Ciudad de Buenos Aires, 02/03/2020
VISTO el EX-2020-04818299-APN-SDYME#ENACOM, el IF-2020-08130717-APN-DNSA#ENACOM y
CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó el
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y
descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes N° 27.078 y
N° 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las
funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE
LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE
SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
Que por el Artículo 154 de la Ley N° 26.522, se transfirió al ámbito de
la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, el
INSTITUTO SUPERIOR DE ENSEÑANZA RADIOFÓNICA (ISER), destinado a la
realización y promoción de estudios, investigaciones, formación y
capacitación de recursos humanos relacionados con los servicios de
comunicación audiovisual, por sí o mediante la celebración de convenios
con terceros.
Que el INSTITUTO SUPERIOR DE ENSEÑANZA RADIOFÓNICA (ISER) ha solicitado
que se aprueben las NORMAS GENERALES de aplicación a las carreras de
Locutor Integral, Productor y Director para Radio y Televisión,
Operador Técnico de Estudio y de Televisión y Orientación de Planta
Transmisora, que se dictan en el INSTITUTO SUPERIOR DE ENSEÑANZA
RADIOFÓNICA (ISER) para el Ciclo Lectivo 2020.
Que la asignación de las horas cátedra que se considera se ajusta a las
previsiones dispuestas por el Decreto N° 4 del 2 de enero de 2020 por
medio del cual se dispone la prórroga de la Ley N° 27.467 sobre
Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional del año
2019.
Que ha tomado la intervención que le compete el Servicio Jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.
Que, asimismo, han tomado la intervención pertinente el Coordinador
General de Asuntos Ejecutivos y el Coordinador General de Asuntos
Técnicos, conforme lo establecido en el Acta Nº 56 del Directorio del
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, de fecha 30 de enero de 2020.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el Decreto N° 267/2015, por el Artículo 12 inciso 21) de
la Ley N° 26.522, las Actas N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 y N° 56 de
fecha 30 de enero del 2020 del Directorio del ENTE NACIONAL DE
COMUNICACIONES y lo acordado en su Acta N° 57 de fecha 20 de febrero de
2020.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébanse para el Ciclo Lectivo 2020, las NORMAS
GENERALES de aplicación a las carreras que se imparten en el INSTITUTO
SUPERIOR DE ENSEÑANZA RADIOFÓNICA (ISER), cuyo detalle se incorpora
como Anexo IF-2020-08129676-APN-DNSA#ENACOM del GENERADOR ELECTRÓNICO
DE DOCUMENTOS OFICIALES, que forma parte integrante, en un todo, de la
presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande la presente medida será atendido con
cargo a las partidas específicas del presupuesto del ejercicio en vigor.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. Claudio Julio Ambrosini
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 09/03/2020 N° 12406/20 v. 09/03/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)