ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución 29/2020

RESFC-2020-29-APN-DIRECTORIO#ENARGAS

Ciudad de Buenos Aires, 22/01/2020

VISTO la Ley N° 24.076 y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 1738 del 18 de setiembre de 1992, el Expediente Nº EX-2020-02545498- -APN#ENARGAS, y;

CONSIDERANDO:

Que, en virtud de lo previsto en el Artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, y por el Artículo 1° del Decreto N° 4 del 2 de enero de 2020, se estableció que a partir del 1° de enero de 2020 rigen las disposiciones de la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, sus normas modificatorias y complementarias.

Que, conforme lo allí dispuesto, se prorrogó el Presupuesto General de la Administración Nacional 2019 para el Ejercicio 2020, que comprende el presupuesto del ENARGAS.

Que, en ese sentido, de acuerdo a la Decisión Administrativa N° 1/2020 del Jefe de Gabinete de Ministros, del 10 de enero de 2020, se han distribuido los créditos y recursos correspondientes al Ejercicio 2020, siendo los recursos por Tasa de Fiscalización y Control para el presente Ejercicio de PESOS MIL DOSCIENTOS DIECISEIS MILLONES CIENTO ONCE MIL OCHOCIENTOS TRES ($1.216.111.803.-).

Que, a efectos de asegurar el correcto desempeño de las funciones asignadas por la Ley N° 24.076 a esta Autoridad Regulatoria, atento a lo dispuesto por los Artículos 62 y 63 del Decreto N° 1738/92; resulta necesario establecer un anticipo de la Tasa de Fiscalización para el Año 2020.

Que, a fin de determinar la base de cálculo para este anticipo, se cuenta con la información suministrada por la Gerencia de Desempeño y Economía del ENARGAS, mediante el ME-2019-89117845-APNGDYE#ENARGAS, correspondiente a los ingresos brutos por la actividad regulada que surge de los últimos Estados Contables, disponibles por esa Gerencia, de las Distribuidoras y Transportistas, presentados ante esta Autoridad Regulatoria en cumplimiento de las Resoluciones ENARGAS Nº 1660/00 y Nº 163/95, y sus concordantes.

Que, este anticipo se tomará a cuenta del importe que a todos los sujetos que resulten obligados al pago les corresponda abonar en concepto de Tasa de Fiscalización y Control para el Año 2020, el que se determinará en forma definitiva en oportunidad del pago de la última cuota de la mencionada Tasa, en base a los ingresos brutos por actividad regulada que surja de los Estados Contables al 31 de diciembre de 2019 o últimos presentados por las Distribuidoras, Transportistas y Subdistribuidoras, y en una suma fija para las Comercializadoras.

Que, se ha determinado, en forma provisoria, el excedente acumulado al año 2019 en $ 37.386.569.- y conforme lo dispuesto en la reglamentación del Artículo 63 de la Ley N° 24.076 por Decreto N° 1738/92, corresponde su asignación al presente ejercicio.

Que, no obstante ello, resulta necesario y prudente esperar la aprobación de dicho excedente por parte de la Contaduría General de la Nación, que llevará a cabo las tareas de cierre de la Cuenta de Inversión 2019.

Que, esta Autoridad Regulatoria emite el presente Acto Administrativo, conforme lo establecido por el Artículo 1º del Decreto Nº 4/2020, y con el objeto de financiar los gastos necesarios para el desarrollo de las funciones y facultades que el Marco Regulatorio de la Industria del Gas ha otorgado al ENARGAS, en orden de asegurar el control del Servicio Público de Transporte y Distribución de Gas Natural por Redes.

Que, el Servicio Jurídico Permanente del Ente Nacional Regulador del Gas ha tomado la intervención que por derecho corresponde.

Que, el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por los Artículos 62 y 63 de la Ley Nº 24.076 y su reglamentación, aprobada por el Decreto Nº 1738/92 y las atribuciones conferidas por el Artículo 52, Incisos a) y x), de la Ley N° 24.076 y su reglamentación.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Fijar el primer anticipo de la Tasa de Fiscalización y Control para el año 2020 en la suma de PESOS TRESCIENTOS CUATRO MILLONES VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y UNO ($ 304.027.951.-), que será abonada según el detalle obrante en el Anexo identificado como IF-2020-03415175-APN-GA#ENARGAS que forma parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2º.- Establecer como fecha de vencimiento para el ingreso del presente anticipo el 29 de enero de 2020.

ARTÍCULO 3°. - Registrar, comunicar, publicar, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archivar. Daniel Alberto Perrone - Carlos Alberto María Casares - Guillermo Sebastián Sabbioni Perez - Griselda Lambertini - Mauricio Ezequiel Roitman

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 27/01/2020 N° 3463/20 v. 27/01/2020

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)