Decreto 159/2020
DCTO-2020-159-APN-PTE - Dáse por designado Director Nacional de Financiamiento con Organismos Internacionales de Crédito.
Ciudad de Buenos Aires, 17/02/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-05556844-APN-SGM#JGM, la Ley N° 27.467,
los Decretos Nros. 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus
modificatorios y complementarios, 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y su
modificatorio, 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y su modificatorio,
4 de fecha 2 de enero de 2020 y la Decisión Administrativa N° 309 de
fecha 13 de marzo del 2018 y su modificatoria, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 4/20 se estableció que las disposiciones de la
Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2019 regirán a partir del 1° de enero de 2020, en virtud
de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N°
24.156.
Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación
transitoria de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios vacantes y financiados presupuestariamente, en
jurisdicciones y unidades organizativas dependientes de la Presidencia
de la Nación, de conformidad a las estructuras organizativas, será
efectuada por el Presidente de la Nación.
Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y
sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los
correspondientes a la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que por el artículo 6º del citado decreto se estableció que hasta tanto
se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas, se
mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel
inferior a Subsecretaría.
Que por la Decisión Administrativa N° 309/18 se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del entonces
MINISTERIO DE FINANZAS.
Que la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN solicita la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado
de Director/a Nacional de Financiamiento con Organismos Internacionales
de Crédito a efectos de asegurar el normal desenvolvimiento de la
mencionada dependencia.
Que el cargo cuya cobertura se propicia, no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que el Servicio Jurídico permanente de la SECRETARÍA GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y
por lo establecido en el artículo 2° del Decreto N° 355 de fecha 22 de
mayo de 2017.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dáse por designado con carácter transitorio, a partir del
2 de enero de 2020 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles, al licenciado Leandro Adrián GORGAL (D.N.I. Nº 31.684.541) en
el cargo de Director Nacional de Financiamiento con Organismos
Internacionales de Crédito de la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en un Nivel A, Grado 0 del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función
Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y
se efectúa la presente designación transitoria con autorización
excepcional por no reunir el licenciado GORGAL los requisitos mínimos
establecidos en el artículo 14 de dicho Convenio.
ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1° deberá ser
cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes,
según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos
III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por
el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles contados a partir del 2 de enero de 2020.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la
Jurisdicción 20 – 01 SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero
e. 18/02/2020 N° 8349/20 v. 18/02/2020