MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
Resolución 6/2020
RESOL-2020-6-APN-MRE
Ciudad de Buenos Aires, 20/01/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-03083938- -APN-DGD#MRE del registro de
este Ministerio, los Decretos Nros 467 del 5 de mayo de 1999 y su
modificatorio y 1759 del 3 de abril de 1972 y sus modificatorios, y la
Resolución N° 693 del 31 de marzo de 1995 de este Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 1° de la Resolución N° 693/95 de este
Ministerio se estableció a partir del 1 de enero de 1995 para la ex
Unidad de Proyecto de Control Interno y Sumarios, actual DIRECCIÓN DE
SUMARIOS dependiente de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN
EXTERIOR de este Ministerio, un período de receso anual, que corre
desde el primer día hábil de enero hasta el último día hábil del mismo
mes, ambos inclusive y durante el que se tendrán por suspendidos todos
los plazos y términos procesales y administrativos en las actuaciones
en trámite.
Que, asimismo, el artículo 3° de la Resolución mencionada en el
considerando precedente dispuso que el personal de la ex Unidad de
Proyecto de Control Interno y Sumarios, actual DIRECCIÓN DE SUMARIOS
dependiente de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR
de este Ministerio, gozará de sus licencias ordinarias preferentemente
durante el receso establecido por el artículo 1° de la misma
resolución, sin perjuicio de los derechos que la legislación de fondo
les acuerda.
Que por su parte, a través del Decreto N° 467/99 y su modificatorio se
aprobó el Reglamento de Investigaciones Administrativas a través del
cual se regularon los procedimientos de información sumaria y de
sumario con el objeto de sustanciar las investigaciones pertinentes
cuando un hecho, acción u omisión pueda significar responsabilidad
disciplinaria y en su artículo 26 establece que las investigaciones
deben efectuarse con la mayor celeridad posible.
Que, en consecuencia, resulta pertinente derogar la Resolución N° 693/95 de este Ministerio.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR de este Ministerio
ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por el Decreto N°
438/92) y sus modificatorias, y por el artículo 83 del Reglamento de
Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.
Por ello,
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Derógase la Resolución N° 693 del 31 de marzo de 1995 del
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Felipe Carlos Solá
e. 23/01/2020 N° 3027/20 v. 23/01/2020