BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA
Decreto 262/2020
DCTO-2020-262-APN-PTE - Desígnase Síndico.
Ciudad de Buenos Aires, 12/03/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-07031428-APN-SIGEN, las Leyes Nros
21.799 y sus modificatorias; 24.156, sus modificatorias y
complementarias y el Decreto N° 481 del 12 de julio de 2019; y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 21.799 fue aprobada la Carta Orgánica del BANCO DE LA
NACIÓN ARGENTINA, administración descentralizada actuante en el ámbito
del MINISTERIO DE ECONOMÍA, la cual establece en el artículo 21 de su
anexo que es facultad del PODER EJECUTIVO NACIONAL designar el Síndico
de la referida institución, el que durará DOS (2) años en sus funciones
y podrá ser nuevamente designado.
Que mediante el Decreto Nº 481/19 se designó Síndico del BANCO DE LA
NACIÓN ARGENTINA al contador Alejandro Fabián DÍAZ hasta el 12 de julio
de 2021.
Que atendiendo a razones de índole operativa, el aludido funcionario ha
presentado su renuncia al citado cargo, en consecuencia corresponde
aceptarla.
Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, en el marco de las facultades
conferidas por la Ley Nº 24.156, ha propuesto al contador Marcelo
Fabián COSTA para ocupar el cargo de Síndico del BANCO DE LA NACIÓN
ARGENTINA hasta completar el período de ley, que vence el 12 de julio
de 2021, conforme lo establece el citado artículo 21 de la Ley N°
21.799.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACIÓN y el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA han
tomado la intervención que les compete.
Que el presente decreto se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 21 del anexo de la Ley Nº 21.799.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Acéptase la renuncia presentada por el contador Alejandro
Fabián DÍAZ (D.N.I. N° 17.366.555) al cargo de Síndico del BANCO DE LA
NACIÓN ARGENTINA.
ARTÍCULO 2°.- Desígnase Síndico del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA al
contador Marcelo Fabián COSTA (D.N.I. N° 20.449.828) para completar el
período de ley que vence el 12 de julio de 2021.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero -
Martín Guzmán
e. 13/03/2020 N° 14495/20 v. 13/03/2020