MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
Disposición 14/2020
DI-2020-14-APN-SSCRYF#MS
Ciudad de Buenos Aires, 17/01/2020
VISTO el Expediente EX-2018-30931447- APN-DNCH#MS del registro de este
Ministerio y las Resoluciones Ministeriales Nº 450 de fecha 7 de abril
de 2006; Nº 1922 de fecha 6 de diciembre de 2006; Nº 1342 de fecha 10
de octubre de 2007; Nº 1814 de fecha 9 de octubre de 2015; y las
Disposiciones de la entonces SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y
FISCALIZACIÓN Nº 104 de fecha 24 de noviembre de 2015 y N° 2 de fecha
24 de septiembre de 2018 y;
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución Ministerial Nº 450 de fecha 7 de abril de
2006 se crea el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL
EQUIPO DE SALUD y se establecen criterios básicos, los integrantes del
sistema y los registros.
Que el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE
SALUD se encuentra integrado por el CONSEJO FEDERAL DE SALUD - COFESA -
como rector de la política a seguir en la formación del recurso humano
en salud, es presidido por la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y
FISCALIZACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO como
coordinador, la COMISIÓN TÉCNICA, integrada por representantes
jurisdiccionales y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE
ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, conformada por
Entidades representativas del sector, conforme lo establecido por
Resolución Ministerial Nº 450 de fecha 7 de abril de 2006.
Que a la vez dicho sistema prevé un Registro Único de Entidades
Evaluadoras, conformado por Sociedades Científicas, Universidades y
otras Organizaciones Civiles.
Que mediante Disposición Subsecretarial Nº 104 de fecha 24 de noviembre
de 2015, se han aprobado los nuevos Estándares Nacionales y Contenidos
Transversales, para la Acreditación de Residencias del Equipo de Salud
y los formularios nacionales para la evaluación de residencias del
equipo de salud (Instrumento Nacional de Residencias del Equipo de
Salud, Encuesta de Residentes y Guía para los Evaluadores), a los
efectos de que los mismos definan los criterios mínimos para el
funcionamiento de formación de residencias, refrendados por la COMISIÓN
TÉCNICA INTERJURISDICCIONAL y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL
DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD.
Que la especialidad médica Diagnóstico por imágenes está incluida en el
listado de especialidades reconocidas por el MINISTERIO DE SALUD
(Resolución Ministerial N° 1814/2015).
Que mediante Disposición N° 2 de fecha 24 de septiembre de 2018 de la
entonces SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN la
entidad Sociedad Argentina de Radiología ha sido incorporada al
Registro de Entidades Evaluadoras.
Que la propuesta pedagógica presentada por la Residencia se expresa en
un programa de formación que se encuadra en lo prescripto en la
Resolución Ministerial Nº 1342 de fecha 10 de octubre de 2007.
Que la entidad Sociedad Argentina de Radiología ha realizado la
evaluación de la residencia de Diagnóstico por imágenes de la
institución Hospital Italiano de Buenos Aires (Ciudad Autónoma de
Buenos Aires), utilizando el Instrumento Nacional de Evaluación y ha
informado que la Residencia está en condiciones de ser acreditada por
un período de 4 (CUATRO) años y ha formulado recomendaciones para su
mejora.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO elaboró un Informe Técnico
de acuerdo a la documentación remitida por la Entidad Evaluadora, a los
Estándares Nacionales de Acreditación y a las encuestas realizadas a
los residentes, expidiéndose en igual sentido y proponiendo asignar la
categoría A.
Que el MINISTERIO DE SALUD a los efectos de orientar el proceso de
mejora de la calidad de la formación de esta residencia ha elaborado
las recomendaciones pertinentes.
Que la COMISIÓN ASESORA DE EVALUACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD ha supervisado el procedimiento realizado.
Que atento a lo expuesto, se han cumplimentado los pasos necesarios
para la acreditación de la residencia de Diagnóstico por imágenes de la
institución Hospital Italiano de Buenos Aires (Ciudad Autónoma de
Buenos Aires).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial Nº 450 de fecha 7 de abril de 2006.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Acredítase la Residencia médica de Diagnóstico por
imágenes de la institución Hospital Italiano de Buenos Aires (Ciudad
Autónoma de Buenos Aires), en la Categoría A por un período de 4
(CUATRO) años a partir de la fecha de publicación de la presente, de
acuerdo con los informes emitidos por la Entidad Evaluadora Sociedad
Argentina de Radiología y la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO y en
concordancia con los Estándares Nacionales para la Acreditación de las
Residencias del Equipo de Salud.
ARTÍCULO 2º.- La Residencia Médica de Diagnóstico por imágenes de la
institución Hospital Italiano de Buenos Aires (Ciudad Autónoma de
Buenos Aires) deberá:
a. Incluir en el programa de formación y asegurar el desarrollo
formativo de todos los contenidos transversales definidos por el
SNARES, según Estándares Nacionales de Acreditación (Disposición N°
104/2015).
b. Reducir y adecuar la cantidad y carga horaria de las guardias
activas de la Residencia, según lo establecido en los Estándares
Nacionales de Acreditación (Disposición N° 104/2015).
c. Incorporar en el Programa de la residencia temas de radiología
pediátrica y fortalecer las rotaciones por escenarios de mamografía y
radiología intervencionista.
d. Fortalecer la formación pedagógica de todo el equipo docente, según
Matriz de valoración para la categorización de Residencias (2017).
e. Fortalecer el equipo docente con la incorporación de Jefes/as de
residentes, acorde al número de residentes considerado necesario para
la gestión cotidiana de la formación de los mismos, según Matriz de
valoración para la categorización de Residencias (2017).
f. Garantizar que el desarrollo de los contenidos Teórico - Prácticos
de la Especialidad con participación de docentes especialistas se
encuentren dentro del marco de la Residencia y no tengan costo
adicional para los/as residentes, según Estándares Nacionales de
Acreditación (Disposición N° 104/2015).
ARTÍCULO 3°.- La Residencia Médica de Diagnóstico por imágenes de la
institución Hospital Italiano de Buenos Aires (Ciudad Autónoma de
Buenos Aires), deberá anualmente informar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE
CAPITAL HUMANO el listado correspondiente a los residentes activos y de
los egresados durante el período correspondiente a la vigencia de la
Acreditación.
ARTÍCULO 4º.- La nueva acreditación deberá gestionarse ante este
Ministerio 6 (SEIS) meses antes de su vencimiento conforme lo establece
la Resolución Ministerial Nº 450 de fecha 7 de abril de 2006 y en esta,
se tendrá en cuenta el grado de cumplimiento de las recomendaciones
establecidas en el ARTÍCULO 2º para mantener o superar la categoría.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN
NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. Judit Marisa Díaz Bazán
e. 24/01/2020 N° 3215/20 v. 24/01/2020