SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 1305/2019
RESOL-2019-1305-APN-SECT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 16/08/2019
VISTO el Expediente Nº 1.783.586/17 del Registro del entonces
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250
(t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976), la ley 23.546 y sus
modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 8/8vta. del expediente N° 1.786.437/18, agregado a fojas 6
del principal, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE
MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA
(SMATA), por la parte sindical, y YAMAHA MOTOR ARGENTINA SOCIEDAD
ANÓNIMA, por la parte empleadora en el marco del Convenio Colectivo de
trabajo N° 1124/10 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004)
Que a través del referido acuerdo las partes pactan un pago
extraordinario por única vez, en los términos y condiciones pautados.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con el
alcance de representación de la parte empleadora signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar
colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 ( t.o. 2004)
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO
2019-35-APN-PTE
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre el
SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA
REPUBLICA ARGENTINA ( SMATA), por la parte sindical, y YAMAHA MOTOR
ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, que luce a fojas
8/8vta. del Expediente Nº 1.786.437/18, agregado a fojas 6 del
principal, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº
14.250 (t.o 2004).
ARTICULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del
Acuerdo obrante a fojas 8/8vta. del Expediente Nº 1.786.437/18,
agregado a fojas 6 del principal.
ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente
procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el
Convenio Colectvo de Trabajo N° 1124/10 “E”.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, no efectúe la publicación de carácter gratuito
del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán
proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº
14.250 (t.o.2004).
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lucas Fernandez Aparicio
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 16/03/2020 N° 14387/20 v. 16/03/2020