Decisión Administrativa 139/2020
DECAD-2020-139-APN-JGM - Dáse por designado Director Nacional de Asesoramiento Legal, Administrativo y Financiero.
Ciudad de Buenos Aires, 18/02/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-01840721-APN-SGM#JGM, la Ley N° 27.467,
los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios
y complementarios, 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y su modificatorio,
50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 4 del 2 de
enero de 2020 y la Decisión Administrativa N° 306 del 13 de marzo de
2018 y su modificatoria, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 4/20 se estableció que las disposiciones de la
Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2019 regirán a partir del 1° de enero de 2020, en virtud
de lo establecido por el artículo 27 de la Ley N° 24.156 de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional.
Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación de
personal, en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con
rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados
presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas,
será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito
de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada,
a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.
Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y
sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los
correspondientes al MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que por la Decisión Administrativa N° 306/18 se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE
TRANSPORTE.
Que el MINISTERIO DE TRANSPORTE solicita la cobertura transitoria del
cargo vacante y financiado de Director/a Nacional de Asesoramiento
Legal, Administrativo y Financiero dependiente de la UNIDAD EJECUTORA
DE LA OBRA DE SOTERRAMIENTO DEL CORREDOR FERROVIARIO CABALLITO-MORENO
DE LA LÍNEA SARMIENTO del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a efectos de
asegurar el normal desenvolvimiento de la mencionada dependencia.
Que la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que el Servicio Jurídico permanente del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes de los artículos 100 inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y
2º del Decreto Nº 355 fecha 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Dáse por designado con carácter transitorio, a partir del
2 de enero de 2020, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, al doctor
Pablo Carlos BARBIERI (D.N.I. Nº 18.057.450) en el cargo de Director
Nacional de Asesoramiento Legal, Administrativo y Financiero
dependiente de la UNIDAD EJECUTORA DE LA OBRA DE SOTERRAMIENTO DEL
CORREDOR FERROVIARIO CABALLITO-MORENO DE LA LÍNEA SARMIENTO del
MINISTERIO DE TRANSPORTE, Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función
Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y
se efectúa la presente designación transitoria con autorización
excepcional por no reunir el doctor BARBIERI los requisitos mínimos
establecidos en el artículo 14 de dicho Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El cargo consignado en el artículo 1° de la presente
medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de
selección vigentes, según lo establecido, respectivamente, en el Título
II, Capítulos III, IV y VIII, y en el Título IV del Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo
de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de
la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
decisión administrativa será imputado con cargo a las partidas
específicas de la Jurisdicción 57 - del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Andrés Cafiero - Mario Andrés
Meoni
e. 19/02/2020 N° 8728/20 v. 19/02/2020