ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Resolución 29/2020
RESFC-2020-29-APN-DIRECTORIO#ENARGAS
Ciudad de Buenos Aires, 22/01/2020
VISTO la Ley N° 24.076 y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 1738
del 18 de setiembre de 1992, el Expediente Nº EX-2020-02545498-
-APN#ENARGAS, y;
CONSIDERANDO:
Que, en virtud de lo previsto en el Artículo 27 de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, y por el Artículo 1°
del Decreto N° 4 del 2 de enero de 2020, se estableció que a partir del
1° de enero de 2020 rigen las disposiciones de la Ley N° 27.467 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2019, sus normas modificatorias y complementarias.
Que, conforme lo allí dispuesto, se prorrogó el Presupuesto General de
la Administración Nacional 2019 para el Ejercicio 2020, que comprende
el presupuesto del ENARGAS.
Que, en ese sentido, de acuerdo a la Decisión Administrativa N° 1/2020
del Jefe de Gabinete de Ministros, del 10 de enero de 2020, se han
distribuido los créditos y recursos correspondientes al Ejercicio 2020,
siendo los recursos por Tasa de Fiscalización y Control para el
presente Ejercicio de PESOS MIL DOSCIENTOS DIECISEIS MILLONES CIENTO
ONCE MIL OCHOCIENTOS TRES ($1.216.111.803.-).
Que, a efectos de asegurar el correcto desempeño de las funciones
asignadas por la Ley N° 24.076 a esta Autoridad Regulatoria, atento a
lo dispuesto por los Artículos 62 y 63 del Decreto N° 1738/92; resulta
necesario establecer un anticipo de la Tasa de Fiscalización para el
Año 2020.
Que, a fin de determinar la base de cálculo para este anticipo, se
cuenta con la información suministrada por la Gerencia de Desempeño y
Economía del ENARGAS, mediante el ME-2019-89117845-APNGDYE#ENARGAS,
correspondiente a los ingresos brutos por la actividad regulada que
surge de los últimos Estados Contables, disponibles por esa Gerencia,
de las Distribuidoras y Transportistas, presentados ante esta Autoridad
Regulatoria en cumplimiento de las Resoluciones ENARGAS Nº 1660/00 y Nº
163/95, y sus concordantes.
Que, este anticipo se tomará a cuenta del importe que a todos los
sujetos que resulten obligados al pago les corresponda abonar en
concepto de Tasa de Fiscalización y Control para el Año 2020, el que se
determinará en forma definitiva en oportunidad del pago de la última
cuota de la mencionada Tasa, en base a los ingresos brutos por
actividad regulada que surja de los Estados Contables al 31 de
diciembre de 2019 o últimos presentados por las Distribuidoras,
Transportistas y Subdistribuidoras, y en una suma fija para las
Comercializadoras.
Que, se ha determinado, en forma provisoria, el excedente acumulado al
año 2019 en $ 37.386.569.- y conforme lo dispuesto en la reglamentación
del Artículo 63 de la Ley N° 24.076 por Decreto N° 1738/92, corresponde
su asignación al presente ejercicio.
Que, no obstante ello, resulta necesario y prudente esperar la
aprobación de dicho excedente por parte de la Contaduría General de la
Nación, que llevará a cabo las tareas de cierre de la Cuenta de
Inversión 2019.
Que, esta Autoridad Regulatoria emite el presente Acto Administrativo,
conforme lo establecido por el Artículo 1º del Decreto Nº 4/2020, y con
el objeto de financiar los gastos necesarios para el desarrollo de las
funciones y facultades que el Marco Regulatorio de la Industria del Gas
ha otorgado al ENARGAS, en orden de asegurar el control del Servicio
Público de Transporte y Distribución de Gas Natural por Redes.
Que, el Servicio Jurídico Permanente del Ente Nacional Regulador del Gas ha tomado la intervención que por derecho corresponde.
Que, el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el
dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por los Artículos
62 y 63 de la Ley Nº 24.076 y su reglamentación, aprobada por el
Decreto Nº 1738/92 y las atribuciones conferidas por el Artículo 52,
Incisos a) y x), de la Ley N° 24.076 y su reglamentación.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Fijar el primer anticipo de la Tasa de Fiscalización y
Control para el año 2020 en la suma de PESOS TRESCIENTOS CUATRO
MILLONES VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y UNO ($ 304.027.951.-),
que será abonada según el detalle obrante en el Anexo identificado como
IF-2020-03415175-APN-GA#ENARGAS que forma parte de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 2º.- Establecer como fecha de vencimiento para el ingreso del presente anticipo el 29 de enero de 2020.
ARTÍCULO 3°. - Registrar, comunicar, publicar, dar a la DIRECCIÓN
NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archivar. Daniel Alberto Perrone -
Carlos Alberto María Casares - Guillermo Sebastián Sabbioni Perez -
Griselda Lambertini - Mauricio Ezequiel Roitman
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 27/01/2020 N° 3463/20 v. 27/01/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)