ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 32/2020
RESOL-2020-32-APN-APNAC#MAD
Ciudad de Buenos Aires, 18/02/2020
VISTO el Expediente EX-2019-01667032-APN-DGA#APNAC, las Leyes Nros.
22.351, 25.164 y 27.467, el Decreto Nº 1.455 de fecha 3 de septiembre
de 1987 y sus modificatorios, las Decisiones Administrativas Nros.
1.666 de fecha 5 de octubre de 2018 y 12 de fecha 10 de enero de 2019,
las Resoluciones RESFC-2016-382-EAPN-D#APNAC de fecha 14 de diciembre
de 2016, RESFC-2017-16-E-APN-D#APNAC de fecha 16 de enero de 2017,
RESFC-2018-573-APN-D#APNAC de fecha 24 de octubre de 2018,
RESFC-2019-16-APN-D#APNAC de fecha 23 de enero de 2019 y
RESFC-2019-52-APN-D#APNAC de fecha 23 de febrero de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 4/2020 se estableció que las disposiciones de la
Ley Nº 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2019 regirán a partir del día 1º de enero de 2020, en
virtud de lo establecido por el Artículo 27 de la Ley Nº 24.156 de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional.
Que conforme la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 10 de enero de
2020 se procedió a distribuir el Presupuesto General de la
Administración Nacional correspondientes a la prórroga de la Ley N°
27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el
Ejercicio 2019.
Que por la Decisión Administrativa Nº 1.666 de fecha 5 de octubre de
2018 se exceptuó a esta ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo
descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SOSTENIBLE de lo previsto en el Artículo 7º de la Ley Nº
27.431, al solo efecto de posibilitar la cobertura de CUARENTA Y SIETE
(47) cargos vacantes y financiados correspondientes al Agrupamiento del
CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES, Categoría G-2, Guardaparque
Asistente.
Que, en consecuencia, mediante la Resolución RESFC-2018-573-APN-D#APNAC
de fecha 24 de octubre de 2018, se convocó al proceso de selección y
llamado a inscripción de postulantes para la cobertura de SESENTA (60)
cargos vacantes y financiados de la categoría Guardaparque Asistente
del AGRUPAMIENTO GUARDAPARQUES del CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES,
PROMOCIÓN XXX.
Que, en virtud de lo actuado por el Comité de Selección designado para
dicha Promoción, quedaron seleccionados DIECINUEVE (19) postulantes en
dicho proceso.
Que con la finalidad de continuar con el proceso de incorporación de
personal Guardaparque a las diversas Áreas Protegidas, a través de la
Resolución RESFC-2019-16-APN-D#APNAC, se realizó un nuevo llamado a
convocatoria al proceso de selección y llamado a inscripción de
postulantes para la cobertura de CUARENTA Y UN (41) vacantes para
Guardaparque Asistente del AGRUPAMIENTO GUARDAPARQUES del CUERPO DE
GUARDAPARQUES NACIONALES.
Que conforme el Artículo 6º de la resolución precitada, se designaron
los integrantes del Comité de Selección y al Secretario Técnico
mencionados en el Anexo VI, de acuerdo con lo previsto en el Artículo
8° del Reglamento aprobado por la Resolución
RESFC-2016-382-E-APN-D#APNAC de fecha 14 de diciembre de 2016.
Que mediante la Nota NO-2019-05473198-APN-ONEP#JGM de fecha 28 de enero
de 2019 se informaron los datos de los representantes de la entonces
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN que actuarían como miembros del
Comité de Selección, por lo que se procedió a rectificar el ANEXO VI de
la Resolución RESFC2019-16-APN-D#APNAC mediante el dictado de la
Resolución RESFC-2019-52-APN-D#APNAC, IF-2019- 06227733-APN-DCYD#APNAC.
Que por cuestiones operativas corresponde rectificar el Anexo VI señalado en el párrafo precedente.
Que la Dirección de Capacitación y Desarrollo de Carrera y la Dirección
General de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 24, inciso f), de la Ley Nº 22.351.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Rectifícase el Anexo VI, IF-2019-06227733-APN-DCYD#APNAC,
de la Resolución RESFC2019-52-APN-D#APNAC, a través del documento
IF-2020-10464007-APN-DCYD#APNAC, de acuerdo con lo expuesto en los
Considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Establécese que por el Departamento de Mesa General de
Entradas, Salidas y Notificaciones, se notifique en legal forma a la
UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN (UPCN), a la ASOCIACIÓN DE
TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE), al MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNERO Y
DIVERSIDAD, al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y a la
SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO. Por la Coordinación de Capacitación
notifíquese a los aspirantes que se encuentran realizando el Curso de
Habilitación para Guardaparque Asistente, Promoción XXXI. Cumplido, y
con las debidas constancias, gírense las actuaciones a la Dirección
General de Recursos Humanos a sus efectos.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Daniel Jorge Somma
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 20/02/2020 N° 8846/20 v. 20/02/2020
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)