Decisión Administrativa 32/2020
DECAD-2020-32-APN-JGM - Desígnase Director Nacional de Operaciones.
Ciudad de Buenos Aires, 31/01/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-01053712-APN-SGM#JGM, la Ley Nº 27.467,
los Decretos Nros. 40 del 25 de enero de 2007, 355 del 22 de mayo de
2017 y su modificatorio, 4 del 2 de enero de 2020 y la Decisión
Administrativa N° 1881 del 10 de diciembre de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 4/20 se estableció que las disposiciones de la
Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2019 regirán a partir del 1° de enero de 2020, en virtud
de lo establecido por el artículo 27 de la Ley N° 24.156 de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional.
Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación
transitoria de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario,
vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las
estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de
Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o
Entidad de que se trate.
Que por la Decisión Administrativa N° 1881/18 se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado
actuante en la órbita de la entonces Secretaría de Gobierno de
Agroindustria del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, actual
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
Que por el Decreto Nº 40/07 se homologó el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado actuante en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS
del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.
Que en virtud de encontrarse vacante el cargo de Director/a de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado actuante en la
órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, se considera
imprescindible proceder a su cobertura transitoria.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
de los artículos 100 inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7° de la Ley
N° 27.467 prorrogada por el Decreto N° 4/20 y 2° del Decreto N° 355 del
22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Desígnase con carácter transitorio en el SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo
descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA, a partir del 2 de enero de 2020 y por el plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la
presente medida, al Médico Veterinario Juan Ángel CRUZ (D.N.I. N°
18.350.045) en el cargo de Director Nacional de Operaciones,
Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General
del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, homologado por
el Decreto Nº 40/07.
Se autoriza el correspondiente pago de la Función Directiva I prevista
en el Título IV, Capítulo I, artículo 42 del citado Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial y con carácter de excepción a lo dispuesto por el
artículo 7° de la Ley N° 27.467 prorrogada por el Decreto N° 4/20.
ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1º de la presente
medida deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto
por la Resolución Conjunta Nº 89/08 y Nº 16/08 del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN
PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS dentro del plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la
presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será imputado con cargo a las partidas específicas de la
Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA -
Entidad 623 - SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Andrés Cafiero - Luis Eugenio
Basterra
e. 03/02/2020 N° 4678/20 v. 03/02/2020