidos a los puertos, vías navegables, transporte fluvial y marítimo.

2. Intervenir, en el marco de su competencia, como autoridad de aplicación, en el ejercicio de las funciones de las Leyes N° 24.093 y N° 27.419.

3. Intervenir en el control y fiscalización de los servicios de transporte fluvial, marítimo y los vinculados a ellos que se desarrollen en el ámbito de su competencia.

4. Entender en la realización de los estudios para la actualización de la normativa vigente en lo referente a modalidades operativas, aptitud técnica de equipos, seguros, capacitación y titulación del personal embarcado y toda otra normativa vinculada al ámbito de su competencia.

5. Intervenir en materia de compensaciones tarifarias y de costos de explotación del transporte fluvial y marítimo y de las actividades portuarias y vías navegables.

6. Entender en la administración, control y gestión de las instalaciones, embarcaciones, materiales, equipos y recursos humanos afectados a las actividades y áreas de su competencia.

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR

OBJETIVOS

1. Intervenir en la elaboración, ejecución y evaluación de las políticas, planes y programas referidos al transporte automotor de carga y de pasajeros de jurisdicción nacional, de carácter nacional y/o internacional.

2. Intervenir en los estudios para la actualización de los seguros y el régimen tarifario en el ámbito de su competencia.

3. Intervenir en la elaboración de la normativa en lo referente a modalidades operativas, aptitud técnica de equipos y personal de conducción en el ámbito de su competencia.

4. Participar en la elaboración y propuesta de políticas sobre permisos y/o concesión de explotación de los servicios de transporte automotor de pasajeros y de carga de jurisdicción nacional.

5. Intervenir en la planificación y estructuración del transporte automotor urbano, suburbano e interurbano de carga y de pasajeros de jurisdicción nacional.

6. Participar en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones de concursos y/o licitaciones, así como también en los procesos licitatorios para el otorgamiento de concesiones o contrataciones que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.

7. Participar en las reuniones de consulta, técnicas o negociaciones con autoridades de transporte automotor, provinciales o internacionales.

8. Participar en la celebración de acuerdos y/o convenios con organismos y/o entidades, a fin de obtener asesoramiento y/o asistencia técnica para el cumplimiento de los objetivos del área, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

9. Intervenir en materia de compensaciones tarifarias y de costos de explotación del transporte automotor de carga y de pasajeros de jurisdicción nacional.

10. Intervenir en las rendiciones financieras de los subsidios y compensaciones efectuadas en el marco de la gestión económica del sistema de transporte automotor.

11. Analizar y proponer la implementación de nuevas tecnologías, en el ámbito de su competencia.

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO

OBJETIVOS

1. Intervenir en los aspectos vinculados al transporte ferroviario de carga y de pasajeros, así como en la propuesta de políticas regulatorias y de explotación de dichos servicios.

2. Intervenir en la planificación y estructuración del transporte ferroviario de jurisdicción nacional e internacional, y en la propuesta, evaluación y revisión del Plan Nacional de Transporte, en el ámbito de su competencia.

3. Participar en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones de concursos y/o licitaciones, así como también en los procesos licitatorios para el otorgamiento de concesiones o contrataciones que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.

4. Intervenir en las consultas técnicas o negociaciones con autoridades de transporte ferroviario, provinciales o de otros países.

5. Asistir a la Secretaría en la coordinación de la gestión de los directores que representan al ESTADO NACIONAL en las empresas de transporte ferroviario, de carga y de pasajeros, conforme las pautas y lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, así como en los aspectos de gestión de las concesiones ferroviarias referidos al ordenamiento y circulación, en el ámbito de su competencia.

6. Intervenir en las propuestas y/o modificaciones de programas y proyectos relacionados con las compensaciones tarifarias y de costos de explotación del transporte ferroviario de carga y de pasajeros; y en la realización de estudios relativos a regímenes de tarifas, cánones, aranceles y tasas del transporte ferroviario, en coordinación con las áreas competentes.

7. Asistir en los organismos encargados del accionar y funcionamiento del transporte ferroviario en la implementación de políticas y buenas prácticas.

8. Intervenir en la difusión de las políticas, planes, programas y proyectos ferroviarios entre los distintos actores del sistema, en coordinación con las áreas de la Jurisdicción con competencia en la materia.

9. Analizar y proponer la implementación de nuevas tecnologías, en el ámbito de su competencia.

10. Intervenir en las rendiciones financieras de los subsidios y compensaciones efectuadas en el marco de la gestión económica del sistema de transporte ferroviario.

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AÉREO

OBJETIVOS

1. Intervenir en los aspectos vinculados al transporte aéreo, así como en la elaboración y propuesta de políticas de explotación y regulación del mismo.

2. Intervenir en la elaboración, ejecución y evaluación de las políticas, planes y programas referidos al transporte aéreo, nacional, regional e internacional.

3. Participar en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones de concursos y/o licitaciones, así como también intervenir en los procesos licitatorios para el otorgamiento de concesiones o contrataciones que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.

4. Participar en las reuniones de consulta, y en las negociaciones con autoridades de transporte aéreo, nacional e internacional, en el ámbito de su competencia.

5. Asistir a la Secretaría en la coordinación de la gestión de los directores que representan al ESTADO NACIONAL en las empresas de transporte aéreo, conforme las pautas y lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; así como en los aspectos de gestión de las concesiones de aeropuertos.

6. Participar, en coordinación con los organismos competentes en materia de regulación del transporte aéreo, en la implementación de políticas y buenas prácticas.

7. Analizar y proponer la implementación de nuevas tecnologías, en el ámbito de su competencia.

8. Participar en el proceso de concesiones y autorizaciones de servicios de transporte aéreo, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

9. Entender en la realización de estadísticas y estudios económicos del transporte aéreo.

10. Participar, en coordinación con las áreas de las Administración Pública Nacional con competencia en la materia, en el control de los derechos del usuario del transporte aéreo.

11. Participar en coordinación con las áreas de las Administración Pública Nacional con competencia en la materia, en la determinación, control y seguimiento de la capacidad económico-financiera de los explotadores de servicios de transporte aéreo.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE CONCESIONES

OBJETIVOS

1. Entender, en coordinación con las áreas del Ministerio con competencia en la materia, en el desarrollo de los proyectos de concesiones para la construcción y explotación de obras públicas y la prestación de servicios públicos, y en la gestión de las distintas etapas de los procesos licitatorios.

2. Dirigir la elaboración y análisis de los pliegos de bases y condiciones y demás documentación destinada a regir los procedimientos de selección del concesionario, como así también los procesos licitatorios de las obras de infraestructura y los servicios públicos, en el ámbito de su competencia.

3. Entender en las tareas de estudio y aprobación de los anteproyectos y proyectos relativos a las obras de infraestructura que estén sujetos a concesión en el ámbito del Ministerio.

4. Entender en los procesos de evaluación y licitación de proyectos de obras de infraestructura y servicios públicos dados en concesión por el ESTADO NACIONAL.

5. Dirigir, en el ámbito de su competencia, las actividades administrativas vinculadas a la gestión contable, financiera, legal o de otra índole que se tramite en los procesos licitatorios de las obras de infraestructura y servicios públicos concesionados desde el Ministerio, en coordinación con las áreas competentes de la Jurisdicción.

6. Intervenir en la certificación, administración y seguimiento de las obras de infraestructura y servicios públicos dados en concesión en la órbita del Ministerio.

7. Entender en la fiscalización y el control posterior del cumplimiento de los proyectos de concesión de obras de infraestructura y servicios públicos por parte del o los sujetos concesionarios que sean realizados en el ámbito de la Jurisdicción.

8. Intervenir en los procesos licitatorios de las obras de infraestructura y servicios públicos dados en concesión por el ESTADO NACIONAL cuando esta sea requerida por otras áreas de la Administración Pública Nacional.

SECRETARÍA DE CONCESIONES

SUBSECRETARÍA DE LICITACIÓN DE PROYECTOS

OBJETIVOS

1. Definir las condiciones económicas necesarias para la realización de las licitaciones de concesión de obras de infraestructura y servicios públicos.

2. Analizar la viabilidad económico-financiera de los proyectos sometidos a su consideración.

3. Intervenir en las propuestas de distribución de riesgos entre el concesionario y el ESTADO NACIONAL.

4. Participar, en el marco de su competencia, en la evaluación de los proyectos de concesión de obras y servicios públicos, y de aquellos que provengan de las áreas sustantivas del Ministerio; así como en los proyectos de iniciativa privada, en el marco de lo previsto por la Ley N° 17.520 y sus modificatorias.

5. Entender, en el ámbito de su competencia, en la normalización y, eventualmente, la renegociación de todos los contratos de concesión vigentes que hayan sido prorrogados, así como también de aquellos que estén próximos a vencer.

6. Dirigir, en el ámbito de su competencia, la revisión de las condiciones de los activos concesionados del ESTADO NACIONAL, las inversiones que deben ser realizadas para su puesta en valor (identificación y estimación de costos) y las condiciones para que estos activos sean concesionados nuevamente a través de una licitación pública.

7. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la gestión de los reclamos que pudieran surgir entre el ESTADO NACIONAL y el concesionario, en coordinación con las áreas de la Jurisdicción con competencia en la materia.

8. Dirigir la gestión de la licitación de los proyectos de concesiones que hayan sido aprobados por la Secretaría.

9. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la preparación de los pliegos de bases y condiciones para los procesos licitatorios y de concesión de obras.

10. Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en las actividades vinculadas a la gestión administrativa de los procesos licitatorios de las obras de infraestructura y servicios públicos concesionados por el Ministerio, en coordinación con las áreas competentes de la Jurisdicción.

11. Proponer a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, nuevos lineamientos y pautas para las buenas prácticas en materia de licitaciones y concesiones, en coordinación con otras áreas del Ministerio con competencia en la materia.

12. Intervenir en la promoción nacional y/o internacional de los proyectos de obras de infraestructura y servicios públicos, en coordinación con las áreas competentes de la Jurisdicción.

SECRETARÍA DE CONCESIONES

SUBSECRETARÍA DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL

OBJETIVOS

1. Coordinar los procesos de control y tareas de fiscalización relativas al cumplimiento de los proyectos de concesión de obras de infraestructura y servicios públicos licitados.

2. Realizar el seguimiento del avance de los proyectos de concesión de obras de infraestructura y servicios públicos licitados, durante el período de construcción.

3. Dirigir el control de la observancia por parte del concesionario de todos los parámetros establecidos en el contrato de concesión durante su ejecución.

4. Intervenir en el control y fiscalización de los proyectos en la fase de ejecución, desde la finalización de la fase de construcción hasta el término de la concesión.

5. Establecer, en el ámbito de su competencia, cursos de acción ante el incumplimiento de obligaciones a su cargo por parte de los concesionarios.

6. Dirigir el diseño, implementación y actualización de un sistema de seguimiento de los contratos de concesión vigentes.

(Apartado X.- MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, derogado por art. 7° del Decreto N° 480/2022 B.O. 11/8/2022. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)

(Apartado XI.-MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA derogado por art. 7° del Decreto N° 480/2022 B.O. 11/8/2022. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)

(Apartado XII.- MINISTERIO DE TRANSPORTE derogado por art. 5° del Decreto N° 73/2023 B.O. 22/12/2023.)

(Apartado XIII, MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA derogado por art. 4° del Decreto N° 293/2024 B.O. 8/4/2024.)

XIV.- MINISTERIO DE JUSTICIA (Apartado sustituido por art. 5 del Decreto N° 52/2024 B.O. 16/01/2024)

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS

1. Coordinar el gabinete de asesores del Ministro.

2. Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a dar respuesta a las cuestiones priorizadas por el Ministro.

3. Asistir al Ministro en las cuestiones vinculadas a los aspectos logísticos y administrativos propios del desarrollo de sus funciones institucionales.

4. Coordinar el seguimiento de los planes, programas y proyectos de las áreas del Ministerio para optimizar la gestión.

5. Entender en el diseño, elaboración, definición de instrumentos, herramientas y procedimientos para generar información de gestión en coordinación con las áreas competentes.

6. Asistir al Ministro en las relaciones institucionales de la Jurisdicción y en el diseño e implementación de la planificación estratégica de los proyectos y programas impulsados por la Jurisdicción.

7. Entender en materia de prensa y difusión del Ministerio.

MINISTERIO DE JUSTICIA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1. Asistir al Ministro en el diseño de la política presupuestaria de la Jurisdicción, así como también de los organismos a los que preste asistencia, y en la evaluación de su cumplimiento, coordinando la información proveniente de sus entidades descentralizadas.

2. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

3. Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos de la Jurisdicción, así como también de los organismos a los que preste asistencia.

4. Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y disciplinarios, como así también en las informaciones sumarias.

5. Supervisar, en el ámbito de su competencia, el desarrollo e implementación de los sistemas informáticos y de comunicaciones y sus condiciones de seguridad.

6. Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios y demás adquisiciones destinadas a la Jurisdicción, así como también a los organismos a los que preste asistencia, y coordinar la asignación y uso de los bienes patrimoniales, manteniendo actualizado el sistema de información respectivo.

7. Entender en la gestión, seguimiento y registro de los actos administrativos dictados por el Ministro y por los titulares de las demás dependencias de la Jurisdicción.

8. Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo, como así también de proyectos de participación público-privada.

9. Coordinar las actividades de auditoría y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación público privada.

10. Coordinar el accionar del servicio jurídico de la Jurisdicción e intervenir en los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la Jurisdicción.

MINISTERIO DE JUSTICIA

SECRETARÍA DE JUSTICIA

OBJETIVOS

1. Asistir al Ministro en sus relaciones con el PODER JUDICIAL, el MINISTERIO PÚBLICO, el DEFENSOR DEL PUEBLO y el CONSEJO DE LA MAGISTRATURA.

2. Asistir al Ministro en la competencia de la Jurisdicción en materia de organización del PODER JUDICIAL y del MINISTERIO PÚBLICO y en el nombramiento de los magistrados, conforme a los procedimientos y recaudos previstos en la CONSTITUCIÓN NACIONAL y leyes complementarias.

3. Asistir al Ministro en materia de apoyo y cooperación con las provincias y con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES para el fortalecimiento de los sistemas de justicia y la modernización judicial.

4. Asistir al Ministro en las relaciones y acciones de cooperación vinculadas a la Comunidad Académica y a la Sociedad Civil en lo que es materia de la Jurisdicción.

5. Intervenir en la elaboración de anteproyectos de reforma y actualización legislativa, en la definición de la política criminal, como así también en el ordenamiento y compilación de normas jurídicas.

6. Entender en la definición de la política criminal de la REPÚBLICA ARGENTINA y las acciones a seguir en la materia.

7. Intervenir en la elaboración de los decretos de competencia de la Jurisdicción y en los proyectos de ley originados en otras áreas del PODER EJECUTIVO NACIONAL sometidos a consideración del MINISTERIO DE JUSTICIA, y en lo relacionado con el ejercicio constitucional de veto, indulto y conmutación de penas.

8. Intervenir en el diseño, planificación e implementación de políticas públicas federales de acceso a la justicia, en los programas jurídicos, sociales y de atención comunitaria, en los temas relacionados con los métodos participativos de resolución de conflictos y en las acciones encomendadas por el Decreto N° 1375/11 y por la Ley N° 27.372.

9. Entender en el desarrollo de políticas comunes con organismos internacionales y otros países, en materia de política criminal.

10. Promover la eficacia, la eficiencia, la calidad, la capacitación de los operadores, la modernización de los procesos, el desarrollo de indicadores de gestión, la transparencia y el acceso a la información pública en el área de su competencia.

11. Fomentar la implementación de programas, el desarrollo de protocolos de actuación y el uso de tecnología para mejorar la prestación del servicio de justicia.

12. Promover estudios e investigaciones y realizar estadísticas referentes a cuestiones de diseño de sistemas de justicia, modernización judicial y política criminal.

13. Supervisar la coordinación de los Registros a cargo del MINISTERIO DE JUSTICIA, realizada a través de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS REGISTRALES.

14. Asesorar al Ministro en la promoción del desarrollo consensuado de políticas comunes con organismos internacionales y de otros países, en lo que es materia de su competencia.

15. (Objetivo derogado por art. 15 del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

16. Asistir al Ministro en la aplicación de los Convenios Internacionales de Asistencia y Cooperación Jurídica.

17. Asistir al Ministro en los asuntos internacionales de la Jurisdicción.

SECRETARÍA DE JUSTICIA

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA CRIMINAL

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la definición de la política criminal de la REPÚBLICA ARGENTINA y las acciones a seguir en la materia.

2. Asistir en la elaboración de anteproyectos de reformas y actualizaciones legislativas en las materias de su competencia.

3. Coordinar el desarrollo de políticas comunes con organismos internacionales y otros países, en materias de política criminal.

4. Asistir a la Secretaría en la promoción de la capacitación de los operadores, la modernización de los procesos, el desarrollo de indicadores de gestión, la transparencia y el acceso a la información pública, en materia de política criminal.

5. Asistir a la Secretaría en el fomento de la implementación de programas, en el desarrollo de protocolos de actuación y en el uso de tecnología para mejorar la prestación del servicio de justicia, en el ámbito de su competencia

6. Brindar asesoramiento y asistencia técnica en materia de fortalecimiento de los sistemas de justicia y de modernización judicial a las jurisdicciones provinciales y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, cuando así lo soliciten, en lo relativo al ámbito de su competencia.

7. Realizar estudios, investigaciones y estadísticas referentes a cuestiones de diseño de sistemas de justicia, modernización judicial y política criminal.

8. Intervenir en las acciones relativas a los programas correspondientes a su competencia.

9. Asistir a la Secretaría en el rescate y acompañamiento de las personas damnificadas por el delito de trata, a través del PROGRAMA NACIONAL DE RESCATE Y ACOMPAÑAMIENTO A LAS PERSONAS DAMNIFICADAS POR EL DELITO DE TRATA, contemplado en la Resolución del ex-MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Nº 731/12. (Objetivo incorporado por art. 16 del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

SECRETARÍA DE JUSTICIA

SUBSECRETARÍA DE ACCESO A LA JUSTICIA

OBJETIVOS

1. Dirigir los programas jurídicos, sociales y de atención comunitaria del Ministerio.

2. Coordinar el diseño, planificación e implementación de políticas públicas federales de acceso a la justicia.

3. Intervenir, en el marco de su competencia, en los asuntos relacionados con medios alternativos de resolución de conflictos.

4. Intervenir en lo relativo al asesoramiento, orientación y acompañamiento de víctimas de delitos, a través del Centro de Asistencia a las Víctimas de Delitos, creado mediante la Ley N° 27.372.

5. Intervenir en las acciones relativas al PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN SUS RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, creado por el Decreto N° 1375/11.

6. Promover, impulsar y coordinar a nivel federal políticas de atención, asesoramiento, acompañamiento y contención psicosocial para víctimas de violencia intrafamiliar y sexual y de abuso sexual infantil, a través del PROGRAMA LAS VICTIMAS CONTRA LAS VIOLENCIAS, ratificado por la Resolución del Ex MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS N° 170/08.

7. Impulsar políticas de acceso a la información, promoción y formación en derechos, coordinar el desarrollo de acciones en materia de protección de derechos respecto de los grupos en situación de vulnerabilidad y desarrollar indicadores de acceso a la justicia en todo el país.

8. (Objetivo derogado por art. 15 del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

SECRETARÍA DE JUSTICIA

SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS REGISTRALES

OBJETIVOS

1. Entender en la coordinación de los Registros a cargo del MINISTERIO DE JUSTICIA

2. Asistir al Ministro en el análisis de los asuntos normativos del ámbito de su competencia.

3. Planificar las actividades de los Registros a cargo del MINISTERIO DE JUSTICIA, como autoridad de aplicación.

4. Asistir al Ministro en sus relaciones con las comisiones de estudio que se desempeñen en el ámbito de su competencia.

5. Asistir al Ministro en la coordinación de los planes y programas vinculados con las competencias de la unidad.

MINISTERIO DE JUSTICIA

SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS

OBJETIVOS

1. Asistir al Ministro en la elaboración, ejecución y seguimiento de las políticas, planes y programas para la promoción y la protección de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales, comunitarios y los derechos de incidencia colectiva en general.

2. Coordinar las acciones vinculadas a la promoción y protección de los derechos humanos con otros Ministerios del PODER EJECUTIVO NACIONAL, con el PODER JUDICIAL, con el MINISTERIO PÚBLICO, con el DEFENSOR DEL PUEBLO y con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, así como con las organizaciones de la sociedad civil, en especial las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos.

3. Presidir el Consejo Federal de Derechos Humanos y coordinar la implementación de las políticas públicas de derechos humanos con las provincias, promoviendo la creación de las delegaciones de la Secretaría en el interior.

4. Ejercer la representación del ESTADO NACIONAL ante los Organismos Internacionales de Derechos Humanos, sustentando a nivel mundial la política de la REPÚBLICA ARGENTINA en materia de derechos humanos mediante la participación en foros internacionales de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), la Organización de Estados Americanos (OEA) y el Mercado Común del Sur (MERCOSUR), en el ámbito de su competencia.

5. Establecer, en el ámbito de su competencia, alternativas para la resolución de conflictos de trascendencia social que tiendan a la superación de los mismos, propiciando el diálogo y entendimiento de las partes involucradas.

6. Entender, a través del ARCHIVO NACIONAL DE LA MEMORIA y del MUSEO SITIO DE MEMORIA ESMA -EX CENTRO CLANDESTINO DE DETENCIÓN, TORTURA Y EXTERMINIO-, en la recolección, actualización, preservación y digitalización de los archivos e informaciones vinculados a la vulneración de los derechos humanos por el terrorismo de Estado, manteniendo una relación permanente con los organismos gubernamentales y no gubernamentales, nacionales e internacionales vinculados a la temática.

7. Ejercer la Presidencia de la COMISIÓN NACIONAL POR EL DERECHO A LA IDENTIDAD, creada por la Ley N° 25.457, prestándole el apoyo político, técnico y administrativo necesario para su funcionamiento.

8. Conducir la implementación de políticas públicas con perspectiva de derechos humanos a través de la elaboración del Plan Nacional de Acción en Derechos Humanos y brindar asistencia técnica para la elaboración de planes provinciales a través del Consejo Federal de Derechos Humanos.

9. Entender sobre las acciones del PROGRAMA VERDAD Y JUSTICIA.

10. Ejercer el control tutelar del CENTRO INTERNACIONAL PARA LA PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS (CIPDH). (Objetivo sustituido por art. 17 del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS

SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en el ejercicio de la representación del ESTADO NACIONAL ante los organismos internacionales de derechos humanos, incluido el seguimiento de los programas de mediano y largo plazo de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), de la Organización de Estados Americanos (OEA) y del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y la participación en reuniones especializadas, en la materia de su competencia.

2. Intervenir en la respuesta a las peticiones de personas y grupos presentadas ante los organismos de los sistemas internacionales de protección de los derechos humanos.

3. Dirigir la elaboración de informes en la materia, en el orden internacional, particularmente ante los organismos de supervisión de tratados internacionales de derechos humanos y relatores del sistema internacional de protección de los derechos humanos.

4. Coordinar acciones con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y con el MINISTERIO DE DEFENSA, en temas de su competencia.

5. Coordinar acciones con las provincias, con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y con los organismos del ESTADO NACIONAL involucrados en asuntos internacionales de derechos humanos.

6. Asesorar y patrocinar en los asuntos de carácter jurídico internacional de competencia de la Secretaría.

7. Colaborar, en el ámbito de su competencia, con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencias específicas en la materia, en la ejecución de las medidas ordenadas por los tribunales y organismos internacionales.

8. Desarrollar estrategias de cooperación y promoción de los derechos humanos a nivel internacional, participando en diálogos y elaborando informes.

9. Asistir a la Secretaría en las relaciones y acciones de cooperación vinculadas a la comunidad académica y sociedad civil, en materia de su competencia.

10. Establecer espacios de diálogo entre empresas, sociedad civil y otros actores relevantes para abordar desafíos relacionados con los principios rectores sobre Empresas y Derechos Humanos de las Naciones Unidas.

SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS

SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS NACIONALES DE DERECHOS HUMANOS

OBJETIVOS

1. Elaborar planes y programas específicos en materia de promoción de los derechos humanos individuales y colectivos y supervisar su ejecución.

2. Intervenir en actividades de comunicación pública y manifestaciones culturales tendientes a la promoción de los derechos humanos.

3. Asistir a la Secretaría en la planificación, coordinación y supervisión de las actividades de formación y fortalecimiento institucional en materia de derechos humanos y derecho internacional humanitario, en el ámbito de la sociedad civil y en la estatal, incluidas las Fuerzas Armadas, de Seguridad y Policiales y del Sistema Penitenciario.

4. Establecer la modalidad de la cooperación técnica con universidades y organismos académicos; como asimismo las actividades de intercambio y profundización en la materia con los poderes Legislativo y Judicial y con otros organismos estatales especializados en la materia.

5. Asistir a la Secretaría en la participación en reuniones especializadas en el ámbito internacional.

6. Asistir a la Secretaría en la coordinación de los planes y programas vinculados a la temática de la promoción de los derechos humanos en el ámbito nacional.

7. Promover el fortalecimiento y el afianzamiento de los valores en derechos humanos mediante la generación de espacios de capacitación, investigación, encuentro e intercambio para los jóvenes.

8. Asistir a la Secretaría en la elaboración de planes y programas específicos en materia de protección de los derechos humanos individuales y colectivos y supervisar su ejecución garantizando la protección de derechos de grupos en situación de vulnerabilidad, dando cumplimiento a la normativa vigente.

9. Desarrollar políticas nacionales de derechos.

10. Asistir a la Secretaría en la propuesta de medidas preventivas, administrativas y/o reparatorias o en la realización de denuncias penales ante hechos violatorios de derechos humanos que, por su gravedad institucional, revistan especial interés público.

11. Asesorar y patrocinar en los asuntos de carácter jurídico nacional de competencia de la Secretaría.

12. Participar en los recursos de apelación ante el MINISTERIO DEL INTERIOR contra decisiones denegatorias de la Comisión Nacional para los Refugiados (CONARE).

13. Conducir las acciones de asistencia integral a las víctimas del Terrorismo de Estado y a las víctimas del abuso de poder que hayan sufrido graves situaciones traumáticas que puedan ocasionar menoscabo de sus derechos fundamentales, y/o a sus familiares.


XV.- MINISTERIO DE SEGURIDAD (Aparatdo sustituido por art. 5° del Decreto N° 8/2024 B.O. 03/01/2024)

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS

1. Coordinar el Gabinete de Asesores del Ministro.

2. Asistir al Ministro en el diseño, desarrollo e implementación de las políticas del Ministerio y de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.

3. Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a dar adecuada y rápida respuesta a las cuestiones priorizadas por el Ministro.

4. Asistir al Ministro en las cuestiones vinculadas a los aspectos logísticos y administrativos propios del desarrollo de sus funciones institucionales.

5. Coordinar la comunicación institucional interna y externa, así como lo atinente a la difusión de las acciones, el desarrollo e implementación de diseño web y contenidos digitales de la Jurisdicción.

6. Asistir al Ministro en todo lo concerniente a las relaciones institucionales, ceremonial y protocolo.

7. Asistir al Ministro en la elaboración de políticas y estrategias, dentro de las competencias del Ministerio y de las Fuerzas de Seguridad Federales, para la conjuración e investigación de delitos apoyados en las tecnologías de información y las comunicaciones (TICs) y de los asuntos cibernéticos de seguridad.

8. Asistir al Ministro en las funciones inherentes a la Ley de Inteligencia Nacional N° 25.520 y sus modificatorias.

9. Asistir al Ministro en el planeamiento estratégico, la gestión y el seguimiento institucional de las competencias asignadas al Ministerio.

10. Asistir al Ministro en la formulación de las políticas de cooperación internacional en materia de seguridad.

11. Asistir al Ministro en todos los aspectos relacionados con el diseño de políticas de bienestar del personal policial, transparencia, legalidad, ética, integridad y profesionalismo de los agentes de las Fuerzas Policiales y de Seguridad dependientes del Ministerio.

12. Elaborar las políticas de gestión conducentes para el bienestar del personal de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, procurando la atención de la salud física y mental del personal y de su grupo familiar.

13. Supervisar, en el ámbito de su competencia, el cumplimiento de la Ley de Ética Pública, del Código de Ética de la Función Pública, del Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley y de los protocolos y normativas de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, normativas nacionales y normas del Derecho Internacional de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.

14. Aprobar nuevos modelos y procedimientos de prevención, control, transparencia y evaluación del desempeño operativo, gestión y práctica policial de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.

15. Asistir al Ministro en la articulación con los distintos fueros de los Poderes Judiciales Nacional, Provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a los efectos de brindar las respuestas necesarias a los requerimientos efectuados por los Poderes Judiciales y los Ministerios Públicos Fiscales.

16. Prestar asistencia técnica a las instituciones judiciales y al Ministerio Público, en los casos en que el ESTADO NACIONAL, provincial o de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES actúen como auxiliares de la Justicia.

17. Colaborar con el MINISTERIO DE JUSTICIA en los proyectos que propongan cuestiones atinentes a la reforma judicial en el área de su competencia.

18. Atender el régimen disciplinario y de control de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.

19. Intervenir en el control policial de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, en el marco de lo establecido por el capítulo VIII, del título II de la ley N° 26.102.

20. Asistir al Ministro en los asuntos relativos al PROGRAMA NACIONAL DE PROTECCIÓN A TESTIGOS E IMPUTADOS. (Objetivo incorporado por art. 19 del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

21. Dirigir el cumplimiento, por parte del Ministerio, de las previsiones establecidas en la Ley N° 27.275, actuando como responsable de acceso del Ministerio ante la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. (Objetivo incorporado por art. 19 del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

MINISTERIO DE SEGURIDAD

SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PENITENCIARIOS

OBJETIVOS

1. Asistir al Ministro, en el ámbito de su competencia, en el estudio y elaboración de proyectos de reforma y actualización legislativa y en lo concerniente al seguimiento del trámite parlamentario de los mismos.

2. Asistir al Ministro en la elaboración de políticas, programas y propuestas de reforma en materia penitenciaria y ejecución penal, incluyendo estudios e investigaciones en materia penitenciaria y de readaptación social.

3. Intervenir en la administración y funcionamiento del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL y coordinar las acciones con los servicios penitenciarios provinciales y el Consejo Federal Penitenciario.

4. Asistir al Ministro en el relevamiento y diagnóstico de la infraestructura de las Unidades Penitenciarias Federales y en el diagnóstico de las necesidades de construcción, readecuación y ampliación de establecimientos y unidades carcelarias federales.

5. Asistir al Ministro en el diagnóstico de las necesidades de mantenimiento y reparación de los establecimientos carcelarios y unidades dependientes del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.

6. Entender, a través de las áreas competentes de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, en la contratación y ejecución de obras de reparación y mantenimiento de edificios e instalaciones, en coordinación con las áreas competentes del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA.

7. Asistir al Ministro en la elaboración de contenidos a incluir en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Cláusulas Especiales y Especificaciones Técnicas, como así también en la elaboración de los Cómputos y del Presupuesto para la contratación de obras y equipamiento de los establecimientos carcelarios y unidades dependientes del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, en coordinación con las áreas competentes del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA.

8. Asistir técnicamente en la etapa de evaluación técnica de las ofertas correspondientes al proceso de contratación de bienes y equipamiento móvil para los establecimientos carcelarios y unidades dependientes del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, en coordinación con las unidades competentes del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA.

9. Prestar asistencia técnica en materia de monitoreo y supervisión de las obras penitenciarias, en coordinación con las unidades competentes del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA.

MINISTERIO DE SEGURIDAD

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1. Dirigir el diseño, coordinación e implementación de las políticas administrativas, presupuestarias y financieras de los Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción.

2. Coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de los Servicios Administrativos Financieros del Ministerio.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero, con excepción de los que por su especificidad sustantiva corresponden a la gestión de otras unidades programáticas.

4. Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos del Ministerio.

5. Entender en el despacho y la gestión documental del Ministerio.

6. Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y disciplinarios del Ministerio.

7. Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios y demás adquisiciones efectuadas por los Servicios Administrativos Financieros del Ministerio.

8. Entender en la ejecución operativa y en los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo de la Jurisdicción.

9. Intervenir en la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones, y de las actividades de auditoría y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo del Ministerio.

10. Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial, de infraestructura, mantenimiento, administración de bienes muebles e inmuebles y servicios del Ministerio.

11. Entender en la administración y coordinación de los sistemas y recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones de la jurisdicción.

12. Dirigir el diseño e implementación de las políticas de seguridad de la información que se desarrollen en el ámbito de la Jurisdicción, de acuerdo a las previsiones que establezca la Autoridad de Aplicación en cada materia.

13. (Objetivo derogado por art. 18 del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

14. Entender en la formulación de la logística del sistema de seguridad interior, realizando acciones de planeamiento, relevamiento y definición de los requerimientos estratégicos del Plan de Logística y propender a la estandarización de los recursos del Ministerio y de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.

15. Entender en todo lo relacionado con la información proveniente de los organismos desconcentrados del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

16. Asistir al Ministro en el control tutelar de la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICÍA FEDERAL ARGENTINA.

17. Supervisar el diseño, desarrollo e implementación de las políticas del Ministerio y de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales que le dependen propiciando la transparencia y control de los procesos y procedimientos, y la optimización y coordinación de los recursos humanos, técnicos, materiales y financieros con que cuenta.

18. Entender en la formulación, implementación y supervisión de las políticas del personal de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, y del Servicio Penitenciario Federal, y desarrollar programas de rediseño organizacional en el ámbito de dichas Fuerzas.

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA LEGAL

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la elaboración de los lineamientos estratégicos para la transformación de los procesos administrativos del Ministerio, de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales y del Servicio Penitenciario Federal.

2. Asistir a la Secretaría en el análisis jurídico de las propuestas de actualización de las normas y reglamentos internos y procedimentales del Ministerio, de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales y del Servicio Penitenciario Federal.

3. Establecer buenas prácticas, estándares e indicadores en los procesos de gestión del Ministerio y de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.

4. Intervenir en el análisis y elaboración de propuestas de modificación de los estatutos y escalafones aplicables al personal las Fuerzas Policiales, de Seguridad Federales y del Servicio Penitenciario Federal.

5. Intervenir en la coordinación y elaboración de los proyectos normativos de fortalecimiento institucional para la mejora de la gestión de las Fuerzas Policiales, de Seguridad Federales y del Servicio Penitenciario Federal.

6. Coordinar el servicio jurídico de la Jurisdicción, en lo que respecta a la emisión de dictámenes.

7. Dirigir la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL, en lo que es competencia del Ministerio, en los asuntos judiciales, prejudiciales y arbitrajes y en la contestación de los requerimientos del Poder Judicial.

8. Monitorear el accionar de las unidades organizativas con competencia en temas legales existentes en el ámbito de la Jurisdicción.

9. Asistir a la Secretaría en la intervención que le compete en materia de proyectos de leyes y actos administrativos.

10. Supervisar la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de los convenios, acuerdos y demás instrumentos de carácter jurídico relativos a su competencia.

11. Asistir a la Secretaría en relación con los contratos de obras y servicios públicos de la Jurisdicción.

12. Intervenir en la tramitación de los sumarios administrativo-disciplinarios que se instruyan en el Ministerio.

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en el diseño, la coordinación y la implementación de la política presupuestaria de los Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

2. Colaborar con las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas de los Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero, con excepción de aquellos procesos asignados a otras unidades orgánicas del Ministerio.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y los insumos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos en el Ministerio.

4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que presta servicio, así como la planificación de las actividades de administración general de los Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción, con excepción de aquellas que por su especificidad sustantiva correspondan a la gestión de otras unidades programáticas.

5. Coordinar la aplicación de la política de administración del personal y de los recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones, de la política de seguridad de la información, así como la gestión de los espacios físicos del Ministerio.

6. Participar en la ejecución operativa de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiero-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo de la Jurisdicción, como así también de proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su competencia.

7. Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones, y de las actividades de auditoría y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su competencia.

MINISTERIO DE SEGURIDAD

SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL

OBJETIVOS

1. Asistir al Ministro en la dirección del esfuerzo nacional de policía, en lo referente a la participación de las Fuerzas Policiales provinciales y en la coordinación del Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y Protección Civil, creado por la Ley N° 27.287.

2. Articular con la SECRETARÍA DE SEGURIDAD las políticas formuladas por el Consejo de Seguridad Interior y las relaciones y cuestiones interjurisdiccionales con los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

3. Desarrollar e implementar políticas en el marco de los programas federales de seguridad a su cargo.

4. Asistir al Ministro en la organización, despliegue y equipamiento de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.

5. Intervenir y diseñar, en coordinación con los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, procedimientos para mejorar la calidad del desempeño del servicio policial y su evaluación.

6. Proponer al organismo centralizador del diálogo con los Poderes Legislativos mecanismos de colaboración a los fines de unificar criterios normativos y alcanzar los objetivos de las políticas de seguridad establecidas.

7. Monitorear la política del Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil implementada por las áreas competentes de la Jurisdicción.

8. Dirigir la Secretaría Ejecutiva y asistir a la Presidencia del Consejo Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil.

9. Monitorear la formulación y propuesta del Plan Nacional para la Reducción del Riesgo y la Protección Civil (PLANGIR).

10. Coordinar con el responsable del sistema la administración y el empleo del Fondo Nacional de Emergencias -FONAE- y del Fondo Nacional para la Gestión Integral del Riesgo -FONGIR-.

11. Entender en lo concerniente al ESTADO NACIONAL en la aplicación de la Ley N° 25.054, sus modificatorias y complementarias, y fiscalizar la actividad de los Bomberos Voluntarios, proponiendo las normas reglamentarias.

12. Actuar como órgano Ejecutivo del Consejo de Seguridad Interior y de su Comité de Crisis, conforme los términos de la Ley N° 24.059 de Seguridad Interior y su normativa complementaria y modificatoria.

13. Diseñar estrategias de coordinación que fortalezcan la participación de la sociedad civil y el involucramiento comunitario en las políticas de seguridad ciudadana.

14. Asistir al Ministro en la implementación de las acciones tendientes a preservar la vida, los bienes y el hábitat de la población ante desastres socio-naturales, coordinando el empleo de los recursos humanos y materiales en las etapas de mitigación, respuesta y reconstrucción.

15. Participar en la formulación de las políticas de gestión integral del riesgo y la protección civil, en el planeamiento para la coordinación de las acciones tendientes a prevenir, evitar, disminuir o mitigar los efectos de los desastres socio-naturales y en la coordinación del apoyo federal e internacional en el marco de las directivas internacionales para la reducción de los riesgos.

16. Coordinar el desarrollo de capacitaciones y otras actividades de difusión referidas a la protección civil para salvaguardar la vida, los bienes y el ambiente, en el ámbito de su competencia.

17. Coordinar los esfuerzos del Ministerio en las acciones tendientes a solucionar situaciones extraordinarias o emergencias que se produzcan en el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA en el ámbito de su competencia.

18. Monitorear la organización y conducción del Centro Nacional de Información en Gestión Integral del Riesgo.

19. Entender en la articulación con organismos internacionales, multilaterales y extranjeros con competencia en la Gestión Integral del Riesgo de Desastres.

20. Intervenir en la coordinación de la Plataforma Nacional para la Reducción del Riesgo de Desastres.

SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL

SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN FEDERAL Y ARTICULACIÓN LEGISLATIVA

OBJETIVOS

1. Diseñar, proponer y evaluar los programas federales de seguridad y su consecuente provisión de equipamiento, para la disminución del delito.

2. Asistir a la Secretaría en el desarrollo e implementación de políticas conjuntas con las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

3. Promover la innovación y estándares homogéneos en las tecnologías utilizadas por las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

4. Promover la innovación tecnológica y estándares homogéneos en los sistemas de vigilancia, monitoreo y de seguridad públicos y privados tendiendo a su interoperabilidad en los niveles nacional y provincial.

5. Establecer relaciones de colaboración con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y con las Legislaturas Provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en las cuestiones atinentes a las políticas de seguridad.

6. Asistir a la Secretaría en la formulación de proyectos de ley en materia de políticas de seguridad.

7. Implementar un observatorio legislativo a efectos de analizar, comparar, proyectar y difundir proyectos de ley vinculados a políticas de seguridad.

MINISTERIO DE SEGURIDAD

SECRETARÍA DE SEGURIDAD

OBJETIVOS

1. Asistir al Ministro en todo lo concerniente a la Seguridad Interior y conducir el Sistema Policial y de Seguridad en concordancia con la Ley N° 24.059.

2. Coordinar la cooperación judicial, la organización operativa de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, y la política de formación y entrenamiento de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, en concordancia con la normativa aplicable.

3. Determinar y diseñar el despliegue operativo de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales y formular, dirigir y supervisar sus actividades, procurando intervenciones territoriales coordinadas y adecuadas al objetivo sobre el diagnóstico diferenciado que tenga como fuente la demanda social y la información criminal calificada.

4. Planificar el modelo de actuación de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, atendiendo a la especificidad del conflicto o características del ámbito de actuación.

5. Establecer políticas de coordinación multiagencial con las demás áreas del gobierno y de la sociedad civil, elaborando planes y programas integrales para la prevención del delito y la violencia en el ámbito de su competencia.

6. Ejecutar tareas de prevención del delito basadas en la detección de sus causas.

7. Atender las necesidades de logística y equipamiento de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, a través de las áreas competentes del Ministerio.

8. Asistir al Ministro en lo concerniente a la seguridad de fronteras e hidrovías, en el marco de su competencia, coordinando el sistema de seguridad de fronteras.

9. Asistir al Ministro en la aplicación de la Ley N° 22.352, en el ámbito de su competencia.

10. Coordinar con las demás Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional y con las autoridades provinciales con competencia en la materia acciones multidisciplinaras para el desarrollo integral y la seguridad de las zonas de frontera.

11. Entender en el ingreso, la carrera, los planes de formación y las capacitaciones permanentes del personal de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.

12. Participar en el diseño de las políticas de formación de pregrado, grado y posgrado de los organismos de formación de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.

13. Articular con las áreas competentes del Ministerio las políticas de gestión conducentes para el bienestar del personal de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, procurando la atención de la salud psicofísica del personal y de su grupo familiar.

14. Coordinar con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y los Ministerios Públicos Fiscales la producción, elaboración y suministro de datos de estadística criminal para su incorporación al Sistema Nacional de Información Criminal y al Sistema de Alerta Temprana, utilizando estándares internacionales de calidad reconocidos, a los efectos de poder generar información de gestión confiable y oportuna.

15. Supervisar la información de la Estadística Criminal a nivel federal, de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 25.266 (REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIA).

16. Entender en las políticas formuladas por el Consejo de Seguridad Interior y en las relaciones y cuestiones interjurisdiccionales con los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en materia de seguridad, en coordinación con la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL.

17. Entender en la aplicación de la Ley N° 27.192 y supervisar la información de la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS.

18. Entender y supervisar la implementación de los lineamientos estratégicos para la transformación de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.

19. Entender en el diseño, aplicación de políticas y estrategias para el control de la seguridad en espectáculos futbolísticos, generando competencias de prevención de la violencia en los mismos y coordinando las acciones necesarias con las áreas de la Jurisdicción competentes.

20. Entender en las operaciones policiales interjurisdiccionales o entre las instituciones que integran el Sistema Federal de la Seguridad en lo referente a los espectáculos deportivos y otros eventos masivos, desarrollando circuitos estratégicos para el accionar de las Fuerzas de Seguridad Federales y de las distintas áreas del Ministerio con otros organismos estatales.

SECRETARÍA DE SEGURIDAD

SUBSECRETARÍA DE INTERVENCIÓN FEDERAL

OBJETIVOS

1. Asistir en la toma de decisiones en el ámbito de su competencia, generando información de resultados operativos que aporten información a las áreas del Ministerio con competencia en estadística criminal.

2. Asesoraren todo lo concerniente a la seguridad de fronteras e hidrovías y al cumplimiento de los objetivos del Ministerio, coordinando el sistema de seguridad de fronteras.

3. Elaborar e implementar programas integrales para la prevención del delito y la violencia en coordinación con los gobiernos provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y locales, y demás áreas del ESTADO NACIONAL con competencia en la materia.

4. Coordinar la aplicación de políticas, estrategias y acciones para la prevención y conjuración de los delitos federales con las áreas competentes del Ministerio y de otras dependencias con competencia en la materia.

5. Coordinar las políticas y estrategias para la prevención y conjuración de los delitos de índole federal con los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, brindando asistencia técnica y generando espacios de discusión, trabajo conjunto e intercambio de información, en colaboración con la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL.

6. Colaborar en la articulación con las fuerzas de seguridad provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

7. Colaborar en las acciones que realicen los cuerpos policiales provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales en cumplimiento de la Ley de Seguridad Interior N° 24.059.

8. Monitorear el proceso de fortalecimiento de las relaciones entre los cuerpos policiales locales y las Fuerzas de Seguridad Federales en el marco del Convenio Policial Argentino.

9. Intervenir en la preservación de la seguridad de las zonas de frontera conforme la normativa existente en la materia.

10. Coordinar la aplicación de la Ley N° 22.352 en lo relacionado con los controles fronterizos en los Pasos Internacionales y Áreas de Control Integrado bajo la órbita del Ministerio.

11. Asesorar en la elaboración y ejecución de políticas para el desarrollo integral de las áreas y zonas de frontera, contribuyendo a la seguridad de sus habitantes.

12. Elaborar e implementar programas y acciones respecto de los animales de apoyo profesional en colaboración con las Fuerzas de Seguridad Federales, provinciales y organismos no gubernamentales relacionados con la materia.

13. Desarrollar políticas tendientes a reducir la circulación de armas en la sociedad civil para prevenir los efectos de la violencia armada, en articulación con la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, y en cumplimiento de la Ley N° 27.192.

SECRETARÍA DE SEGURIDAD

SUBSECRETARÍA DE DESPLIEGUE TERRITORIAL

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en las intervenciones territoriales coordinadas adecuadas al objetivo, articulando la actuación de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales en atención a la demanda social.

2. Asistir a la Secretaría en la toma de decisiones en el ámbito de su competencia, brindando la información criminal y estadística producida por el área.

3. Asistir a la Secretaría en la planificación del modelo de actuación de las Fuerzas Policiales y de Seguridad, atendiendo la especificidad del conflicto.

4. Supervisarla información Estadística Criminal a nivel federal y los Planes de Acción, como así también proponer las medidas correctivas necesarias en el ámbito de su competencia.

5. Coordinar el intercambio de información con las instituciones policiales y de seguridad que conforman el Sistema Policial y de Seguridad.

6. Intervenir en los procesos de evaluación de desempeño, ascensos del personal de las fuerzas policiales y de seguridad federales, asignación de destinos y formulación del perfil de los ingresantes a las mismas.

7. Establecer mecanismos de colaboración y articulación de esfuerzos con las fuerzas de seguridad provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

8. Asistir al Consejo de Seguridad Interior, y colaborar en las acciones que realicen los cuerpos policiales provinciales con las Fuerzas Policiales de Seguridad Federales en cumplimiento de la Ley N° 24.059.

9. Proponer los lineamientos estratégicos para el funcionamiento de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, en el ámbito de su competencia.

SECRETARÍA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO Y LA CRIMINALIDAD ORGANIZADA

OBJETIVOS

1. Intervenir en la elaboración de políticas nacionales y en la planificación de estrategias contra la producción, el tráfico y la comercialización de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, y para el control de los precursores y sustancias químicas utilizables en la producción de drogas ilícitas.

2. Coordinar, en el ámbito de su competencia, acciones con los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, brindando asistencia técnica y generando espacios de discusión, trabajo conjunto e intercambio de información.

3. Coordinar la elaboración de políticas, estrategias y acciones para la prevención y represión del narcotráfico y del crimen organizado local y transnacional, con el MINISTERIO DE JUSTICIA, el MINISTERIO DEL INTERIOR, el MINISTERIO DE DEFENSA y la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y demás organismos con competencia en la materia.

4. Coordinar el esfuerzo de las áreas competentes en materia de lucha contra el narcotráfico y el crimen organizado de la Policía Federal Argentina, la Gendarmería Nacional Argentina, la Policía de Seguridad Aeroportuaria y la Prefectura Naval Argentina.

5. Asistir al Ministro en su actuación en representación del Gobierno Nacional ante gobiernos extranjeros y en las reuniones y decisiones de los organismos internacionales y especializados en materia de lucha contra el narcotráfico, el terrorismo y el crimen organizado.

6. Asistir, en el ámbito de su competencia, al Ministro en su relación con el PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN, el PODER LEGISLATIVO NACIONAL y el MINISTERIO PÚBLICO DE LA NACIÓN a los fines de proponer, en el ámbito de su competencia, los mecanismos de coordinación de acciones que se relacionen con la lucha contra el narcotráfico y la criminalidad organizada, en coordinación con las áreas competentes.

7. Elaborar planes preventivos en coordinación con las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales para asistir a las áreas competentes de la Jurisdicción en la detección de delitos de terrorismo y/o su financiamiento.

8. Intervenir, en coordinación con los organismos con competencia en la materia, en las acciones tendientes a prevenir y reprimir los delitos vinculados a la pesca ilegal, no reportada y no declarada y a los delitos ambientales.

9. Intervenir en el diseño de los grupos operativos conjuntos destinados a la lucha contra el crimen organizado transnacional.

SECRETARÍA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO Y LA CRIMINALIDAD ORGANIZADA

SUBSECRETARÍA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en materia de elaboración de políticas nacionales y planificación de estrategias contra la producción, el tráfico y la comercialización de estupefacientes y sustancias psicotrópicas y en el control de los precursores y sustancias químicas utilizables en la producción de drogas ilícitas.

2. Asistir a la Secretaría en la coordinación de políticas, estrategias y acciones para el control del uso indebido y el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas y el desvío de precursores químicos, en coordinación con las áreas competentes del MINISTERIO DE JUSTICIA, el MINISTERIO DEL INTERIOR, el MINISTERIO DE DEFENSA y la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y demás organismos con competencia en la materia.

3. Asesorar al Secretario, en el ámbito de su competencia, en la coordinación de acciones para el control del uso indebido y el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas y el desvío de precursores químicos, con los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, brindando asistencia técnica y generando espacios de discusión, trabajo conjunto e intercambio de información.

4. Asistir a la Secretaría en la representación del Gobierno Nacional, como parte querellante, en las investigaciones criminales que se realicen en el marco de la Ley N° 23.737, de acuerdo con su relevancia, y de conformidad con las instrucciones impartidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

5. Coordinar la implementación del "Plan Federal de Prevención Integral de la Drogadependencia y de Control del Tráfico Ilícito de Drogas” de acuerdo con el Decreto N° 623/96, en lo referente a las materias de su competencia.

6. Asistir a la Secretaría en la representación del Gobierno Nacional en las reuniones y decisiones de los organismos internacionales especializados en materia de lucha contra el narcotráfico, el terrorismo y el crimen organizado.

7. Planificar, programar y ejecutar el Plan Nacional de Capacitación de los Recursos Humanos para la Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas dentro del "Plan Federal de Prevención de la Drogadependencia y de Control del Tráfico Ilícito de Drogas”.

8. Asistir a la Secretaría, en su relación con el Consejo Federal para la Prevención y Asistencia de las Adicciones y Control del Narcotráfico (COFEDRO) y con la Comisión instituida por la Ley N° 24.450, en el ámbito de su competencia.

9. Entender en el control de la tenencia, utilización, producción, fabricación, extracción, preparación, transporte, almacenamiento, comercialización, exportación, importación, distribución o cualquier tipo de transacción con precursores y sustancias químicas utilizables en la producción de drogas ilícitas, actuando como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 26.045, con las facultades y atribuciones previstas en dicha ley.

10. Aplicar las sanciones administrativas previstas en la Ley N° 26.045 para los casos de incumplimiento total o parcial de las obligaciones establecidas en dicha ley, su reglamentación y normas complementarias.

11. Participar, en el ámbito de su competencia, en las actividades vinculadas con las relaciones entre el PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN y el MINISTERIO PÚBLICO y el Ministerio.

12. Participar en la elaboración de políticas nacionales y planificación de estrategias de investigación y persecución del delito de narcotráfico en sus fases de: producción, tráfico y comercialización de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

13. Asistir a la Secretaría en la planificación y ejecución de los planes y programas de acción conjunta para la detección del tráfico ilícito de precursores químicos.

SECRETARÍA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO Y LA CRIMINALIDAD ORGANIZADA

SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría, en el diseño y desarrollo de políticas en materia de investigación criminal.

2. Desarrollar e instrumentar mecanismos para el diagnóstico en la temática de política criminal.

3. Ejercer las funciones de policía científica, efectuando los estudios técnicos y científicos, análisis especiales y peritajes que les sean requeridos en procesos judiciales.

4. Coordinar los mecanismos de recepción de denuncias ciudadanas e institucionales de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales por los distintos canales del Ministerio.

5. Coordinar y administrar el Sistema Federal de Comunicaciones Policiales (SIFCOP) en su interrelación con las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, los Poderes Judiciales y los Ministerios Públicos.

6. Coordinar acciones con los demás organismos del ESTADO NACIONAL con competencia en la materia y con las organizaciones de la sociedad civil, a los efectos de intervenir articuladamente en la búsqueda de personas desaparecidas o extraviadas.

7. Coordinar el Comando Unificado Federal de Recaptura de Evadidos (CUFRE).

8. Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en la detección de delitos complejos.

9. Asistir a la Secretaría e intervenir en la dirección de investigaciones de la criminalidad organizada, y en particular en la atención de los delitos de terrorismo, tráfico de armas, trata de personas, tráfico de vehículos y autopartes, lavado de dinero y delitos económicos.

10. Participar, en el ámbito de su competencia, en la elaboración de políticas nacionales y en la planificación de estrategias de investigación y persecución del delito de trata de personas y monitorear el cumplimiento de los protocolos de actuación de las fuerzas policiales y de seguridad federales para garantizar los derechos de las víctimas establecidos en la ley N° 26.364.

11. Entender en el funcionamiento del Sistema Integrado de Información Criminal del Delito de Trata de Personas (SisTrata) del Ministerio.

12. Desarrollar y planificar actividades de investigación de delitos complejos, con especial atención a secuestros extorsivos, robo organizado, delitos contra la salud pública, contrabando, atentados contra el patrimonio cultural y natural y delitos ambientales.

XVI.- MINISTERIO DE SALUD (Apartado sustituido por art. 2° del Decreto N° 10/2024 B.O. 04/01/2024)

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS

1. Coordinar el Gabinete de Asesores del Ministro.

2. Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a dar adecuada y rápida respuesta a las cuestiones priorizadas por el Ministro.

3. Entender y asistir al Ministro en todas las cuestiones vinculadas a los aspectos logísticos y administrativos propios del desarrollo de sus funciones institucionales.

4. Asistir al Ministro en las relaciones institucionales, ceremonial y protocolo.

5. Intervenir en la comunicación institucional interna y externa y en la difusión de las acciones, el desarrollo e implementación de diseño web y contenidos digitales del Ministerio.

6. Coordinar los asuntos del Ministerio relacionados con la prensa y los medios de comunicación.

7. Coordinar el seguimiento de los planes, programas y proyectos de las distintas áreas del Ministerio para la optimización de la gestión en la implementación de las políticas.

8. Entender en el seguimiento, elaboración, definición y desarrollo de instrumentos, herramientas y procedimientos tendientes a posibilitar la disponibilidad de información.

9. Coordinar, con las áreas con competencia en la materia, la elaboración de proyectos de normas reglamentarias de las leyes en las que el Ministerio hubiese sido constituido como Autoridad de Aplicación.

10. Entender en el desarrollo de las relaciones institucionales con organismos de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de los ámbitos nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, como así también con instituciones del sector no gubernamental y de la seguridad social, en el área de su competencia.

11. Asistir al Ministro en las relaciones sanitarias federales a través del Consejo Federal de Salud -CO.FE.SA.-, del Consejo Regional de Salud -CO.RE.SA- y del Consejo Federal Legislativo de Salud -CO.FE.LE.SA-.

12. Asistir al Ministro en las actividades referidas a las relaciones sanitarias nacionales e internacionales de la Jurisdicción.

13. Coordinar y articular con las áreas sustantivas del Ministerio la posición nacional en foros y organismos internacionales, en los temas de su competencia.

14. Fomentar la política de transparencia e integridad en la jurisdicción y articular acciones con la OFICINA ANTICORRUPCIÓN.

15. Dirigir el cumplimiento, por parte del Ministerio, de las previsiones establecidas en la Ley N° 27.275. (Objetivo incorporado por art. 20 del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

16. Intervenir en la asistencia directa compensatoria frente a situaciones de riesgo o necesidad manifiesta orientadas a individuos y/o grupos de individuos en situación de alta vulnerabilidad y sin cobertura médica en coordinación con las áreas con competencia en la materia del Ministerio. (Objetivo incorporado por art. 20 del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

MINISTERIO DE SALUD

SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1. Dirigir el diseño e implementación de políticas administrativas, presupuestarias y financieras de los Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción.

2. Coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de los Servicios Administrativos Financieros del Ministerio.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

4. Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos del Ministerio.

5. Entender en el despacho y la gestión documental del Ministerio.

6. Coordinar el servicio jurídico de la Jurisdicción, en lo que respecta a la emisión de dictámenes del Ministerio.

7. Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y disciplinarios del Ministerio.

8. Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios, y demás adquisiciones efectuadas por los Servicios Administrativos Financieros del Ministerio.

9. Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo de la Jurisdicción.

10. Intervenir en la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones, y de las actividades de control y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo del Ministerio.

11. Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial, de infraestructura, mantenimiento, administración de bienes muebles e inmuebles y servicios del Ministerio.

12. Entender, en el ámbito de su competencia, en la gestión operativa de recursos físicos en salud y de proyectos de infraestructura sanitaria en función de los lineamientos técnicos establecidos por las áreas sustantivas del Ministerio.

13. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la planificación y adquisición de bienes. (Objetivo sustituido por art. 21 del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

14. Entender en la administración y coordinación de los sistemas y recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones del Ministerio.

15. Dirigir el diseño e implementación de las políticas de seguridad de la información que se desarrollen en el ámbito de la Jurisdicción, de acuerdo a las previsiones que establezca la Autoridad de Aplicación en cada materia. (Objetivo sustituido por art. 21 del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

16. (Objetivo derogado por art. 21 del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

MINISTERIO DE SALUD

SECRETARÍA DE ACCESO Y EQUIDAD EN SALUD

OBJETIVOS

1. Entender en el diseño de planes, programas y proyectos para favorecer y ampliar el acceso a la salud y definir el modelo de atención, contribuyendo a la articulación e integración de programas sanitarios.

2. Asistir al Ministro en lo inherente a la salud de la población y a la promoción de conductas saludables de la comunidad.

3. Entender en el diseño y desarrollo de políticas de igualdad de género en la salud.

4. Entender en la planificación estratégica de las acciones, monitoreo de la gestión, almacenamiento y logística de los suministros sanitarios del sector salud, así como en el impacto de las políticas implementadas en el sector.

5. Entender, en el ámbito de su competencia, en la promoción, desarrollo y difusión de investigaciones científicas que contribuyan al desarrollo del sector salud y a la adopción e implementación de tratamientos no convencionales.

6. Intervenir en la elaboración y ejecución de los programas materno-infantiles, tanto en el ámbito nacional como interregional, tendientes a disminuir la morbilidad y la mortalidad materna e infantil.

7. Entender en el diseño de estrategias y políticas en materia de salud materno-infantil y adolescente, salud sexual y procreación responsable, prevención del embarazo no intencional adolescente, reproducción médicamente asistida, prevención y tratamiento de enfermedades de transmisión sexual.

8. Elaborar y ejecutar los planes de las campañas sanitarias destinadas a lograr el control y la eliminación de enfermedades endémicas, el acceso al tratamiento, la detección y prevención de otras enfermedades transmisibles y las enfermedades crónicas no transmisibles.

9. Entender en la respuesta integrada al VIH e infecciones de transmisión sexual, la provisión de tratamientos antirretrovirales a las personas con VIH sin cobertura de la seguridad social ni privada.

10. Entender en la programación y dirección de los programas nacionales de vacunación e inmunizaciones para el control de enfermedades.

11. Entender en la provisión de medicamentos esenciales, el acceso a tratamientos médicos y reactivos para patologías específicas, priorizando a la población sin cobertura de salud y fortaleciendo el primer nivel de atención.

12. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la elaboración y ejecución de programas integrados que cubran a los habitantes en caso de patologías específicas y grupos poblacionales determinados en situación de riesgo.

13. Articular con organizaciones de la sociedad civil, en materia de su competencia, alianzas estratégicas con el fin de promover la elaboración de proyectos de salud intercultural.

14. Entender en la prevención, diagnóstico referencial, investigación y tratamiento de enfermedades toxo-infecciosas, de base genética, de base nutricional y no transmisibles.

15. Supervisar el accionar de la COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN DE TECNOLOGÍAS SANITARIAS Y EXCELENCIA CLÍNICA (CONETEC).

16. Asistir al Ministro en la planificación estratégica de las políticas, así como el desarrollo de modelos de financiamiento de la salud.

17. Asistir al Ministro en la elaboración de propuestas de distribución de subsidios a otorgar con fondos propios a las Entidades públicas y privadas que desarrollen actividades de medicina preventiva o asistencial.

18. Intervenir en el proceso de regulación del sistema de salud, facilitando la articulación y armonización interjurisdiccional entre los niveles de gobierno y entre los subsistemas de salud público, privado, de obras sociales y otros financiadores.

19. Entender en el diseño de políticas estratégicas de carácter federal para el aumento de la equidad en salud y definir el modelo de financiamiento y gestión de la salud, contribuyendo a la articulación e integración de subsistemas de salud, programas sanitarios y redes de atención.

20. Entender en el diseño y desarrollo de políticas tendientes a una mayor integración de los sistemas de salud mediante la planificación, la articulación de estrategias de financiamiento, la distribución federal de recursos financieros y físicos y la armonización de coberturas.

21. Articular con las demás áreas del Ministerio la implementación de estrategias federales de integración de los sistemas de información con foco en el empadronamiento y en las plataformas de interoperabilidad de los mismos.

22. Entender en la elaboración y desarrollo de políticas de prevención de condiciones catastróficas en salud.

23. Entender en el desarrollo de capacidades institucionales de planificación, monitoreo y gestión de acuerdos de políticas sanitarias entre Jurisdicciones.

24. Entender en el diseño y desarrollo de la evaluación y el monitoreo del acceso equitativo a servicios de salud entre los distintos subsistemas de salud.

25. Entender en el equipamiento médico y la tecnología, con visión socio-ambiental y arquitectura sanitaria de los establecimientos de salud, en materia de su competencia.

26. Dirigir la formulación, articulación y control de ejecución de los programas nacionales sanitarios encuadrados en la Estrategia de Atención Primaria de la Salud.

27. Entender en el diseño de políticas y programas, y en la ejecución de estrategias territoriales de salud familiar y comunitaria.

28. Coordinar la estrategia de Atención Primaria de la Salud, integrando las acciones de asistencia, prevención de enfermedades, promoción de la salud y rehabilitación en las áreas con competencia en la materia, en las provincias y en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, así como en las organizaciones sanitarias, sobre la base del respeto a las diversidades culturales.

29. Desarrollar acciones de promoción de la salud y prevención de enfermedades con los distintos programas existentes a nivel nacional encuadrados en la estrategia de Atención Primaria de la Salud.

30. Colaborar en el fortalecimiento de la estrategia de Atención Primaria de la Salud en los sistemas locales de salud: municipios, comunidades o ciudades, a través de la participación de los equipos de salud dependientes del Ministerio.

31. Asistir al Ministro en las relaciones sectoriales y de articulación federal, así como propiciar la celebración de convenios y acuerdos con los organismos internacionales de cooperación técnica; con las instituciones de la sociedad civil nacionales e internacionales y con las sociedades científicas.

32. Dirigir la planificación de recursos físicos en salud y la formulación y el desarrollo de proyectos de infraestructura sanitaria, en el marco de su competencia.

33. Participar, en el ámbito de su competencia, en las acciones vinculadas al Sistema de Vigilancia Epidemiológica, controlando, vigilando y notificando las enfermedades, en forma articulada con la SUBSECRETARÍA DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA, INFORMACIÓN Y ESTADÍSTICAS DE SALUD.

SECRETARÍA DE ACCESO Y EQUIDAD EN SALUD

SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y PROGRAMACIÓN SANITARIA

OBJETIVOS

1. Proponer, implementar y evaluar programas y políticas de acceso y uso racional de medicamentos.

2. Entender en la provisión de medicamentos esenciales, medicamentos oncológicos y asistencia directa por situaciones especiales para la población con cobertura pública exclusiva.

3. Intervenir en la operación logística y la provisión de medicamentos, reactivos de diagnóstico y tecnología sanitaria priorizando a los pacientes sin cobertura de la seguridad social o privada en patologías específicas.

4. Entender en la planificación y en el seguimiento y monitoreo de la recepción y traslado para su almacenamiento de insumos en el marco de su competencia.

5. Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en las acciones vinculadas al Sistema de Vigilancia Epidemiológica, controlando, vigilando y notificando las enfermedades en forma articulada con la SUBSECRETARÍA DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA, INFORMACIÓN Y ESTADÍSTICA DE SALUD.

6. Entender en el seguimiento y monitoreo de los precios de medicamentos e insumos en el marco de su competencia.

7. Articular y representar la posición técnica del Ministerio en materia de derechos de propiedad intelectual en medicamentos y tecnologías sanitarias.

8. Asistir a la Secretaría en el diseño de políticas estratégicas de carácter federal para la atención de la salud de la población, que comprendan la promoción, protección, asistencia, recuperación y rehabilitación de la salud.

9. Asistir a la Secretaría en el diseño de estrategias y campañas de prevención de enfermedades y promoción y protección de la salud.

10. Intervenir en estrategias y políticas en materia de respuesta integrada al VIH e infecciones de transmisión sexual.

11. Intervenir en el diseño de estrategias y políticas orientadas a la prevención y control de las enfermedades transmisibles y crónicas no transmisibles.

12. Entender en la prevención y el tratamiento de las enfermedades infecciosas con medicamentos eficaces, seguros y de calidad garantizada, que se usen de modo responsable y sean accesibles a todas las personas que los necesiten.

13. Dirigir estrategias y políticas para la prevención y control de las zoonosis y las enfermedades transmitidas por vectores.

14. Coordinar la provisión de tratamientos antirretrovirales de las personas con VIH sin cobertura de la seguridad social o privada.

15. Asesorar y proponer mejoras para la elaboración, ejecución y fiscalización de programas integrados que cubran a los habitantes en caso de patologías específicas y grupos poblacionales determinados en situación de riesgo.

16. Entender en la planificación de acciones de prevención, control, eliminación y erradicación de las enfermedades inmunoprevenibles.

17. Promover, desarrollar y controlar las acciones de prevención, asistencia y rehabilitación de la salud bucodental y la salud ocular.

18. Participar en la formulación, coordinación y control de ejecución de los programas nacionales sanitarios y acciones encuadrados en la Estrategia de Atención Primaria de la Salud.

19. Entender, en el ámbito de su competencia, en la articulación y seguimiento de las políticas y acciones de las jurisdicciones provinciales y el Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES correspondientes a la Estrategia de Atención Primaria de la Salud.

20. Implementar acciones tendientes a fortalecer el modelo de financiamiento y gestión de la salud, los programas sanitarios nacionales y los sistemas públicos de salud jurisdiccionales y proponer políticas e implementar acciones que contribuyan al desarrollo de los sistemas provinciales de salud, así como contribuir al fortalecimiento de las capacidades institucionales y de gestión de los Ministerios de Salud jurisdiccionales.

22. Participar en la planificación de recursos físicos en salud, y la formulación y desarrollo de proyectos de infraestructura sanitaria en el marco de su competencia.

23. Promover, desarrollar y controlar las actividades relativas al fomento de la investigación científica.

SECRETARÍA DE ACCESO Y EQUIDAD EN SALUD

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES SECTORIALES Y ARTICULACIÓN

OBJETIVOS

1. Participar, en el ámbito de su competencia, en las actividades relativas la celebración de convenios de cooperación técnica y sanitarios tanto con organismos nacionales como con otros Estados y organismos internacionales.

2. Establecer prioridades, en el ámbito de su competencia, y coordinar y difundir investigaciones científicas que contribuyan al desarrollo del sector salud, así como desarrollar programas de becas e investigación.

3. Colaborar con la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD en el desarrollo de estudios e investigaciones sobre el uso medicinal de la planta de "cannabis”, sus derivados y tratamientos no convencionales, así como las medidas necesarias para la puesta en funcionamiento de este tipo de tratamientos y la sistematización de los registros necesarios, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

4. Entender, el ámbito de su competencia, en la promoción, desarrollo y difusión de investigaciones científicas que contribuyan al desarrollo del sector salud y a la adopción e implementación de tratamientos no convencionales.

5. Asistir a la Secretaría en las estrategias y políticas en materia de salud materno¬infantil, adolescente, adultos y personas mayores, salud sexual y procreación responsable, reproducción médicamente asistida, embarazo no intencional en adolescentes.

6. Asistir a la Secretaría en la articulación de la estrategia de Atención Primaria de la Salud con las jurisdicciones provinciales y del gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y coordinar el seguimiento de las políticas y acciones implementadas.

7. Intervenir en el diseño de políticas centradas en el desarrollo integrado e intersectorial de la estrategia de Atención Primaria de la Salud orientada a la reducción de inequidades mediante la atención integral a la salud desde una perspectiva que contemple determinantes sociales y económicos.

8. Dirigir el desarrollo del abordaje de la salud comunitaria, promoviendo estilos de vida saludables, así como también implementar acciones que fortalezcan la responsabilidad familiar y la participación comunitaria para mejorar las condiciones de salud de la población.

9. Intervenir en la elaboración y desarrollo de políticas que promuevan la integración y la articulación entre las coberturas de salud.

10. Participar en el diseño de estrategias de articulación de esquemas de financiamiento, en coordinación con las áreas con competencia en la materia, para mejorar la capacidad redistributiva de la inversión sanitaria, promoviendo la equidad en salud.

11. Participar en el diseño e implementación de políticas de contención de gastos producidos por medicamentos, insumos, tecnología sanitaria, intervenciones o tratamientos.

12. Participar en el diseño y articulación con las jurisdicciones provinciales y el gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en la creación y la actualización de sistemas de incentivos para que financiadores, efectores y pacientes prioricen la prevención de la enfermedad, el control de riesgos y la promoción de la salud.

13. Proponer e implementar políticas de evaluación y monitoreo del acceso equitativo a servicios de salud entre los distintos subsistemas de salud.

14. Intervenir en la formulación, articulación y control de ejecución de los programas nacionales encuadrados en la estrategia de Atención Primaria de la Salud.

15. Diseñar, implementar y monitorear políticas y programas de salud familiar y comunitaria, así como la ejecución de sus estrategias territoriales.

16. Promover el desarrollo de estudios vinculados a los determinantes socio-ambientales de la salud en las jurisdicciones provinciales y en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

17. Fomentar acciones territoriales y alianzas estratégicas con organizaciones de la sociedad civil para la elaboración de proyectos de salud intercultural.

MINISTERIO DE SALUD

SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD

OBJETIVOS

1. Entender en el proceso de regulación para garantizar la calidad y la seguridad de los establecimientos y los servicios provistos por el sistema de salud, facilitando la articulación y armonización interjurisdiccional entre los niveles de gobierno y los subsistemas de salud público, privado, de obras sociales y otros financiadores.

2. Articular con las jurisdicciones provinciales y con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES políticas que fortalezcan la atención personalizada, gratuita y oportuna basada en derechos en los establecimientos públicos de salud a todos los habitantes, cualquiera sea su lugar de residencia en el país.

3. Entender en el registro, la elaboración y la sistematización de normativa orientada a la eficacia, efectividad, eficiencia y calidad de los establecimientos, servicios de salud y hospitales públicos de gestión descentralizada, así como también en materia de fiscalización sanitaria federal.

4. Entender en lo referido a la normatización, coordinación y fiscalización de las acciones relacionadas con la sanidad en el área de frontera y las terminales de transporte.

5. Entender en el desarrollo de políticas que permitan llevar adelante las acciones de los organismos descentralizados y los hospitales actuantes en su órbita y de los organismos desconcentrados que le dependen.

6. Coordinar y supervisar la elaboración de las normas y políticas vinculadas con la discapacidad y la rehabilitación integral.

7. Entender en la ejecución de políticas e implementación de medidas vinculadas al Sistema Nacional de Sangre.

8. Entender en el diseño de estrategias y políticas en materia de salud mental en el ámbito de su competencia.

9. Entender en la coordinación de las acciones vinculadas a los recursos humanos en salud, a la organización, administración y fijación de prioridades e incentivos del sistema nacional de residencias y de los equipos de salud, a la mejora continua de la carrera profesional y a la definición de políticas para los registros nacionales y jurisdiccionales.

10. Entender en la planificación y articulación de acciones de formación y acreditación en enfermería y del personal sanitario, con especializaciones y posgrados.

11. Coordinar con las jurisdicciones provinciales y con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES la modernización de los sistemas de contratación de recursos humanos en salud.

12. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la incorporación masiva de tecnologías de información y comunicación a la enseñanza y a la práctica diaria de los profesionales de la salud, que impulsen una mayor participación de las personas en el cuidado de su salud.

13. Articular acciones con otros ministerios para fomentar la cooperación mutua con universidades e institutos de formación superior y de investigación en materia de innovación.

14. Entender en el desarrollo de políticas de reducción de la morbimortalidad por factores de origen laboral, que afecten la salud de los trabajadores en general y de quienes presten servicios en la Administración Pública en particular.

15. Supervisar el funcionamiento del Consejo Federal de Planificación y Desarrollo de Trabajadores y Trabajadoras de la Salud.

16. Ejercer el control tutelar del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI) y del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER (INC).

17. Asesorar al Ministro en cuestiones relativas al ejercicio del control tutelar de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT) y de la ADMINISTRACIÓN DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD ‘DR. CARLOS G. MALBRÁN’ (ANLIS). (Objetivo sustituido por art. 22 del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

18. Entender en la actividad de los laboratorios de producción pública de medicamentos existentes en nuestro país de forma planificada y centralizada.

19. Entender en la planificación y coordinación de respuestas ante emergencias y desastres sanitarios.

20. Asistir al Ministro en el desarrollo de estudios e investigaciones sobre el uso medicinal de la planta de "cannabis”, sus derivados y tratamientos no convencionales, así como las medidas necesarias para la puesta en funcionamiento de este tipo de tratamientos y la sistematización de los registros necesarios, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

21. Entender, en el ámbito de su competencia, en la planificación y coordinación de sistemas de información, la incorporación de nuevas tecnologías de la información, así como en la gestión de datos y registros estadísticos a nivel nacional y local.

22. Intervenir en el diseño y desarrollo de instrumentos que permitan una mayor integración de los sistemas de empadronamiento, interoperables y otros sistemas de información, digitalización de historias clínicas, normatización y elaboración de procedimientos para la captación y el procesamiento de datos sanitarios producidos a nivel jurisdiccional.

23. Asistir al Ministro en la actualización de las estadísticas en materia de salud, en la generación de información a través de los estudios de recursos disponibles, oferta, demanda y necesidad, en el diagnóstico de la situación necesaria para la planificación estratégica del sector salud, así como en el impacto de las políticas implementadas en el sector.

24. Entender en la implementación de las tecnologías de la información y las comunicaciones en el ámbito sanitario, así como también en la consolidación a nivel nacional de los datos, registros, estadísticas e información de salud, y en la difusión de resultados para disminuir las asimetrías de información que pudieran existir.

25. Entender en el desarrollo y publicación de estudios sobre epidemiología, análisis económico y gestión de las acciones sanitarias, para mejorar la eficiencia, eficacia y calidad de las organizaciones públicas de salud, apoyando la toma de decisiones basadas en la evidencia local.

26. Supervisar la implementación de estrategias federales de interconsultas y asistencia digital en el marco de la estrategia de Salud Digital.

SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD

SUBSECRETARÍA DE INSTITUTOS Y FISCALIZACIÓN

OBJETIVOS

1. Coordinar y supervisar las acciones llevadas a cabo por los establecimientos de salud actuantes bajo su órbita, con criterios de red de servicios, y proponer los mecanismos que permitan optimizar la calidad y la seguridad en su gestión y funcionamiento.

2. Ejercer el control tutelar del HOSPITAL NACIONAL Y COMUNIDAD “DR. RAMÓN CARRILLO”, del HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES "LIC. LAURA BONAPARTE", del INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN PSICOFÌSICA DEL SUR "DR. JUAN OTIMIO TESONE", del HOSPITAL NACIONAL "DR. BALDOMERO SOMMER" y del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS".

3. Intervenir en el monitoreo, de acuerdo a las pautas fijadas en las normas y convenios respectivos, del HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD EN RED EL CRUCE “DR. NÉSTOR CARLOS KIRCHNER” S.A.M.I.C., del HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD “EL CALAFATE” S.A.M.I.C., del HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD CUENCA ALTA “NÉSTOR KIRCHNER” S.A.M.I.C., del HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. RENÉ FAVALORO” S.A.M.I.C., del HOSPITAL S.A.M.I.C. “PRESIDENTE NÉSTOR KIRCHNER”, del HOSPITAL DE PEDIATRÍA S.A.M.I.C. “PROFESOR DR. JUAN P. GARRAHAN” y del HOSPITAL DEL BICENTENARIO ESTEBAN ECHEVERRÍA S.A.M.I.C. (Objetivo sustituido por art. 23 del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

4. Entender en la formulación e implementación de mecanismos de monitoreo y evaluación de los establecimientos bajo su dependencia, para lograr mejoras en términos de calidad, seguridad, cobertura y equidad.

5. Fortalecer la participación territorial de la comunidad en la reflexión sobre las definiciones de salud, enfermedad, atención y cuidado, en el ámbito de su competencia.

6. Supervisar la aplicación, en sus organismos dependientes, de los estándares de calidad en los servicios de salud determinados por el Ministerio

7. Proponer la implementación de modelos participativos de la comunidad que resulta receptora de los servicios, en concordancia con las políticas de calidad y participación determinadas por el Ministerio.

8. Dirigir la rectoría del Plan Nacional de Sangre, propiciando el fortalecimiento del Sistema Nacional de Hemoterapia y definir las normas de organización.

9. Intervenir en el desarrollo de políticas de la salud mental y adicciones, en el ámbito de su competencia.

10. Implementar un Sistema Nacional de Atención de Emergencias y Desastres.

11. Ejercer la supervisión, coordinación y ejecución de las acciones de los establecimientos y servicios de salud y establecer la normativa para la promoción, desarrollo y evaluación de la calidad, seguridad y gestión de los mismos.

12. Desarrollar mecanismos de regulación y fiscalización de los servicios de salud a fin de dar cumplimiento a la normativa vigente.

13. Promover los cambios tecnológicos para la modernización funcional de los establecimientos y servicios provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, y la optimización de los instrumentos de registro, control y fiscalización de los establecimientos asistenciales, fortaleciendo los registros federales y nacionales de su competencia.

14. Diseñar y coordinar con las jurisdicciones provinciales y con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES políticas que garanticen que los establecimientos de salud brinden atención personalizada y oportuna basada en derechos, incorporando tecnologías y herramientas digitales.

15. Diseñar y coordinar con las jurisdicciones provinciales y con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES políticas y programas que fortalezcan la atención personalizada, gratuita, oportuna y basada en el respeto a los derechos humanos en los establecimientos públicos de salud.

16. Proponer las políticas de profesionalización de los recursos humanos de la salud incorporados al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 1133/09.

17. Coordinar acciones con las distintas jurisdicciones provinciales, con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y con organismos gubernamentales y no gubernamentales para definir prioridades y garantizar la excelencia en la formación y capacitación de los recursos humanos del sector salud.

18. Proponer mecanismos destinados a regular la oferta de los recursos humanos de la salud en todas sus modalidades, así como en su proceso de formación y establecimiento de la currícula pertinente, contemplando las residencias y becas necesarias para la financiación en las distintas jurisdicciones.

19. Participar, en el ámbito de su competencia, con las distintas jurisdicciones en la optimización de los instrumentos de registro, control y fiscalización del ejercicio profesional.

20. Entender en la formulación de programas y en la coordinación interjurisdiccional de los recursos disponibles para que se adecuen a las cambiantes condiciones epidemiológicas y corrijan las inequidades sociales y regionales.

21. Participar en el diseño y coordinar acciones de formación y capacitación de funcionarios públicos en Salud Pública y en profesiones estratégicas, así como también promover la difusión del conocimiento, la innovación y el acceso a bibliotecas científicas y educación a distancia para profesionales de la salud.

22. Intervenir en la planificación y articulación de las acciones de formación y acreditación en enfermería y del personal sanitario, con especializaciones y posgrados.

23. Articular con las jurisdicciones provinciales y con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES políticas y programas para jerarquizar el rol de los farmacéuticos en el sistema de salud.

24. Proponer el diseño e implementación de políticas de salud vinculadas a la reducción de la morbimortalidad por factores laborales, que afecten la salud de los trabajadores en general y de quienes prestan servicios en la Administración Pública Nacional en particular.

25. Intervenir en la coordinación de instancias para la participación de trabajadores en el diseño e implementación de las políticas de salud y de la reducción de la morbimortalidad por factores de origen laboral.

26. Asistir a la Secretaría en lo relativo a la normatización, coordinación y fiscalización de las acciones relacionadas con la sanidad en el área de frontera y las terminales de transporte. (Objetivo incorporado por art. 24 del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

27. Intervenir en el régimen de trazabilidad y verificación de aptitud y verificación de aptitud técnica de los productos médicos activos de salud en el marco de la Ley N° 26.906 y articular con la ANMAT en el ámbito de su competencia. (Objetivo incorporado por art. 24 del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD

SUBSECRETARÍA DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA, INFORMACIÓN Y ESTADÍSTICAS DE SALUD

OBJETIVOS:

1. Articular con otras áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia en temas relativos al uso de las nuevas tecnologías de información aplicadas a la salud, promoviendo la inclusión social a través de la inclusión digital.

2. Entender en la implementación de acciones e instrumentos para realizar el control, la vigilancia epidemiológica y de laboratorio, así como participar en la notificación de enfermedades, aprovechando la tecnología disponible.

3. Proponer, diseñar y coordinar la normatización, planificación y desarrollo de procedimientos para el registro y procesamiento de datos orientados al desarrollo de un sistema de información sanitaria integrado

4. Formular y coordinar las acciones vinculadas al Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud y vigilancia de laboratorio, controlando y notificando los eventos de relevancia sanitaria en articulación con las jurisdicciones provinciales y con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

5. Proponer, diseñar y coordinar el desarrollo de estudios sobre epidemiología, análisis económico y gestión de las acciones sanitarias.

6. Entender en la definición e intervenir en la actualización de las estadísticas de salud y de los estudios de recursos disponibles, oferta, demanda y necesidad, así como en el diagnóstico de la situación necesario para la planificación estratégica del sector salud.

7. Entender en las cuestiones relativas a la determinación y análisis del mercado sanitario, así como en la evaluación del impacto económico y social de las políticas de salud impulsadas por el Ministerio.

8. Diseñar y coordinar, en el ámbito de su competencia, la producción de información estratégica, diagnósticos de situación y toda otra información que contribuya a la toma de decisiones.

9. Articular con otras dependencias del Ministerio la implementación de estrategias federales de interconsultas y asistencia digital en el marco de la estrategia de Salud Digital.

10. Supervisar y monitorear el desarrollo de los proyectos tecnológicos vinculados a la estrategia de salud digital y asociados a los sistemas de información e incorporación de nuevas tecnologías de gestión implementados en la Jurisdicción, en coordinación con las áreas competentes en la materia.

MINISTERIO DE SALUD

SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA

OBJETIVOS

1. Elaborar políticas y planificar estrategias nacionales que tengan como eje principal el cuidado de las personas, a través de la atención, la prevención y la capacitación en materia de consumo problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas.

2. Supervisar el cumplimiento de la legislación nacional e internacional en lo que es materia de su competencia.

3. Coordinar acciones relativas al diseño y ejecución de políticas y estrategias para la prevención, capacitación y tratamiento en materia de consumo problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas con las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

4. Coordinar la aplicación de las políticas y estrategias para la prevención, capacitación, tratamiento del consumo problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas con los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

5. Brindar asistencia técnica a los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a fin de homogeneizar las actividades, maximizar los recursos y generar espacios de discusión, trabajo conjunto e intercambio de información.

6. Coordinar con el PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN y con el MINISTERIO PÚBLICO acciones para la atención y prevención del consumo problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas, brindando asistencia técnica en causas penales, cuando le sea requerido.

7. Coordinar con el PODER LEGISLATIVO NACIONAL acciones para la prevención y atención del consumo problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas, promoviendo y brindando asistencia técnica en el análisis y la elaboración de proyectos legislativos.

8. Brindar asistencia técnica para el diseño de capacitaciones de los recursos humanos de las fuerzas de seguridad y otras instituciones nacionales sobre prevención, atención y cuidado en materia de consumo problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas.

9. Representar al Gobierno Nacional en las reuniones de los organismos especializados en la materia de su competencia, en el marco de los tratados internacionales suscritos por la REPÚBLICA ARGENTINA, en coordinación con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, así como también supervisar la producción de la información específica y la documentación técnica respectiva.

10. Recopilar y analizar información especializada en materia de consumo problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas y problemas relacionados, analizando su evolución y tendencias, a nivel nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, regional e internacional como insumo para la implementación de un sistema de información y de alerta temprana nacional y federal, que provea información para la elaboración de políticas públicas.

11. Coordinar el diseño y desarrollo de actividades de investigación técnico-científica, normativa y social, a nivel nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, identificando los modelos y metodologías para los procesos de intervención en consumo problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas y problemas relacionados.

12. Presidir el CONSEJO FEDERAL DE DROGAS (COFEDRO).

13. Designar oficiales de enlace, a propuesta de los titulares de las diferentes Jurisdicciones de la Administración Pública Nacional o Provincial, destinados a cumplir funciones de consulta o coordinación con los respectivos organismos de origen en materia de drogas o afines.

SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA

SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO EN MATERIA DE DROGAS

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la elaboración de políticas nacionales y en la planificación de estrategias de desarrollo y abordaje territorial en materia de drogas.

2. Coordinar, generar y promover dispositivos de atención y acompañamiento que aborden la complejidad del consumo problemático de sustancias psicoactivas en el territorio nacional, según la normativa vigente, la Ley de Salud Mental N° 26.657, los Tratados Internacionales de Derechos Humanos y la Ley N° 26.934 de Plan Integral para el Abordaje de los Consumos Problemáticos (Plan IACOP).

3. Planificar y coordinar la red de atención y acompañamiento en materia de consumo problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas desde una perspectiva amplia y federal.

4. Realizar el seguimiento y control de avance de los convenios nacionales suscritos por la Secretaría.

5. Asistir a la Secretaría en la articulación de la relación con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, brindando asistencia técnica en el análisis y la elaboración de proyectos legislativos, vinculados a la temática de competencia de la Secretaría.

6. Diseñar líneas de acción para construir una articulación entre el ESTADO NACIONAL y las organizaciones de la sociedad civil con despliegue territorial.

7. Proponer y elaborar lineamientos y protocolos de intervención para los dispositivos ambulatorios, centros comunitarios de residencia y centros de internación, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

8. Implementar herramientas de seguimiento de las acciones desarrolladas por las diversas áreas de la Secretaría.

9. Diseñar planes y programas de carácter nacional referidos a la capacitación y asistencia técnica en materia de asistencia y abordaje territorial en adicciones de los equipos de los dispositivos ambulatorios, centros comunitarios y centros de residencia, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

10. Intervenir en la red de articulación de dispositivos de atención y atención crítica, en articulación con el Sistema de Salud, los centros comunitarios de residencia y los centros de internación.

SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA

SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN, INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICAS EN MATERIA DE DROGAS

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la elaboración de las políticas nacionales y en la planificación de estrategias para la prevención y tratamiento relacionadas con el consumo de sustancias psicoactivas.

2. Supervisar la aplicación de las políticas y estrategias para la prevención y tratamiento del consumo de sustancias psicoactivas, en coordinación con el MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO y con el MINISTERIO DEL INTERIOR, entre otros organismos nacionales.

3. Impulsar, coordinar y evaluar el desarrollo de investigaciones, estudios y estadísticas relevantes en materia de cuidado y prevención del consumo de sustancias con base en la Ley N° 26.934 de Plan Integral para el Abordaje de los Consumos Problemáticos (Plan IACOP), Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657 y tratados internacionales de derechos humanos, como así también marcos de referencia y planes de acción en la temática.

4. Elaborar un modelo de referencia que -mediante acciones interdisciplinarias y de complementariedad entre las diferentes áreas del conocimiento- permita desarrollar un marco interpretativo de las situaciones de consumo desde una perspectiva de derechos humanos.

5. Impulsar acuerdos con la Mesa Federal en materia de Drogas y demás organismos competentes en la toma de decisiones, la coordinación y la colaboración para la implementación de las diversas líneas de acción objeto de su competencia.

6. Desarrollar, en articulación con la Mesa Federal en materia de Drogas, una red de investigación e información con alcance nacional e internacional sobre las modalidades y representaciones de consumo de alcohol y otras drogas y de las adicciones en general.

7. Coordinar la elaboración de los insumos necesarios para lograr los objetivos estratégicos planteados por la Secretaría.

8. Supervisar el desarrollo de las actividades del OBSERVATORIO ARGENTINO DE DROGAS.

XVII.- MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO
(Apartado sustituido por art. 5° del Decreto N° 86/2023 B.O. 27/12/2023.)

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS

1. Coordinar el Gabinete de Asesores del Ministro.

2. Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a dar respuesta a las cuestiones priorizadas por el Ministro.

3. Asistir al Ministro en los aspectos logísticos, de gestión ministerial y administrativos propios del desarrollo de sus funciones institucionales.

4. Asistir al Ministro en materia de ceremonial y protocolo, y en las relaciones institucionales con organismos del ámbito público y privado, nacionales e internacionales, y con organizaciones de la sociedad civil.

5. Coordinar la comunicación institucional, la relación con la prensa y los medios de comunicación y la difusión de contenidos, el desarrollo e implementación de la imagen institucional y de los contenidos digitales de la Jurisdicción.

6. Coordinar el seguimiento de los planes, programas y proyectos de las áreas del Ministerio, y de los proyectos de cooperación con agencias y organismos de temática afín, para la optimización de la gestión en la implementación de las políticas.

7. Entender en el diseño, elaboración, definición de instrumentos, herramientas y procedimientos para posibilitar la disponibilidad de insumos de información, en coordinación con las áreas competentes.

8. Entender en la coordinación de acciones que faciliten la sistematización y viabilización del acceso a la información pública en el ámbito de competencia jurisdiccional.

9. Asistir al Ministro en el diseño e implementación de acciones de relevamiento, sistematización y análisis de estudios que aporten información de carácter prospectivo estratégico para la consecución de los objetivos jurisdiccionales.

10. Entender en la evaluación, monitoreo y seguimiento de los planes, programas y proyectos de la Jurisdicción.

11. Establecer y coordinar canales de intercambio de información con los sistemas de ejecución y monitoreo de los programas sociales como insumo de la evaluación de las políticas sociales implementadas.

12. Asistir en los procesos tendientes a consensuar criterios de políticas sociales y de implementación programática, en el marco de un encuentro federal entre las Jurisdicciones de carácter nacional, provincial y municipal con el objeto de contribuir a la consolidación de la inversión social para el desarrollo humano y la inclusión comunitaria en todo el territorio nacional.

13. Asistir en las relaciones con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN en lo referido con los proyectos legislativos vinculados con las competencias del Ministerio.

MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO

SUBSECRETARÍA DE PROTECCIÓN CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO

OBJETIVOS

1. Asistir al Ministro en el desarrollo de las acciones tendientes al cumplimiento de la normativa vigente en materia de prevención y erradicación de la violencia por razones de género y de asistencia integral a las víctimas en todos los ámbitos.

2. Asistir al Ministro en el diseño, ejecución y evaluación de las políticas públicas orientadas al cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por el ESTADO NACIONAL en materia de políticas de género, igualdad y diversidad, en coordinación con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y las demás áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

3. Coordinar acciones y cooperar con otras Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional, como así también con los gobiernos provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, para la transversalización de las políticas contra la violencia por razones de género y de las cuestiones de género.

4. Asistir al Ministro en la suscripción de convenios con el ESTADO NACIONAL y con los estados provinciales, con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, con los estados municipales y/o con instituciones de la sociedad civil, en materia de género y prevención de la violencia por razones de género y asistencia y protección a las víctimas.

5. Recibir la demanda efectiva de las personas y de las organizaciones de la sociedad civil en las temáticas vinculadas a las políticas públicas en materia de género y violencia por razones de género.

6. Generar espacios de articulación que promuevan el diálogo entre actores del sector público, privado y las organizaciones de la sociedad civil en cuestiones de género y violencia por razones de género.

7. Generar herramientas de análisis de impacto de leyes, planes y programas vinculados a las cuestiones de género y a violencia por razones de género.

8. Dirigir la elaboración de documentos e informes de gestión vinculados a la perspectiva de género y a la violencia por razones de género a ser presentados ante organismos y conferencias internacionales.

9. Asistir al Ministro en el diseño, desarrollo e implementación de las políticas de capacitación vinculadas a la perspectiva de género y a la violencia por razones de género para agentes que presten servicios en la Administración Pública Nacional y para promotores, formadores y agentes de capacitación en género, en coordinación con las áreas con competencia de la Administración Pública Nacional.

10. Entender en el diseño, elaboración, definición de instrumentos, herramientas y procedimientos para generar información de gestión, en coordinación con las áreas competentes de la Jurisdicción.

11. Asistir al Ministro en el relevamiento, registro, producción, sistematización y análisis integral de la información estadística en el ámbito de su competencia, en coordinación con las áreas competentes de la Jurisdicción.

12. Entender en los programas de cooperación que permitan la inserción y articulación a nivel nacional, regional e internacional de las acciones y políticas prioritarias cuestiones de género y violencia de género.

MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1. Dirigir el diseño e implementación de las políticas administrativas, presupuestarias y financieras de los distintos Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción.

2. Coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de los distintos Servicios Administrativos Financieros del Ministerio.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero, con excepción de los que por su especificidad sustantiva corresponden a la gestión de otras unidades programáticas.

4. Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos del Ministerio.

5. Entender en el despacho y la gestión documental del Ministerio.

6. Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y disciplinarios del Ministerio.

7. Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios, y demás adquisiciones efectuadas por los distintos Servicios Administrativos Financieros del Ministerio.

8. Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo de la Jurisdicción.

9. Intervenir en la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones, y de las actividades de auditoría y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo del Ministerio.

10. Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial, de infraestructura, mantenimiento, administración de bienes muebles e inmuebles y servicios del Ministerio.

11. Entender en la administración y coordinación de los sistemas y recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones del Ministerio.

12. Dirigir el diseño e implementación de las políticas de seguridad de la información, transparencia e integridad que se desarrollen en el ámbito de la Jurisdicción, de acuerdo a las previsiones que establezca la Autoridad de Aplicación en cada materia.

13. Dirigir el cumplimiento, por parte del Ministerio, de las previsiones establecidas en la Ley N° 27.275, actuando en representación del Ministerio ante la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA LEGAL

OBJETIVOS

1. Coordinar el servicio jurídico de la Jurisdicción, en lo que respecta a la emisión de opiniones y dictámenes jurídicos.

2. Dirigir la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL, en lo que es competencia del Ministerio, en los asuntos judiciales, prejudiciales y arbitrajes y en la contestación de los requerimientos del Poder Judicial.

3. Monitorear el accionar de las unidades organizativas con competencia en temas legales existentes en el ámbito de la Jurisdicción.

4. Asistir a la Secretaría en la intervención que le compete en materia de proyectos de leyes y de actos administrativos.

5. Supervisar la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de los convenios, acuerdos y demás instrumentos de carácter jurídico relativos a su competencia.

6. Asistir a la Secretaría en relación con los contratos de obras y servicios públicos de la Jurisdicción.

7. Coordinar el asesoramiento legal que brinde la Secretaría en todas aquellas materias que sean competencia de la Jurisdicción.

8. Intervenir en la tramitación de los sumarios administrativo-disciplinarios que se instruyan en el Ministerio.

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1. Asistir en el diseño de la política presupuestaria de los distintos Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

2. Colaborar con las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas de los distintos Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero, con excepción de aquellos procesos asignados a otras unidades orgánicas del Ministerio

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y los insumos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos en el Ministerio.

4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que presta servicio, así como la planificación de las actividades de administración general de los distintos Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción, con excepción de aquellas que por su especificidad sustantiva correspondan a la gestión de otras unidades programáticas.

5. Coordinar la aplicación de la política de administración del personal y de los recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones, de la política de seguridad de la información, así como la gestión de los espacios físicos del Ministerio.

6. Participar en la ejecución operativa de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo de la Jurisdicción, como así también de proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su competencia.

7. Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones, y de las actividades de auditoría y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su competencia.

MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

OBJETIVOS

1. Formular políticas integrales para la cohesión organizativa del sistema educativo y para la plena aplicación de la Ley Nacional de Educación y leyes concordantes en todos los niveles y modalidades.

2. Entender en la aplicación de normas generales relativas a la equivalencia de títulos y de estudios de validez de planes del conjunto de los niveles y modalidades del sistema educativo, con excepción de la formación docente, concertados en el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN.

3. Entender en la elaboración de políticas para fortalecer el carácter federal del sistema educativo, respetando las particularidades locales y promoviendo la articulación interjurisdiccional.

4. Entender, en el marco de su competencia, en la ejecución y evaluación de las políticas establecidas en el marco de las leyes educativas nacionales y los programas específicos, adaptándolos a las necesidades y contextos locales.

5. Entender en la aplicación de las Leyes de Educación Nacional N° 26.206 y N° 26.075 y sus modificaciones, de la Ley N° 26.150 -Programa Nacional de Educación Sexual Integral- y de las demás leyes educativas nacionales.

6. Entender en la identificación de requerimientos de actualización normativa que fortalezcan el funcionamiento del Sistema Educativo Nacional, alineándolas con las estrategias educativas establecidas.

7. Intervenir la gestión del Sistema Nacional de Información Educativa para la toma de decisiones basada en datos.

8. Intervenir en la asistencia técnica y financiera a los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en el ámbito de su competencia.

9. Entender en el diseño y administración de programas y proyectos educativos a nivel nacional, en colaboración con las jurisdicciones provinciales y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

10. Entender en la elaboración, en coordinación con las demás áreas con competencia específica de la Jurisdicción, en la elaboración de programas sociales, culturales y educativos para reducir las desigualdades sociales y los desequilibrios regionales, orientados hacia la equidad y calidad educativa.

11. Entender en la producción de contenidos educativos y asegurar su alineación con las políticas educativas nacionales.

12. Intervenir en la definición de pautas y estándares para la formación docente y en programas de capacitación y actualización profesional.

13. Intervenir en la definición de contenidos y criterios para la formación técnica y profesional, así como en la implementación de un sistema nacional de acreditación de competencias y saberes, los que serán acordados en el seno del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN.

14. Entender en la definición de lineamientos para la implementación de un sistema integral de información y evaluación educativa para mejorar la calidad y el desempeño del sistema educativo.

15. Promover el desarrollo y la integración de políticas universitarias que vinculen la educación superior con el modelo de desarrollo del país y las demandas del mercado laboral.

16. Entender en los programas de cooperación que permitan la inserción y articulación a nivel nacional, regional e internacional de las acciones y políticas prioritarias de la Secretaría.

17. Diseñar y proponer lineamientos de política educativa tendientes a la valoración y jerarquización de la tarea docente, como elementos centrales a la mejora de la enseñanza.

18. Supervisar el accionar del INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN DOCENTE y del INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA.

19. Ejercer el control tutelar de la FUNDACIÓN MIGUEL LILLO.

20. Diseñar y gestionar programas y proyectos de cooperación técnica y financiera nacional, regional e internacional en el campo educativo.

21. Gestionar la Comisión Nacional Argentina Cooperación con la UNESCO (CONAPLU).

22. Intervenir en la gestión de los fondos transferidos a las distintas Jurisdicciones en lo referido a la mejora de la calidad educativa.

23. Diseñar estrategias, dispositivos y programas que acompañen y enriquezcan las trayectorias educativas de los niños y jóvenes.

24. Entender en los procesos de diagnóstico, investigación y planificación de las políticas educativas a aplicarse en cada una de las jurisdicciones y en el ámbito nacional.

25. Entender en la dirección de los servicios de asistencia técnico-administrativa de la Secretaría General al Consejo Federal de Educación y a sus miembros.

26. Colaborar con la Secretaría General del Consejo Federal de Educación en la coordinación de las actividades concernientes a la implementación del Fondo Nacional de Incentivo Docente y al Programa de Compensación Salarial Docente, en el ámbito de su competencia.

27. Colaborar con la Secretaría General del Consejo Federal de Educación en lo relativo a las actividades, trabajos y estudios según lo establezcan la Asamblea Federal y el Comité Ejecutivo, y mantenerlos informados sobre el estado del trabajo en comisiones, en el marco de lo establecido en la Ley N° 26.206.

28. Intervenir en las tareas de apoyo legal, administrativo y financiero de la Secretaría, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y

ADMINISTRATIVA.

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS E INNOVACIÓN EDUCATIVA

OBJETIVOS

1. Asistir en el desarrollo de pautas y lineamientos para alcanzar el cumplimiento de los objetivos y metas de las leyes educativas nacionales para el conjunto de los niveles y modalidades del Sistema Educativo Nacional.

2. Brindar y coordinar, en el ámbito de su competencia, acciones de asistencia técnica y financiera a las provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en la ejecución de los planes de gobierno para el mejoramiento de la calidad de la educación obligatoria y sus modalidades.

3. Coordinar las propuestas relativas a la gestión institucional y curricular del conjunto de los niveles y modalidades del sistema educativo, excepto la formación docente, orientadas al cumplimiento de los objetivos y metas de las leyes educativas nacionales.

4. Generar propuestas para la mejora de la gestión de los sistemas educativos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de la organización de sus instituciones educativas.

5. Formular y promover lineamientos para la organización y cohesión del sistema educativo en lo referente a sus niveles y modalidades, orientados a la plena aplicación de la Ley Nacional de Educación y leyes concordantes.

6. Gestionar, en el marco de su competencia, la aplicación de normativas generales sobre equivalencia de títulos y planes de estudio a nivel nacional, en coordinación con el Consejo Federal de Educación.

7. Implementar acciones para el fortalecimiento del carácter federal del sistema educativo, respetando las particularidades locales en los diversos diseños de política educativa y promover la articulación entre las Jurisdicciones.

8. Proponer a la Secretaría la formulación y actualización normativa que procure el fortalecimiento del funcionamiento del Sistema Educativo Nacional, en concordancia con las políticas y estrategias educativas fijadas.

9. Participar en la gestión del Sistema Nacional de Información Educativa.

10. Asistir, en el ámbito de su competencia, en el diseño de programas y proyectos jurisdiccionales a nivel nacional en conjunto con las jurisdicciones provinciales y con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

11. Elaborar, en coordinación con las áreas con competencia, programas sociales, culturales y educativos dirigidos a superar las desigualdades sociales y los desequilibrios regionales, orientados hacia la equidad y calidad educativa.

12. Coordinar y supervisar las acciones referidas a la producción de contenidos educativos de la Secretaría.

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

SUBSECRETARÍA DE INFORMACIÓN Y EVALUACIÓN EDUCATIVA

OBJETIVOS

1. Consolidar y fortalecer un sistema de información y evaluación de componentes, procesos y resultados, como dispositivo que procure la generación de evidencia técnicamente sólida para la toma de decisiones referidas a la gestión del sistema educativo en cada una de las Jurisdicciones y en el nivel nacional, así como para la formulación de intervenciones públicas que impacten en el cumplimiento del derecho a una educación de calidad.

2. Organizar y coordinar la Red Federal de Información Educativa para desarrollar criterios metodológicos y procedimientos comunes en todo el país que permitan integrar en un sistema de información las principales variables educativas.

3. Implementar el Sistema Integral de Información Digital Educativa (SInIDE), con el fin de instituir un sistema unificado de información que consolide, para sus usuarios a nivel nacional, provincial y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, la información nominal de estudiantes y docentes con la de las instituciones educativas y estructure el almacenamiento y procesamiento de los datos bajo criterios de equivalencia.

4. Coordinar acciones transversales para brindar información actualizada, oportuna y relevante para la planificación, el seguimiento y el monitoreo de las líneas de trabajo sustantivas que se desarrollan en los distintos niveles y modalidades del sistema educativo.

5. Evaluar el desempeño del Sistema Educativo Nacional a través de la elaboración de instrumentos e indicadores y de sistemas de evaluación de la calidad educativa, como instrumentos estratégicos y de retroalimentación permanente, generando insumos para orientar las políticas públicas.

6. Desarrollar, implementar y supervisar el sistema de monitoreo y evaluación a través de la generación de metodologías cuantitativas y cualitativas que permitan relevar, sistematizar e interpretar información sustantiva sobre el sistema educativo.

7. Promover la innovación y la planificación en el Sistema Educativo Nacional en lo referente a sus niveles y modalidades.

8. Establecer los lineamientos relativos al planeamiento, desarrollo y seguimiento de las políticas educativas.

9. Planificar, coordinar y supervisar la aplicación y participación en pruebas nacionales e internacionales de evaluación, con el objetivo de aportar al diseño de las políticas públicas educativas.

10. Fortalecer los procesos de evaluación y autoevaluación, propiciando la transparencia, validez, confiabilidad y la comparabilidad de los resultados a partir del desarrollo de diversos instrumentos normativos, procesos de validación y asistencia técnica en la materia.

11. Coordinar la producción, sistematización y difusión de la información sobre educación en la REPÚBLICA ARGENTINA y producir información para acompañar la definición, implementación, monitoreo y evaluación de las políticas y programas educativos, conjuntamente con las áreas competentes de la Jurisdicción.

12. Impulsar la producción de conocimiento en el campo educativo generando un espacio de comunicación e intercambio con los decisores de política y equipos de gestión educativa en sus diversos niveles.

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS

OBJETIVOS

1. Promover el diseño e implementación de políticas para fortalecer las funciones universitarias y su vinculación con el modelo de desarrollo del país.

2. Entender, en el marco de su competencia, en la interpretación y la aplicación de las normas referidas a la educación superior, al reconocimiento oficial y validez nacional de estudios y títulos, al seguimiento y fiscalización de las instituciones universitarias privadas y a la convalidación de títulos expedidos por universidades de otros países.

3. Impulsar, en el ámbito de su competencia, políticas de formación de los profesionales, técnicos, investigadores y docentes que demanden los planes de desarrollo nacional y regional.

4. Fortalecer la articulación de acciones entre las universidades, la sociedad y el Estado.

5. Entender en la elaboración y evaluación de planes, programas y proyectos de desarrollo de la educación universitaria y promover la evolución y mejoramiento de la calidad de la enseñanza, la investigación y la extensión.

6. Establecer programas de cooperación con los organismos del Sistema Científico Tecnológico Nacional, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

7. Desarrollar políticas tendientes a fomentar actividades de investigación, desarrollo tecnológico y vinculación de las universidades con los sectores público y privado.

8. Promover y mantener relaciones institucionales entre los diferentes componentes del sistema de educación superior y con sectores vinculados -directa o indirectamente- con él.

9. Desarrollar políticas y estrategias para la articulación regional de las instituciones que forman parte de la educación universitaria y de éstas con la comunidad.

10. Diseñar estrategias de mejoramiento de las instituciones universitarias y de asignación y empleo de los recursos económico-financieros.

11. Participar en la elaboración de los contenidos de la formación técnica y profesional y los criterios para la implementación de un sistema nacional de acreditación de saberes, en lo que atañe a la educación superior, los que serán acordados por el Consejo Federal de Educación.

12. Promover la calidad de la formación tecnológica en los niveles de educación superior del Sistema Educativo Nacional, propiciando la adecuación permanente de la oferta educativa a las demandas sociales y productivas, a través de la coordinación y articulación federal con programas de apoyo, compensación y estímulo.

13. Ejercer el control tutelar de la COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA (CONEAU).

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE EDUCACIÓN

OBJETIVOS

1. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

2. Intervenir en el diseño de la política presupuestaria de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN y en la evaluación de su cumplimiento, y coordinar el diseño y aplicación de políticas administrativas y financieras de la Secretaría, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero; y coordinar las acciones que hacen al desarrollo de las tareas relacionadas con los aspectos económicos, financieros, contables, patrimoniales, de sistemas informáticos y de control de gestión de las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas y las unidades ejecutoras de préstamos de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

4. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas y las unidades ejecutoras de préstamos, efectuando los trámites administrativos necesarios para la gestión de los recursos humanos y la obtención de materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

5. Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos, informáticos y comunicaciones y entender en la administración de los espacios físicos de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

6. Supervisar la aplicación de los sistemas de computación de datos de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN.

7. Entender en la gestión documental de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

8. Coordinar el servicio jurídico de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

9. Entender en la instrucción de los sumarios administrativos disciplinarios de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

10. Coordinar las actividades prejudiciales tendientes al recupero de créditos a favor del TESORO NACIONAL en el ámbito de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

11. Coordinar la ejecución operativa de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria, financiera-contable, de adquisiciones y contrataciones y de las actividades de supervisión, control y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo, como así también de proyectos de participación público-privada, de competencia de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO

SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

OBJETIVOS

1. Asistir al Ministro en lo relativo a las relaciones y condiciones individuales y colectivas de trabajo, al régimen legal de las negociaciones colectivas y de las asociaciones profesionales de trabajadores y empleadores, al empleo, a la capacitación laboral y a la seguridad social.

2. Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el Ministro

3. Entender en el diseño de la política laboral nacional y en la formulación de políticas de la inspección del trabajo, destinadas a la eliminación del empleo no registrado y de las demás distorsiones que el incumplimiento de la normativa laboral y de la seguridad social provoquen.

4. Entender en la formulación y ejecución de los sistemas de prestaciones y subsidios para casos de interrupciones ocupacionales.

5. Asistir al Ministro en lo relativo a la aprobación de los convenios de corresponsabilidad gremial suscriptos entre organismos competentes y asociaciones gremiales de trabajadores y de empresarios.

6. Intervenir en la aplicación de las normas de derecho internacional público y privado del trabajo, como así también en la elaboración de las mismas y en los aspectos laborales de los procesos de integración y coordinar las acciones en materia de trabajo, empleo y capacitación laboral con los organismos internacionales.

7. Intervenir en la elaboración de estadísticas, estudios y encuestas que proporcionen un mejor conocimiento de la problemática del trabajo, del empleo, de la capacitación laboral, los ingresos y la seguridad social.

8. Ejercer el control tutelar de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.).

9. Intervenir en la determinación de los objetivos y políticas de la seguridad social y en la elaboración, ejecución y fiscalización de programas y regímenes integrados de seguridad social.

10. Asistir al Ministro en relación a la aprobación de los convenios entre los organismos competentes de la seguridad social y asociaciones sindicales de trabajadores y de empleadores.

11. Impulsar la armonización y coordinación del Sistema Previsional con los regímenes provinciales, municipales, de profesionales y de estados extranjeros, así como en la supervisión de los sistemas de complementación previsional cualquiera fuera la normativa de creación.

12. Ejercer las funciones que la autoridad central asignan los Convenios N° 81 y 129 de la Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.), sus recomendaciones complementarias y aquellas otras que contribuyan al mejor desempeño de los servicios, velando por su cumplimiento por parte de las distintas Jurisdicciones.

13. Participar en la elaboración de la política salarial del sector privado y en el Consejo Nacional del Empleo, de la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil.

14. Intervenir en la fijación de los salarios del Sector Público Nacional, así como en la gestión de las negociaciones colectivas de ese sector.

15. Ejercer la Secretaría Permanente del Consejo Federal del Trabajo.

16. Intervenir y entender en el tratamiento de los Procedimientos Preventivos de Crisis de Empresas.

17. Entender en la articulación de acciones con los Estados Provinciales y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES para el cumplimiento de la política laboral nacional, en el marco de los convenios suscriptos con éstos.

18. Coordinar, en el ámbito de su competencia, la realización de todas las acciones que el Ministerio decida ejecutar en los Estados Provinciales y en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, brindándoles el apoyo administrativo y de servicios necesarios a través de las unidades organizacionales distribuidas en el territorio nacional, procurando y administrando los recursos respectivos.

19. Entender en la gestión de los planes y programas destinados al sostenimiento de los puestos de trabajo y al fortalecimiento de empresas y sectores privados en situación de crisis, tal como el Programa de Recuperación Productiva.

20. Ejercer las funciones propias de la autoridad de aplicación del Sistema Integral de Inspección del Trabajo y de la Seguridad Social (SIDITYSS), creado por la Ley N° 25.877, destinado al control y fiscalización de las normas del trabajo y de la seguridad social en todo el territorio nacional.

21. Entender en la asistencia y coordinación de ámbitos técnicos multisectoriales con sectores empresarios y organizaciones del sector privado, para debatir y consensuar líneas de acción conjunta y programas específicos que promuevan políticas de Responsabilidad Social y difundan, en este marco, la cultura del Trabajo Decente.

22. Asistir al Ministro en la formulación, diseño, implementación, monitoreo y seguimiento de políticas, planes, programas y acciones para la promoción y el sostenimiento del empleo, la capacitación laboral permanente y el mejoramiento en las condiciones de empleo y de empleabilidad de los desocupados y sub-ocupados con énfasis en la articulación con provincias y municipios.

23. Entender en lo concerniente a la Red de Servicios de Empleo a fin de posibilitar la inserción de los desocupados y entre ellos los destinatarios de planes sociales, en el empleo privado y/o en procesos de terminalidad educativa y formación profesional.

24. Entender en la formulación, administración y ejecución de los programas dirigidos a la asignación de recursos financieros para la creación y desarrollo de microempresas, promocionar la constitución de formas asociativas y redes productivas y comerciales entre pequeños productores y propiciar la capacitación del sector microempresarial.

25. Entender en el diseño, implementación y administración de un registro nacional de normas de competencia, de evaluadores de las competencias de trabajadores y de certificación de competencias de trabajadores.

26. Entender en lo concerniente al Sistema Único de Registro Laboral.

27. Entender en la realización de los Consejos Sectoriales, aumentando su realización y facilitando el cumplimiento, en la medida de lo posible, de sus conclusiones.

28. Participar en el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, formulando recomendaciones para la elaboración de políticas y programas de empleo.

29. Administrar y gestionar los recursos del Fondo Nacional del Empleo en el ámbito de su competencia.

30. Entender en los programas de cooperación que permitan la inserción y articulación a nivel nacional, regional e internacional de las acciones y políticas prioritarias en materia de trabajo, empleo y seguridad social.

31. Intervenir en las tareas de apoyo legal, administrativo y financiero de la Secretaría, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES DEL TRABAJO

OBJETIVOS

1. Participar en el diseño de la política laboral nacional, y de planes y programas tendientes a asegurar los derechos de los trabajadores.

2. Participar en la preparación, revisión, promoción, gestión y control de cumplimiento de las normas relativas al régimen de contrato de trabajo y otras de protección del trabajo, a las asociaciones profesionales de trabajadores y de empleadores, a las negociaciones y convenciones colectivas, al tratamiento de los conflictos individuales y colectivos de trabajo, al poder de policía del trabajo, a regímenes especiales de trabajo, a la salud y seguridad en el trabajo.

3. Asistir a la Secretaría en la formulación de políticas de la inspección del trabajo, destinadas a la eliminación del empleo no registrado y las demás distorsiones que el incumplimiento de la normativa laboral y de la seguridad social provoquen.

4. Intervenir en la promoción, regulación y fiscalización del cumplimiento de la igualdad de oportunidades y de trato en el acceso al empleo y en el trabajo, así como en la protección de la maternidad, la eliminación del trabajo forzoso, la violencia laboral y del trabajo infantil.

5. Intervenir en las situaciones en que la conflictividad laboral colectiva adquiera particular relevancia, asumiendo en forma directa roles de mediación entre las partes.

6. Presidir las deliberaciones de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario, asumiendo la representación de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en su seno, de conformidad con la Ley N° 22.248.

7. Participar en el ejercicio de las competencias del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO en todo el país y articular con los Estados Provinciales y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES el cumplimiento de la política laboral nacional, en el marco de los convenios suscriptos con éstos.

8. Asistir a la Secretaría en la gestión de los planes y programas destinados al sostenimiento de los puestos de trabajo y al fortalecimiento de empresas y sectores privados en situación de crisis.

9. Coordinar, con los organismos públicos nacionales con competencia en la materia y con las distintas Jurisdicciones, las acciones tendientes a verificar el cumplimiento de la normativa laboral y de la seguridad social en todo el territorio nacional, formulando recomendaciones y elaborando planes de mejoramiento.

10. Asistir a la Secretaría en el ejercicio de las funciones que a la autoridad central asignan los Convenios Nros. 81 y 129 de la ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO (O.I.T.), sus recomendaciones complementarias y aquellas otras que contribuyan al mejor desempeño de los servicios, velando por su cumplimiento por parte de las distintas Jurisdicciones.

11. Promover, con miras a la detección del trabajo no registrado, la participación coordinada y la colaboración de las Entidades representativas de los trabajadores y los empleadores.

12. Realizar, coordinar y ejecutar el seguimiento y control de los planes nacionales de fiscalización u otros instrumentados en general, gestionando los recursos y el personal afectados a tal fin.

13. Incorporar los planes de fiscalización a un sistema de emisión, seguimiento y rendición con el fin de generar una herramienta de ágil de gestión para contar con información temprana y oportuna en el cumplimiento de los objetivos de la Secretaría.

14. Participar de la Comisión Tripartita de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Varones y Mujeres en el Mundo Laboral, en representación de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

15. Promover el diseño e implementación de políticas, planes y programas vinculados con la generación de condiciones de trabajo decente para los teletrabajadores.

16. Gestionar el funcionamiento del Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (SECLO).

17. Coordinar y asegurar el adecuado funcionamiento del servicio de asesoramiento y patrocinio jurídico gratuito para los trabajadores del sector privado, en el marco del PROGRAMA ASISTIR.

18. Gestionar la ejecución del PROGRAMA DE RECUPERACIÓN PRODUCTIVA (REPRO).

19. Coordinar las acciones del CONSEJO FEDERAL DEL TRABAJO, creado por el Anexo l del Pacto Federal del Trabajo, ratificado por la Ley N° 25.212 y sus normas modificatorias y complementarias, asistiendo al Secretario de Trabajo, Empleo y Seguridad Social en su calidad de Secretario Permanente del mismo.

SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE EMPLEO Y FORMACIÓN LABORAL

OBJETIVOS

1. Promover la ejecución de los planes, programas y proyectos del área de su competencia conforme las directivas que imparta la Secretaría.

2. Participar en la formulación, diseño, implementación, monitoreo y seguimiento de políticas, planes, programas y acciones para la promoción y el sostenimiento del empleo, la capacitación laboral permanente y el mejoramiento en las condiciones de empleo y de empleabilidad de los desocupados y sub-ocupados.

3. Proponer estudios e investigaciones sobre la vinculación de ocupación, desarrollo económico, producción y tecnología y los requerimientos de capacitación laboral permanente y formación profesional.

4. Facilitar la inserción de las personas con discapacidad en relaciones de trabajo decentes, mediante la ejecución de programas especiales orientados a mejorar sus oportunidades ocupacionales y eliminar los condicionamientos sociales que impiden su integración.

5. Monitorear, en el ámbito de su competencia, los programas y acciones a ejecutar por parte de las unidades orgánicas de la Secretaría.

6. Participar en la ejecución de las acciones con los organismos internacionales de crédito, destinadas a financiar planes, programas y proyectos relacionados con las reformas del mercado de trabajo y los programas de empleo, capacitación y formación profesional.

7. Promover acciones de articulación entre la actividad económica y las políticas de empleo que favorezcan al sector social de la economía y contribuyan al desarrollo local mediante la creación de puestos estables de trabajo.

8. Proponer e instrumentar una red educativa y de formación profesional de calidad, que dé respuesta a la demanda de calificaciones de los empleadores, mejorando de ese modo la empleabilidad de los desocupados y destinatarios de planes sociales.

9. Promover sistemas de gestión y de información dentro del Ministerio que permita instrumentar el control y seguimiento de las rendiciones de cuenta de las transferencias y programas de empleo que se ejecuten bajo la competencia de la Secretaría.

10. Promover el diseño, elaboración y difusión de tutoriales, guías, protocolos, manuales, cursos on-line, acerca de la capacitación permanente, la formación profesional y la terminalidad educativa.

11. Promover la colaboración público-privada y la participación tripartita en todas las áreas de competencia de la Secretaría.

12. Evaluar los planes, programas y acciones de la Secretaría, en término de impactos y resultados de sus objetivos de diseño e implementación.

13. Representar a la Secretaría en el Comité Técnico de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD y ante el Comité Coordinador de Programas para Personas con Discapacidad.

14. Evaluar el Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo, y diseñar las mejoras necesarias a fin de lograr eficiencia y eficacia de las prestaciones y su articulación con las demás políticas, programas y acciones que lleva a cabo la Secretaría.

15. Generar un Observatorio de Demandas de Empleo correspondiente con criterio regional, provincial, urbano y rural, estacional, transitorio y permanente.

16. Asistir al Secretario en su participación en el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, formulando recomendaciones para la elaboración de políticas y programas de capacitación laboral.

17. Gestionar el PROGRAMA DE INCLUSIÓN LABORAL, creado por el Decreto N° 565/23.

SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL

OBJETIVOS

1. Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia conforme las directivas de la Secretaría.

2. Intervenir, en el marco de su competencia, en la elaboración, ejecución y evaluación de las políticas institucionales, jurídicas, legislativas de organización y gestión de la seguridad social y en la creación, ordenamiento y fiscalización de los regímenes de la seguridad social.

3. Entender en la formulación, control, coordinación y supervisión de la programación económica, financiera y presupuestaria de la seguridad social, como también en el diseño, desarrollo y mantenimiento del sistema estadístico de la seguridad social y sus indicadores, valorando el impacto presupuestario de los proyectos que tengan incidencia en los recursos o gastos del sistema de la seguridad social.

4. Participar en la elaboración y ejecución de los programas integrados de seguridad social en cuanto a jubilaciones y pensiones, riesgos del trabajo, asignaciones familiares y seguro por desempleo que tiendan a proteger a la población de toda contingencia de carácter social, cualquiera sea su forma de organización y gestión.

5. Entender en el funcionamiento del CONSEJO NACIONAL DE PREVISIÓN SOCIAL, previsto en la Ley N° 17.575, representando a la Secretaría.

6. Entender en el dictado, con carácter general, de normas aclaratorias y de aplicación de las leyes nacionales de seguridad social obligatorias para los organismos de gestión de su Jurisdicción.

7. Ejercer el control de gestión de las actividades atinentes a las prestaciones de la seguridad social y regímenes de riesgos del trabajo, evaluar su desarrollo y resultados; y efectuar o promover las correcciones pertinentes.

8. Ejercer el control tutelar de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).

9. Intervenir en la coordinación y armonización del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones con los regímenes provinciales, municipales y de profesionales y sistemas de complementación previsional, así como los correspondientes a Estados extranjeros.

10. Promover un programa permanente de reformas que tengan por objetivo establecer un Sistema de Seguridad Social coordinado entre sus distintos regímenes.

11. Representar a la Secretaría en los Organismos Internacionales en la materia de su competencia.

12. Colaborar en lo relativo a la aprobación de los Convenios de Corresponsabilidad Gremial formalizados entre los organismos competentes de la seguridad social y las asociaciones sindicales de trabajadores y empleadores.

SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

OBJETIVOS

1. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

2. Intervenir en el diseño de la política presupuestaria de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y en la evaluación de su cumplimiento, y coordinar el diseño y aplicación de políticas administrativas y financieras de la Secretaría, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero; y coordinar las acciones que hacen al desarrollo de las tareas relacionadas con los aspectos económicos, financieros, contables, patrimoniales, de sistemas informáticos y de control de gestión de las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas y las unidades ejecutoras de préstamos de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

4. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas y las unidades ejecutoras de préstamos, efectuando los trámites administrativos necesarios para la gestión de los recursos humanos y la obtención de materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

5. Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos, informáticos y comunicaciones y entender en la administración de los espacios físicos de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

6. Supervisar la aplicación de los sistemas de computación de datos de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

7. Entender en la gestión documental de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

8. Coordinar el servicio jurídico de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

9. Entender en la instrucción de los sumarios administrativos disciplinarios de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

10. Coordinar las actividades prejudiciales tendientes al recupero de créditos a favor del TESORO NACIONAL en el ámbito de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

11. Coordinar la ejecución operativa de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria, financiera-contable, de adquisiciones y contrataciones y de las actividades de supervisión, control y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo, como así también de proyectos de participación público-privada, de competencia de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO

SECRETARÍA DE CULTURA

OBJETIVOS

1. Entender en la formulación y ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos de la Jurisdicción destinados a estimular y favorecer a las culturas en todas sus formas.

2. Dirigir el diseño de las políticas de participación institucional que promuevan el desarrollo de las identidades culturales de la Nación.

3. Asistir al Ministro en la implementación de planes y programas de difusión y desarrollo de los hechos culturales nacionales, tanto en el interior como el exterior del país, como así también de las actividades económicas asociadas a las industrias culturales.

4. Asistir al Ministro en la planificación de políticas de financiamiento de la actividad cultural junto con el sector privado y organizaciones de la sociedad civil, en coordinación con las áreas competentes de la Jurisdicción.

5. Diseñar y gestionar políticas y acciones para la conservación, resguardo y acrecentamiento del Patrimonio Cultural de la Nación.

6. Ejecutar políticas de integración e intercambio cultural entre las jurisdicciones del país y hacia el exterior mediante la formulación y celebración de convenios nacionales e internacionales, dentro de su competencia y participar en convenios nacionales e internacionales, leyes y reglamentos generales para propiciar la ampliación de derechos referidos a la materia.

7. Asistir al Ministro en la promoción de la producción e intercambio del conocimiento científico en temas relacionados con las industrias culturales, la generación de empleo sectorial y los servicios vinculados.

8. Asistir al Ministro en el ejercicio del control tutelar de la BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO, de la CINEMATECA Y ARCHIVO DE LA IMAGEN NACIONAL, del INSTITUTO NACIONAL “JUAN D. PERÓN” DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES HISTÓRICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS y del BALLET NACIONAL.

9. Ejercer el control tutelar del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, del TEATRO NACIONAL CERVANTES y del INSTITUTO NACIONAL del TEATRO.

10. Asistir al Ministro, en el ámbito de su competencia, en la promoción, organización y participación de exposiciones, ferias, concursos, producciones audiovisuales, espectáculos y muestras donde se difundan producciones nacionales e internacionales, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

11. Desarrollar contenidos relacionados con las culturas en todas sus formas, procurando llegar a público de todas las edades, en todo el país y con criterios inclusivos, de diversidad social, de género, religiosos y étnicos.

12. Instrumentar, en el ámbito de su competencia, la realización de actividades de producción y emisión de contenidos educativos destinados a fortalecer y complementar las estrategias nacionales de equidad y mejoramiento de la calidad de la educación, en coordinación con las áreas y organismos competentes.

13. Asistir al Ministro en la ejecución de políticas públicas tendientes a reconocer y fortalecer la diversidad cultural, integrar las diferentes expresiones que conforman la identidad nacional, y ampliar la participación y organización popular garantizando el acceso igualitario a bienes y medios de producción cultural.

14. Entender en los programas de cooperación que permitan la inserción y articulación a nivel nacional, regional e internacional de las acciones y políticas prioritarias en materia de cultura.

15. Supervisar el accionar de la COMISIÓN NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES y de la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS.

16. Participar, en el marco de su competencia, en el desarrollo y promoción de contenidos y programas vinculados a la capacitación y formación en gestión cultural.

SECRETARÍA DE CULTURA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y DESARROLLO CULTURAL

OBJETIVOS

1. Dirigir el diseño de políticas públicas destinadas a estimular y favorecer el desarrollo cultural y creativo de la REPÚBLICA ARGENTINA, generando innovación en este campo.

2. Articular, en el ámbito de su competencia, con el sector público y privado, nacional e internacional, acuerdos que permitan implementar nuevos desarrollos tecnológicos innovadores que potencien las disciplinas de la cultura argentina.

3. Diseñar, coordinar y gestionar políticas y acciones destinadas a la generación y desarrollo de industrias vinculadas a la cultura y creatividad, tendientes a impulsar la creación de puestos de trabajo en el sector y proteger su desarrollo, perfeccionamiento y difusión.

4. Supervisar el accionar del CENTRO CULTURAL DEL BICENTENARIO “PRESIDENTE DR. NÉSTOR CARLOS KIRCHNER” y del PARQUE TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA, CULTURA Y ARTE.

5. Articular la política cultural entre los niveles de gobierno nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal.

6. Desarrollar políticas de cooperación cultural con las provincias y la CIUDAD AUTONÓMA DE BUENOS AIRES, a través del CONSEJO FEDERAL DE CULTURA, como así también con otros Estados y organismos internacionales, en coordinación con las Jurisdicciones y Entidades competentes.

7. Entender en la planificación de políticas de financiamiento de la actividad cultural junto con el sector privado y organizaciones de la sociedad civil.

8. Promover la cultura nacional a través de actividades que la impulsen en el exterior, en coordinación con los organismos competentes.

9. Planificar y desarrollar planes de asistencia técnica, artística o económica a eventos, programas, festivales y/o cualquier otra actividad cultural provincial y/o municipal que sea considerada estratégica para la Secretaría, en coordinación con las áreas con competencia de la Jurisdicción.

10. Diseñar, coordinar y gestionar políticas de integración y cooperación internacional, para la promoción de las culturas, el intercambio de conocimientos y experiencias y el desarrollo conjunto de acciones afines, en coordinación con los organismos competentes.

11. Participar en la promoción y desarrollo de espacios de participación abierta de acceso a las expresiones culturales, tecnológicas, científicas, educativas y artísticas.

SECRETARÍA DE CULTURA

SUBSECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL

OBJETIVOS

1. Impulsar la ejecución de las políticas y acciones para la conservación, resguardo y acrecentamiento del Patrimonio Cultural de la Nación.

2. Fomentar la divulgación del Patrimonio Cultural de la Nación y su acceso a través de la multiplicidad de vías existentes.

3. Asistir a la Secretaría en la coordinación de las acciones de los organismos de su dependencia, a cargo de la conservación y resguardo del patrimonio artístico y cultural de la Nación.

4. Proponer y gestionar estrategias para la investigación del Patrimonio Cultural de la Nación y coordinar su instrumentación.

5. Analizar y proponer a la Secretaría, en el marco de su competencia, proyectos normativos relativos a museos e institutos de investigación, como así también a los procesos vinculados al patrimonio cultural, a la incorporación de nuevos bienes.

6. Diseñar y proponer políticas públicas que propicien nuevos criterios museológicos a partir de la implementación de estrategias innovadoras y la gestión eficiente de los bienes y sitios culturales.

SECRETARÍA DE CULTURA

SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN CULTURAL Y ARTÍSTICA

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la promoción de la cultura nacional a través de actividades que la impulsen en todos los ámbitos.

2. Asistir a la Secretaría en la coordinación de las acciones de los organismos dependientes encargados de la difusión, docencia, experimentación e investigación en materia cultural.

3. Entender en la planificación y ejecución de políticas públicas destinadas al reconocimiento y fortalecimiento de la diversidad cultural en todas sus formas, así como a favorecer la integración y acceso de todos los sectores en la producción y consumo de bienes y servicios culturales.

4. Entender en los programas de formación artística a ser impulsados por la Secretaría.

5. Promover e impulsar acciones conducentes a generar un marco de pleno ejercicio de los derechos culturales en la REPÚBLICA ARGENTINA, fomentando la pluralidad de expresiones culturales y respetando la diversidad cultural de las comunidades y pueblos.

6. Entender en la promoción, difusión y apoyo a las actividades musicales y coreográficas de los cuerpos artísticos de la Secretaría, generando la proyección nacional e internacional de la música y la danza como componentes fundamentales de la cultura argentina.

7. Supervisar el desarrollo y promoción de contenidos y programas vinculados a la capacitación y formación en gestión cultural, así como también con la labor artística, en el marco de su competencia.

MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO

SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

OBJETIVOS

1. Ejercer las competencias para la protección integral de la niñez y adolescencia, conforme a la Ley N° 26.061.

2. Coordinar, orientar, implementar y supervisar planes y programas de carácter nacional y federal para la niñez, la adolescencia y la familia, y políticas públicas orientadas a la promoción y protección integral de niños y adolescentes.

3. Promover, planificar y ejecutar acciones destinadas a fortalecer los derechos de los adultos mayores, propendiendo su inserción en la familia y en la comunidad.

4. Articular las políticas dirigidas a los adultos mayores desde una perspectiva de integralidad, que considere a los adultos mayores, sus núcleos familiares, sus organizaciones y comunidad, como sujetos de políticas públicas.

5. Desarrollar acciones orientadas al diseño, implementación y monitoreo de políticas, programas o dispositivos de intervención dirigidos a adolescentes.

6. Asistir al Ministro en la formulación de las políticas sociales destinadas a las familias y en el diseño, ejecución, coordinación, monitoreo y evaluación de programas de promoción, protección y desarrollo de las familias, y en las tendientes al cumplimiento de los tratados internacionales incorporados en el artículo 75, inciso 22 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, en el ámbito de su competencia.

7. Entender en el diseño de políticas de asistencia social a la población en situaciones de emergencias que se produzcan en el territorio nacional.

8. Entender en el diseño y ejecución de proyectos intersectoriales, interjurisdiccionales e interdisciplinarios, relativos a la ejecución de las políticas post emergencia, en el ámbito de su competencia.

9. Entender en la definición e implementación de las políticas y acciones destinadas a brindar asistencia directa frente a situaciones de riesgo y/o vulnerabilidad social.

10. Entender en la asignación y control de subsidios tendientes a resolver problemas de salud en situaciones de emergencia y necesidad, no cubiertos o no previstos por los sistemas vigentes.

11. Entender en la vinculación con entidades privadas y de la sociedad civil que se encuentren desarrollando iniciativas de inversión con impacto social.

12. Entender en la definición de políticas sociales integrales de ayuda social a individuos, o pequeños grupos poblacionales, en situación de riesgo inmediato o vulnerabilidad social, coordinando y articulando sus acciones y recomendaciones con las restantes áreas del Ministerio con competencia en la materia.

13. Intervenir en el diseño e implementación de políticas de comunicación para el área social, que procuren brindar la mayor y mejor difusión posible a las acciones desarrolladas por el Ministerio en el cumplimiento de los objetivos de las políticas sociales implementadas, fortaleciendo el desarrollo de las capacidades de grupos y actores comunitarios desde lo comunicacional para el mejor logro de sus propósitos, en coordinación con las áreas competentes de la Jurisdicción.

14. Intervenir en el control del funcionamiento de los depósitos que dependan del Ministerio, articulando acciones con las áreas pertinentes designadas al efecto.

15. Entender en el diseño de los lineamientos necesarios para la disposición de donaciones y productos de Aduana.

16. Entender en el diseño e implementación de políticas sociales de inclusión e integración social, promoviendo los valores de solidaridad, justicia social, memoria, e identidad nacional, fortaleciendo su reconocimiento en la sociedad como sujetos activos de derechos.

17. Entender en el diseño de las políticas sociales de fortalecimiento institucional de las organizaciones de la sociedad civil con el objeto de impulsar la inclusión e integración social.

18. Fortalecer la participación ciudadana, propiciando condiciones favorables para impulsar el trabajo de las organizaciones sociales en acciones de inclusión social comunitaria.

19. Entender en la generación de mejores condiciones de participación de las organizaciones de la sociedad civil en la gestión de políticas públicas a través de la creación y mantenimiento de espacios institucionales de articulación intersectorial.

20. Promover el voluntariado social como instrumento de la participación solidaria de los ciudadanos en el seno de la comunidad.

21. Entender en la implementación de políticas sociales de inclusión social y socio productiva.

22. Abordar de manera integral la situación de hogares en condición de extrema vulnerabilidad social, brindando herramientas que les permitan alcanzar su autonomía y procurando maximizar las estrategias de intervención para alcanzar la inclusión real y favorecer la igualdad de oportunidades.

23. Diseñar e implementar políticas sociales de seguridad alimentaria destinadas a la población en situación de vulnerabilidad social.

24. Entender en el diseño de las políticas de gestión de los Centros de Referencia, su articulación con otras áreas del Ministerio y con los distintos organismos nacionales, provinciales y municipales con competencia en la materia.

25. Entender en el diseño de los planes de acción para integrar los esfuerzos de los Centros de Referencia a fin de afianzar la institucionalidad en el territorio nacional.

26. Dirigir el análisis de las realidades territoriales, estableciendo prioridades de relevamiento de necesidades y diseñando las acciones a fin de posibilitar su cumplimiento.

27. Entender en el diseño de políticas sociales que promuevan el desarrollo humano desde la integración local y regional, revalorizando el territorio y las economías regionales.

28. Asistir al Ministro en la promoción de la participación de los distintos actores locales para la propuesta y desarrollo de proyectos sociales integrales de desarrollo humano y su integración en redes comunitarias de referencia.

29. Entender en el diseño, articulación, implementación y evaluación de políticas para la innovación de la economía social y solidaria promoviendo el desarrollo integral de los actores sociales, afianzando y privilegiando el respeto a las identidades culturales regionales, étnicas, sentimientos de pertenencia, y perspectiva de inclusión y género, en los términos de la Ley N° 26.117 y su Decreto Reglamentario N° 1305/06.

30. Participar en el diseño, implementación y promoción de políticas sociales y marcos regulatorios, en materia de innovación de la economía social y solidaria, que fomenten la inclusión social a través del trabajo, mediante la generación de mecanismos de producción para el auto sustento, la recuperación de capacidades y mejora de la calidad de vida de las personas.

31. Intervenir en el diseño e implementación de las acciones de política social tendientes a brindar marcos regulatorios en la materia que fomenten la generación de nuevas oportunidades de empleo y comercialización de los productos de los diversos actores de la economía social y solidaria, promoviendo su innovación y la generación de espacios de intercambio comercial que consoliden cadenas de comercialización y fortalezcan el desarrollo de sus mercados específicos.

32. Entender en el desarrollo de los lineamientos vinculados al relevamiento, identificación, asistencia y acompañamiento a los diferentes actores y emprendedores que participan en los procesos vinculados a la economía social y solidaria, promoviendo la articulación con las diferentes áreas competentes.

33. Promover las distintas modalidades de economía social y solidaria destinadas a generar innovación en las actividades productivas y de servicios y la adopción de la "MARCA COLECTIVA” como herramienta de desarrollo integral, y la canalización prioritaria de las compras del ESTADO NACIONAL hacia la adquisición de productos generados por los efectores de la economía social y solidaria, de conformidad con la normativa vigente.

34. Intervenir en el diseño de estrategias orientadas a contribuir a la inserción laboral calificada de las personas, procurando la disponibilidad de opciones de capacitación en oficios y terminalidad educativa, en los niveles primario y secundario, como motor principal de la equidad social, la redistribución del ingreso y la construcción de la ciudadanía, en coordinación con otras áreas competentes del ESTADO NACIONAL.

35. Diseñar mecanismos de facilitación del establecimiento de emprendimientos productivos y de servicios, familiares y comunitarios, que contemplen el acceso a materias primas, insumos, maquinarias, herramientas, adecuación de instalaciones físicas o apoyo en materiales para infraestructura básica del emprendimiento, en el ámbito de su competencia.

36. Supervisar el accionar de la COMISIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN DEL PROGRAMA DE PROMOCIÓN DEL MICROCRÉDITO PARA EL DESARROLLO DE LA ECONOMÍA SOCIAL, colaborando y fomentando líneas de promoción del microcrédito destinadas a los emprendimientos de los grupos con menores recursos económicos.

37. Asistir al Secretario en el diseño e implementación de acciones de relevamiento, sistematización y análisis de estudios que aporten información de carácter prospectivo estratégico para la consecución de los objetivos de la Secretaría, coordinado con las áreas competentes de la Jurisdicción.

38. Asistir al Ministro en el ejercicio del control tutelar del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES). (Objetivo sustituido por art. 5° del Decreto N° 293/2024 B.O. 8/4/2024.)

39. Intervenir en las tareas de apoyo legal, administrativo y financiero de la Secretaría, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS FAMILIARES

OBJETIVOS

1. Coordinar y supervisar políticas y programas de carácter nacional que tengan como finalidad la promoción, protección y restitución de los derechos de niños y adolescentes, así como las acciones preventivas y socio-educativas relacionadas con personas menores de edad que hayan infringido la legislación penal.

2. Propiciar acciones de promoción y defensa de los derechos de niños y adolescentes y sus familias, con énfasis en el reconocimiento de las personas menores de edad como sujetos activos de derechos, fomento de su activa participación y ejercicio del derecho a ser escuchados.

3. Asistir en el desarrollo de acciones de promoción, fortalecimiento y asistencia a la familia, como el ámbito más adecuado para la crianza, el cuidado, el desarrollo y la educación de los niños y adolescentes o, en su caso, a los miembros de la familia ampliada o de la comunidad.

4. Asistir en la promoción de políticas que tiendan al adecuado desarrollo psicológico, afectivo, social e intelectual de niños y adolescentes.

5. Proponer la actualización de políticas y prácticas hacia la protección de derechos amenazados o vulnerados, protegiendo los ámbitos familiares de origen y eludiendo las separaciones injustificadas de los niños y adolescentes de los mismos y sus comunidades.

6. Entender en la provisión de cuidados alternativos transitorios, respetuosos de los derechos de los niños y adolescentes provisionalmente privados de crianza parental, privilegiando los cuidados en ámbitos familiares y limitando la protección en establecimientos institucionales para situaciones excepcionales que así lo justifiquen.

7. Asistir a la Secretaría en la definición y/o redefinición e implementación de programas o dispositivos de intervención en relación con adolescentes infractores de la ley penal, respetuosos de los derechos de los jóvenes y con un sentido socio-educativo y de fortalecimiento de la ciudadanía.

8. Diseñar e implementar mecanismos de fortalecimiento de la participación transversal de las Entidades gubernamentales y no gubernamentales para la inclusión social de la infancia y la adolescencia.

9. Coordinar circuitos de asistencia en instituciones y programas de atención integral a niños y adolescentes.

10. Contribuir al diseño, monitoreo, asistencia técnica y capacitación en relación con políticas y programas de asistencia a grupos infanto-juveniles vulnerables.

11. Promover políticas públicas que propendan al desarrollo integral de niños de CUARENTA Y CINCO (45) días a CUATRO (4) años de edad en situación de vulnerabilidad social, en pos de favorecer la promoción y protección de sus derechos.

12. Asistir en la implementación del Plan Nacional de Primera Infancia para la apertura y en el fortalecimiento de Espacios de Primera Infancia.

13. Desarrollar acciones que promuevan una adecuada nutrición para niños en su primera infancia.

14. Impulsar políticas activas de promoción y de defensa de los derechos de los niños y fortalecer su rol social como sujetos de derecho.

15. Diseñar e implementar mecanismos de fortalecimiento de la participación y compromiso de Entidades gubernamentales y no gubernamentales en el ámbito de la inclusión social de la primera infancia.

16. Coordinar la transferencia de fondos correspondientes al financiamiento de las políticas públicas destinadas a la primera infancia a los estados provinciales, a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a los municipios o a organizaciones de la sociedad civil.

17. Contribuir al diseño, monitoreo, asistencia técnica y capacitación en relación con políticas y programas de asistencia en la primera infancia implementados por organismos gubernamentales y no gubernamentales.

18. Colaborar con el funcionamiento del CONSEJO FEDERAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA y trabajar coordinadamente con el organismo para articular políticas públicas integrales.

19. Planificar, implementar y evaluar las políticas orientadas al desarrollo, fortalecimiento, protección y acompañamiento de las familias, con enfoque federal y de derechos, considerando la transversalidad de las perspectivas de discapacidad, géneros, diversidad y las que surjan del intercambio con organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, grupos comunitarios y unidades familiares en ocasión de la elaboración participativa de dichas políticas.

20. Intervenir en el diseño, desarrollo y evaluación de planes, programas, acciones y medidas tendientes a la reducción de vulnerabilidades e inequidades que enfrentan las familias.

21. Proponer y promover acciones de fortalecimiento de los vínculos de las familias con la comunidad, a través de la articulación, apoyo e implementación de estrategias que faciliten su integración y desarrollo en espacios deportivos, culturales, ambientales, artísticos, tecnológicos, productivos y otros orientados a la construcción de entramados diversos de participación activa y organización interfamiliar-comunitaria, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia específica y con los gobiernos locales.

22. Desarrollar unidades de fortalecimiento, promoción, participación e integración territorial destinadas a las familias, para la generación de acciones de articulación y capacitación, que propicien la optimización de recursos de las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales para el desarrollo de proyectos de abordaje integral de las potencialidades de las familias y su fortalecimiento, en coordinación con otras áreas de la Administración Pública Nacional con competencia específica y con los gobiernos locales.

23. Asistir a la Secretaría en la promoción de programas de cooperación e intercambio con organismos nacionales, internacionales y locales, gubernamentales y no gubernamentales, en materia de análisis, asistencia, protección y promoción de las familias, en cuanto a sus diversidades y sus dinámicas, en coordinación con las áreas del Ministerio con competencia específica en la materia.

24. Generar instancias de formación y desarrollo de capacidades de las familias y sus integrantes para el diseño, gestión y evaluación participativos de políticas, programas y actividades vinculadas con el abordaje de situaciones que las involucran y el fortalecimiento de sus redes socio-comunitarias.

SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS SOCIALES

OBJETIVOS

1. Entender en la jerarquización de la comunicación del área social, a través del desarrollo de ámbitos de información específicos que difundan en forma permanente las acciones desarrolladas en el cumplimiento de las políticas sociales en todo el país, buscando optimizar recursos.

2. Fortalecer el desarrollo de las políticas sociales con enfoque de derechos desde lo comunicacional, ayudando al desarrollo de las capacidades de grupos y comunidades en la materia.

3. Propiciar el fortalecimiento de los procesos comunitarios basados en la autogestión, asociatividad y profundización de lazos solidarios generadores de capital social que permitan la multiplicación del impacto y eficiencia en el uso de las políticas sociales.

4. Entender en el diseño de instrumentos de intercambio de experiencias entre actores y organizaciones públicas y comunitarias que produzcan la publicidad y la potenciación de experiencias en el campo social, y su participación conjunta en ellas.

5. Favorecer la recopilación y difusión de proyectos sociales.

6. Difundir las acciones conjuntas desarrolladas con las provincias, municipios y organizaciones no gubernamentales, en el área de competencia específica.

7. Entender en las políticas de aprovechamiento de técnicas metodológicas adecuadas para potenciar la disponibilidad territorial de los recursos relacionados con las artes y oficios populares y su aplicación en las economías regionales.

8. Participar en el diseño, elaboración, definición de ajustes y actualización de instrumentos, herramientas y procedimientos productores de insumos de información social de alta calidad para la medición de la vulnerabilidad, la formulación y la ejecución de las políticas sociales.

9. Asistir en la elaboración de políticas de formación en saberes populares.

10. Entender en la elaboración de políticas que fortalezcan la promoción social y la organización comunitaria a través de la capacidad de gestión de los actores sociales, fomentando espacios de intercambio y cooperación de saberes.

11. Asistir a la Secretaría en la coordinación de las acciones tendientes a asistir socialmente a la población ante situaciones de emergencia social que se produzcan en el territorio nacional.

12. Brindar asistencia a las organizaciones e instituciones de la comunidad que presenten necesidades prioritarias urgentes o emergentes.

13. Definir programas y proyectos integrales de ayuda social a grupos poblacionales en situación de riesgo inmediato, coordinando y articulando la oferta socio institucional de carácter público y privado, mediante programas de asistencia y recuperación, organizando recursos y estableciendo prioridades.

14. Entender en los lineamientos logísticos tendientes a organizar y controlar los procesos de gestión de los diversos depósitos jurisdiccionales, tanto en lo referente a la recepción, y contabilización, como a la distribución, registro y rendición de cuentas de los bienes involucrados, en cumplimiento de la normativa vigente en la materia.

15. Asistir a la Secretaría en el diseño de los lineamientos necesarios en materia de donaciones y productos de Aduana.

16. Asistir en la asignación y control de subsidios tendientes a resolver problemas de salud en situaciones de emergencia y necesidad, no cubiertos o no previstos por los sistemas en vigor.

17. Brindar asistencia a cooperativas con el objeto de mejorar la inserción social de sus miembros y de la comunidad en la que desarrollan sus actividades, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

18. Entender en el diseño, gestión y evaluación de las políticas sociales tendientes a incluir, acompañar y proteger a la población en situación de vulnerabilidad social, a través de la implementación de programas de seguridad alimentaria, fortalecimiento de los actores comunitarios y de las Organizaciones de la Sociedad Civil, y del apoyo a la inclusión socio productiva.

19. Entender en el diseño y en la implementación de políticas socio comunitarias destinadas a impulsar la participación y el fortalecimiento de los actores sociales como sujetos activos de derechos.

20. Promover la generación y fortalecimiento de espacios institucionales y comunitarios de fortalecimiento y articulación intersectorial que contribuyan a la gestión de políticas públicas.

21. Abordar de manera integral a hogares en situación de extrema vulnerabilidad social, brindando herramientas que les permitan alcanzar su autonomía y procurando maximizar las estrategias de intervención para alcanzar la inclusión real y favorecer la igualdad de oportunidades.

22. Entender en la implementación de planes y programas de inclusión social en el ámbito de los ejes de la política social de la Jurisdicción.

SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS TERRITORIALES Y DESARROLLO HUMANO

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la coordinación de las acciones tendientes a diseñar y gestionar lineamientos de gestión para los Centros de Referencia, su articulación con otras áreas del Ministerio y con los distintos organismos nacionales, provinciales y municipales.

2. Elaborar los planes de articulación de la actividad de los Centros de Referencia, como instrumento de afianzamiento de la presencia institucional del Ministerio en el territorio nacional.

3. Entender en el diseño e implementación de los planes de apoyo logístico a la gestión en territorio a los Centros de Referencia, para potenciar su funcionamiento y fomentar el logro de los objetivos planteados.

4. Analizar las realidades territoriales y establecer prioridades de relevamiento de necesidades como insumo para su atención primaria.

5. Diseñar, implementar y dirigir la evaluación de políticas sociales que potencien la integración regional como herramienta para la promoción del desarrollo humano.

6. Participar en el diseño de políticas de inclusión de comunidades y actores sociales, revalorizando el territorio y las economías regionales.

7. Asistir a la Secretaría en el diseño de políticas sociales de promoción de la participación de los distintos actores locales para la propuesta y desarrollo de proyectos sociales integrales de desarrollo humano y su integración en redes comunitarias de referencia.

SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN EN ECONOMÍA SOLIDARIA

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en el diseño, articulación y evaluación de políticas para la promoción y adopción de las estrategias innovativas de economía solidaria.

2. Entender en el diseño e implementación de políticas innovativas de promoción del desarrollo local revalorizando el territorio con una perspectiva de inclusión.

3. Diseñar acciones de política social que fomenten la generación de nuevas oportunidades de empleo y comercialización de productos en el marco de la economía social y solidaria, consolidando cadenas de comercialización y fortaleciendo el desarrollo de sus mercados específicos.

4. Asistir a la Secretaría en la promoción y adopción de la estrategia de "MARCA COLECTIVA” y en la canalización prioritaria de las compras del ESTADO NACIONAL hacia la adquisición de productos generados por los efectores de la economía social y solidaria, de conformidad con la normativa vigente.

5. Entender en el diseño e implementación de acciones de fomento de emprendimientos productivos y de servicios, a nivel familiar o comunitario en el ámbito de su competencia.

6. Entender en el diseño e implementación de políticas sociales que prioricen la sistematización, recuperación y socialización de conocimientos individuales, familiares y comunitarios con el objeto de fortalecer las capacidades de los actores de la economía social y solidaria.

7. Promover el establecimiento de marcos regulatorios propicios para fomentar la inclusión social a través del trabajo, mediante la producción para el auto sustento, con recuperación de capacidades y mejora de la calidad de vida de las personas.

8. Entender en el diseño e implementación de estrategias de política social orientadas a contribuir a la inserción laboral calificada de las personas como instrumento para la construcción de ciudadanía, en coordinación con otras áreas competentes del ESTADO NACIONAL.

9. Establecer los vínculos institucionales necesarios con los organismos nacionales, provinciales y municipales con competencia en la materia para la promoción del establecimiento de mecanismos que aumenten la disponibilidad de opciones de capacitación en oficios y terminalidad educativa, en niveles primario y secundario, como motor principal de la equidad social y de mejora en distribución del ingreso.

10. Asistir en la supervisión del accionar de la COMISIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN DEL PROGRAMA DE PROMOCIÓN DEL MICROCRÉDITO PARA EL DESARROLLO DE LA ECONOMÍA SOCIAL, colaborando y fomentando líneas de promoción del microcrédito destinadas a los emprendimientos de los grupos con menores recursos económicos.

SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

OBJETIVOS

1. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de los distintos Servicios Administrativos Financieros de la órbita de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

2. Intervenir en el diseño de la política presupuestaria de los distintos Servicios Administrativos Financieros de la órbita de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA y en la evaluación de su cumplimiento, y coordinar el diseño y aplicación de políticas administrativas y financieras de las áreas de su incumbencia, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero; y coordinar las acciones que hacen al desarrollo de las tareas relacionadas con los aspectos económicos, financieros, contables, patrimoniales, de sistemas informáticos y de control de gestión de las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas y las unidades ejecutoras de préstamos de las áreas de su incumbencia, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

4. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas y las unidades ejecutoras de préstamos, efectuando los trámites administrativos necesarios para la gestión de los recursos humanos y la obtención de materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de los distintos Servicios Administrativos Financieros de la órbita de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

5. Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos, informáticos y comunicaciones y entender en la administración de los espacios físicos de los distintos Servicios Administrativos Financieros de la órbita de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

6. Supervisar la aplicación de los sistemas de computación de datos de los distintos Servicios Administrativos Financieros de la órbita de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA.

7. Entender en la gestión documental de los distintos Servicios Administrativos Financieros de la órbita de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

8. Coordinar el servicio jurídico de los distintos Servicios Administrativos Financieros de la órbita de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

9. Entender en la instrucción de los sumarios administrativos disciplinarios de los distintos Servicios Administrativos Financieros de la órbita de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

10. Coordinar las actividades prejudiciales tendientes al recupero de créditos a favor del TESORO NACIONAL en el ámbito de los distintos Servicios Administrativos Financieros de la órbita de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

11. Coordinar la ejecución operativa de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria, financiera-contable, de adquisiciones y contrataciones y de las actividades de supervisión, control y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo, como así también de proyectos de participación público-privada, de competencia de los distintos Servicios Administrativos Financieros de la órbita de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

(Apartado XVIII.- MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD derogado por art. 6° del Decreto N° 86/2023 B.O. 27/12/2023.)

(Apartado XIX.- MINISTERIO DE EDUCACIÓN derogado por art. 6° del Decreto N° 86/2023 B.O. 27/12/2023.)

(Apartado XX.- MINISTERIO DE CULTURA derogado por art. 6° del Decreto N° 86/2023 B.O. 27/12/2023.)

(Apartado XXI.- MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN derogado por art. 6° del Decreto N° 86/2023 B.O. 27/12/2023.)

(Apartado XXII.- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL derogado por art. 6° del Decreto N° 86/2023 B.O. 27/12/2023.)

(Apartado XXIII. - MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE derogado por art. 4° del Decreto N° 33/2024 B.O. 09/01/2024)

(Apartado XXIV. - MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES derogado por art. 4° del Decreto N° 33/2024 B.O. 09/01/2024)

(Apartado
XXV.- MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT derogado por art. 5° del Decreto N° 73/2023 B.O. 22/12/2023.)
 



Hoja Adicional de Firmas

Anexo

Número: IF-2019-111894517-APN-DNO#JGM

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Jueves 19 de Diciembre de 2019

Referencia: Anexo II - EX-2019-110309263-APN-DNO#JGM

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 438 pagina/s.



ANEXO III

(Anexo sustituido por art. 25 del Decreto N° 318/2024 B.O. 17/4/2024.)

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

Organismos Descentralizados


SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA (AFI)

I - SECRETARÍA GENERAL

Organismos Descentralizados

AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

V - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Organismos Descentralizados


AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (AAIP)

AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (AABE)

AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD (ANDIS)

CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET)

AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN (ANPIDTI)

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM)

BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS (BNDG)

COMISIÓN NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES (CONAE)

Empresas y Entes del Sector Público Nacional

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

VEHÍCULO ESPACIAL DE NUEVA GENERACIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA

EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES (AR-SAT)

SECRETARÍA DE EMPRESAS Y SOCIEDADES DEL ESTADO

CORPORACIÓN ANTIGUO PUERTO MADERO SOCIEDAD ANÓNIMA

RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO

TÉLAM SOCIEDAD DEL ESTADO

CONTENIDOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO

ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO (AGPSE)

AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AYSA)

CORREDORES VIALES SOCIEDAD ANÓNIMA

VI.- MINISTERIO DEL INTERIOR

Organismos Descentralizados

ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS (INAI)

SECRETARÍA DE INTERIOR

DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS (RENAPER)

Empresas y Entes del Sector Público Nacional

SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES

INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA (INPROTUR)

COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE (CNAD)

ENTE NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO (ENARD)

VIII.- MINISTERIO DE DEFENSA

Organismos Desconcentrados

ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS

ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA

ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA

Organismos Descentralizados

INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES

UNIVERSIDAD DE LA DEFENSA NACIONAL

SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN, POLÍTICA INDUSTRIAL Y PRODUCCIÓN PARA LA DEFENSA

INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL

SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL

Empresas y Entes del Sector Público Nacional

INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS

TANDANOR SACIyN

FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES BRIGADIER SAN MARTÍN SOCIEDAD ANÓNIMA (FADEA)

CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA PARA LA ARMADA EMPRESA DEL ESTADO (COVIARA)

CORPORACIÓN INTERESTADUAL PULMARI

FABRICACIONES MILITARES SOCIEDAD DEL ESTADO

IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA

Organismos Desconcentrados


INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA

UNIDAD EJECUTORA DEL RÉGIMEN NACIONAL DE VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR ARGENTINO

COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN SÍSMICA

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

UNIDAD EJECUTORA DE LA OBRA DE SOTERRAMIENTO DEL CORREDOR FERROVIARIO CABALLITO-MORENO DE LA LÍNEA SARMIENTO

INSTITUTO ARGENTINO DEL TRANSPORTE (IAT)

Organismos Descentralizados

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA)

SECRETARÍA DE HACIENDA

SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS

TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN

SECRETARÍA DE ENERGÍA

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE)

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS)

SECRETARÍA DE MINERÍA

SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR)

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI)

INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI)

AGENCIA REGULATORIA DE LA INDUSTRIA DEL CÁÑAMO Y DEL CANNABIS MEDICINAL (ARICCAME)

SECRETARÍA DE BIOECONOMÍA

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA)

INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV)

INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (INTA)

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS (INASE)

INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP)

INSTITUTO NACIONAL DE LA AGRICULTURA FAMILIAR, CAMPESINA E INDÍGENA

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN (TTN)

ENTE NACIONAL DE OBRAS HÍDRICAS DE SANEAMIENTO (ENOHSA)

ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP)

INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE

ENTE NACIONAL DE CONTROL Y GESTIÓN DE LA VÍA NAVEGABLE

DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD (DNV)

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC)

COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE (CNRT)

AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV)

ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA)

Empresas y Entes del Sector Público Nacional

SECRETARÍA DE HACIENDA

SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

CORPORACIÓN DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES

POLO TECNOLÓGICO CONSTITUYENTES SOCIEDAD ANÓNIMA

INSTITUTO DE LA MOVILIDAD

SECRETARÍA DE ENERGÍA

COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DE SALTO GRANDE

COMISIÓN MIXTA ARGENTINO- PARAGUAYA DEL RÍO PARANÁ

NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA ENERGÍA ARGENTINA S.A.

ENTE BINACIONAL YACYRETÁ DIOXITEK SOCIEDAD ANÓNIMA

UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA (UESTEE)

YACIMIENTO CARBONÍFERO DE RÍO TURBIO Y DE LOS SERVICIOS FERROPORTUARIOS CON TERMINALES EN PUNTA LOYOLA Y RÍO GALLEGOS

SECRETARÍA DE MINERÍA

YACIMIENTOS MINEROS AGUA DE DIONISIO (YMAD)

SECRETARÍA DE BIOECONOMÍA

INNOVACIONES TECNOLÓGICAS AGROPECUARIAS SOCIEDAD ANÓNIMA (INTEA)

INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

FERROCARRILES ARGENTINOS SOCIEDAD DEL ESTADO (FASE)

OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE)

ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIF)

DESARROLLO DEL CAPITAL HUMANO FERROVIARIO SOCIEDAD ANÓNIMA CON PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA (DECAHF)

BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA

EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA)

AEROLÍNEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANÓNIMA

INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL

PLAYAS FERROVIARIAS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

AGENCIA DE PLANIFICACIÓN

ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO

AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR)

ENTIDAD BINACIONAL PARA EL PROYECTO TÚNEL DE BAJA ALTURA FERROCARRIL TRASANDINO CENTRAL (EBIFETRA)

ENTIDAD BINACIONAL PARA EL PROYECTO TÚNEL INTERNACIONAL PASO DE AGUA NEGRA (EBITAN)

ENTIDAD BINACIONAL PARA EL PROYECTO TÚNEL INTERNACIONAL PASO LAS LEÑAS (EBILEÑAS).

Entes del Sector Público Nacional Financiero

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA

BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA

BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR

Sociedades comprendidas en el artículo 15 de la Ley N° 26.741

SECRETARÍA DE ENERGÍA

YPF SOCIEDAD ANÓNIMA

YPF GAS SOCIEDAD ANÓNIMA”

XIV. - MINISTERIO DE JUSTICIA

Organismos Desconcentrados

PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN

OFICINA ANTICORRUPCIÓN

SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS

ARCHIVO NACIONAL DE LA MEMORIA

MUSEO DE SITIO ESMA-EX CENTRO CLANDESTINO DE DETENCIÓN, TORTURA Y EXTERMINIO

Organismos Descentralizados

INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACIÓN, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI)

UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA

SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS

CENTRO INTERNACIONAL PARA LA PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS (CIPDH)

XV. - MINISTERIO DE SEGURIDAD

Organismos Desconcentrados


PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA

POLICÍA FEDERAL ARGENTINA

GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA

DIRECCIÓN NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL

Organismos Descentralizados

AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS (ANMAC)

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICÍA FEDERAL

Empresas y Entes del Sector Público Nacional

SUPERINTENDENCIA DE BIENESTAR DE LA POLICÍA FEDERAL ARGENTINA

DIRECCIÓN NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL

DIRECCIÓN DE OBRA SOCIAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL

XVI. - MINISTERIO DE SALUD

Organismos Desconcentrados


SECRETARÍA DE ACCESO Y EQUIDAD EN SALUD

COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN DE TECNOLOGÍAS SANITARIAS Y EXCELENCIA CLÍNICA (CONETEC)

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DOCTOR CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS)

INSTITUTO NACIONAL DE MEDICINA TROPICAL

Organismos Descentralizados

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DOCTOR CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS)

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT)

SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD

INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI)

INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER (INC)

SUBSECRETARÍA DE INSTITUTOS Y FISCALIZACIÓN

HOSPITAL NACIONAL “PROFESOR ALEJANDRO POSADAS”

HOSPITAL NACIONAL “DOCTOR BALDOMERO SOMMER”

HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LICENCIADA LAURA BONAPARTE”

HOSPITAL NACIONAL Y COMUNIDAD “DR. RAMÓN CARRILLO”

INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA DEL SUR “DOCTOR JUAN OTIMIO TESONE”

Empresas y Entes del Sector Público Nacional

INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (INSSJP)

XVII. - MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO

Organismos Desconcentrados


CASA PATRIA GRANDE “PRESIDENTE NÉSTOR CARLOS KIRCHNER”

INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES (INJUVE)

CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA

INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN DOCENTE

SECRETARÍA DE CULTURA

COMISIÓN NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES

COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS

SUBSECRETARIA DE GESTIÓN Y DESARROLLO CULTURAL

CENTRO CULTURAL DEL BICENTENARIO “PRESIDENTE DR. NÉSTOR CARLOS KIRCHNER”

PARQUE TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA, CULTURA Y ARTE

SUBSECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL

MUSEO NACIONAL DE BELLAS ARTES

INSTITUTO NACIONAL SANMARTINIANO

INSTITUTO NACIONAL YRIGOYENEANO

INSTITUTO NACIONAL BELGRANIANO

INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES HISTÓRICAS “JUAN MANUEL DE ROSAS”

INSTITUTO NACIONAL BROWNIANO

INSTITUTO NACIONAL NEWBERIANO

INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES HISTÓRICAS “EVA PERÓN”

SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

COMISIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN DEL PROGRAMA DE PROMOCIÓN DEL MICROCRÉDITO PARA EL DESARROLLO DE LA ECONOMÍA SOCIAL

Organismos Descentralizados

BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO

CINEMATECA Y ARCHIVO DE LA IMAGEN NACIONAL

INSTITUTO NACIONAL “JUAN D. PERÓN” DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES HISTÓRICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS

BALLET NACIONAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES)

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

FUNDACIÓN MIGUEL LILLO

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS

COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA (CONEAU)

SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES)

SECRETARÍA DE CULTURA

FONDO NACIONAL DE LAS ARTES

TEATRO NACIONAL CERVANTES

INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO

Empresas y Entes del Sector Público Nacional

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

SERVICIO DE RADIO Y TELEVISIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA (SRT- UNC)

RADIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL (LT10-UNL)

EDUC.AR SOCIEDAD DEL ESTADO

SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE)

SECRETARÍA DE CULTURA

INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA)

INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA

IF-2024-35717537-APN-DNDO#JGM


Hoja Adicional de Firmas

Anexo

Número: IF-2019-111894683-APN-DNO#JGM

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Jueves 19 de Diciembre de 2019

Referencia: Anexo III - EX-2019-110309263-APN-DNO#JGM

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Antecedentes Normativos

- Anexo III, Apartado IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA sustituido por art. 6° del Decreto N° 293/2024 B.O. 8/4/2024;

- Anexo III, Apartado XIII, MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA derogado por art. 7° del Decreto N° 293/2024 B.O. 8/4/2024;

- Anexo III, Apartado XVII – MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO sustituido por art. 6° del
Decreto N° 293/2024 B.O. 8/4/2024;

- Anexo III, Apartado IV, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA, derogado por art. 12 del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024;

- Anexo III, Apartado  V - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS sustituido por art. 13 del Decreto Nº 111/2024 B.O. 2/2/2024;

- Anexo I,
Apartado XIII.- MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA sustituido por art. 1° del Decreto N° 52/2024 B.O. 16/01/2024;

- Anexo III, Apartado XIV.- MINISTERIO DE JUSTICIA sustituido por art. 6 del Decreto N° 52/2024 B.O 16/01/2024;

- Anexo II, Apartado XIII, MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS, Objetivo 1 sustituido por art. 3 del Decreto N° 52/2024 B.O. 16/01/2024;

- Anexo II, Apartado XIII, MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS, Objetivo 3 sustituido por art. 3 del Decreto N° 52/2024 B.O. 16/01/2024;

- Anexo II, Apartado XIII, MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS, Objetivos SUBSECRETARÍA DE OBRAS DE ENERGÍA derogados por art. 4° del Decreto N° 52/2024 B.O. 16/01/2024;

- Anexo II, Apartado XIII, MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS, Objetivos SUBSECRETARÍA DE OBRAS DE MINERÍA derogados por art. 4° del Decreto N° 52/2024 B.O. 16/01/2024;

- Anexo III, Apartado
VI – MINISTERIO DEL INTERIOR sustituido por art. 5° del Decreto N° 33/2024 B.O. 09/01/2024;

- Anexo III, Apartado XXIII. - MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE derogado por art. 6° del Decreto N° 33/2024 B.O. 09/01/2024;

- Anexo III, Apartado XXIV. - MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES derogado por art. 6° del Decreto N° 33/2024 B.O. 09/01/2024;

- Anexo III, Apartado
XVI. - MINISTERIO DE SALUD sustituido por art. 3° del Decreto N° 10/2024 B.O. 04/01/2024;

- Anexo I, Apartado I - SECRETARÍA GENERAL sustituido por art. 1° del Decreto Nº 5/2024 B.O. 03/01/2024;

- Anexo I, Apartado VIII. - MINISTERIO DE DEFENSA- sustituido por art. 1° del Decreto N° 6/2024 B.O. 03/01/2024;

- Anexo III, Apartado VIII.- MINISTERIO DE DEFENSA sustituido por art. 3° del Decreto N° 6/2024 B.O. 03/01/2024;

- Anexo III, Aparatdo
XV. - MINISTERIO DE SEGURIDAD sustituido por art. 6° del Decreto N° 8/2024 B.O. 03/01/2024;

- Anexo, Apartado  VII.- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO derogado por art. 3° del Decreto N° 87/2023 B.O. 27/12/2023;

- Anexo III, Apartado PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, sustituido por art. 7° del Decreto N° 86/2023 B.O. 27/12/2023;

- Anexo III, Apartado
I - SECRETARÍA GENERAL sustituido por art. 8° del Decreto N° 86/2023 B.O. 27/12/2023;

- Anexo III, Apartado XVII – MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO sustituido por art. 9° del Decreto N° 86/2023 B.O. 27/12/2023;

- Anexo III, Apartado XIX.- MINISTERIO DE EDUCACIÓN derogado por art. 10 del Decreto N° 86/2023 B.O. 27/12/2023;

- Anexo III, Apartado XX.- MINISTERIO DE CULTURA derogado por art. 10 del Decreto N° 86/2023 B.O. 27/12/2023;

- Anexo III, Apartado XXI.- MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN derogado por art. 10 del Decreto N° 86/2023 B.O. 27/12/2023;

- Anexo III, Apartado XXII.- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL derogado por art. 10 del Decreto N° 86/2023 B.O. 27/12/2023.;

- Anexo III, Apartado XII. - MINISTERIO DE TRANSPORTE derogado por art. 7° del Decreto N° 73/2023 B.O. 22/12/2023;

- Anexo I, Apartado XIII MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA sustituido por art. 2° del Decreto N° 73/2023 B.O. 22/12/2023;

- Anexo II, Apartado XIII, MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA sustituido por art. 4° del Decreto N° 73/2023 B.O. 22/12/2023;

- Anexo III, Apartado XIII, MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA sustituido por art. 6° del Decreto N° 73/2023 B.O. 22/12/2023;

- Anexo I, Apartado I - SECRETARÍA GENERAL sustituido por art. 11 del Decreto Nº 45/2023 B.O. 15/12/2023;

- Anexo I, Apartado IV.- SECRETARÍA DE PRENSA sustituido por art. 14 del Decreto Nº 45/2023 B.O. 15/12/2023;

- Anexo I, PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Apartado III, SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, derogado por art. 13 del Decreto Nº 45/2023 B.O. 15/12/2023;

- Anexo I, Apartado V - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS-, sustituido por art. 15 del Decreto Nº 45/2023 B.O. 15/12/2023;

- Anexo II, PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Apartado III, SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, derogado por art. 16 del Decreto Nº 45/2023 B.O. 15/12/2023;

- Anexo II, Apartado IV.- SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA sustituido por art. 17 del Decreto Nº 45/2023 B.O. 15/12/2023;

- Anexo III, Apartado PRESIDENCIA DE LA NACIÓN sustituido por art. 19 del Decreto Nº 45/2023 B.O. 15/12/2023;

- Anexo III, Apartado I - SECRETARÍA GENERAL sustituido por art. 20 del Decreto Nº 45/2023 B.O. 15/12/2023;

- Anexo II, Apartado I - SECRETARÍA GENERAL, CASA MILITAR, Objetivo 1. sustituido por art. 1° del Decreto N° 735/2023 B.O. 9/12/2023. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado VI - MINISTERIO DEL INTERIOR, SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS, Objetivo 9 incorporado por art. 2° del Decreto N° 667/2023 B.O. 04/12/2023. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado VI - MINISTERIO DEL INTERIOR, SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS, Objetivo 10 incorporado por art. 2° del Decreto N° 667/2023 B.O. 04/12/2023. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado VI - MINISTERIO DEL INTERIOR, SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS, Objetivo 11 incorporado por art. 2° del Decreto N° 667/2023 B.O. 04/12/2023. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado VI - MINISTERIO DEL INTERIOR, SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS, Objetivo 12 incorporado por art. 2° del Decreto N° 667/2023 B.O. 04/12/2023. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado VI - MINISTERIO DEL INTERIOR, SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS, Objetivo 13 incorporado por art. 2° del Decreto N° 667/2023 B.O. 04/12/2023. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado  VII.- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, UNIDAD GABINETE DE ASESORES, Objetivo 11 sustituido por art. 3° del Decreto N° 667/2023 B.O. 04/12/2023. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado I - SECRETARÍA GENERAL, Objetivo 19. derogado por art. 1° del Decreto N° 667/2023 B.O. 04/12/2023. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado I - SECRETARÍA GENERAL, Objetivo 20. derogado por art. 1° del Decreto N° 667/2023 B.O. 04/12/2023. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;


- Anexo II, Apartado I - SECRETARÍA GENERAL, SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS, Objetivo 7. derogado por art. 1° del Decreto N° 667/2023 B.O. 04/12/2023. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado I - SECRETARÍA GENERAL, SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS, Objetivo 8. derogado por art. 1° del Decreto N° 667/2023 B.O. 04/12/2023. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado I - SECRETARÍA GENERAL, SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS, Objetivo 9. derogado por art. 1° del Decreto N° 667/2023 B.O. 04/12/2023. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado I - SECRETARÍA GENERAL, SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS, Objetivo 10. derogado por art. 1° del Decreto N° 667/2023 B.O. 04/12/2023. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado I - SECRETARÍA GENERAL, SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS, Objetivo 11. derogado por art. 1° del Decreto N° 667/2023 B.O. 04/12/2023. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo III, Apartado XVI - MINISTERIO DE SALUD sustituido por art. 4º del Decreto Nº 357/2023 B.O. 13/7/2023. Vigencia: a partir del día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XVI - MINISTERIO DE SALUD, SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD, Objetivo 20 sustituido por art. 7° del Decreto Nº 344/2023 B.O. 7/7/2023;

- Anexo I, Apartado IX - MINISTERIO DE ECONOMÍA  sustituido por art. 2° del Decreto N° 861/2022 B.O. 30/12/2022. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo I, Apartado XV - MINISTERIO DE SEGURIDAD, sustituido por art. 1º del Decreto Nº 810/2022 B.O. 5/12/2022. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XV - Miniserio de Seguridad, sustituido por art. 2º del Decreto Nº 810/2022 B.O. 5/12/2022. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo III, Apartado XV MINISTERIO DE SEGURIDAD, sustituido por art. 3º del Decreto Nº 810/2022 B.O. 5/12/2022. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado I, SECRETARÍA GENERAL Objetivo 19 incorporado por art. 2º del
Decreto Nº 359/2023 B.O. 17/7/2023. Vigencia: a partir el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado I, SECRETARÍA GENERAL Objetivo 20 incorporado por art. 2º del Decreto Nº 359/2023 B.O. 17/7/2023. Vigencia: a partir el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado I, SECRETARÍA GENERAL, SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS Objetivo 7 incorporado por art. 3º del Decreto Nº 359/2023 B.O. 17/7/2023. Vigencia: a partir el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado I, SECRETARÍA GENERAL, SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS Objetivo 8 incorporado por art. 3º del Decreto Nº 359/2023 B.O. 17/7/2023. Vigencia: a partir el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado I, SECRETARÍA GENERAL, SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS Objetivo 9 incorporado por art. 3º del Decreto Nº 359/2023 B.O. 17/7/2023. Vigencia: a partir el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado I, SECRETARÍA GENERAL, SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS Objetivo 10 incorporado por art. 3º del Decreto Nº 359/2023 B.O. 17/7/2023. Vigencia: a partir el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado I, SECRETARÍA GENERAL, SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS Objetivo 11 incorporado por art. 3º del Decreto Nº 359/2023 B.O. 17/7/2023. Vigencia: a partir el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

Anexo II, Apartado VI, MINISTERIO DEL INTERIOR, SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS, Objetivo 9 derogado por art. 1º del Decreto Nº 359/2023 B.O. 17/7/2023. Vigencia: a partir el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

Anexo II, Apartado VI, MINISTERIO DEL INTERIOR, SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS, Objetivo 10 derogado por art. 1º del Decreto Nº 359/2023 B.O. 17/7/2023. Vigencia: a partir el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

Anexo II, Apartado VI, MINISTERIO DEL INTERIOR, SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS, Objetivo 11 derogado por art. 1º del Decreto Nº 359/2023 B.O. 17/7/2023. Vigencia: a partir el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

Anexo II, Apartado VI, MINISTERIO DEL INTERIOR, SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS, Objetivo 12 derogado por art. 1º del Decreto Nº 359/2023 B.O. 17/7/2023. Vigencia: a partir el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

Anexo II, Apartado VI, MINISTERIO DEL INTERIOR, SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS, Objetivo 13 derogado por art. 1º del Decreto Nº 359/2023 B.O. 17/7/2023. Vigencia: a partir el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado VII, MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, UNIDAD GABINETE DE ASESORES Objetivo sustituido por art. 4º del Decreto Nº 359/2023 B.O. 17/7/2023. Vigencia: a partir el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo I, Apartado IV, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA sustituido por art. 2° del Decreto N° 88/2023 B.O. 24/2/2023. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo I, Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS sustituido por art. 3° del Decreto N° 88/2023 B.O. 24/2/2023. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IV, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA,
Objetivo 19 incorporado por art. 5° del Decreto N° 88/2023 B.O. 24/2/2023. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IV, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA, Objetivo 20 incorporado por art. 5° del Decreto N° 88/2023 B.O. 24/2/2023. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IV, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA, Objetivo 21 incorporado por art. 5° del Decreto N° 88/2023 B.O. 24/2/2023. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IV, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA, Objetivo 22 incorporado por art. 5° del Decreto N° 88/2023 B.O. 24/2/2023. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IV, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA, SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS DE DIFUSIÓN, Objetivos incorporados por art. 6° del Decreto N° 88/2023 B.O. 24/2/2023. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA, SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS DE DIFUSIÓN, OBJETIVOS derogados por art. 4° del Decreto N° 88/2023 B.O. 24/2/2023. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA, Objetivos sustituidos por art. 7° del Decreto N° 88/2023 B.O. 24/2/2023. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo III, Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS sustituido por art. 7° del Decreto N° 861/2022 B.O. 30/12/2022. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX - MINISTERIO DE ECONOMÍA, SECRETARÍA DE COMERCIO, Objetivos, sustituidos por art. 4° del Decreto N° 861/2022 B.O. 30/12/2022. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX - MINISTERIO DE ECONOMÍA, SECRETARÍA DE COMERCIO, SUBSECRETARÍA DE ACCIONES PARA LA DEFENSA DE LAS Y LOS CONSUMIDORES, Objetivos, sustituidos por art. 4° del Decreto N° 861/2022 B.O. 30/12/2022. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX - MINISTERIO DE ECONOMÍA, SECRETARÍA DE COMERCIO, SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS PARA EL MERCADO INTERNO, Objetivos, sustituidos por art. 4° del Decreto N° 861/2022 B.O. 30/12/2022. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX - MINISTERIO DE ECONOMÍA, SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO; SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO; Objetivo 12 sustituido por art. 5° del Decreto N° 861/2022 B.O. 30/12/2022. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX - MINISTERIO DE ECONOMÍA, SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, Objetivo 25 derogado por art. 3° del Decreto N° 861/2022 B.O. 30/12/2022. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX - MINISTERIO DE ECONOMÍA, SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, SUBSECRETARÍA DE MERCADOS AGROPECUARIOS, Objetivo 13 incorporado por art. 6° del Decreto N° 861/2022 B.O. 30/12/2022. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX - MINISTERIO DE ECONOMÍA, SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, SUBSECRETARÍA DE MERCADOS AGROPECUARIOS, Objetivo 14 incorporado por art. 6° del Decreto N° 861/2022 B.O. 30/12/2022. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX - MINISTERIO DE ECONOMÍA, SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR, CAMPESINA E INDÍGENA, Subsecretaría y Objetivos derogados por art. 3° del Decreto N° 861/2022 B.O. 30/12/2022. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo III, Apartado IX - MINISTERIO DE ECONOMÍA sustituido por art. 8° del Decreto N° 861/2022 B.O. 30/12/2022. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS sustituido por art. 9º del Decreto N° 480/2022 B.O. 11/8/2022. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX - MINISTERIO DE ECONOMÍA sustituido por art. 10 del Decreto N° 480/2022 B.O. 11/8/2022. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IV, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA, SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRESNA, Objetivo 5. incorporado por art. 6° del Decreto N° 404/2022 B.O. 15/7/2022. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IV, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA, SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRESNA, Objetivo 9. incorporado por art. 6° del Decreto N° 404/2022 B.O. 15/7/2022. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado III, SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS sustituido
por art. 8° del Decreto N° 480/2022 B.O. 11/8/2022. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo III, Apartado X.- MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, derogado por art. 11 del Decreto N° 480/2022 B.O. 11/8/2022. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo III, Apartado XI.-MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA derogado por art. 11 del Decreto N° 480/2022 B.O. 11/8/2022. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo I, Apartado I, SECRETARÍA GENERAL sustituido por art. 1º del
Decreto Nº 68/2021 B.O. 4/2/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo I, Apartado III, SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS  sustituido por art. 3° del Decreto N° 480/2022 B.O. 11/8/2022. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo I,
Apartado V.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS sustituido por art. 4° del Decreto N° 480/2022 B.O. 11/8/2022. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo I,
Apartado IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA sustituido por art. 5° del Decreto N° 480/2022 B.O. 11/8/2022. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo III, Apartado V.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS sustituido por art. 12 del Decreto N° 480/2022 B.O. 11/8/2022. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo III, Apartado IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA sustituido por art. 13 del Decreto N° 480/2022 B.O. 11/8/2022. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo I, Apartado XV
- MINISTERIO DE SEGURIDAD sustituido por art. 1º del Decreto Nº 739/2022 B.O. 4/11/2022. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XV.- MINISTERIO DE SEGURIDAD sustituido por art. 2º del Decreto Nº 739/2022 B.O. 4/11/2022. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo III, Apartado XV.- MINISTERIO DE SEGURIDAD sustituido por art. 3º del Decreto Nº 739/2022 B.O. 4/11/2022. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo I, Apartado
X.- MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO sustituido por art. 4° del Decreto N° 404/2022 B.O. 15/7/2022. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo I, Apartado IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA sustituido por art. 3° del Decreto N° 404/2022 B.O. 15/7/2022. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA sustituido por art. 8º del Decreto N° 404/2022 B.O. 15/7/2022. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado X, MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA; SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA; SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN COMERCIAL; SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO; Objetivos derogados por art. 9° del Decreto N° 404/2022 B.O. 15/7/2022. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado X, MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR; SUBSECRETARÍA DE ACCIONES PARA LA DEFENSA DE LAS Y LOS CONSUMIDORES; SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS PARA EL MERCADO INTERNO; Objetivos derogados por art. 9° del Decreto N° 404/2022 B.O. 15/7/2022. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado X.- MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA Objetivos incorporados por art. 10 del Decreto N° 404/2022 B.O. 15/7/2022. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado X.- MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA, SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA Objetivos incorporados por art. 10 del Decreto N° 404/2022 B.O. 15/7/2022. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado X.- MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA, SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN COMERCIAL Objetivos incorporados por art. 10 del Decreto N° 404/2022 B.O. 15/7/2022. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado X.- MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Objetivos incorporados por art. 10 del Decreto N° 404/2022 B.O. 15/7/2022. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo III, Apartado IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA sustituido por art. 11 del Decreto N° 404/2022 B.O. 15/7/2022. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo III, Apartado X.- MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO sustituido por art. 12 del Decreto N° 404/2022 B.O. 15/7/2022. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo I, Apartado XVII. - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL sustituido por art. 1° del Decreto N° 313/2022 B.O. 15/6/2022. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XVII MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, Objetivos sustituidos por art. 2° del Decreto N° 313/2022 B.O. 15/6/2022. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XVII MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, SUBSECRETARÍA DE DERECHOS PARA LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, Objetivos sustituidos por art. 2° del Decreto N° 313/2022 B.O. 15/6/2022. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XVII MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, SUBSECRETARÍA DE PRIMERA INFANCIA, Objetivos sustituidos por art. 2° del Decreto N° 313/2022 B.O. 15/6/2022. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XVII MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO DE LAS FAMILIAS Y SU INCLUSIÓN COMUNITARIA, Subsecretaría y Objetivos incorporados por art. 2° del Decreto N° 313/2022 B.O. 15/6/2022. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo III, Apartado VII.- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, Organismos Desconcentrados, Denominación “AGENCIA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y CASCOS BLANCOS” sustituida por la denominación “AGENCIA ARGENTINA DE COOPERACION INTERNACIONAL Y ASISTENCIA HUMANITARIA-CASCOS BLANCOS”, por art. 1° del Decreto N° 248/2022 B.O. 9/5/2022;

- Anexo II, Apartado  VII.- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, UNIDAD GABINETE DE ASESORES, Objetivo 13 incorporado por art. 2° del Decreto N° 143/2022 B.O. 23/3/2022. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado  VII.- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES, Objetivo 4 derogado por art. 1° del Decreto N° 143/2022 B.O. 23/3/2022. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo III, Apartado VII.- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, incorporado por art. 5° del Decreto N° 143/2022 B.O. 23/3/2022. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo I, Apartado V. - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS sustituido por art. 1º del Decreto Nº 123/2022 B.O. 11/3/2022. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado V.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS sustituido por art. 2º del Decreto Nº 123/2022 B.O. 11/3/2022. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo III, Apartado V. - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS sustituido por art. 3º del Decreto Nº 123/2022 B.O. 11/3/2022. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XII- MINISTERIO DE TRANSPORTE, SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, SUBSECRETARÍA DE PUERTOS, VÍAS NAVEGABLES Y MARINA MERCANTE Objetivos sustituidos por art. 7° del Decreto N° 120/2022 B.O. 11/3/2022. Vigencia: a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo I, Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, sustituido por art. 2° del Decreto N° 740/2021 B.O. 29/10/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado III- SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS Objetivos sustituidos por art. 4° del Decreto N° 740/2021 B.O. 29/10/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado III- SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS, SUBSECRETARÍA DEL CONOCIMIENTO PARA EL DESARROLLO Objetivos sustituidos por art. 4° del Decreto N° 740/2021 B.O. 29/10/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado III- SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS, UNIDAD GABINETE DE ASESORES Objetivos sustituidos por art. 4° del Decreto N° 740/2021 B.O. 29/10/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo I, Apartado  VII.- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO sustituido por art. 1° del Decreto N° 740/2021 B.O. 29/10/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL, rectificado por art. 1º del Decreto Nº 863/2021 B.O. 21/12/2021;

- Anexo II, Apartado  VII.- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES E INSTITUCIONALES, OBJETIVOS derogados por art. 5° del Decreto N° 740/2021 B.O. 29/10/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado  VII.- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, UNIDAD GABINETE DE ASESORES, Objetivos sustituidos por art. 6° del Decreto N° 740/2021 B.O. 29/10/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado  VII.- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR, SUBSECRETARÍA LEGAL, Objetivos sustituidos por art. 6° del Decreto N° 740/2021 B.O. 29/10/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA, SECRETARÍA DE ENERGÍA, SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL DE ENERGÍA, Objetivos sustituidos por art. 9° del Decreto N° 740/2021 B.O. 29/10/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA, SECRETARÍA DE ENERGÍA, Objetivos sustituidos por art. 9° del Decreto N° 740/2021 B.O. 29/10/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA, SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS INTERNACIONALES, SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN INTERNACIONAL, Objetivos incorporados por art. 8° del Decreto N° 740/2021 B.O. 29/10/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA, SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS INTERNACIONALES, Objetivos incorporados por art. 8° del Decreto N° 740/2021 B.O. 29/10/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA, SECRETARÍA DE FINANZAS, SUBSECRETARÍA DE LA SOSTENIBILIDAD DE LA DEUDA PÚBLICA EXTERNA, Objetivos incorporados por art. 8° del Decreto N° 740/2021 B.O. 29/10/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA, SECRETARÍA DE FINANZAS, UNIDAD DE GESTIÓN DE LA SOSTENIBILIDAD DE LA DEUDA PÚBLICA EXTERNA, Objetivos derogados por art. 7° del Decreto N° 740/2021 B.O. 29/10/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA, SECRETARÍA DE FINANZAS, SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS, Objetivos sustituidos por art. 9° del Decreto N° 740/2021 B.O. 29/10/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA, SECRETARÍA DE FINANZAS, Objetivos sustituidos por art. 9° del Decreto N° 740/2021 B.O. 29/10/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA, SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA, SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MACROECONÓMICA, Objetivos sustituidos por art. 9° del Decreto N° 740/2021 B.O. 29/10/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA, SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA, Objetivos sustituidos por art. 9° del Decreto N° 740/2021 B.O. 29/10/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA, SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA, SUBSECRETARÍA LEGAL, Objetivos sustituidos por art. 6° del Decreto N° 346/2021 B.O. 28/5/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA, SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA, SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL, Objetivos sustituidos por art. 9° del Decreto N° 740/2021 B.O. 29/10/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA, SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA, Objetivos sustituidos por art. 9° del Decreto N° 740/2021 B.O. 29/10/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo I, Apartado XXV.- MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT sustituido por art. 3° del Decreto N° 740/2021 B.O. 29/10/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XXV.- MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, Objetivos sustituidos por art. 12 del Decreto N° 740/2021 B.O. 29/10/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XXV.- MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, SECRETARÍA DE HÁBITAT, SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y ARTICULACIÓN DE PROGRAMAS POPULARES, Objetivos sustituidos por art. 12 del Decreto N° 740/2021 B.O. 29/10/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XXV.- MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, SECRETARÍA DE HÁBITAT, Objetivos sustituidos por art. 12 del Decreto N° 740/2021 B.O. 29/10/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XXV.- MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, SECRETARÍA DE HÁBITAT, SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE VIVIENDA E INFRAESTRUCTURAS, Objetivos sustituidos por art. 12 del Decreto N° 740/2021 B.O. 29/10/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XXV.- MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL,  SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA DE SUELO Y DESARROLLOS HABITACIONALES, Objetivos incorporados por art. 11 del Decreto N° 740/2021 B.O. 29/10/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XXV.- MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, SECRETARÍA DE HÁBITAT, SUBSECRETARÍA DE PROGRAMAS DE HÁBITAT, Objetivos incorporados por art. 11 del Decreto N° 740/2021 B.O. 29/10/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II,
Apartado XXV.- MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA DE SUELO Y URBANISMO, OBJETIVOS derogados por art. 10 del Decreto N° 740/2021 B.O. 29/10/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo III, Apartado IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA, sustituido por art. 13 del Decreto N° 740/2021 B.O. 29/10/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo III,  Apartado Apartado XII- MINISTERIO DE TRANSPORTE, sustituido por art. 14 del Decreto N° 740/2021 B.O. 29/10/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo I, Apartado IV PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA, Objetivo 10 derogado por art. 1º del Decreto Nº 710/2021 B.O. 15/10/2021;

- Anexo II, Apartado IV PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA, SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA, Objetivo 5 derogado por art. 1º del Decreto Nº 710/2021 B.O. 15/10/2021;

- Anexo II, Apartado IV PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA, SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA, Objetivo 9 derogado por art. 1º del Decreto Nº 710/2021 B.O. 15/10/2021;

- Anexo II,
Apartado IV PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA, (Nota Infoleg: Por art. 2º del Decreto Nº 710/2021 B.O. 15/10/2021 se crea con dependencia directa de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la Unidad de Comunicación de Gestión Presidencial como cargo extraescalafonario con rango y jerarquía de Ministro o Ministra, cuyas funciones se detallan en la planilla anexa al Decreto de referencia. Por art. 1º del Decreto N° 404/2022 B.O. 15/7/2022 se suprime la Unidad de Comunicación de Gestión Presidencial, cargo extraescalafonario con dependencia directa de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN con rango y jerarquía de Ministro o Ministra creado por el artículo 2º del Decreto Nº 710/2021.  Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.);

- Anexo II, Apartado IX Ministerio de Economía, Secretaría Legal y Administrativa, Objetivos sustituidos por art. 6° del Decreto N° 346/2021 B.O. 28/5/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA, UNIDAD GABINETE DE ASESORES, SUBSECRETARÍA DE INFORMACIÓN Y DIFUSIÓN ECONÓMICA, Objetivos incorporados por art. 5° del Decreto N° 346/2021 B.O. 28/5/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA,  UNIDAD GABINETE DE ASESORES, Objetivos sustituidos por art. 6° del Decreto N° 346/2021 B.O. 28/5/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA,  SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES, Objetivos sustituidos por art. 6° del
Decreto N° 346/2021 B.O. 28/5/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX Ministerio de Economía, Secretaría de Energía, Subsecretaría de Coordinación Institucional de Energía, Objetivos sustituidos por art. 6° del Decreto N° 346/2021 B.O. 28/5/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

-
Anexo I, Apartado IX sustituido por art. 1° del Decreto N° 346/2021 B.O. 28/5/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo I, Apartado XIX.- MINISTERIO DE EDUCACIÓN sustituido por art. 3° del Decreto N° 346/2021 B.O. 28/5/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX. Ministerio de Economía,
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA, SUBSECRETARÍA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO CIUDADANO, OBJETIVOS derogados por art. 4° del Decreto N° 346/2021 B.O. 28/5/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XIV, MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, SECRETARÍA GENERAL DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, OBJETIVOS derogados por art. 7° del Decreto N° 346/2021 B.O. 28/5/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XIV, MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS,  SECRETARÍA DE JUSTICIA,  SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y LA COMUNIDAD ACADÉMICA, Objetivos derogados por art. 7° del Decreto N° 346/2021 B.O. 28/5/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XIV, MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, UNIDAD GABINETE DE ASESORES Objetivos sustituidos por art. 9° del Decreto N° 346/2021 B.O. 28/5/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XIV MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRABLES, Objetivos sustituidos por art. 9° del
Decreto N° 346/2021 B.O. 28/5/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XIV MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, SECRETARIA DE JUSTICIA, Objetivos sustituidos por art. 9° del Decreto N° 346/2021 B.O. 28/5/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XIV MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, SUBSECRETARIA DE POLITICA CIMINAL, Objetivos sustituidos por art. 9° del Decreto N° 346/2021 B.O. 28/5/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XIV MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Objetivos sustituidos por art. 8° del Decreto N° 346/2021 B.O. 28/5/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XIV MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, SUBSECRETARÍA DE ACCESO A LA JUSTICIA, Objetivos sustituidos por art. 9° del Decreto N° 346/2021 B.O. 28/5/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo I, Apartado XIV MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS sustituido por art. 2° del
Decreto N° 346/2021 B.O. 28/5/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XIX.- MINISTERIO DE EDUCACIÓN, SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, Objetivos sustituidos por art. 10 del Decreto N° 346/2021 B.O. 28/5/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XIX.- MINISTERIO DE EDUCACIÓN, SECRETARÍA DE EVALUACIÓN E INFORMACIÓN EDUCATIVA, Objetivos sustituidos por art. 10 del Decreto N° 346/2021 B.O. 28/5/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XIX.- MINISTERIO DE EDUCACIÓN, SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO, PROSPECTIVA E INNOVACIÓN, Objetivos sustituidos por art. 10 del Decreto N° 346/2021 B.O. 28/5/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado I - SECRETARÍA GENERAL, SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, Objetivo 12. derogado por art. 1° del Decreto N° 299/2021 B.O. 10/5/2021;

- Anexo I, Apartado XVI - MINISTERIO DE SALUD  sustituido por art. 1° del Decreto N° 223/2021 B.O. 29/3/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XVI - MINISTERIO DE SALUD sustituido por art. 2° del Decreto N° 223/2021 B.O. 29/3/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado I - SECRETARÍA GENERAL, SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN GENERAL, Objetivos incorporados por art. 3° del Decreto Nº 68/2021 B.O. 4/2/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado I - SECRETARÍA GENERAL, SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL, Objetivo 8. incorporado por art. 4º del Decreto Nº 68/2021 B.O. 4/2/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado I - SECRETARÍA GENERAL, SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL, Objetivo 9. incorporado por art. 4º del Decreto Nº 68/2021 B.O. 4/2/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo III, Apartado XVI. - MINISTERIO DE SALUD sustituido por art. 3° del Decreto N° 223/2021 B.O. 29/3/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo I, Apartado  V. - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS sustituido por art. 1° del
Decreto N° 139/2021 B.O. 5/3/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado  V.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA, SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, Objetivo 12 sustituido por art. 5° del Decreto N° 139/2021 B.O. 5/3/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado  V.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA, Objetivos 17, 18 y 19, incorporados por art. 4° del Decreto N° 139/2021 B.O. 5/3/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado  V.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (INAP), Objetivo 11 derogado por art. 3° del Decreto N° 139/2021 B.O. 5/3/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado  V.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, SUBSECRETARÍA LEGAL, Objetivos incorporados por art. 2° del Decreto N° 139/2021 B.O. 5/3/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado  V.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, Objetivos sustituidos por art. 2° del Decreto N° 139/2021 B.O. 5/3/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IV, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA, Objetivo 16 incorporado por art. 1º del Decreto Nº 134/2021 B.O. 3/3/2021;

- Anexo II, Apartado IV, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA, Objetivo 17 incorporado por art. 1º del Decreto Nº 134/2021 B.O. 3/3/2021;

- Anexo II, Apartado IV, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA, Objetivo 18 incorporado por art. 1º del Decreto Nº 134/2021 B.O. 3/3/2021;

- Anexo II, Apartado I, SECRETARÍA GENERAL, SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y SERVICIOS, Objetivos derogados por art. 2º del Decreto Nº 68/2021 B.O. 4/2/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XXV Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, Secretaría de Desarrollo Territorial, Objetivo 9. derogado por art. 2° del Decreto N° 5/2021 B.O. 11/01/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XXV Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat Secretaría de Habitat, Objetivo 13. incoporado por art. 3° del Decreto N° 5/2021 B.O. 11/01/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XXV Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat Secretaría de Habitat, Subsecretaría de Gestión y Articulación de Programas Populares, Objetivos sustituidos por art. 4° del Decreto N° 5/2021 B.O. 11/01/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo I Apartado XXV sustituido por art. 1° del Decreto N° 5/2021 B.O. 11/01/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;


- Anexo II, Apartado XXV.- MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL Objetivos incoporados por art. 5° del Decreto N° 5/2021 B.O. 11/01/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;


- Anexo II, Apartado XXV.- MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL, SUBSECRETARÍA DE ABORDAJE Y GESTIÓN REGIONAL,  Objetivos incoporados por art. 5° del Decreto N° 5/2021 B.O. 11/01/2021. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo I, Apartado XVII, MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL sustituido por art. 3° del Decreto N° 804/2020 B.O. 15/10/2020. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX Ministerio de Economía, Secretaría de Energía, Objetivos sustituidos por art. 5° del Decreto N° 804/2020 B.O. 15/10/2020. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA, SECRETARÍA DE ENERGÍA SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO, Objetivos sustituidos por art. 5° del Decreto N° 804/2020 B.O. 15/10/2020. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA, SECRETARÍA DE ENERGÍA, SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA, Objetivos sustituidos por art. 5° del Decreto N° 804/2020 B.O. 15/10/2020. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA, SECRETARÍA DE ENERGÍA, SUBSECRETARÍA DE HIDROCARBUROS, Objetivos sustituidos por art. 5° del Decreto N° 804/2020 B.O. 15/10/2020. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo I, Apartado IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA sustituido por art. 2° del Decreto N° 804/2020 B.O. 15/10/2020. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX. Ministerio de Economía, SECRETARÍA DE ENERGÍA, SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL DE ENERGÍA, Objetivos sustituidos por art. 5° del Decreto N° 804/2020 B.O. 15/10/2020. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XVII MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIO-URBANA, Objetivos incorporados por art. 7° del Decreto N° 804/2020 B.O. 15/10/2020. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XVII MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIO‐URBANA, SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE TIERRAS Y SERVICIOS BARRIALES, Objetivos incorporados por art. 7° del Decreto N° 804/2020 B.O. 15/10/2020. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XXV, MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT,  SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y ARTICULACIÓN DE PROGRAMAS POPULARES Objetivos incorporados por art. 10 del Decreto N° 804/2020 B.O. 15/10/2020. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XXV, MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, Objetivo 9. de la SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL incorporado por art. 9° del
Decreto N° 804/2020 B.O. 15/10/2020. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo I, Apartado XXV, MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT sustituido por art. 4° del Decreto N° 804/2020 B.O. 15/10/2020. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XXV, MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIO-URBANA y de su dependiente SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE TIERRAS Y SERVICIOS BARRIALES, objetivos derogados por art. 6° del Decreto N° 804/2020 B.O. 15/10/2020. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XXIV - MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, SECRETARÍA DE PROMOCIÓN TURÍSTICA, Objetivo 10 sustituido por art. 8° del Decreto N° 804/2020 B.O. 15/10/2020. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XXIII - MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL, Objetivo 10 incorporado por art. 9° del Decreto N° 732/2020 B.O. 7/9/2020. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XXIV - MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES sustituido por art. 10 del Decreto N° 732/2020 B.O. 7/9/2020. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo I, Apartado IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA sustituido por art. 2° del Decreto N° 732/2020 B.O. 7/9/2020. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo I, Apartado X, MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, sustituido por art. 3° del Decreto N° 732/2020 B.O. 7/9/2020. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX. Ministerio de Economía,  SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA,  SUBSECRETARÍA LEGAL, Objetivo 6 sustituido por art. 7° del Decreto N° 732/2020 B.O. 7/9/2020. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX, SECRETARÍA DE ENERGÍA, objetivos incorporados por art. 5° del Decreto N° 732/2020 B.O. 7/9/2020. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX, SECRETARÍA DE ENERGÍA, SUBSECRETARÍA DE HIDROCARBUROS, objetivos incorporados por art. 5° del Decreto N° 732/2020 B.O. 7/9/2020. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX, SECRETARÍA DE ENERGÍA,  SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA, objetivos incorporados por art. 5° del Decreto N° 732/2020 B.O. 7/9/2020. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX, SECRETARÍA DE ENERGÍA, SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO objetivos incorporados por art. 5° del Decreto N° 732/2020 B.O. 7/9/2020. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado IX Ministerio de Economía, Secretaría Legal y Administrativa, Subsecretaría de Administración y Normalización Patrimonial, Objetivo 11 sustituido por art. 6° del Decreto N° 732/2020 B.O. 7/9/2020. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado X.- MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, Objetivos de la SECRETARÍA DE ENERGÍA y de sus dependientes SUBSECRETARÍA DE HIDROCARBUROS, SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO, derogados por art. 4° del Decreto N° 732/2020 B.O. 7/9/2020. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado XV, SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL DE LA SEGURIDAD,  SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DEL RIESGO Y PROTECCIÓN CIVIL, Objetivo 11 derogado por art. 8° del Decreto N° 732/2020 B.O. 7/9/2020. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo III, Apartado V , JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS sustituido por art. 12 del Decreto N° 732/2020 B.O. 7/9/2020. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo III, Apartado IX Ministerio de Economía, sustituido por art. 13 del Decreto N° 732/2020 B.O. 7/9/2020. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo III, Apartado X.- MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, sustituido por art. 14 del Decreto N° 732/2020 B.O. 7/9/2020. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo II, Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (INAP), Objetivo 11 incorporado por art. 6º del Decreto Nº 606/2020 B.O. 21/7/2020;

- ANEXO III, Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS sustituido por art. 12 del Decreto Nº 606/2020 B.O. 21/7/2020;

- Anexo II, Apartado  V.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA, Objetivos sustituidos por art. 7º del Decreto Nº 606/2020 B.O. 21/7/2020;

- Anexo II, Apartado  V.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, Objetivo 8 sustituido por art. 4º del Decreto Nº 606/2020 B.O. 21/7/2020;

- Anexo II, Apartado  V.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,  SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO, Objetivo 10 incorporado por art. 5º del
Decreto Nº 606/2020 B.O. 21/7/2020;

- Anexo II, Apartado  V.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA, SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, Objetivos sustituidos por art. 7º del Decreto Nº 606/2020 B.O. 21/7/2020;

- Anexo II, Apartado  V.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA , SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO EN MATERIA DE DROGAS, Objetivos sustituidos por art. 7º del Decreto Nº 606/2020 B.O. 21/7/2020;

- Anexo II, Apartado  V.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA, SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN, INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICAS EN MATERIA DE DROGAS, Objetivos sustituidos por art. 7º del Decreto Nº 606/2020 B.O. 21/7/2020;

- Anexo II, Apartado IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA sustituido por art. 8º del Decreto Nº 606/2020 B.O. 21/7/2020;

- Anexo II, Apartado XIII.- MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, sustituido por art. 9º del Decreto Nº 606/2020 B.O. 21/7/2020;

- Anexo II, Apartado XVII MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, Objetivo 9 derogado por art. 10 del Decreto Nº 606/2020 B.O. 21/7/2020;

- Anexo II, Apartado XXI.- MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y POLÍTICAS EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, Objetivos 10, 11 y 12 incorporados por art. 11 del Decreto Nº 606/2020 B.O. 21/7/2020;

- Anexo III, Apartado XVII.- MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, sustituido por art. 13 del Decreto Nº 606/2020 B.O. 21/7/2020;

- Anexo III, Apartado XII Ministerio de Transporte, sustituido por art. 2º del Decreto Nº 532/2020 B.O. 10/6/2020. Vigencia: a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL;

- Anexo I, Apartado IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA sustituido por art. 1° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo I, Apartado X.- MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO sustituido por art. 1° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo I, Apartado XI.-MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA sustituido por art. 1° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo I, Apartado XX.- MINISTERIO DE CULTURA sustituido por art. 1° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado I - SECRETARÍA GENERAL, Objetivos incorporados por art. 2° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado  V.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA, Objetivos sustituidos por art. 4° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado  V.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA, SUBSECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS, Objetivos sustituidos por art. 4° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo III, Apartado V - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS  sustituido por art. 21 del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

-
Anexo II, Apartado IX MINISTERIO DE ECONOMÍA, Objetivos, SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES sustituidos por art. 5° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado IX MINISTERIO DE ECONOMÍA, Objetivos  UNIDAD GABINETE DE ASESORES sustituidos por art. 5° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado IX MINISTERIO DE ECONOMÍA, Objetivos SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA  sustituidos por art. 5° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado IX MINISTERIO DE ECONOMÍA, Objetivos SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA, SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL sustituidos por art. 5° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado IX MINISTERIO DE ECONOMÍA, Objetivos SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA, SUBSECRETARÍA LEGAL sustituidos por art. 5° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado IX MINISTERIO DE ECONOMÍA, Objetivos SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA, SUBSECRETARÍA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO CIUDADANO sustituidos por art. 5° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado IX MINISTERIO DE ECONOMÍA, Objetivos SECRETARÍA DE HACIENDA sustituidos por art. 5° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Apartado IX MINISTERIO DE ECONOMÍA, Objetivos  SECRETARÍA DE HACIENDA, SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO sustituidos por art. 5° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado IX MINISTERIO DE ECONOMÍA, Objetivos  SECRETARÍA DE HACIENDA, SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS sustituidos por art. 5° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado IX MINISTERIO DE ECONOMÍA, Objetivos SECRETARÍA DE POLÍTICA TRIBUTARIA  sustituidos por art. 5° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado IX MINISTERIO DE ECONOMÍA, Objetivos SECRETARÍA DE POLÍTICA TRIBUTARIA, SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN TRIBUTARIA FEDERAL sustituidos por art. 5° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado IX MINISTERIO DE ECONOMÍA, Objetivos SECRETARÍA DE POLÍTICA TRIBUTARIA, SUBSECRETARÍA DE TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL sustituidos por art. 5° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado IX MINISTERIO DE ECONOMÍA, Objetivos SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA sustituidos por art. 5° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II,  Apartado IX MINISTERIO DE ECONOMÍA, Objetivos  SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA, SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MACROECONÓMICA sustituidos por art. 5° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

 - Anexo II, Apartado IX, Objetivos  SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA, SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN REGIONAL Y SECTORIAL incorporados por art. 5° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II,  Apartado IX MINISTERIO DE ECONOMÍA, Objetivos SECRETARÍA DE FINANZAS sustituidos por art. 5° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado IX, Objetivos SECRETARÍA DE FINANZAS, SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS sustituidos por art. 5° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado IX MINISTERIO DE ECONOMÍA, Objetivos SECRETARÍA DE FINANZAS, SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO sustituidos por art. 5° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado IX, Objetivos SECRETARÍA DE FINANZAS, UNIDAD DE GESTIÓN DE LA SOSTENIBILIDAD DE LA DEUDA PÚBLICA EXTERNA  sustituidos por art. 5° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

Anexo II, Apartado X, MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, SECRETARÍA DE ENERGÍA - SUBSECRETARÍA ADMINISTRATIVA DE ENERGÍA, Objetivos derogados por art. 7° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;


- Anexo II, Apartado X.- MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Objetivos sustituidos por art. 6° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado X.- MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, SUBSECRETARÍA ADMINISTRATIVA Objetivos incorporados por art. 6° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XI.- MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA sustituido por art. 8° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XI.- MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Objetivos sustituidos por art. 8° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XI.- MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, SUBSECRETARÍA DE MERCADOS AGROPECUARIOS Objetivos sustituidos por art. 8° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XI.- MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, UNIDAD GABINETE DE ASESORES Objetivos sustituidos por art. 8° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XI.- MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, UNIDAD GABINETE DE ASESORES, SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN POLÍTICA Objetivos sustituidos por art. 8° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XI.- MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL Objetivos sustituidos por art. 8° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XI.- MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL, SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO DE ECONOMÍAS REGIONALES Objetivos sustituidos por art. 8° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XI.- MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL, SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO PRODUCTIVO Y SUSTENTABLE PARA PEQUEÑOS Y MEDIANOS PRODUCTORES AGROALIMENTARIOS Objetivos sustituidos por art. 8° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XI.- MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA Objetivos sustituidos por art. 8° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XI.- MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA Objetivos sustituidos por art. 8° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XI.- MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, SUBSECRETARÍA DE GANADERÍA Y PRODUCCIÓN ANIMAL Objetivos sustituidos por art. 8° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XI.- MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURAObjetivos sustituidos por art. 8° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XI.- MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR, CAMPESINA E INDÍGENA Objetivos sustituidos por art. 8° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XI.- MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR, CAMPESINA E INDÍGENA, SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR Y DESARROLLO TERRITORIAL Objetivos sustituidos por art. 8° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XI.- MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR, CAMPESINA E INDÍGENA, SUBSECRETARÍA DE PROGRAMAS DE DESARROLLO PRODUCTIVO Objetivos sustituidos por art. 8° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XIII, MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS,  SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA, Denominación de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN OPERATIVA DE PROYECTOS HÍDRICOS sustituida por SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN OPERATIVA DE PROYECTOS HÍDRICOS, por art. 10 del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XIV - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - OFICINA ANTICORRUPCIÓN - Objetivos derogados por art. 11 del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XIV - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS OFICINA ANTICORRUPCIÓN - SUBSECRETARÍA DE INTEGRIDAD Y TRANSPARENCIA - Objetivos derogados por art. 11 del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XIV - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS OFICINA ANTICORRUPCIÓN - SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIONES ANTICORRUPCIÓN - Objetivos derogados por art. 11 del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, SUBSECRETARÍA DE PUERTOS, VÍAS NAVEGABLES Y MARINA MERCANTE Objetivos sustituidos por art. 9° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo I, Apartado XIV.- MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS sustituido por art. 1° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XIV. MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, UNIDAD GABINETE DE ASESORES, Objetivos sustituidos por art. 12 del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XIV.- MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS sustituido por art. 21 del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XIV. MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, SECRETARÍA DE JUSTICIA, Objetivos sustituidos por art. 12 del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XIV. MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, SECRETARÍA DE JUSTICIA, SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA CRIMINAL, Objetivos sustituidos por art. 12 del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XIV, MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS,  SECRETARÍA DE JUSTICIA,  SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y LA COMUNIDAD ACADÉMICA, Objetivos sustituidos por art. 12 del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo III, Apartado XVI MINISTERIO DE SALUD sustituido por art. 21 del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XVI MINISTERIO DE SALUD, SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD, Objetivos sustituidos por art. 13 del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XVI MINISTERIO DE SALUD, SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD, Objetivos sustituidos por art. 13 del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XVI MINISTERIO DE SALUD, SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD, SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS, Objetivos sustituidos por art. 13 del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XVI MINISTERIO DE SALUD, SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD, SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, Objetivos sustituidos por art. 13 del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XVII MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, SECRETARÍA DE ECONOMÍA SOCIAL, Objetivo 8 sustituido por art. 14 del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XX.- MINISTERIO DE CULTURA, SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE ESPACIOS Y PROYECTOS ESPECIALES, Objetivos incorporados por art. 19 del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XX.- MINISTERIO DE CULTURA, SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL, Objetivos sustituidos por art. 19 del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XX.- MINISTERIO DE CULTURA, SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL, Objetivos sustituidos por art. 19 del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado IV, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA, SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRESNA, Objetivos sustituidos por art. 3° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XII- MINISTERIO DE TRANSPORTE, sustituidos por art. 9° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XII- MINISTERIO DE TRANSPORTE, SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, Objetivos sustituidos por art. 9° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XII- MINISTERIO DE TRANSPORTE, UNIDAD GABINETE DE ASESORES, Objetivos sustituidos por art. 9° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XII- MINISTERIO DE TRANSPORTE, SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DEL TRANSPORTE, Objetivos sustituidos por art. 9° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XII- MINISTERIO DE TRANSPORTE, SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DEL TRANSPORTE, SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE TRANSPORTE, Objetivos sustituidos por art. 9° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XII- MINISTERIO DE TRANSPORTE, SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, Objetivos sustituidos por art. 9° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XII- MINISTERIO DE TRANSPORTE, SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO, Objetivos sustituidos por art. 9° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo I, Apartado XIII.- MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, sustituido por art. 1° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo I, Apartado XII.- MINISTERIO DE TRANSPORTE sustituido por art. 1° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XII- MINISTERIO DE TRANSPORTE, SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, Objetivos sustituidos por art. 9° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XII- MINISTERIO DE TRANSPORTE, SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN INTERJURISDICCIONAL, Objetivos sustituidos por art. 9° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XII- MINISTERIO DE TRANSPORTE, SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN INTERJURISDICCIONAL, SUBSECRETARÍA DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS DE TRANSPORTE Y DESARROLLO TECNOLÓGICO, Objetivos sustituidos por art. 9° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XII- MINISTERIO DE TRANSPORTE, SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN INTERJURISDICCIONAL ,  SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FINANCIERA DE TRANSPORTE , Objetivos sustituidos por art. 9° del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo III, Apartado SECRETARÍA GENERAL sustituido por art. 21 del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo III, Apartado PRESIDENCIA DE LA NACIÓN sustituido por art. 21 del
Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo III, Apartado X, MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO sustituido por art. 21 del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo III, Apartado XVII.- MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL sustituido por art. 21 del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo III, Apartado XX.- MINISTERIO DE CULTURA sustituido por art. 21 del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo III, Apartado XXI.- MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN  sustituido por art. 21 del Decreto N° 335/2020 B.O. 5/4/2020;

- Anexo II, Apartado XIV MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS, Objetivo 10  sustituido por art. 1° del Decreto N° 52/2020 B.O. 14/1/2020;

- Anexo III, Apartado XIV.- MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS sustituido por art. 2° del Decreto N° 52/2020 B.O. 14/1/2020.